Penal

El delito de robo con violencia o intimidación

El delito de robo con violencia o intimidación es una de las dos modalidades del delito de robo y está castigada con pena de prisión de hasta 5 años.

El delito de robo con violencia o intimidación viene recogido en el artículo 237 del Código Penal .

Este artículo dice:

«Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o bien violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren»

De esta forma debemos distinguir las dos modalidades que pueden existir del delito de robo, las cuales podrían evidentemente darse a la vez, y que serían:

  • El delito de robo realizado con violencia o intimidación.

¿Con qué pena está castigado el delito de robo realizado con violencia o intimidación en las personas?

El artículo 242.1 dice que el culpable de robo con violencia o intimidación en las personas será castigado con la pena de prisión de dos a cinco años, sin perjuicio de las penas que les pudiera corresponder por los actos de violencia física que realizase.

¿Existen modalidades agravadas del robo con violencia o intimidación ?

La respuesta es que si.

El Código Penal establece que en unos supuestos determinados, el delito de robo con violencia o intimidación se castigará de una manera superior.

El artículo 242 en su apartado 2, recoge que cuando el robo se cometa en casa habitada, edificio o local abiertos al público o en cualquiera de sus dependencias, se impondrá la pena de prisión de tres años y seis meses a cinco años.

¿Qué ocurre si el reo del delito de robo utiliza armas u otros medios peligrosos?

En este caso el artículo 242 en su apartado 3 nos dice que cuando el delincuente hiciere uso de armas u otros medios igualmente peligrosos, sea al cometer el delito o para proteger la huida, cuando atacare a los que acudiesen en auxilio de la víctima o a los que le persiguieren las penas señaladas en los apartados anteriores, se impondrán en su mitad superior.

De esta forma, si el delito de robo con violencia o intimidación se produce por ejemplo en la calle utilizando utilizando algún arma como podría ser un cuchillo, podría imponerse una pena desde los 3 años y 6 meses a 5 años de prisión.

Por otro lado si el delito se comete con un cuchillo y además en casas habitada se podría imponer una pena de 4 años y tres meses a 5 años.

¿Qué se considera casa habitada?

El artículo 241 del Código Penal recoge lo siguiente al respecto:

  • Se considera casa habitada todo albergue que constituya morada de una o más personas, aunque accidentalmente se encuentren ausentes de ella cuando el robo tenga lugar.
  • Se consideran dependencias de casa habitada o de edificio o local abiertos al público, sus patios, garajes y demás departamentos o sitios cercados y contiguos al edificio y en comunicación interior con él, y con el cual formen una unidad física

¿En algún caso se podría imponer una pena inferior a las mencionadas anteriormente?

La respuesta debe de ser que sí.

En este sentido debemos de señalar lo recogido en el apartado 4 del artículo 243 el cual refiere la posibilidad de imponer una pena inferior en grado atendiendo a la menor entidad de la violencia o intimidación ejercida en el robo, además de otras posibles circunstancias que se puedan dar.

Esto significa que la condena impuesta podrá ser inferior a la pena mínima recogida para el supuesto en el que nos encontremos.

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Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • Burnas tardes tengo una consulta
    Un familiar esta metido en un robo con violencia y intimidación (el fue el chofer) le estan dando 20 años por él robo aun siendo que el nunca se bajo a robar ni amenazar a personas estos robaron un millon de pesos en un minimarket el no aparece en videos ni fue identificado pero a el lo pillaron con las cosas en el auto ya que no arranco y los otros tipos si me gustaria saber porque tantos años le estan dando? El esta privado de libertad esperando el juicio y condena .. En el juicio se le pueden bajar esos 20 años ? Eh leido arto y visto que para casos asi dan 3 a 5 años o hasta 15 pero 20 ea mucho algun consejo?? De ante mando gracias

    • Buenas, emtiendo que su peticion de pena es de un país de latinoamerica, entonces no corresponden las penas que se indican en el artículo puesto que hace referencia al codigo penal español.

  • Buenas tardes, me ha surgido una duda recientemente: la utilización de algún tipo de fármaco, sedante u otra sustancia que anule la voluntad o deja inconsciente a la víctima, para después sustraer sus pertenencias, encajaría en el tipo del robo con violencia? muchas gracias

    • Hola Fabian:
      Entiendo que sí podría estar incurso en delito de robo con violencia
      Saludos

  • Hola Tengo una pregunta yo fui victima de un robo con violencia intimidacion pero mi pregunta es afectaría no tener documentación y presentarme ha calidad de testigo q me citaron y otra pregunta me daran alguna indemnización x el echo q.me destruyeron mi.movil y me.golperaron hasta quedar inconciente lo más bueno q fueron agarrados en el echo x los municipales

  • Hola yo fui victima de un robo con violencia intimidacion pero mi pregunta es afectaría no tener documentación y presentarme ha calidad de testigo el proceso lleba un año y 3 meses y otra pregunta me daran alguna indemnización x lo perdido mi.movil etc lo bueno creo yo q los echores fueron agarrados en el echo q iba pasando los municipales me golpearon hasta dejarme inconciente

  • Hola mi esposo está acusado por robo con violencia con intimidación el cual ayer me dijeron que la pena puede ser hasta 20 años cabe señalar que el no tiene antecedentes solo una causa de un atropello que fue condenado por cuasidelito de lesiones leves esto sucedió en el año 205 según la abogada que pone es estado me dice que por eso el no podrá optar a beneficio cabe señalar que esta causa prescribió el recién en octubre del 2017 según la abogada por eso es que no se puede optar a algún beneficio pero yo tengo entendido que una causa prescribe a los cinco años hoy me encuentro en esa incertidumbre no sabemos que hacer ..estoy desesperada ..la famila me presiona que porque no pido una hora para hablar con el juez o el fiscal ..se puede hacer eso por favor orienteme ..soy de chile

  • Mi marido iso un robo con intimidación que le cargaron un cuchillo siendo que el nunca tu tubo uno no isieron peritaje de huellas ni nada solo robo un celular y eso fue robo con sorpresa nunca fue un robo con intimidación lo que así quedó puesto por la justicia mi pregunta es lleva un año y dos meses privado de libertad y es primera vez que está privado de libertad cuanto más uno tiene que esperar ya que cada día más le aplazan el juicio oral a cuánto años el puede quedar privado de libertad

  • Hola buenas. Tengo una cuestion haber si me pueden orientar.
    Un robo con intimidacion con una navaja que condena tiene si la persona que lo hace no tiene antecedentes penales. Es que he leido por ahi que pueden caerte hasta 5 años. Y bueno el tema es si pisarias carcel o algo de servicios a la comunidad o algo.. Gracias

    .

    • Hola Lolo,

      Habría que valorar el caso concreto, si bien, en el supuesto que comentas hay varias agravantes lo que conlleva una pena importante.

      Un saludo

  • hola buenas mira esque ami pareja le an imputado dos robos con violencia vale y le n mandao a prision provisional sin fianza pero no pone pena eso que significa cuanto puede estar hay no puede salir en libertad ?

  • buenas, a un amigo mio le pillaron robando con un machete pequeño, por lo que he leido aca, seria robo por intimidacion con arma blanca no? y pueden decirme que pena le caera a mi amigo? lo digo porque el me dice que podria ser una multa de 300 euros ya que es la primera vez que le pillan.

    • Hola Ernest,

      Hemos leído tu consulta, y la respuesta a la misma pueda ser algo extensa y variable según las circunstancias propias del caso que comentas. Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.

      https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  • Hola buenas tardes, tengo una duda respecto al tipo del 242.3cp. En este caso el arma o instrumento se pondra a disposicion judicial segun el 282 lecrim pero ademas no se le denunciara administrativamente de acuerdo el 36.10 de la L.O 4/2015 proteccion seguridad ciudadana. Es asi, verdad? Muchas gracias

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