IMPORTANTE: Actualmente, la papeleta de despido ante el CMAC puede ir acompañada de la reclamación de los salarios debidos al trabajaor al momento del despido. Antiguamente cuando un trabajador quería reclamar por despido y por salarios dejados de percibir, tenía que presentar DOS PAPELETAS DE CONCILIACION; hoy en dia, con una sola basta, aunque se reclamen por varios conceptos.
El trabajador, cuando presenta la papeleta ante el CMAC, debe indicar si se trata de un DESPIDO IMPROCEDENTE, por CAUSAS OBJETIVAS (económicas) etc.
El plazo es de VEINTE DIAS. Este plazo hay que contarlo desde el dia siguiente al despido, ya se haya producido de manera verbal o se lo haya comunicado la empresa por escrito.
Una vez se haya presentado el despido ante el CMAC, el plazo de veinte dias quedará en suspenso hasta que se celebre el acto de conciliación. Una vez celebrado con el resultado que sea (SIN EFECTO, SIN AVENENCIA) continuará ccomputándose el plazo que reste hasta los veinte dias, que es el máximo para presentar la demanda en el Juzgado. Veamos esto con un EJEMPLO:
Los veinte dias son hábiles, es decir que no se cuentan los sábados, domingos ni dias festivos. El mes de Agosto se considera hábil.
1.- Una vez presentada la papeleta de conciliación ante el CMAC, se señalará dia y hora para la celebración del acto de conciliación, es decir se va a intentar que, tanto el trabajador como el empresario, lleguen a un acuerdo que ponga fin a sus diferencias.
2.- El CMAC se encargará de citar a la empresa.
3.- La empresa puede acudir a esa conciliación o no.
4.- Si la empresa no acude al dia señalado, se celebra el acto «SIN EFECTO». Es decir, que como no ha habido acuerdo por falta de presentación del empresario, se deja vía libre para que el trabajador puede interponer una demanda ante el Juzgado de los Social.
5.- Si la empresa acude a la conciliación, pueden ocurrir dos cosas:
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Buenas noches! Estoy muy perdida.....Mañana tengo cita en la cmac , me han despedido improcedentemnte, cuando hablan de acuerdo entre las partes a que se refiere? Pactamos mi indemnizacion entre la empresa y yo? O que tipo de acuerdo es? Cuanto puedo pedir? Y si la empresa no quiere?
Muchas gracias.!
Un saludo
Hola.
Me despidieron por disciplinario, la empresa reconoció despido improcedente ante el CMAC, y me dieron la indemnización que me correspondía, ahora he agotado el paro y con 37 años cotizados teniendo 63 años, he ido a la seguridad a informarme y me quieren descontar el 2% por trimestre por que dicen que fué un despido disciplinario, yo tengo el acta de conciliación donde se reconoce el despido improcedente por lo tanto creo que se me debe aplicar el 1,875, si es así como puedo reclamar ante la seguridad social. muchas gracias