Laboral

El finiquito en el contrato de trabajo

El finiquito en el contrato de trabajo pone fin a la relación laboral y a la reclamación de cantidades debidas al trabajador.

 

Se dice que el finiquito en el contrato de trabajo tiene eficacia extintiva, liquidatoria y liberatoria. Os explicacamos qué significa cada una de estas cuestiones.

Eficacia extintiva: con la firma del finiquito se pone fin a la relación laboral suscrita entre empresario y trabajador. La extinción de la relación laboral viene regulada en el art. 49 del Estatuto de los Trabajadores.

Eficacia liquidatoria: normalmente en dicho documento se incluye el detalle de las cantidades que el empresario entiende que debe al trabajador, que se entrega en el momento de la firma.

Eficacia liberatoria: con la firma del finiquito, el empresario queda liberado de cualquier reclamación por parte del trabajador, porque normalmente incluyen una coletilla que dice «con la firma del presente, queda extinguida, liquidada y saldada la relación laboral, sin que haya nada mas que reclamar por ninguna de las partes».

Con la firma del finiquito en el contrato de trabajo,  el trabajador no podrá reclamar nada a la empresa.  Tampoco aconsejamos lo que hacen algunos trabajadores, firmar y poner al lado «no conforme».

Lo mas conveniente en no firmar y consultar con un abogado qué cantidades se le deben en el momento de la finalización de su contrato.

Es necesario calcular el salario de los días que quedan pendientes por abonar del mes, incluyendo los pluses y antigüedad que corresponda, el prorrateo de las pagas extraordinarias, de las vacaciones que queden por disfrutar, el pago de los días de preaviso de la extinción de la relación laboral, que no haya cumplido la empresa, etc.  Además de todo ello, los convenios colectivos establecen unas indemnizaciones de ocho, doce días, etc., por finalización de contrato, que habría que incluir en el finiquito.  Todo ello independientemente de la indemnización que pudiera corresponder por despido, si el contrato fuera indefinido; ya que muchas empresas suelen incluir la indemnización por despido en el finiquito.

ATENCIÓN:

Si firmamos el documento, daremos por bueno todo lo que él contiene y no podremos reclamar nada por ningún concepto.

Para calcular el finiquito , así como la indemnización por despido que pudiera corresponderle necesitará contar con  el Convenio Colectivo aplicable a su trabajo, categoría profesional, salario/mes, antigüedad, pluses que se le abonan y tipo de contrato que tiene suscrito.

Le aconsejamos que tanto para el cálculo del finiquito y/o las indeminzaciones que pudieran corresponderle, así como para el asesoramiento sobre esta u otra materia, siempre se ponga en contacto con un profesional.

Raquel Miranda García

Abogada. Colegiada ICAGR N.º 3620. Especializada en Derecho Laboral.

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