Derecho a la asistencia jurídica en los desahucios por falta de pago
Hablamos del nombramiento de un abogado de oficio y el derecho a la asistencia jurídica en los desahucios por falta de pago.
El procedimiento de desahucio por falta de pago tiene como finalidad la recuperación del inmueble por parte del arrendador cuando el inquilino (ya sea de vivienda o de local) no abona la renta convenida.
El desarrollo de este procedimiento judicial viene establecido en el artículo 440.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Este procedimiento ha sido modificado en diferentes ocasiones en los últimos años, la última de ellas en junio de de 2013, pretendiendo facilitar y dar mayor rapidez a los trámites para que el arrendador recupere lo antes posible la posesión del inmueble entregado en arrendamiento.
Esquema del desarrollo del procedimiento de desahucio por falta de pago:
1.- Una vez presentada y admitida la demanda de desahucio por falta de pago de la renta o cantidades asimiladas (IBI, agua, luz, comunidad propietarios, etc.), el Secretario judicial requerirá al demandado (inquilino) para que, en el PLAZO DE DIEZ DIAS (hábiles):
–desaloje el inmueble,
–pague al actor,
-proceda a la enervación, pagando la totalidad de las cantidades reclamadas en la demanda y de las que adeude hasta el momento de dicho pago enervador,
-o en otro caso comparezca ante el Juzgado y alegue de manera breve cuales son las razones por las que se OPONE AL DESAHUCIO, es decir, deberá explicar de manera sencilla porqué a su entender no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada por el arrendador.
2.- En definitiva, si el inquilino no hace nada en el plazo de los 10 dias del requerimiento, NO SE CELEBRARÁ JUICIO ALGUNO, y directamente se procederá al lanzamiento que previamente ya figura acordado por el Juzgado. El lanzamiento significa que el Juzgado va a proceder al desalojo del inquilino de la vivienda.
Plazo para solicitar el derecho a la asistencia jurídica en los desahucios por falta de pago
En ese mismo requerimiento que le hace el Juzgado al inquilino para que actúe en cualquiera de las formas expresadas anteriormente, se le advertirá que dentro de los TRES DIAS SIGUIENTES a la notificación del requerimiento, podrá el inquilino solicitar el nombramiento de un abogado de oficio. (Estos tres dias, también son hábiles (no cuentan los sábados, domingos, festivos, ni el mes agosto).
Transcurrido ese plazo de 3 dias, ya no podrá solicitar abogado de oficio, aunque podrá contratar a un abogado de pago y formular la oposición en el resto de plazo que le quede hasta completar esos 10 dias.
¿ Tiene el arrendatario derecho a la asistencia jurídica en los desahucios por falta de pago ?
La respuesta es que dependerá de sus ingresos: (Ver los ingresos exigidos en 2019).
Si el inquilino tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita y así lo solicita en el plazo de los 3 dias siguientes a que reciba el requerimiento del Juzgado, los trámites del procedimiento de desahucio se suspenderán hasta tanto no le sea nombrado un abogado de oficio por el Colegio de Abogados, lo que propiciará que el procedimiento se alargue y posiblemente no se pueda llevar a cabo el lanzamiento acordado en el requimiento.
RESUMIENDO:
1.- Aquellas personas que carezcan de medios económicos para contratar los servicios de un abogado, pueden solicitar asistencia jurídica gratuita, es decir que se les nombre gratuitamente un abogado de oficio que les aconseje y defienda frente al procedimiento de desahucio.
2.- La reforma del procedimiento de desahucio por falta de pago ha dispuesto, que el demandado, dentro de los 3 días siguientes desde que se le practique el requerimiento, podrá solicitar justicia gratuita.
3.- Estos 3 días que tiene el demandado para solicitar se le nombre un abogado de oficio, son hábiles. Dentro de este breve plazo, el arrendatario (demandado) deberá comparecer en el Juzgado o en el Colegio de Abogados de su ciudad y manifestar que quiere solicitar justicia gratuita para que lo defienda en el procedimiento de desahucio en el que ha sido demandado, con suspensión del procedimiento judicial.
Si la solicitud se hace en el Colegio de Abogados dentro del plazo de los 3 días a que nos hemos referido, deberá indicarle que la solicitud de justicia gratuita se la comunique al Juzgado para que proceda a la suspensión. Una vez nombrado el abogado de oficio, el plazo para oponerse al desahucio, que como vimos era de 10 días desde el requerimiento, se reanudará.
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Hola estoy en desahucio me han dado fecha para salirme antes del 25 de octubre.si por casualidad encuentro casa antes asta la fecha que me han dado el.dueño de la casa no puede entrar asta tal fecha verdad?
Hola buenos días me llamo juliana quería hacer una pregunta nosotros tenemos un problema con el dueño de piso sólo debemos 2meses de aquile tenemos todo pagado nos vecindo el contrato el puesto una demanda de desalojo que podemos hacer alli
Hola Juliana,
He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.
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Hola, bueno tuve un piso en 2006, hasta 2011,q deje de pagarlo por falta de trabajo, me lo quitaron en 2013
y lo desahuciaron, me fui de ahí, estuvo sin trabajar y cobrando el subsidio, mi pregunta es ahora en 2016 me han ofrecido un trabajo con contrato y nómina, mi miedo es q me la quiten por favor respondamos, ahora q recién he conseguido que un trabajo para empezar de nuevo
Hola Erika,
Para poder darte un respuesta, nos tendrías que facilitar más información sobre las condiciones y motivos del desalojo de tu vivienda. ¿Era un piso de alquiler y debes rentas de aquella época, o bien tenías el piso en propiedad y el Banco lo ejecutó?.
Te recomendaría que te pusieras en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004 (extensión 6) para que de manera personal y con mayor información sobre tu caso podamos resolver tus dudas.
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Hola
ante una demanda de deshaucio popr impago de rentas, puede el inquilino solicitar abogado de oficio para que lo defienda (a pesar de no tener derecho a justicia gratuita por ingresoso exigidos) solo con el objetivo de suspender el proceso de los 10 dias para contestar el requerimiento y enlentecerlo todo? muchas gracias
Hola queria saber si me podriais ayudarme pues el dia 4 de febrero me desaucian por inpago del alquiler me gustaria saber si alguna manera de parar el desaucio pues por estar mal asesorada no lo hice bien pues tenianun abogado t me engaño tengo un niño menor de edad y me acaban de operar de una rodilla y no tengo donde ir me an aconsejado que vaya a pedir un abogado gratuito porque ami nadie me dijo que lo podia pedir a los tres dias fui al juzgado y no me informaron de esto necesito ayuda urgente un saludo
Tengo un piso alquilado y me deben dos meses más recibos de gas y luz tengo que ir a los juzgados de plaza Castilla a poner la denuncia ? Y solicitar abogado allí?gracias
tengo los inquilinos que pagaron la fianza 400€.
Después llevan 4 meses : es decir agosto, septiembre, octubre y noviembre sin un pago.
Han tirado electrodomésticos, etc.
En el contrato dice que los gastos jurídicos míos y suyos Irán por cuenta del arrendatario.¿es verdad en la práctica diaria?
Ya les mande Burofax.
Somos un matrimonio discapacitado con 69% y 42% de discapacidad.
Hola IsabelI. Diaz Fito:
1.- Una vez ya le has mandado el burofax, lo que tiene que hacer es poner una demanda de desahucio por falta de pago.
2.- Puede solicitar si sus recursos económicos están dentro de los límites permitidos, abogado y procurador de oficio.
3.- En su defecto, tendrá que contratar un abogado.
4.- Si estima el Juzgado el desahucio (que parece probable por lo que cuenta), los demandados serán condenados a las costas procedimiento.
Un saludo y gracias por visistarnos
Hola,
Me gustaría saber si el propietario también puede solicitar un abogado de oficio.
Mis abuelos se encuentran en una situación de que les deben desde 2010 agua, luz, ibi y no los demandan por no tener dinero para pagar (lo que tienen es la propiedad pero no dinero em efectivo) tampoco disponen de pensión/ingresos económicos a parte del alquiler (que les cuesta cobrar y tienen que ir a reclamar cada mes para comer)
Muchas gracias
hola yo pague varias mensualidades de un inmueble que adquiri y la inmobiliaria se desaparecio 6 años el cual lo unico que supimos es que no e¿tenian los papeles necesarioa para acreditar la propiedad del bien hace como dos o tres años volvieron a manifestarse diciendo que el que no pague la vivienda lo desalojan y ya a mucha gente los han sacado pues traen una orden de ejecucion y proceden sib notificar a nadie esto esposible o que puedo hacer porque ya vinieron conmigo le dijeron a un vecino que yo tenie dicha orden de desalojo pero no tengo nada que ellos me hallan comunicado como demanda o una notificacion
Hola Juan,
Para poder darte una respuesta necesitamos que nos concretes más tu situación. Deberías de decirnos si lo que tienes es un contrato de alquiler o de compraventa, con quién y cuando lo firmaste. También debes de decirnos si tu estás cumpliendo con las obligaciones de pago de ese contrato. Para proceder a un desalojo tienen que tener una resolución judicial que recoja la misma, por lo que ha habido un procedimento que finalmente ha llegado a ese lanzamiento ( desalojo) y en algún momento del mismo te han tenido ,o al menos intentado, que notificar algo, máxime si resides en el domicilio del que se pretende que salgas.
Sentimos no poder concretarte más en tanto no nos facilite más información. Te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros o un Despacho de abogados de tu ciudad a los efectos de que puedas saber cual es tu situación y como debes de `proceder.
Un saludo
Hola Juan,
No llegamos a comprender la situación que nos expones, en cualquier caso, te aconsejamos que te pongas en contacto con un abogado de tu ciudad, o bien con le colegio de abogados para que se te deisgne un abogado de oficio o solcitar cita en la Oficina de intermediación hipotecaria en el caso de que hubiera una.
Suerte.
horosco nº 7-bj-b ME VEO EN UNA SITUACION MUY PRECARIA ME HAN MANDADO EL DESAUCIO Y TENDRIA QUE DEJAR EL DIA 26 DE JUNIO DEL 2014 ME HAN PROPUESTO PAGAR EN DOS MENSUALIDADES PUESTO QUE EN TOTAL ES DE 1.327,80 LA PREGUNTA ES ME PUEDEN DESAUCIAR DE TODAS MANERAS SI PAGO EN DOS VECES Y SE PARARA O TENGO QUE PAGAR TODA LA MENSUALIDAD ESPERO RESPUESTA ENSEGUIDA A VER SI ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR GRC
Hola José:
A ver, me tienes que contar un poco más el tema, ya que no se si habñlas de un desahucio por falta de pago del alquiler o de la hipoteca. Tampoco se si ya hay sentencia y tampoco entiendo lo de la propuesta de pago de 2 mensualidades. ¿Quien te la ha propuesto y con qué finalidad? Un saludo y espero que me expliques.
hola,me encuentro en una situacion muy mala, soy una mujer de 61 años co un nieto a mi cargo con una minusvalia del 95% tiene sindrome lennos gastaut, yo soy su tutora ya q los padres me lo abandonaron,ahora el ivima me quiere deshauciar por falta de pago, el 24 de octubre tengo el juicio y me dice mi abogada de oficio q es cerrado,q no puedo ir yo,estoy desesperada porque al no ir yo no se lo q diran y tengo todas las de perder ya q debo mucho dinero y seguro q me hecharan cn mi niño yo solo cobro de el 520ers y 130 se me van en pañales y medicinas para todo el mes por favor como podria parar yo esto me va a dar algo de los nervios q tengo muchas gracias
Por Dios alguien me puede ayudar para el desahucio de mi vivienda qe vivo en Alcala de henares mi piso es del IVIMA soy una mujer desesperada tengo minusvalia del 45no me gusta comentar pero por si sirviera para tramites tengo qe consegir un dinero para pagar pero por desgracia. no e podido pues lel banco no me lo dejo y estoy buscando alternativas necesito me ayuden me den informacion algun abogado gratuito me lo yeve por favor abogado me lo pueda parar para dar pare el desahucio AYUDENME
Estimada Maria del Carmen,
Lo primero, agradecerle que haya consultado nuestra web mundojuridico.info
En relación a su consulta, podríamos darle una respuesta si nos indica su caso de una forma más concreta. Si quiere, para este tipo de consulta y por la inmediatez y rápidez de la respuesta tenemos un servicio de consultoría teléfonica de pago ( 1.18 euros/minuto desde fijo y 1.53 euros/minuto desde móvil) llamando al número 807502012. Realmente le recomiendo el servicio, ya que de media la gente en cinco minutos tiene situado el problema, con lo cual merece la pena.
Un saludo
Inmaculada Castillo.
Responsable de Mundojuridico.info
Hola María del Carmen,
Puedes dirigirte al Colegio de Abogados de Alcalá de Henares y pedir un Abogado de Oficio.
Debes de dirigirte a Calle Colegios, 1, 28801 Alcalá de Henares, Madrid. Teléfono:918 82 92 68
Suerte!