Penal

Delito de robo con fuerza en las cosas

El delito de robo con fuerza en las cosas es una de las dos modalidades del robo que está castigado con pena de prisión de hasta 5 años.

El delito de robo con fuerza en las cosas se define en el Código Penal como aquella acción que comete una persona, con ánimo de lucro, cuando se apodera de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran.

¿Qué características debe tener esa fuerza en las cosas para ser considerada delito de robo con fuerza en las cosas?

1º.-  Por un lado, la fuerza ha de emplearse para acceder o abandonar el lugar donde se encuentren las cosas.

2º.- Por el otro, las modalidades de fuerza son, únicamente, las recogidas en el artículo 238 Código Penal, que son:

  • Escalamiento.
  • Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
  • Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.
  • Uso de llaves falsas. Se consideran llaves las tarjetas, magnéticas o perforadas, los mandos o instrumentos de apertura a distancia y cualquier otro instrumento tecnológico de eficacia similar.
  • Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.

La fuerza ha de ser anterior o posterior a la aprehensión del objeto por el autor.

Ejemplos de delito de robo con fuerza

Si el sujeto entra en una tienda abierta (sin forzar ningún elemento) y se lleva un objeto, no estaremos ante un delito de robo con fuerza sino ante un delito de hurto.

La última reforma del Código Penal (1 julio de 2015) ha introducido también como elemento del tipo de robo con fuerza, el «empleo de fuerza para abandonar el lugar donde se encuentren las cosas«.

Ahora también podrá ser considerado robo con fuerza si el individuo entra en una tienda sin forzar ningún elemento, se esconde cuando cierran, y para salir con los objetos robados rompe una ventana.

¿Con qué pena está castigado el delito de robo con fuerza en las cosas?

El delito de robo con fuerza en las cosas está castigado en el artículo 240 del Código Penal con la pena de prisión de uno a tres años.

¿Existen modalidades agravadas del robo con fuerza en las cosas?

La respuesta es que sí.

El Código Penal establece que en unos supuestos determinados el delito de robo con fuerza en las cosas se castiga de una manera superior.

Estos son los supuestos:

  • Cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.
  • Cuando se trate de cosas de primera necesidad o destinadas a un servicio público, siempre que la sustracción ocasionare un grave quebranto a éste o una situación de desabastecimiento.
  • Cuando revista especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos sustraídos, o se produjeren perjuicios de especial consideración.
  • Cuando ponga a la víctima o a su familia en grave situación económica o se haya realizado abusando de las circunstancias personales de la víctima.
  • Cuando se utilice a menores de catorce años para la comisión del delito.
  • Cuando el robo se cometa en casa habitada, edificio o local abiertos al público o en cualquiera de sus dependencias.

¿Qué se considera casa habitada en un delito de robo?

El artículo 241 del Código Penal recoge lo siguiente al respecto:

  • Se considera casa habitada todo albergue que constituya morada de una o más personas, aunque accidentalmente se encuentren ausentes de ella cuando el robo tenga lugar.
  • Se consideran dependencias de casa habitada o de edificio o local abiertos al público, sus patios, garajes y demás departamentos o sitios cercados y contiguos al edificio y en comunicación interior con él, y con el cual formen una unidad física

¿Cómo se castigan estas modalidades de delito de  robo con fuerza en las cosas?

Con la pena de prisión de 2 a 5 años.

Si bien en la calle se suele hablar siempre de delito de robo, hemos de tener en cuenta que cuando no existe esa fuerza en las cosas, estaríamos posiblemente frente a un delito de hurto.

También te puede interesar nuestro artículo sobre cuando se cancelan los antecedentes penales.

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Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • buenas tardes.
    voy a tener un juicio penal por robo con fuerza en las cosas,no rompí nada y la persona que me denuncio me dejo las llaves de su piso para vivir una temporada allí,cogí un reloj lo lleve a una tienda de compro oro y me dieron 100€
    lo cogí porque tenia que pagar un tema de drogas,fui a volver a comprar a dicha tienda pero el tiempo de recuperación ya había pasado y no estaba allí.
    mi intención es empezar a pagarle el valor del reloj.
    puedo ir a la cárcel por ello?

    • Hola Javier:
      Varias cosas he de decirte:
      1º.- Entérate de la petición de condena que está haciendo el Fiscal. Ponte al habla con tu abogado que te informe.
      2º.- Si la pena que te solicitan es inferior a 2 años, y no tienes antecedentes, es muy probable que la pena te la suspendan.
      3º.- Sería muy interesante que si la responsabidad civil que te están pidiendo es pequeña (valor del reloj) que la abones antes de celebrar el juicio y así tendrías una atenuante. Te dejo uno de nuestros artículos sobtre este tema: https://www.mundojuridico.info/indemnizar-a-la-victima-antes-del-juicio/
      4º.- No obstante, cualquier cuestión o duda que tengas, debes ponerte al habla con tu abogado, quien tiene la obligación de informarte con detalle de los pasos mas beneficiosos para tu defensa.
      Un saludo

  • Leido el artículo, sobre robo con fuerza, donde se da como ejemplo de delito de hurto: si un individuo se encuentra en interior de un local, una vez cerrado este, el individuo se apodera de objetos y sale de local rompiendo ventana.
    En la reforma del cod. Penal se añade como delito de robo,precisamente este caso,en el que se realiza la fuerza para salir del lugar donde aprhende el objeto sustraído, la fuerza no es exclusivo para el acceder al continente si no, ahora también para salir del mismo.

  • vivi en un piso en alquiler.
    y despues denuna temporada deje de pagar por temas economicos..hubo un deshaucio..y despues de una semana me detuvieron porque la dueña decia que faltan cosas de la casa.En la denuncia me acusaban de impropriacian indebida.No declare.Hoy acabo de recibir una notificacion del juzgado en la que pone que estoy INVESTIGADA porROBO CON FUERZA. .Es posible?o tiene que ser un error..mas.que yo no lleve nada de esas cosas de las que me.acusan.

  • Hola Francisco:
    Hay un detalle del delito de robo con fuerza, en la que indicas que la fuerza ha de ser anterior a la aprehensión del objeto.(ejemplo de la persona que se esconde y luego rompe la ventana para huir, por lo que indicas que seria hurto)
    En el art.237CP ha leido "empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran....", por lo que si se emplea fuerza para abandonar el lugar, ¿No seria robo con fuerza?.

    • Hola Javi Alvaro:

      Gracias por tu aportación. Llevas razón en cuanto al error del ejemplo teniendo en cuenta la modificación última del Código Penal en ese sentido. Hemos modificado el artículo aclarando ese extremo.
      Agradecido de antemano por tus comentarios, recibe un cordial saludo.

  • Hace 5 años me robaron y vendieron unas piezas de oro por valor de 900 euros.... ahora se quien lo hizo y donde lo vendio. Mi pregunta es si lo puedo denunciar o ya a preescrito el delito. Gracias.

  • Buenas noches Javier
    Me gustaria que me aclarases si mi caso es robo con fuerza o hurto.
    Estando alojados en una casa rural en unas horas que fuimos a dar una paseo por la playa,nos entraron sin aparentemente ver nada forzado y se llevaron dos bicicletas que teniamos en el interior.Tan solo hay unas pequeñas marcas en la puerta pero no hay rotura de nada mas.Creo que tan solo cerramos la puerta con el rebalon y no cerramos con llave.
    ¿ Como se consideraria este caso?
    Muchas gracias

  • hola,buenas tardes,el martes cometi el peor error de mi vida,entre a una tienda de ropa y me probé una chaqueta,el valor de la chaqueta es de 80 euros.
    Al probarme la chaqueta la alarma se quitaba prácticamente sola,al ver eso me tento y al ponerla en su sitio me la guarde en mi bolsa de comprar ya que la alarma se quitaba con solo despegarla con un dedo.la alarma la deje en una estantería.
    Al salir de la tienda pito la alarma,el seguridad me requirió la bolsa y yo desde ese momento le conté todo y no puse resistencia,mi pregunta es si lo que hice es delito leve o delito grave,y cuales son las consecuencias ya que no tengo antecedentes,
    Mil gracias de antemano y para quien lea esto,por favor no merece la pena jugártela de esta manera,llevo desde entonces sin dormir y con ansiedad

      • hola,buenas tardes,el martes cometi el peor error de mi vida,entre a una tienda de ropa y me probé una chaqueta,el valor de la chaqueta es de 80 euros.
        Al probarme la chaqueta la alarma se quitaba prácticamente sola,al ver eso me tento y al ponerla en su sitio me la guarde en mi bolsa de comprar ya que la alarma se quitaba con solo despegarla con un dedo.la alarma la deje en una estantería.
        Al salir de la tienda pito la alarma,el seguridad me requirió la bolsa y yo desde ese momento le conté todo y no puse resistencia,mi pregunta es si lo que hice es delito leve o delito grave,y cuales son las consecuencias ya que no tengo antecedentes,
        Mil gracias de antemano y para quien lea esto,por favor no merece la pena jugártela de esta manera,llevo desde entonces sin dormir y con ansiedad

      • Mi pregunta es si me ocurrió esto el día 29 de Diciembre donde les di mi documentación,y es delito leve,cuando me llegara la denuncia,es que llevo desde entonces sin dormir y con un malestar de no querer ni comer.En cuanto tiempo me podría llegar no notificación de la denuncia.Muchisimas gracias

  • Buenas he leído el artículo y el fiscal me pide cuatro años o abandonar el país pero yo no robe nada de la casa he iba sin ánimo de lucro no sabía que la casa estaba siendo robada no tengo ningún antecedente crees que puedo ir a la carcel se me acusa de robo con fuerza de cosas y pone que hemos robado un secador y una plancha pero no robamos nada porque nos pillaron dentro ¿como se puede aclar esos errores?

  • Me acusan de un robo con fuerza de un gimnasio en deshuso de una comunidad en la que sustraje una cinta de correr pero la puerta estaba abierta y la cerradura estaba ya forzada sólo aproveché la ocasión dado que yo no tengo trabajo y tengo familia y en ese momento necesitaba dinero para poder comer, aparte de eso, cuando me detuvieron devolví lo sustraido que me puede pasar? Gracias

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