Renovar la residencia de menores no acompañados al alcanzar a la mayoría de edad

Autorización de residencia como familia extensa de comunitarios

Requisitos para obtener la autorización de residencia como familia extensa de comunitarios.-

Como ya hemos comentado en un anterior artículo, el Real Decreto 987/2015 de 30 octubre ha modificado el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero , sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, introduciendo un nuevo artículo 2 bis dentro de sus cuerpo legal con el que se viene a reconocer la posibilidad de obtener  la residencia en régimen comunitario a los miembros de la familia extensa del nacional comunitario siempre y cuando se den y acrediten determinados requisitos.

La entrada en vigor de esta modificación se produjo el 9 de diciembre de 2015.

¿Qué familiares son considerados como familia extensa?

El  citado artículo 2 bis (apartado 1) del Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero recoge como familia extensa a:

a) los miembros de su familia, cualquiera que sea su nacionalidad, no incluidos en el artículo 2 del presente real decreto, que acompañen o se reúnan con él y acrediten de forma fehaciente en el momento de la solicitud que se encuentran en alguna de las siguientes circunstancias:

1.º Que, en el país de procedencia, estén a su cargo o vivan con él.

2.º Que, por motivos graves de salud o de discapacidad, sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal del miembro de la familia.

b) La pareja de hecho con la que mantenga una relación estable debidamente probada, de acuerdo con el criterio establecido en el apartado 4.b) de este artículo.

¿ Si el familiar necesita pedir un visado para entrar en España qué deberá acreditar en su solicitud?

El artículo 2.bis en su aparatado 2, recoge que para la solicitud del visado deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Pasaporte válido y en vigor del solicitante.

b) En los casos contemplados en la letra a) del apartado 1, documentos acreditativos de la dependencia,Autorización de residencia como familia extensa de comunitarios del grado de parentesco y, en su caso, de la existencia de motivos graves de salud o discapacidad o de la convivencia.

c) En el supuesto de pareja, la prueba de la existencia de una relación estable con el ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el tiempo de convivencia.

*Si quereis ver los países a los que se le exige visado podéis hacerlo con el Reglamento (CE) 539/2001, de 15 de Marzo que establece la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visados para cruzar las fronteras exteriores.

¿Qué documentación se requiere para solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión?

a) Pasaporte válido y en vigor del solicitante. En el supuesto de que el documento esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.

b) Documentación acreditativa de que el ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo al que acompañan o con el que van a reunirse cumple los requisitos del artículo 7.

c) En los casos contemplados en la letra a) del apartado 1, documentos acreditativos de la dependencia, del grado de parentesco y, en su caso, de la existencia de motivos graves de salud o discapacidad o de la convivencia.

d) En el supuesto de pareja, la prueba de la existencia de una relación estable con el ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el tiempo de convivencia.

¿Qué criterios se seguirán por parte de la Adminitración para resolver las solicitudes?

 Las autoridades valorarán individualmente las circunstancias personales del solicitante y resolverán motivadamente toda resolución debiendo tener en cuenta los siguientes criterios:

a) En el caso de familiares, se valorará:

  • el grado de dependencia financiera o física,
  • el grado de parentesco con el ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • la gravedad de la enfermedad o discapacidad que hace necesario su cuidado personal
  • el tiempo de convivencia previo.

En todo caso, se entenderá acreditada la convivencia cuando se demuestre fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia.

b) En el caso de pareja de hecho, se considerará que se trata de una pareja estable aquella que acredite la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de este vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada.

Inmaculada Castillo

Comentarios

  1. EDGAR

    GRACIAS QUISIERA SABER SI EL PROGRAMA DE FAMILIA EXTENSA ES SOLO PARA ESPAÑA O CUALES PAISES DE LA UNION EUROPEA ENTRAN EN ESTA NORMA

  2. Yaneth

    Hola buenas tardes. Desearía por favor que conteste está pregunta si es tan amable.soy casada con español 18 años tengo nacionalidad. Vivienda propia y trabajo. Pero ganó poco. Puede mi esposo y yo solicitar permiso por familia estensa. A mi hermana y sobrina. Que no tienen ni trabajo ni ingresos en Colombia.

    • Inmaculada Castillo

      Hola YANETH,

      Hemos leído tu consulta, y la respuesta a la misma pueda ser algo extensa y variable según las circunstancias propias del caso que comentas. Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.

      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

    • Gabriela Alcalde

      Buenas noches, quisiera saber si puedo presentar la documentacion de alquiler de mi departamento en mi pais (Peru), quien se encarga de cobrar la mensualidad de alquiler es mi hermano, por que depende de mi economicamente, es por eso que no hago giros mensual a mi pais, y es que con ello se alquila un departamento para vivir, ¿Es factible que pueda presentar dicha documentacion para poder presentar para que venga a España y poder solicitar la tarjeta comunitaria? Gracias de antemano por su respuesta.

  3. María de Fátima pio

    Hola soy Fátima keria hacer una pregunta estoy de baja con una incapacidad permanente keria saber cómo puedo regrupar mi esposo

  4. Yolanda

    Hola,soy ciudadana española, me gustaría saber si podrías traer a dos sobrinas que tengo en Ecuador un visado para que ella puedan obtener la residencia comunitaria una de ellas tiene 18 años y la otra niña 13 que tendría que hacer para realizareste objetivo gracias por su respuesta…

  5. catherine holguin

    HOLA
    Feliz año.. mi consulta es la siguiente, mi madre trajo a mi hija de colombia yo tengo tarjeta comunitaria pero me la dieron solo por 2 años, pero por problemas de salud de mi hija mi madre no pudo salir en los 90 dias, es posible que pueda hacer tramites para que tenga comunitaria como familia extensa… muchas gracias.

  6. Marli de Souza Alves de Jesus

    Mi hijo es hijo de español pero ya es mayor de edad y quiero saber si le da derecho a tener el DNI Español o que tenemos que hacer esta es mi duda gracias

  7. brahim

    hola buenas tardes abogada mi pregunta es la siguiente. soy extranjero con tarjeta de familiar comunitario permanente la de 10 años. la tube por estar casado mas de 10 años con ciudadana española sin hijos ahora estamos separados hace mas de tres años. me case con una marroqui y no se que requisitos hace falta para regroparla que papeles hace falta se es como en regemim general.muchas gracias un cordial saludo espero tu rapida respuesta

  8. Damara Acosta

    Hola.Soy cubana y hace tres años estoy irregular en España..convivo con una hermana q es casada hace mas de 15 años con un Español y quiero saber si puedo obtener la residencia por famlilia extensa.vivo a su cargo..pero estoy acta para trabajos.tengo 48 años.osea no tengo enfermedad q pueda acreditar .para solicitar..por esta razón ..de antemano muchas gracias y Saludos

    • Inmaculada Castillo

      Hola Damara,

      Mi recomendación sería la solicitud por esa vía en tanto es más ventajosa, y de manera secundaría por arraigo. De cualquier forma
      deberías de ponerte en contacto con un abogado experto en extranjería en Palma de Mallorca, ya que por sistema la familia extensa, lo están aplicando cuando acreditas que la dependencia se daba en el país de origen.

      Un saludo

  9. JOEL SARMIENTO

    Hola, soy hermano de Española y hemos venido a España mi esposa y dos hijos,es mi único familiar, he venido con mi familia porque son dependientes de mi y corrían riesgo en el lugar que estábamos, igual mi hermana Posee fondos para nuestra manutención, necesitamos trabajar, y solicitar estadía en España que nos permita integrarnos, le agradezco su ayuda.

  10. Yarisleidy

    Hola soy cubana y estoy casada con un ciudadano de la Union Europea (español) llevamos 2 años de matrimonio y llegue a España con una visa por reunificación familiar, según me comunicaron en Oviedo no tengo derecho a legalizar mi situación en este país porque nuestro matrimonio no esta inscrito en la embajada, que me recomiendan?

  11. Rafael

    Buen dia, mi hermano es ciudadano español desde hace 3 años pero antes convivimos en Venezuela (somos venezolanos ambos) mucho mas de 2 años. Actualmente me encuentro en España de visita, es posible la reagrupacion demostrando que antes de venirse a España estuvimos conviviendo juntos por mucho tiempo? Que requisitos exigen? Gracias.

  12. Karlyn

    Saludos. Soy venezolana tengo 18 años, tengo una tia materna en España y me pidió que me fuera a vivir con ella, quisiera sabe si se pede hacer la solicitud para residente por «familia extensa» desde alla despues de haber entrado como turista, ya que de esta forma no me exigen visa para entrar al país ò si me sale mejor hacerlo de alguna otra forma. Que me aconsejan para hacer?

  13. Martha Neira

    Hola buenas tardes!!! Quisiera saber por favor si es posible reagrupar a mi hermana q se encuentra en Colombia, tiene 35 años y hace 2 años depende economicamente de mi, que requisitos serian necesarios para solicitar dicha reagrupacion? Puedo tramitarlo estando ella en Colombia? O tiene q estar aqui en España.
    Agradezco informacion.
    En madrid en que lugar podeis atenderme personalmente?

    • Inmaculada Castillo

      Hola Martha,

      El que tu hermana esté aquí o no para la solicitud dependerá si tu eres española o nacional colombiana, aunque digamos la regla general es que esté en Colombia.

      Te recomendaría que te pusieras en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  14. Marta cabral

    Soy española,puedo darle la comunitaria a mi hermano (paraguayo) q lleva viviendo conmigo desde hace 5 meses??

    • Inmaculada Castillo

      Hola Marta,

      En principio entiendo que no, si bien habrá que valorar el caso concreto para determinar la mejor vía de proceder para conseguir una autorización de residencia a tu hermano.

      Con más información de tu caso concreto, por nuestra parte podemos hacerte un informe acerca de ello, o igualmente puedes ponerte en contacto con un abogado especialista en extranjería en Madrid para que estés informada de cómo proceder y cuándo.

      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/presupuesto-para-informe-juridico/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  15. Omar

    Hola feliz año nuevo
    Soy extranjero casado con española llevo con ella mucho años tengo tarjeta comunitaria permanente de 10 años
    Y tengo me hermanó que tiene 22años sin papeles y quiero regularlo
    Cuales son los requisitos.

  16. san zulu

    Buenas tardes. queria una asesoria y cuanto me cobran por informarme acerca de mi hermana que vino a visitarme y no sabia y esta en embarazo,siendo yo la que la invito con carta de invitación. Los gastos del parto me repercuten a mí? ella ya está de 4 meses y me daá miedo que se devuelva yá con tantos meses , yo soy casada con un Español tengo la comunitaria . somos de Colombia.

  17. Carlos mora

    Buenos días mi consulta es sobre la Familia extensa para obtener la residencia por familiar comunitario. Mi caso es el siguiente, mi hermana es comunitaria tiene nacionalidad francesa, la pregunta es podría ella siendo francesa tramitar mi permiso de residencia?

    Mi situación en España es la siguiente:
    Soy venezolano
    Tengo casi 3 años viviendo en España.
    He solicitado asilo el cual me ya me ha sido negado y en este momento tengo un recurso administrativo sobre la denegación del asilo.
    Estoy casado (mi esposa es venezolana también) y tengo una hija de dos años que ha nacido aquí.

    Gracias de antemano.

    Saludos

    Carlos Mora

  18. Marisol Mujer Perafanparra

    Me interesa contactar con un abogado de temas de extranjeria. Sobre un tema de Reagrupacion de hija y nietas a mi cargo

  19. anas Tmim

    Hola soy anas tengo una deuda y espero me informais mas sobre .. Si es hijo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja de hecho registrada mayor de 21 años, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo o dependiente ? quiero saber que es y como se puede tramitar lo … un saludo gracias

  20. ISABEL VALENCIA CHAVEZ

    tengo mi nieta q ingreso a españa en diciembre 2015 con estancia de estudios y ha ingresado a la universidad pero al no tener la residencia le cobran los master como extranjera yo quisera saber si se puede pedir la tarjeta comunitaria extensa cumplo con todos lso requisitos q piden lo inico q tiene 6 meses de estar empadronada es posible q l pueda tramitar y me la concedan

    • Najim aknouj

      tengo mi hermano q ingreso a españa en Enero 2018 con visao touristicaSe ha quedado en España quisera saber si se puede pedir la tarjeta comunitaria extensa cumplo con todos lso requisitos q piden lo inico q tiene 6 meses de estar empadronada es posible q l pueda tramitar y me la concedan

  21. San

    Buenos días,

    Me gustaría exponer mi caso para poder tener la información adecuada.

    Yo soy española y mi pareja es de Argentina. Hemos estado viviendo juntos en Barcelona y tenemos acta notarial de pareja estable ya que en Barcelona no hay registro público de parejas de hecho.

    Mi pareja tuvo que regresar a Argentina por un período de dos meses, pero aún no había tramitado la residencia como familiar de ciudadano comunitario.

    Ya que excedió de los 90 días de estancia nos gustaría saber cómo puede volver a entrar a España para poder tramitar la residencia como pareja de hecho no inscrita en registro público (según el Nuevo RD 987/2015).

    Es posible que pueda solicitar allí un visado o con el acta notarial podrá entrar a España?

  22. korina

    Buenas tardes, me gustaría saber, si siendo hermana de una persona con nacionalidad Española y recibiendo remesas de ella, de manera continua, podría conseguir la residencia por Familia Extensa

    • Maria

      Hola .Me han pedido para entregar con la solicitud de residencia comunitaria este documento y quisieta saber como y donde lo hago .
      DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA CONVIVENCIA CON EL CIUDADANO COMUNITARIO DURANTE 24 MESES,SI SE ALEGA ESTA CIRCUNSTANCIA O DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE QUE ESTABA A SU CARGO DURANTE EL MISMO PERIODO

    • Gina

      Hola mi nombre es Gina, llevo micro tiempo sin trabajo y dos de mis tres hijos adquirieron la nacionalidad por opcion y quiero trager a mi hija mayor de 25 años, no se como hacerlo, he pensado irme a Holanda a trabajar, y no se si desde a lli podria reagruparle.gracias bien dia.

Comentar esta noticia

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mundo Jurídico Info S.L.P, es el responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario, por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

  • Fin del tratamiento: mantener una relación de envío de comunicaciones y noticias sobre nuestros servicios y productos a los usuarios que decidan suscribirse a nuestro boletín. Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: info@mundojuridico.info indicándonos en el asunto “No Publi”.
  • Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación.
  • Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos.
  • Destinatarios: no se cederán a ningún tercero.
  • Derechos que asisten al Usuario:
    1. Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición al su tratamiento.
    2. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos

Puede ejercer estos derechos mediante el envío de un correo electrónico o de correo postal, ambos con la fotocopia del DNI del titular, incorporada o anexada:

Si desea ampliar información sobre la política de privacidad de nuestra empresa, puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/

Destacados