CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES

Como bien  dice el propio nombre, una Autorización de residencia por circunstancias excepcionales se solicita cuando concurren en la persona del interesado (nacional de 3 Estado) unas “ circunstancias excepcionales”.

Estas circunstancias excepcionales  pueden  ser variadas por lo que existen diferentes  supuestos  de acceso a este tipo de Autorización. Lo que si tienen todas en común, es que los interesados a las que se les conceden , fuera del procedimiento general,  podrán tramitar la solicitud  y permanecer  en España en todo momento, aún estando en situación “ irregular”, sin tener que salir en  a su país de origen o de última residencia para la obtención de ningún tipo de visado. Además, de que por regla general este tipo de autorización lleva  o pueda llevar aparejada la posibilidad de trabajar.

Las autorizaciones actualmente existentes y recogidas dentro del grupo de circunstancias excepcionales son las siguientes: