Familia

Acceso al Registro de parejas de hecho de Granada por extranjeros

Desde el 1 de Marzo, el Registro de Parejas de hecho de  Granada (Andalucía) ha comenzado a exigir acreditación de visado en vigor o autorización de residencia a los ciudadanos extranjeros que quieran inscribirse como pareja de hecho.

Con anterioridad al año 2010 la Administración estaba centrada en controlar los matrimonios de conveniencia, sin embargo, despúes de ese año está totalmente centrada en  que las inscripciones de parejas de hecho no se realicen en fraude de ley, es decir, que el consentimiento que prestan las parejas sea “ real” a los efectos de constituir esa pareja y no como medio para obtener la residencia en España.

Esto es debido a que en esa fecha se recogió en la normativa aplicable que también las parejas de hecho debidamente inscritas iban a ser consideradas a los efectos de extranjería como familiar de español o nacional comunitario, y por tanto podrían solicitar como tal una autorización de residencia.

Han sido muchas las parejas que han realizado su inscripción en estos Registros, y en muchos casos, algún miembro de la pareja era un nacional extracomunitario  en situación irregular.

En Andalucía, las parejas compuestas por un nacional extracomunitario y un español o comunitario se han estado inscribiendo sin ningún tipo de problema, pero recientemente y debido al alto índice de fraude detectado, se ha decidido modificar los criterios y exigencias para la inscripción de  extranjeros extracomunitarios.

Así, y desde el pasado 1 de marzo de 2012, el Registro de Parejas de Hecho de Granada (Andalucía) ha comenzado a exigir visado en vigor o autorización de residencia a los ciudadanos extranjeros como requisito a acreditar para inscribirse como pareja de hecho.

Estas modificaciones se realizan a través de una Orden de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Andalucía, sin que se haya producido ningún tipo de cambio en la Ley de Parejas de Hecho andaluza, es decir, el sustento del cambio de la normativa viene directamente de la aplicación de la Orden, lo cual no queda muy claro desde un punto de  vista jurídico. Tampoco queda claro la vulneración jurídica que se podría producir respecto de los nacionales españoles y/o comunitarios que tengan una pareja extranjera en situación irregular al no poder acceder al Registro.

El Grupo de extranjería del Colegio de Abogados de Granada está estudiando las medidas a adoptar para cuando empiecen a producirse la inadmisión a trámites de las solicitudes, así como su denegación.

Ante los nuevos cambios desde Mundojuridico.info se recomienda a aquellas personas que tengan intención de inciar esta solicitud y que tengan algún tipo de duda al respecto, que se pongan en contacto con abogados de Granada o de su provincia, especializados en extranjería.

Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

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  • hello, Myself and my partner are currently in the process of registering for pareja de hecho, and we have some questions regarding the process. I am currently in Spain on a tourist visa and have 3 months to complete the process. any help would be greatly appreciated.

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