El Impuesto de Sucesiones para los No Residentes en España

El Impuesto de Sucesiones para los No Residentes en España ha sido declarado inconstitucional.

Finalmente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado parte del Impuesto de Sucesiones para los No Residentes en España discriminatorio.

El pasado día 3 de septiembre se hizo pública la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que resolvía el recurso planteado por la Comisión contra España, en lo concerniente a algunos aspectos de la legislación estatal del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Todo surge cuando la Comunidad Europea demandó a España mediante la interposición de un recurso en el que se solicitaba se declarase que España infringía con su legislación estatal reguladora del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones los artículos  21 y 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, además de los artículos 28 y 40 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ya que dispone que los no residentes paguen  impuestos más altos que los residentes en el país.

Así,  la Sentencia dictada a fecha de hoy declara que España ha incumplido con sus obligación de no restricción  de la libre circulación de capitales tal y como establece el artículo 63, apartado 1 del TFUE, al permitir que existan diferencias en el trato fiscal de las donaciones y sucesiones entre los causahabientes y los donatarios residentes y no residentes en España, entre los causantes residentes y no residentes en España y entre las donaciones y las disposiciones similares de bienes inmuebles situados en territorio español y fuera de éste.

Vale, el Impuesto de Sucesiones para los No Residentes en España ha sido declarado discriminatorio, ¿y a partir de aquí, qué se puede hacer por parte de aquellas personas que hayan sufrido esta discriminación con el correspondiente perjuicio económico?.

Es evidente que la sentencia debe de abrir camino para poder solicitar la rectificación  y devolución de ingresos indebidos por la diferencia de los impuestos satisfechos por lo no residentes, atendiendo a la normativa estatal y la cuantía correspondiente a la Comunidad Autónoma del lugar residencia del Causante, claro está siempre que no haya prescrito la posibilidad de rectificación y devolución. 

Castillo Jiménez Abogados

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  • Manuela MARTINEZ
    Clos Pomarole
    13 Avenue de Baixas
    66 240 Saint Estève
    07 81 90 56 26
    NIE Y3261649-X
    00 33 781 90 56 26

    Soy unicamente de nacionalidad francesa , no tengo la nationalidad espanoles mis padres tenian unicamente la nacionalidad espagnol vivian el la provincia de Murcia
    Quiero pagar el impuesto de sucesiones sin ir a Madrid porque vivo en francia
    cada ver que llamo me dicen algo de differente y es dificil ponque el telefona esta simpre ocupado.
    He dado la alta a mi NIE Y3261649-X

    Sabeis cuanto tengo que pagar de el impuesto de sucesiones
    qUE DOcumento le hace falta
    Mi hermanos han pagado el impuesto de sucesiones , unicamente falta que pago yo
    me puedar un documento comp hemos pagado todos los harmanos el empuesto de sucesiones , me lo pregunta el banco para tener mi dinero .
    vivo en francia

    Muchas gracias y Espero su repuesta

    • Hola Manuela, el importe del impuesto varia en función de la cuantía de la herencia y de la comunidad autónoma donde se tenga que liquidar, de forma que es imposible darle respuesta sin conocer el caso concreto

      • El dinero en la banca y la casa esta todo en totana provicia de Murcia y el notario tambien

        Pero yo tengo que pagar el impuesto de sucesiones en Madrid porque tengo la nationalidad francesa y no Espanola

        vivo en francia quiero pagar mi empuesto de sucesiones sin ir a Madrid claro
        en la banca Cuando se murio mi madre habia 49 mile euros y la casa , no se ha todavia vendio una casa barata de casa

        Muchas gracias que me diga donde tengo que escribir y mandar los documentos en la agencia de Madrid, no quiero abogado muchas gracias

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