Diferencias entre un plan de jubilación y un plan de pensiones

A simple vista puedan parecer dos conceptos iguales, pero existen diferencias entre un plan de jubilación y un plan de pensiones.

Hablamos de las diferencias entre un plan de jubilación y un plan de pensiones. Lo cierto es que tanto el plan de jubilación como el plan de pensiones funcionan de forma diferente y no tienen las mismas ventajas fiscales.

De cualquier forma, debemos de tener en todo caso presente que ambos planes tienen multitud de variantes tanto en lo referente al producto en sí mismo, como en la forma de proceder a su

contratación, lo cual puede llevar a una serie de  dudas, por ejemplo, a la hora de determinar en un procedimiento de divorcio y en la liquidación de la sociedad de gananciales cómo deben de ser considerados, si como bienes gananciales o si como bienes privativos (artículos 1347 y 1346 del Código Civil respectivamente).

De todas formas y cómo hemos indicado con anterioridad, en esta entrada nos vamos a centrar en determinar las diferencias entre un Plan de jubilación y un Plan de pensiones.

¿Qué diferencias hay entre un Plan de pensiones y un Plan de jubilación?

Plan de pensiones.-

Un Plan de Pensiones es un instrumento de ahorro a largo plazo, cuyo objetivo principal es complementar la pensión de jubilación percibida por la Seguridad Social, es decir las prestaciones tendrán carácter privado y nunca serán sustitutivas de las del régimen de la Seguridad Social.

Los Planes de Pensiones se promueven a favor de determinadas personas, los participes/beneficiarios, que tendrán derecho a percibir capitales o rentas cuando se produzcan una serie de contingencias (jubilación, invalidez, dependencia, fallecimiento), o supuestos excepcionales de liquidez (enfermedad grave, desempleo de larga duración y desahucio).

En definitiva, es un sistema voluntario de previsión cuya finalidad es proporcionar a los partícipes unas prestaciones en forma de capital o renta, en el momento en el que se produzcan los supuestos expuestos anteriormente. Estas prestaciones variarán en función del capital aportado por el partícipe a lo largo de su vida activa.

El plan de pensiones es un contrato colectivo, es decir, que el contratante se adhiere a un fondo. Este fondo recibe aportaciones de diversos clientes y es gestionado por un banco o por una Gestoría especializada.

Existen diferentes tipos de planes de pensiones, entre los que se pueden destacar los de renta fija, de renta variable o mixta.

Los planes de renta fija suelen invertir en bonos de empresas o en deuda pública, entre otros productos. Los de renta variable se emplean en acciones (tienen un riesgo mayor aunque la rentabilidad también es superior). Y por último, los planes mixtos tienen una parte dedicada a renta fija y otra a renta variable. De esta forma, cada persona,en función de lo que quiera arriesgar, optará por una u otra.

Plan de Jubilación.-

Los planes de jubilación son seguros de vida con un fuerte componente de ahorro, y que suelen cubrir las contingencias de jubilación, invalidez y fallecimiento. Estos productos suelen contratarse a prima periódica y aseguran una rentabilidad fija mínima que se completa con la llamada participación en beneficios.

Este tipo de planes son gestionados por las compañías de seguros y a diferencia de los Planes de pensiones si es posible disponer del dinero en cualquier momento, siempre y cuando se cumpla con las condiciones pactadas, de lo contrario, habrá que pagar una penalización.

De manera general el Plan de jubilación tiene menos rentabilidad que el Plan de pensiones, pero a la vez es un producto que tiene un menor riesgo.

¿Diferencias entre un Plan de jubilación y un Plan de pensiones a nivel fiscal o de tributación a Hacienda?

La principal diferencia que separa el Plan de pensiones del Plan de jubilación es que el Plan de pensiones si se puede deducir a la hora de realizar la declaración de la renta, aunque con un máximo por año, y el Plan de jubilación no se puede deducir. Sin embargo y como contrapartida en el Plan de jubilación al recibir el dinero cuando finalice el período, solo se tributará por los intereses generados, ya que durante los años previos ya se han ido pagado los impuestos correspondientes por las cuotas.

Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • Buenos días:

    Se puede traspasar un plan de jubilación a una entidad Bancaria para aportar a un Plan de pensiones ya aperturado ??
    Muchas gracias

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