Contratar a una empleada de hogar por varias empleadoras

Contratar a una empleada de hogar por varias empleadoras

Contratar a una empleada de hogar por varias empleadoras.

En esta entrada vamos a dar respuesta a una consulta que nos han hecho en numerosas ocasiones en Mundojuridico.info, ésta es la siguiente:

¿se puede contratar a una empleada de hogar por varias empleadoras?.

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¿Pueden dos o más personas, amigas o familiares, contratar a la misma empleada de hogar, hacíendo el trámite de alta una sola de ellas y repartir la cotización entre todas?

La respuesta que hemos de dar es que NO. Cuando una empleada de hogar trabaja en varios hogares familiares, cada una de esas relaciones laborales se trata por separado y debe dar lugar a diferentes contratos y a un alta nueva por cada empleadora.

De esta manera, cada empleadora de hogar es responsable de que su empleada de hogar esté dada de alta (si trabaja menos de 60 horas al mes se puede acordar que se dé de alta la empleada) haciendo figurar cada una para esa relación su domicilio respectivo, la jornada   y  retribución de cada caso.

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¿Qué ocurre si es una misma empleadora pero con diferentes viviendas?

Otra cuestión sería que una mism empleadora tuviera varias viviendas, y que una sola persona empleada  trabajara  en todas ellas, lo que en este supuesto, sería  suficiente con realizar un sólo contrato y  un alta.

Para el caso, de que no se haga así, es decir, que trabaje para varias personas y una sola le dé de alta, y se demuestra que se ha incumplido esta obligación, esa persona o personas  pueden ser sancionadas con una multa que oscila entre 626 y 6.250 euros.

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Además según la normativa laboral , un contrato de trabajo puede celebrarse por escrito o de palabra, pero en el ámbito del servicio doméstico se ha regulado que el contrato sea siempre escrito cuando los servicios duren más de cuatro semanas. Así, si no se hace contrato escrito y luego hay un problema, se sobreentenderá que la relación laboral  era por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo que se logre demostrar lo contrario.

Igualmente, la Tesorería General de la Seguridad Social puede dar a la trabajadora de alta desde la fecha en la que se estime que se inició la relación laboral, obligándole a abonar las cotizaciones que hubieran debido pagarse desde entonces, con los recargos previstos por la normativa.

Inmaculada Castillo
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Comentarios

  1. Roxana

    Hola trabajo en varias casa como empleada de hogar, sólo una de ellas me tiene contratada, están obligadas a contratarme las demás casas? O que. Opciones tengo para cotizar?

  2. Javier V

    Puede una empleada de hogar trabajar en diferentes viviendas de una misma empleadora dentro de su jornada laboral?

  3. Laura

    Tengo una empleada de hogar conratada por 1 día a semana( 3 horas, me gustaria saber cunatos días de vacaciones le coresponden y si estos días són remunerados (o sea si las vacaciones ya se presuponen dentro del sueldo de los días que viene (cada mes ya tiene la parte proporcional), o si coge vacaciones un mes (4 días en mi caso), si se los tengo que pagar a parte aunque no esté vieniendo (cobra 9€/hora)

  4. leire

    hola soy empleada de hogar, ahora en una casa por las mañanas asegurada 30 horas semanales, puedo trababajar en otra casa por la tarde y que me asegure también 30 horas semanales????

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Leire:
      1.- si ha pagado la deuda mediante consignación en la cuenta del Juzgado, el Juzgado se va a enterar inmediatamente, por lo que no tiene que hacer nada.
      2.- si le ha pagado la deuda al acreedor directamente, debería presentar el recibo de pago en el Juzgado para que no se vaya a iniciar la via de apremio.

      Un saludo y gracias por seguirnos

  5. Eulalia Valero

    Hola quisiera informamos que me coresponde de paga extrodinaria pues trabajo 5 horas diarias de lunes a viernes llevo trabajando tres meses ymedio y también cuantos días de vacaciones me coresponden

  6. Raquel

    Buenas tardes, trabajo como empleada de hogar para una familia , uno de los «jefes» es familiar directo por lo que no tengo contrato.
    ¿Podrían darme de alta en la seguridad social a pesar de ser familiar? Ya que realizo un trabajo retribuido y no vivo en el domicilio.
    Agradezco su atención

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