Se aprueban una serie de ayudas por la Junta de Andalucía para la construcción y rehabilitación sostenible, ¿quiere cambiar sus toldos o ventanas?, ¡ahora es el momento!
La Junta de Andalucía ha aprobado un programa de ayudas e incentivos que le permitirán un importante ahorro. Con la entrada en vigor del Decreto-Ley 1/2014, de 18 de marzo, que regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía, desde el 1 de abril de 2014 la Junta de Andalucía facilita la realización de actuaciones de ahorro, eficiencia energética y energías renovables en los edificios existentes de Andalucía.
El Programa de incentivos se enmarca dentro de este impulso que se busca dar a la construcción y rehabilitación sostenible, y se configura como una medida extraordinaria y urgente, necesaria para reducir la tasa de desempleo y la factura energética en hogares y empresas, gracias a las inversiones en medidas de eficiencia energética y uso de energías.
Los beneficiarios deberán cumplir las condiciones del Programa y, en particular, encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
Las actuaciones objeto de incentivo se agrupan bajo dos modalidades:
1.- Obras de adecuación energética de edificios para conseguir su mejor comportamiento térmico y/o condiciones de iluminación natural.
2.-Dotación de instalaciones energéticamente eficientes, que permiten el ahorro de energía en la generación, distribución y uso de la energía, así como el aprovechamiento de energías renovables.
1. Ciudadanos particulares
Obras de adecuación energética de las viviendas, entre las que se encuentran:
2. Comunidades de vecinos
3. Empresas
Se incentivan todos aquellos costes que resultan necesarios para el cumplimiento de la finalidad de las actuaciones objeto del incentivo.
Cuantía de los incentivos
Las ayudas consisten en el pago por parte de la Junta de un porcentaje de los costes incentivables.
Este porcentaje se establece en el texto del decreto ley que regula el Programa en función del tipo de actuación y las características de la misma, siendo más alto cuanto mejor es la actuación desde un punto de vista del ahorro y la eficiencia energética.
Los porcentajes fijados oscilan entre el 40 % y el 90 %.
Todos los costes de la actuación incentivada deben encontrarse de acuerdo a los precios de mercado, no siendo admisible una alteración de los precios de los bienes o servicios incentivados.
Los costes de adecuación estarán limitados a ciertos valores, de acuerdo con la actuación incentivada y el tipo de edificio, por ejemplo como coste de adecuación cabe citar el derivado de la aplicación de pintura de un cerramiento motivado por la renovación de una ventana que ha sido objeto de incentivo.
Los pasos que debes seguir para beneficiarte de estas ayudas son los siguientes:
1. Dirígete a una empresa colaboradora y pide información sobre el programa de impulso a la construcción sostenible y sobre las medidas de mejora energética que puedes acometer en tu establecimiento. Consulta el localizador de empresas colaboradoras y podrás encontrar la más cercana.
2. Una vez elegida la actuación de mejora energética a acometer. La empresa colaboradora se encargará de gestionar tu solicitud de ayuda ante la Agencia Andaluza de la Energía. En función del importe de inversión de la actuación elegida el descuento se practicará y abonará de forma diferente:
El solicitante/beneficiario de los incentivos, realiza, en el momento de firmar la solicitud del incentivo:
La cesión de su representación, frente a la Agencia Andaluza de la Energía, a la empresa colaboradora.
La cesión del derecho de cobro, siempre que la inversión sea inferior a 18.000 euros, IVA excluido.
En este caso, el pago del incentivo por parte de la Agencia Andaluza de la Energía, una vez verificados de conformidad los correspondientes requisitos, se realizará a la empresa colaboradora, quién sólo habrá cobrado del beneficiario la diferencia entre el coste total incentivable y el importe del incentivo, es decir usted solo paga la parte no subvencionada, el resto lo reclama directamente la empresa que hace la instalación a la junta.
Se pueden solicitar las subvenciones hasta diciembre de 2014
Para mas información, puede consultar www.agenciaandaluzadelaenergia.es
Cuándo tiene derecho el arrendatario de local de negocio a percibir del arrendador una indemnización…
El embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo de pleno derecho por lo que carece…
¿La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios se computa a favor de…
¿Qué es la Usucapión y cómo funciona en España? La usucapión, también conocida como prescripción…
¿Cómo se determina el régimen de visitas en hijos de corta edad tras la separación…
En el año 2010 apareció en el Código Penal el artículo 183 bis. Este artículo …
Ver comentarios
Acabo de colocar un toldo pero la empresa que me lo ha instalado no sabia nada de la subvención. Podría solicitarla por mi cuenta ya que la empresa no pertenece a las autorizadas? Me he enterado de las ayudas cuando ya estaba el presupuesto aceptado. Agradezco de antemano la atención prestada, quedo a la espera de información y de pasos a seguir.
Un cordial saludo
Solo puedes solicitarla si la instalación la hecho una de las empresas autorizadas, pero si que puedes gestionarla por tu cuenta.
Me gustaría saber si esto de las ayudas de la a junta Andalucía se podría contratar a gente trabajadora q tenga su empresa ser de la junta,pq aquí donde yo vivo hay muchos q nos engañan sobre todo a gente mayores
Solo puede hacerse a través de las empresas colaboradoras, las tiene usted publicadas en Internet en la página web de la Junta de Andalucía. también puede exigir certificado acreditativo
Mi pregunta, ¿después de beneficiarme de la subvención habrá que devolver a hacienda un porcentaje en la declaración de la renta del año siguiente?
Yo me he enterado hoy de que existen subvenciones para colocar toldo y mejorar así el gasto energético que estoy teniendo en el interior de la vivienda mediante ventiladores y aire acondicionado.
Lo que ocurre es que ya tengo aceptado presupuesto de Toldos Labrador que no veo como empresa acreditada.
Tengo alguna posibilidad de acceder a la subvención?
Gracias por su respuesta.
Solo puede obtenerla encargándolo a las empresas señaladas por la Junta de Andalucía.
Qué tratamiento tributario tendrán las subvenciones? Es decir, habrá que declararlas en la próxima declaración de la renta??
He sustituido un toldo con la subvención de la Junta de Andalucía y tras presentar la documentación solicitada en su momento de Hacienda y de la Junta de Andalucía, ahora me pide el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra una licencia de obra menor y me exigen el pago de dicha licencia.
¿Es legal lo que me pide el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra
Si, la normativa urbanística no tiene nada que ver con las subvenciones de la junta
Dentro de que apartado se encuentra englobado el tema de instalación de toldos???
Es que encuentro, ventanas, vehículos, construcción...etc, pero toldos no.
Gracias
He solicitado una subvención para renovar ventanas de PVC y climalit y ahora la empresa colaboradora me pide que pague por adelantado el dinero no subvencionado que debo pagar, antes de montarme las ventanas. Eso es legal? Yo creí que se paga cuando estén puestas. Un saludo.
Por lo que me comentan están agotodos los fondos para las ayudas para la sustitución de ventanas, me lo podrían confirmar. Y también si hay alguna nueva ayuda para el futuro próximo. Gracias
Por lo que sabemos si que están agotadas hace tiempo. Por ahora no tenemos noticias de la concesión de nuevas ayudas.
Qué tratamiento tributario tendrán las subvenciones? Es decir, habrá que declararlas en la próxima declaración de la renta??
Sí, en su totalidad como ganancia patrimonial que aumenta la base imponible. Hay que hacer muy bien los cálculos para ver si realmente interesa acceder a este tipo de subvenciones. Además, ojo con el precio total de la obra, hay que comprobar que lo que pago más la subvención estén dentro de los precios de mercado. Consultaría mas presupuestos. Considerando el tema tributario puede que la subvención no merezca la pena.
Por favor me gustaría saber que cual es el importe de IVA que tengo que pagar y sí tengo que declarar algo en hacienda o pagar algo