Vamos a exponer los criterios que sostienen algunas sentencias sobre la posibilidad de establecer una indemnización por daños debidos a reparaciones en elementos comunes que afectena a los titulares de pisos o locales integrados en la Comunidad de Propietarios.
Partimos, por tanto, de la existencia de reparaciones en elementos comunes que provocan algún perjuicio a los titulares de elementos privativos.
EJEMPLO: La bajante de los desagües de la Comunidad (elemento común) se rompe y provoca una inundación en un local de negocio (elemento privativo), produciéndole daños en el mobiliario y parte de la mercancía, lo que conlleva durante cierto tiempo al cierre del negocio que se ejerce en el local.
El articulo 10 LPH establece: » Tendrán caracter obligatorio,… las siguientes actuaciones: Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.»
Como veis por el ejemplo que acabamos de poner, y examinando cada caso en concreto, es muy importante que el el propietario del elemento privativo que pretende la reclamación de daños debidos a reparaciones en elementos comunes, acredite varias cuestiones para que su acción tenga éxito:
1.- Que el daño tiene su origen en un elemento común.
2.- Acreditar cumplidamente el importe de los daños y perjuicios objetivos sufridos.
3.- Si se pretende reclamar por lucro cesante (perjuicios por el cierre del local) deben ser igualmente acreditados.
– LUCRO CESANTE:
Cuándo tiene derecho el arrendatario de local de negocio a percibir del arrendador una indemnización…
El embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo de pleno derecho por lo que carece…
¿La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios se computa a favor de…
¿Qué es la Usucapión y cómo funciona en España? La usucapión, también conocida como prescripción…
¿Cómo se determina el régimen de visitas en hijos de corta edad tras la separación…
En el año 2010 apareció en el Código Penal el artículo 183 bis. Este artículo …
Ver comentarios
Interesante artículo. Pero me surge la duda de si en el caso de que el arrendatario de un local tenga que permitir obras en su negocio para solucionar averías de la comunidad si tiene derecho a que se les sean resarcidas las pérdidas económicas que estas le hayan podido producir. En caso afirmativo, a quien debe reclamar?? Al arrendador del local o a la comunidad?? Nunca me ha quedado claro si un arrendatario tiene derecho a este tipo de indemnizaciones por lucro cesante o solamente el arrendador. Un saludo y enhorabuena por la web
Hola,
He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.
https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/
Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info