El juicio monitorio
¿Qué es un juicio monitorio?
El juicio monitorio es un tipo de juicio que tiene como objetivo reclamar judicialmente el cobro de deudas dinerarias de cualquier importe, cuando la deuda sea líquida, determinada, vencida y exigible.
El juicio monitorio es un procedimiento judicial sencillo, muy útil para todo tipo de empresarios, profesionales, comunidades de propietarios, etc. que pretenden agilizar el cobro de deudas pendientes de pago.
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Ver nuestros serviciosPara poder iniciar un proceso monitorio, la deuda que se vaya a reclamar debe venir acreditada documentalmente a través de un principio de prueba.
Para que una deuda se pueda reclamar mediante el juicio monitorio debe de reunir una serie de requisitos:
Requisitos de la deuda para reclamarla mediante un juicio monitorio
La deuda debe ser una deuda dineraria, líquida, determinada, vencida y exigible.
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Ver nuestros serviciosDeuda dineraria, significa que el derecho de crédito exigido debe expresarse en dinero en sentido estricto, es decir, en moneda de curso legal, nacional o extranjera, por lo que quedan excluidas del proceso monitorio la obligaciones de hacer, así como las obligaciones de dar cosas determinadas.
Deuda líquida, es aquella deuda que se puede cuantificar, es decir, que está concretada en una suma de dinero o que su determinación dependa de una simple o mera operación aritmética.
Deuda vencida, es aquella cuyo plazo de pago ha transcurrido, es decir, ha vencido. No cabe por tanto mediante un juicio monitorio reclamar deudas de futuro, que no han vencido todavía.
Deuda exigible, debe entenderse aquella que no depende de contraprestación, ni está sujeta a condición alguna.
¿Cómo es un procedimiento monitorio?
El procedimiento monitorio tiene las siguientes fases:
1ª.- PETICIÓN:
El juicio monitorio comenzará con una petición (escrito de demanda) que hace el acreedor de la deuda en la que se expresarán:
- La identidad del deudor.
- El domicilio o domicilios del acreedor y del deudor o el lugar en que residieran o pudieran ser hallados.
- El origen y cuantía de la deuda.
- Deberá acompañarse el documento o documentos a que acrediten la deuda.
Para la presentación de la petición inicial del procedimiento monitorio no es obligatorio que intervenga abogado ni procurador (aunque es conveniente en la mayoría de los casos).Si un ciudadano quiere presentar él solo una petición de juicio monitorio sin necesidad de abogado ni procurador, puede utilizar el modelo normalizado de demanda de juicio monitorio que ha publicado en 2016 el Consejo General del Poder Judicial.
Si presentada la petición de monitorio el deudor no se encuentra en el domicilio que se ha hecho constar, la parte actora (acreedor) puede pedir al Juzgado que averigüe su domicilio. Si se encuentra después de averiguado que el mismo reside en el término judicial donde se presentó , se le requerirá en éste. Si figura en otro partido judicial o no se le encuentra después de las gestiones el juicio monitorio se archivará.
2ª.- REQUERIMIENTO DE PAGO:
Una vez admitida por el Juzgado la petición del monitorio, el Letrado de la Administración de Justicia requerirá al deudor para que pague la deuda en el plazo de veinte días hábiles. En este momento pueden ocurrir tres cosas:
a) Que pague el deudor cuando lo requiere el Juzgado; una vez se acredite el abono de la deuda, se archivará el procedimiento.
b) Que el deudor no pague en el plazo de veinte días concedido, ni se persone en el Juzgado dentro de ese plazo para manifestar los motivos por los que no debe la cantidad reclamada. En cualquiera de estos dos supuestos, se declarará terminado el proceso y el acreedor podrá iniciar la ejecución de esa cantidad mediante el embargo de bienes, nóminas, vehículos, cuentas corrientes, etc.
c) Que el deudor se oponga a la petición del monitorio, personándose en el Juzgado y manifestando por escrito los motivos por los que no debe el importe de la deuda (ya sea total o parcial).
¿Qué requisitos se exigen para iniciar el juicio monitorio?
El artículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece que para acudir al juicio monitorio la deuda tiene que ser:
- deuda dineraria
- deuda líquida
- deuda determinada
- deuda vencida
- Deuda exigible
Pero además de las anteriores características de la deuda, ésta debe acreditarse a través de alguna de las siguientes formas:
1.- Mediante documentos, cualquiera que sea su forma y clase o el soporte físico en que se encuentren, que aparezcan firmados por el deudor con su sello, impronta o marca o con cualquier otra señal, física o electrónica.
2.- Mediante facturas, albaranes, certificaciones, telegramas, telefax o cualesquiera otros documentos que, aun unilateralmente creados por el acreedor, sean de los que habitualmente documentan los créditos y deudas en relaciones de la clase que aparezca existente entre acreedor y deudor.
3.- Cuando, junto al documento en que conste la deuda, se aporten documentos comerciales que acrediten una relación anterior duradera.
4.- Cuando la deuda se acredite mediante certificaciones de impago de cantidades debidas en concepto de gastos comunes de Comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.
Para mayor información sobre las clases de documentos pincha aquí.
Juzgado competente juicio monitorio
El Juzgado competente será el de Primera Instancia del domicilio o residencia del deudor o el del lugar en que el deudor pueda ser hallado a efectos de requerimiento de pago.
Regla especial: Para supuestos de impagos de cantidades debidas en concepto de gastos comunes de Comunidades de Propietarios, podrá elegir la Comunidad a la hora de iniciar el juicio monitorio, entre el Juzgado del domicilio o residencia del deudor, o el del lugar en que se halle la finca perteneciente a la Comunidad. (Ejemplo: Si una persona tiene una apartamento en Alicante que usa para sus vacaciones, pero tiene su domicilio habitual en Madrid, la Comunidad puede demandarlo en Madrid o en Alicante, a su elección).
¿Puede plantearse una declinatoria en el juicio monitorio?
El Tribunal Supremo en Auto de fecha 6.04.2022 ha resuelto que sí cabe admitir la declinatoria en el juicio monitorio.
Cuando el demandado considere que el Juzgado que está conociendo del juicio monitorio no es competente objetiva o territorialmente podrá plantear declinatoria a fin de que se pronuncie sobre esa falta de competencia.
La declinatoria deberá promoverse en el plazo de los primeros 10 días desde que el demandado sea requerido de pago.
Los trámites de la declinatoria en el juicio monitorio serán los previstos en el art. 65 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Importe de la demanda para iniciar un juicio monitorio
En el proceso monitorio no hay límite de reclamación, por lo que puede interponerse en el Juzgado para reclamar cualquiera que sea el importe de la deuda.
¿Qué pasa después de que el deudor se oponga al juicio monitorio?
Si el deudor presentare escrito de oposición dentro de plazo, el asunto se resolverá definitivamente en el juicio que corresponda.
El escrito de oposición deberá ir firmado por abogado y procurador cuando su intervención fuere necesaria. Es necesaria su intervención cuando se esté reclamando una deuda superior a dos mil euros (2.000 €). En estos casos es obligatoria la intervención de abogado y procurador.
Cuando la cuantía de la deuda reclamada no excediera de la propia del juicio verbal (hasta 6.000 euros), el Secretario judicial dará por terminado el proceso monitorio y acordará la tramitación del juicio verbal.
Cuando el importe de la reclamación exceda de 6.000 euros, una vez terminado el proceso monitorio, el demandante (aquél que está reclamando la deuda) deberá interponer una nueva demanda dentro del plazo de UN MES desde el traslado del escrito de oposición del deudor; si no se presentare la demanda en ese plazo se archivarán las actuaciones y se condenará en costas al acreedor.
Observación: Existe divergencia de opiniones en los Tribunales sobre el cómputo del plazo del mes para presentar la demanda de procedimiento ordinario .
Si presentare la demanda dentro del plazo del mes, se le dará traslado de ella al demandado para que la conteste y seguirá los trámites del juicio ordinario hasta sentencia.
Muchos de los juicios monitorios se tramitan por empresas que han comprado los créditos a otras. Ver nuestro artículo sobre el retracto de créditos litigiosos.
¿Se pueden reclamar las rentas adeudadas al inquilino mediante el juicio monitorio?
Respuesta: Sí se pueden reclamar mediante un proceso monitorio las rentas o cantidades debidas por el arrendatario de finca urbana. Y si se formulare oposición, el asunto se resolverá definitivamente por los trámites del juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía.
Recomendación:
Os recomendamos otro de nuestros artículos que trata sobre la tramitación de la oposición al juicio monitorio tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (en vigor desde el 7.10.2015). Pincha aquí para ver las diferencias.
- Prohibición del alquiler turístico por la Comunidad de propietarios - 2 diciembre, 2024
- Servidumbre en el local para la instalación del ascensor - 27 noviembre, 2024
- Requerimiento previo a la acción de división de cosa común - 26 noviembre, 2024
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Las pagas extraordinarias se aplica la reduccion del 30% en juicio monitorio, gracias
Buenas tardes. a mi hija no le han devuelto el importe de la fianza de un piso de alquiler ( 500€). Ha transcurrido mas de un mes y ahora alegan que hubo desperfectos en un mueble de cocina. No fueron a acompañar a mi hija para la entrega de llaves , pero mi hija si hizo fotos y video y se las mandó. Ellos nos han enviado unas fotos que no parecen que sean del mismo piso, ya que son todos iguales, pero juntando las fotos se ve que no son del mismo piso. Le hemos enviado un Burofax y no nos han contestado. Estoy pensando en iniciar un proceso monitorio por nuestra cuenta, sin abogado ni procurador dado el importe a reclamar.
Es posible?
Gracias y un saludo
Buenos días,
Mi ex novio me debe un dinero, de los gastos originados de la convivencia durante 1 año. Pago de facturas y compras. Cuando comenzamos la convivencia dijimos que los gastos eran a medias. Tuvo problemas de dinero y yo iba pagando los gastos. Cuando terminó la relación dijo que me pagaría lo k me debía. Siempre a reconocido la deuda que tiene conmigo, pero tengo solo las conversaciones de wassap. Empezó pagandome. Ahora lleva tiempo si pagar y creo que ya no tiene intención de seguir haciéndolo. Puedo reclamar el dinero que me debe?
Contrate abogado para una pensión md dijo q el cobraba un % si ganaba sino no.
La dije q retirara la demanda pq me concedieron pensión con la reclamación bia administrativa que hice antes de conocer al abogado.
Ahora dice q te go q pagar 130€ por poner y kitar demanda.
Nknca firme q tenía q pagar nada solo si ganaba demanda pero no fue ne erario llegar a ese punto. Si yo no le firme nknca pagarle nada tiene derecho a cobrarme 130€? Dice q sino le pago en 1semana me va reclamar judicialmente.tiene razón el o yo? Debo pagarle? O no?
Buenas noches,
En 27/07/2021 fue contactado por un instituto llamado Instituto CEDECO de Sevilla, pues estaba buscando online cursos para cuidar de personas mayores en Valencia y me pescaran online. Este Instituto me ofrecio un curso de Educacao y Treinamiento Congnitivo para despues trabajar con personas mayores. Yo hable con la persona aya – XXXXX (no puedo poner el nombre) y le explique que tenia interes en el curso, pero mi nivel de Espanol estava muy bajo. Ella me garantizo que el espanol del curso era bien basico y sencillo y que piensava que yba a estar todo bien. Entonces hizo inscripcion pero quando abri la primera classe, casi no comprendia nada. Llame a esta persona en la misma hora y le explique lo que tenia, ademas, fue diagnosticada con un cancer y tuvo que volver al Estados Unidos para tratameinto, pues tambien aca en Espana me denegaron mi visado no lucrativo. Ella me dijo que ya era tarde, pues teria que desistir del curso 14 dias anteriores al inicio, pero yo no tenia idea de como era el curso y ella me engano deciendo que el Espanol no era problema, lo que no es verdad.
Desde entonce me estan cobrando el curso, que jamas empeze por todos los motivos, pero me amenacan de mandarme a cobranca judicial. No se que hacer. Intento hablarles e explicarles muchas veces, pero son muy rudos y continuam amenacas. Les pedi varias veces una j=hoja de reclamaciones, pero no lo me dan.
Buenas Francisco. Me ha llegado una demanda de la comunidad de propietarios, esa deuda la tengo porque no recibía las liquidaciones, les llamé un par de veces y la segunda vez se dieron cuenta que las estaban enviando a otro email, en la reunión de vecinos expliqué el caso y dije que en vez de pagar cada dos meses (que es como lo tenemos en la comunidad) pagaría cada mes hasta terminar y los vecinos estuvieron de acuerdo, yo estoy pagando cada mes. Me pusieron un juicio monitorio en el cual yo expuse mi caso y ahora he recibido un juicio verbal por la cantidad de 662€ del cual ya he pagado una parte, cuando llegue el juicio creo que ya lo habré pagado todo. Que pasa en este caso? tendré que pagar costas? a cuanto ascienden dichas costas?
Tenía una deuda con un banco por un importe de unos 11200€, me llamaron para negociarla ofreciéndome pagar una parte (3200€) de inmediato, y el resto en cuotas de 500€, y así lo estoy haciendo desde hace 7 meses.
A pesar de ello, ya me han llamado en dos ocasiones indicándome que este trato «no es válido» (me llamaron a mí para ofrecérmelo) y que debo ingresar aún más, con la amenaza de llevarme a juicio. Ahora debo algo menos de 4000€ y sigo pagando mis cuotas, pero hoy he recibido de nuevo una llamada con misma amenaza de llevarme a juicio si no aumento la cuota o lo pago todo de una vez.
¿Es posible que puedan llevarme a juicio a pesar de que yo estoy pagando mi deuda conforme un contrato verbal que me hicieron telefónicamente?
Buenas tardes.
Una comercializadora de luz me amenaza con un monitorio y con incorporarme a listas de morosidad por impago de unas facturas eléctricas de unos 450 euros.
Corresponden a 4 mensualidades de lecturas, casi en su totalidad estimadas por una avería en mi contador que tardó en resolverse más de lo debido, pero resulta que sus cantidades de Kw. facturadas superan en bastante a las lecturas diarias estimadas por la distribuidora.
Les he reiterado en varias ocasiones (hasta por burofax) que me justifiquen en qué lecturas (día a día, ya que siempre facturan del 1 al 30 de cada mes) se basan para pretender cobrarme citadas mensualidades, pero me remiten a las certificaciones
por periodos de la distribuidora, que suelen ir del 23 al 22 del mes siguiente, por ejemplo, (sin detallar las lecturas diarias) y que por lo tanto no coinciden con sus fechas de facturación que van siempre del 1 al 30 de cada mes.
Accediendo a mis consumos, día a día, en la web de dicha distribuidora, he podido verificar el indicado exceso de facturación en cada uno de esos meses, viéndome obligado a hacer impresiones de pantalla de cada uno de los días (uno por uno, ya que resulta imposible hacerlo de otro modo) para conservarlas como prueba en su contra.
¿Pueden iniciar un monitorio obrando en mi poder la prueba real de los consumos diarios coincidentes con sus fechas de facturación?.
¿Es admisible incluir a alguien en listas de morosidad sin probarse legalmente tal condición de moroso?.
Gracias.
Hola, mi mujer no pudo seguir pagando el coche por quedarse en paro y el supuesto seguro de desempleo que firmó no le ha valido para nada, después de un tiempo llego la demanda judicial y tras varios requerimientos, hoy le tocaba ir a la audiencia verbal y el banco no se ha presentado. Los abogados allí decían que deben desestimar la demanda, pero no le han dado ningún papel y le han dicho que le notificarán lo que sea. Ella fue sin abogado ni nada porque no podía pagar uno e iba con la intención de devolver el coche. Ahora bien, ¿sabéis que pasará ahora?
Hola muy buena he recibido un correo con escrito un aviso de precentacion monitorio…en quanto tiempo este va ser actuato …es decir en quanto tiempo me pueden bloquear la cuenta? La deuda es minor de 2000€
Buenas noches,
Le presté a una compañera de trabajo una cantidad de dinero de la cual falta por devolver 150€, desde que se lo dejé no ha cesado en ingresarme cantidades del total prestado cada mes, pero en Septiembre del año pasado cesó excusándose en gastos extras o no poder realizarlo. He cedido hasta ahora, si este mes no lo realiza, quiero tomar medidas legales, pero como documentación a creditable tengo el reconocimiento de ella por escrito y audios en conversaciones por WhatsApp. ¿Bastaría para interponer un procedimiento monitorio?
Gracias de antemano.
Hola el jueves m llegó una carta de un juicio monitorio de caixabanc de 9000euros no los tengo para pagar pidrian embargarme y ir descontando d la nómina mensualmente
Hola, buenos días, me han entregado un juicio monitorio por 980.00, tengo veinte días, no puedo pagar, vivo de alquiler, que hago? Y que cosas me pueden embargar?quiero pagar de poco en poco.
Buenos días,Francisco.
Me ha llegado un requerimiento del juzgado de un juicio monitorio y me gustaria saber como tengo que proceder a partir de ahora para que esto no llegue ha mas. La cantidad asciende a 1720,04€ cantidad que estoy dispuesto a pagar pero fraccionada.
Gracias.
Un saludo,
Hola buenos días.me llego una carta del juzgado me demanda medius collection por una deuda de 550€ en la carta dice que tengo que presentarme en 10 días en el juscado par aún juecio verbal .yo no me niego a pagar de hecho fui donde me hicieron el préstamo para saldar la deuda pero no ya lo habían vendido ya no supe más notecias hasta hoy.si me pongo en contacto con ellos directamente y pago la deuda ya no tengo que ir al juecio? Y si tengo que ir y que siga el proceso. Por favor ayúdame no se como actuar. Gracias de antemano.
Buenos días,
Quiero mandar un Burofax a una Empresa porque me debe una factura de 7.000 euros, para que posteriormente, si no paga, que será lo más seguro, iniciar un Proceso Monitorio.
Pero no sé a quien dirigir el Burofax. ni a quien demandar el en Proceso monitorio porque unas veces hablo con un tal juan, otras veces con un tal José Luis etc.
Sé que tengo que poner el nombre de la Empresa, pero en el Monitorio, tendrán que reclamarle la deuda a una persona física, que me imagino que será el dueño, el administrador o el apoderado, y además tendré q poner también el domicilio de esa persona física.
Que debo hacer, si no sé quien es esa persona responsable de esa empresa?
Gracias
Hola, tengo un monitorio que ya está en ejecución, y han embargado la cuenta. Este proceso se puede revertir de alguna manera? No he sido avisado de esta ejecución. Es una deuda comprada por un fondo buitre, Estrella Available LTD. El importe es de 6400euros más 1900 euros de intereses. No dispongo de esa cantidad. Soy autónomo, artista, y es imposible asumirla. Cómo debo proceder?
Buenas tardes, me gustaria saber si se puede desestimar un recurso de reposición por adolecer de firma de abogado y procurador y que consecuencias tiene esta desestimación en un juicio monitorio. Toda la información que encuentro da por hecho que no es obligatoria la firma de estos profesionales. Gracias de antemano por su ayuda.
Buenos días, yo quiero hacer una consulta si se me permite, respecto a los documentos necesarios. Valdría una transferencia a la cuenta del titular que debe el dinero y la devolución de parte del capital a plazo (puesto que ha sido devuelta la mitad total de la deuda) y que desde hace casi dos años, dejaron de pagar y no se han hecho responsables de devolver el dinero prestado???? Gracias por su tiempo.
Buenos días, tenía una casa en alquiler cuyo inquilino se ha marchado, pero firmamos un fin de contrato indicando que él se haría cargo de todos los recibos que tuviese pendientes y ahora me reclama la compañía de agua 4 recibos devueltos por el banco que ascienden a más de 1400 € y que corresponden a lo consumido durante su estancia en la casa. Tengo algunas dudas
1.Ha cerrado todos los negocios que tenía, dejado trabajadores en la calle de la noche a la mañana y no sé el nuevo domicilio del inquilino. El domicilio que tenía en el contrato es el de una de las empresas que ha cerrado y si no se localiza después de las gestiones correspondientes ¿el monitorio se archiva? es decir, ¿que si no se le localiza en ningún domicilio se queda la deuda pendiente y no puedo hacer nada más?
2. Las facturas vienen a mi nombre pero estaban domiciliadas en la cuenta bancaria del inquilino. Evidentemente la compañia me reclama ahora a mi el pago si no quiero que me corten el suministro y no sé si podría reclamar en algún sitio el por qué no se me informó antes de dicha deuda y no dejar pasar todo un año y ahora me encuentro con este problema
Buenas tardes:el pasado 9 de mayo se aprobo en Junta la liquidacion de una deuda que tengo con la comunidad,pero previamente no me han notificado ni la cantidad ni me han dado plazo para el pago de forma amistosa.Ahora publican un documento en el tablon de anuncios de la comunidad que me han enviado una carta certificada burofax pero yo no he recibido nada.Mi pregunta es,no deberian haber agotado primero la via amistosa antes de iniciar un monitorio?Y en el caso que pague en los 20 dias habiles tendria que pagar costas,intereses o algo mas?Gracias.
Hola Ana María,
He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.
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Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info
Buenas,
soy el deudor de un juicio monitorio al cual admiti la deuda y negocie pagarlo a plazos. soy pensionista sin bienes ni un sueldo superior al salario minimo. el mes pasado pague lo acordado pero este mes lo tengo muy complicado para pagar. si me salto este mes sin pagar o pago menos de lo acordado que puede pasarme? por favor diganme las 2 opciones
Hola! Muchas gracias por tu artículo. Soy autónoma y durante los meses de febrero y marzo trabajé para una empresa redactándoles textos SEO para su blog. A la hora de pagar, al principio me daban largas (siempre había alguna excusa) y ahora directamente no me contestan. Es duro, sobre todo porque es una empresa que está a dos calles de dónde vivo y más que el dinero lo que me duele es el trato, porque siento que se han aprovechado y reído de mí. El caso es que me deben más de 300 €. ¿Qué harías tú? ¿Burofax y luego monitorio? No tendría que pagar nada, no? Hablé con otros redactores freelance como yo y me dicen que haga presión en redes sociales o que les amenace con borrar los artículos que les hice. Pero no sé que hacer. ¿Que harías tú? Muchas gracias por tu tiempo.
Buenas.
Me reclaman una deuda de 2014 de penalización por haberme ido de la compañía telefónica de 116€. Se amparan en la subida de velocidad acompañaba una permanencia (llevaba en la compañía 8 años). Ahora me amenazan con un juicio Monitorio. ¿Qué tengo que hacer? No quiero pagar pues no considero que tenga permanencia ni tengo nada firmado con ellos.
Hola Alfonso,
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Hola. Tengo que reclamar una deuda de a una empresa, en la que trabajé como docente. Como autónoma, en la factura he practicado la preceptiva retención de IRPF del 15%. En mi caso, la factura es de 5400 €, y la retención es de 810 €. La demanda de monitorio, ¿por qué importe debo realizarla, por 5400 € o por 4590€ (una vez realizada la retención)? Gracias y saludos.
Hola.. Se pueden reclamar mediante monitorio deudas por impago de pensiones alimenticias a hijo impuestas por sentencia judicial en caso de divorcio… Gracias.
Hola,
Tengo un juicio monitorio y no puedo pagarlo.
Estoy en el paro sin ayuda.
El embargo se le puede hacer a la nómina o bienes de mi esposa?
El monitorio genera interés?
Muchas gracias y un cordial saludo
Buenas, tengo una deuda con cofidis de unos 7000€, perdí el trabajo y ahora me quieren pedir un juicio monitirio. Empecé de nuevo a trabajar y quiero llegar a un acuerdo para ir pagando poco a poco pero dicen que ya es tarde.
Cuando salga el juicio y me den plazo de 20 días podré proponer pagar poco a poco sin que embarguen.
Gracias
Un saludo
Hola, me gustaria saber dos cuestiones en referencia al procedimiento monitorio.
– A partir de que momento se considera que el recibo ha resultado impagado (al dia, a los dos dias…)?
– en la gestion amistosa de recuperación de la deuda, se puede realizar el abono del pago en efectivo?
muchas gracias.
Formulé por mi cuenta (sin abogado ni procurador) una solicitud inicial de procedimiento monitorio para el reclamo de una fianza de alquiler que mi casero no me devolvió a la finalización del contrato y entrega de llaves. El juzgado que la conoció la ha inadmitido a trámite, al considerar que las fianzas de los alquileres no constituyen deudas líquidas y exigibles al tratarse el contrato de alquiler «de una relación jurídica compleja en la que la deuda no resulta de un documento, sino que para su apreciación debe determinarse el previo incumplimiento de una serie de obligaciones contractuales del demandado, que exceden las simplemente dinerarias». Según el pie de la resolución, solo que me queda la opción de plantear un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Según he leído en el art. 458 LEC, para dicho recurso tendría que depositar una tasa de 50 €, pero no estoy seguro de si es o no obligatoria la postulación con abogado y procurador.
Mis dudas son:
1. ¿Hacen falta abogado y procurador para recurrir en apelación un auto de inadmisión de una solicitud inicial de procedimiento monitorio?
2. Con vuestra experiencia, ¿creéis que existe alguna posibilidad de que la Audiencia Provincial corrija el criterio aplicado por el juzgado? Yo creo que sí se trata de una deuda líquida, exigible y documentalmente acreditada, ya que una de las cláusulas del contrato de alquiler dice que el arrendador me devolvería la fianza en el plazo de 30 días tras la finalización del contrato, cosa que no ha hecho. Obviamente, de la fianza han de descontarse los gastos que deban correr a cargo del arrendatario, pero entiendo que ha de presumirse que yo he cumplido con mis obligaciones (he presentado, por cierto, las últimas facturas de renta, luz y agua) y, en todo caso, tendría que ser el arrendador quien probase que no ha sido así.
No tengo intención de contratar abogado y procurador para esto, porque la cuantía que está en juego hace que no sea rentable.
Un saludo y gracias por adelantado.
Buenas tardes, Francisco. He presentado monitorio para reclamar una deuda y no ha sido admitido en primera instancia por presentar un documento que no cumplía los requisitos según el art.812.1 de la LEC Pero sí son válidos otros documentos según el 812.2.NO quiero presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Mi pregunta es:¿Puedo volver a interponer el mismo monitorio por segunda vez excluyendo ese documento cuando me devuelvan la documentación que presenté la primera vez?Gracias.
Hola David,
He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.
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Hola me reclaman una deuda de amena del 2006 son 189€ y me llevan a un juicio monitorio me podrían decir cómo hacer un escrito de oposición y la deuda no prescribe después de tanto tiempo
Hola Esther,
Hemos leído tu consulta, y la respuesta a la misma pueda ser algo extensa y variable según las circunstancias propias del caso que comentas. Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.
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Lo que me gustaría saber es si la deuda prescribe ya que nunca se anexa puesto en contacto conmigo
Buenos días, ¿y qué pasaría si el deudor atendiera parcialmente la deuda? Es decir que por ejemplo se le requieran 8.000 euros y el ingrese la mitad dentro del periodo previsto…
Hola Alex,
El procedimiento continuaría por la diferencia, siempre y cuando el demandante no desistiera del procedimiento.
En caso de continuar, pudiera ser que el hecho de pagar una cantidad haga que el procedimiento continuase por un verbal si la cantidad reclamada fuera hasta 6000 euros.
Un saludo
Se puede reclamar una fianza de alquiler, que el casero se niega a devolver, mediante un juicio monitorio?. Gracias
Hola Pilar,
He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.
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Buenos días mi caso se refiere a q en el mes de enero le he prestado una cantidad de €1270.00 a un conocido él esta en Murcia yo en Madrid me ha ido dando largas pero q esta dispuesto a pagarme y lo q hace es siempre verme la cara de tonta entonces le he enviado un burofax donde le daba 10 dias de pmazo para q m pague la deuda al completo ahora bien si se llega esa fecha y no ha dado señal de vida donde puedo yo poner la denuncia si estoy en madrid gracias
Hola Doris:
1.- Tendrías que reclamárselo vía civil, no es una denuncia penal, pues entiendo que no se ha cometido ningún delito.
2.- La competencia seria el Juzgado de residencia del demandado.
Saludos
Buenos días mi caso se refiere a en el mes de febrero le he prestado a un conocido unas cantidades de dinero q la deuda a llegado a € 1270.00 a finales de enero se q esta persona ha pasado malos momentos,ahora q se supone q esta más tranquilo porque esta con su trabajo siempre le he cobrado y m ha ido dando largas entonces el mes de abril le dihe q le daba 2 meses para pagarme uno en mayo la mitad de la deuda y la otra en junio a inicio ya q uno cobra a finales entonces me contestó q si q gracias por darle ese plazo pero el muy listo me quiere verme la cara tenia q ingresarme del 1 al 7 dw mayo dicha cantidad y nada le envio msj y lo llamo no contesta para q m de una explicación ; entonces le he enviado un burofax por correo pero no lo encuentran en ese domicilio claro esta trabajando se q le han dejado un documento donde pueda ir a reclarmarle ahora bien yo vivo en madrid y el en murcia donde debo poner la denuncia una vez pasada la fecha q le he dado de plazo q son 10 dias muchas gracias
Buenos días,resulta que hace un año nos llegó un monitorio por deuda de un préstamo avalado por mi socio y yo. Cuando nos llegó el burofax me reuní con mi socio para decir que íbamos hacer, decidimos no poner oposición. Resulta que todavía no me ha llegado ninguna notificación del juzgado,y ayer me acerque al juzgado para que me de información y resulta que mi socio si se opuso al monitorio y está a espera de juicio. Mi pregunta es que pasa ahora que hay dos posiciones distintas ante una misma deuda,avalada por los dos.
hola realice una reclamacion de cobro de 1500euros, ante el juzgado de primera instancia (sin vista ) y queria saber tiempo de respuesta
Hola, tengo un cliente que se ha negado a pagarme una factura. Él se encuentra en una provincia distinta a donde yo resido.
La deuda es de 400 euros.
Mi duda es si yo en algún momento me podría ver obligado a desplazarme a su provincia para asistir a un juicio. Resulta que él vive en el norte y yo en el sur, y con el desplazamiento, alojamiento, y cualquier gasto adicional, no es que me deje de compensar intentar cobrar la factura, pero se vería notablemente reducida esa cantidad.
Hola Carlos,
He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.
https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/
Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info
Buenas,
Vivo en Inglaterra y un «amigo» vino a empezar su nueva vida, así que le tuve que dejar dinero. Pasó un tiempo y no me pagaba, pero no se oponía a la deuda, así que le hice firmar un documento en el que aparecía lo que me debía.
Ahora él se encuentra en Málaga y no sé cómo presentar un procedimiento monitorio a distancia o que lo haga alguien en mi lugar, ya que tengo todos mis amigos y familia en Málaga.
Gracias anticipadas y un saludo.
Buenos días, hoy he recibido una cita de un juzgado de Bilbao para un juicio monitorio en un domicilio que no es el mio desde hace cuatro años y del que me he podido enterar porque la actual inquilina tenía mi número de móvil y ha enviado a su hijo a recojerlo ya que yo vivo en otra provincia.
Mi pricipal duda en este momento es que me dan 20 días habiles para pagar la deuda y aportar el recibo de pago en ese juzgado. Debido a que el juzgado de reclamación está en Bilbao y yo resido en otra localidad hace ya cuatro años ¿puedo solicitar un cambio de jurisdicción a A Coruña que es donde resido?
¿La empresa denunciante tiene que empezar otra reclamación en mi provincia de residencia?
Atentamente. Muchas gracias.
Hola José Manuel,
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Buenos días. Hace una semana recibí un requerimiento judicial de pago por importe de 1875€ a mí pareja. Lo cogí yo , los avisos de los certificados los cogí yo también, es decir su firma no aparece por ninguna parte. Legalmente no somos ni matrimonio ni nada. El tema es que el no tiene más que su sueldo inferior a 1000€ y un coche de 18 años.Yo carezco de ingresos(ni trabajo ni Bro prestaciones,ayudas). La vivienda está hipotecada, mi gran preocupación es si podrían llegar a quitársela, pues tenemos dos hijas pequeñas.
Hola Cristina:
1.- Si el Juzgado estima finalmente la cantidad que reclaman en el monitorio, el acrredor podra ejecutarla.
2.- En ese caso podrá pedir el embargo del sueldo, si bien hay que tener en cuenta que el salario minimo interprofesional es inembargable. Te dejo un artículo en el que hablamos sobre esta materia: https://mundojuridico.info/el-salario-que-se-puede-embargar/
3.- Es improbable, que embarguen tambien la vivienda. No obstante como hay una hipoteca, el embargo se pondría detras de la hipoteca. No es habitual que el acreedro siga con la ejecucion del inmueble adelante teniendo una hipoteca.
saludos
Quería saber si una deuda de honorarios y facturas médicas del año 2010 principio del 2011 se puede cobrar ahora en el 2018? O esta deuda prescribe. Gracias
Hola MARCELO:
debo una derrama de comunidad de 700 euros , concrete con el administrador de mi comunidad para solventar la deuda en plazo de 100 euros por mes asi como la cuota de comunidad que estoy al día , en principio todo bien , Se hace junta extraordinaria la cual no pude asistir por motivos de trabajos . Se aprobó en junta que los que no pagasen se nos denunciaba al juzgado para juicio monitorio. Por lo que he leído no me pueden cobrar tasas por juicio monitorio toda vez que la deuda es inferior a 900 euros asi como tampoco me podrán cargar minuta de abogado y procurador porque no es necesario. Yo en principio sigo pagando la derrama mes a mes y esperar que si me citan de juzgado para pagar la deuda lo voy hacer sin problema . Por que no se cuanto tiempo tarda en lo que presenta la demanda la comunidad hasta que me lo comunican a mi domicilio puede tarar meses y ya tenga extinguida la deuda de las aportaciones parciales que estoy haciendo mx gracias espero contestación para estar mas tranquilo
Hola Marcelo,
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Hola
Para reclamar cantidades al banco, inferiores a 2000 €, cobradas indebidamente por cláusulas abusivas en préstamos hipotecarios, ¿podría realizar por procedimiento moritorio?
gracias
Hola David, debes acudir a un declarativo pues ante se ha de declarar la nulidad de la clausula y determinar la cantidad liquida de dinero que te tendrían que devolver según el caso, por lo que no encajas en los casos del juicio monitorio, art 812 y siguientes de la LEC
Buenas mi consulta es que he realizado un escrito de opsicion a un monitorio dando mis razones de por que no apruebo la demanda. Ya lo he entregado y ahora ¿ que me queda esperar? ¿Cuales pueden ser los siguientes pasos y opciones que pueden pasar a partir de ahora? Y el plazo que tengo que esperar.
Hola David,
He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.
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He denunciado en Alava mediante un proceso monitorio a un empresa con domicilio fiscal en Murcia, para que me devuelvan el dinero (menos de 2000€) de un producto que me da problemas. He recibido una carta del juzgado donde creo entender que me dicen que no es el lugar para poner la denuncia. Despues de informarme un poco, he visto que este tipo de procesos hay de denunciarlos en el domicilio fiscal de deudor por lo que tengo que poner la denuncia en Murcia. Tengo que desplazarme hasta alli para poner la denuncia, o puede entregar otra persona la documentacion? Entidades como facua, se encargaria de los tramites y gestiones?
Hola Tania,
He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.
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Una supuesta financiera me reclama 325 €, y yo les pido que me envíen el contrato, que no me han dado porque el plazo de devolución no es correcto, y no me lo mandan.
Hola Jose Manuel, exija ver el contrato y adviértales de que si no se lo envían les denunciara usted por acoso
Buenos días. No entiendo mucho la jerga jurídica, en cualquier caso intentaré explicarme. Tengo un adeudo con Gas Natural por baja anticipada en la que se me hace una regularización. Sin embargo, en la misma no figura en concepto de qué he de pagar esa y no otra cuantía/cifra. Me inquieren por teléfono al pago mediante gabinete jurídico antes de emprender acciones legales ulteriores. Sin embargo, surge un nuevo pago (que de nuevo no justifican) y la deuda asciende a más de 500€. ¿Qué opciones tengo? Si se iniciara juicio, en el peor de los casos, debería pagar la deuda o algo más? Y por último, por lo que les leo,no me haeía falta abogado con esa cuantía, ¿no? Gracias.
Buenos dias,mi caso es el siguiente:mi madre fallecio en el 2008 somos cuatro hermanos y uno de mis hermanos llevaba los negocios de mi madre y a su fallecimiento se acordo verbalmente que el se hacia cargo al gasto del funeral.Parece ser que la compañia funeraria le reclamo cierta cantidad por via judicial por no hacer frente a la totalidad de la deuda firmada por el.Luego al par de meses me puso una demanda reclamandome la cuarta parte de los gastos del funeral me opuse alegando que esas facturas del funeral no estaban firmadas por mi y que verbalmente el dijo que el se hacia cargo de dicho gasto.Fuimos a jucio monitorio y lo perdi el juez en su sentencia se baso en el articulo 1158 del codigo civil.A dia de hoy no se si mi madre dejo dinero ahorrado pues mi hermano solo me dice que mi madre dejo deudas pero no presenta la documentacion de dichas deudas.el en el jucio dijo lo mismo que nuestra madre solo dejo deudas pero no aporto la documentacion.¿Que puedo hacer contra esta injusticia? entiendo que los gastos del funeral se pagen del pasivo de la herencia,pero yo no se si en la herencia hay positivo o negativo
hola soy manuel y e recibido una notificacion esta mañana y no estaba de los jucgados de c.villalba parece que me reclaman algo tengo que ir yo estoy cobrando la ayuda de 400 euros cuatro años que hago
He sufrido un proceso monitorio por parte de la comunidad de propietario de un piso en Madrid.La cuestion es que en ningún momento se me informo ni llego comunicación alguna sobre el mismo ni por el administrador de la comunidad ni por el juzgado ya que yo resido fuera de madrid cuando se gesto dicho proceso monitorio ,cuestion (nueva dirección)que informe al administrador de la comunidad.
Al ponerme en contacto con el juzgado que me sentenció me comunican que el auto aparece como que «se notifico al interesado» y que aparece firmado, siendo totalmente imposible ya que en esas fechas 2015 hacia mas de un año que no residía en ese piso de madrid sino en labastida de lo queda fe el padrón municipal..que se puede hacer en este caso ,la deuda me la cobraron directamente de una cuenta y no tuve posibilidad de defenderme en ningún momento ya que desconocía por completo que existiera ese procedimiento contra mi.Gracias
Buenas tardes hace unos meses el abogado q llevó a cabo mi divorcio me solicitó por correo ordinario sin ningún tipo de documento el pago de 1400€ por las costas del divorcio, hoy me ha llegado un proceso monitorio reclamandome 1694€, que puedo hacer? Gracias
ESTOY PENDIENTE DE QUE ME PAGUEN LA CLAUSULA SUELO LA CAJA ME HA HECHO UNA OFERTA QUE ESTOY DE ACUERDO PERO FUERA DEL PLAZO QUE TENIA POR DOS DIAS TENGO QUE IR A JUICIO O PUEDO ACEPTAR PUESTO QUE ESTOY CONFORME CON LO QUE ME OFRECE
Buenas me han mandado una carta de una supuesta deuda de hace 8 años telefonica de 200 euros… sin demostrarme nada ni aportar nada cuya deuda ni me consta ni nunca he figurado de morosa en ningun sitio. Me dicen que me van a meter a un juicio monitorio. Me gustaria saber si eso es posible y conseji
Mi consulta es la siguiente: ¿ Qué respondo ante este proceso monitorio ya iniciado y en aras de régimen ejecutorio donde el demandado ha respondido cuándo por fin se le ha hecho un embargo, y, le han permitido su inembargalidad porque se trata de un ingreso de 150€? Yo, que soy el demandante y llevo mi defensa como si se tratase de un abogado, mi pregunta estaría en saber qué alego ante esta suerte de situación de respuesta porque llevo mas de tres años con este monitorio de peticion de 1900€ sin paradero y sin respuesta, y, ahora que se le embarga, se aplica el 607 LEC. Cuales otras formas de cobro se podría dar aunque fuese con cantidades pequeñas. Lo que quiero que no se quede impune.
Tenia un juicio monitorio con intrum justitia por una deuda de 150€ de hace ocho años. Presente oposicion a monitorio y ya han pasado casi tres meses y no he recibido ninguna carta del juzgado,pero los de intrum me han llamado reclamandome las costas del juicio a lo que me he negado diciendo que no he recibido notificación alguna del juzgado. ¿Es posible que me hayan condenado a pagar costas sin haberme citado para el juicio? Gracias
Hola
Para reclamar cantidades al banco, inferiores a 2000 €, cobradas indebidamente por cláusulas abusivas en préstamos hipotecarios, ¿sería el procedimiento monitorio un buen método para efectuar la reclamación judicial?.
Saludos
Buenas. Me pongo en contacto con ustedes por si podrían facilitarme alguna información sobre el siguiente tema:
El año pasado mi padre vendió su casa a través de una inmobiliaria. El problema es que olvidó dar de baja el contrato de suministro eléctrico de la misma, y le ha llegado este mes una factura de la luz por todos estos meses a su nombre, cuando la casa fue vendida el año pasado.
Mi pregunta es cómo se podría requerir al nuevo propietario que pague por el dinero de la luz que ha abonado mi padre, del cual se ha aprovechado con mala fe. ¿Cabría interponer el requerimiento monitorio para este caso?
También quisiera saber si mi padre puede dar de baja ya el contrato de luz para que no le sigan cobrando, aunque eso suponga que le corten la luz al nuevo propietario. En este caso, ¿hay que preavisar al nuevo propietario de que se le va a cortar la luz o no?
Muchas gracias por su atención
Hola Lucía:
Acabo de leer tu consulta. Para poder darte mi opinión, ante las cuestiones que planteas, es necesario que lo hablemos a través de nuestro servicio telefónico, marcando 807 502 004 (extensión nº 6).
Un saludo
Antes de nada, decirte que está todo perfectamente explicado..
Pero tengo una dudilla en cuanto la forma de acreditar la deuda. ¿Sabes si cabría tal acreditación a través de mensajes de WhatsApp? Es que es la típica deuda dimanante de acuerdo verbal, aunque de los mensajes intercambiados a través de dicha app se ve claramente que hay una cantidad adeudada no satisfecha. En caso afirmativo, como aportar dicha documental ante el JPI?
Gracias!
Buenos días,
¿Me podrían indicar cuanto tiempo puede pasar, como máximo, desde que se genera deuda hasta que se puede reclamar por un proceso monitorio?
Tengo varias facturas pendientes de cobro pero pasan los días y no encuentro el momento de presentar el procedimiento monitorio en el juzgado.
Muchas gracias.
Saludos,
José Antonio Álvarez
Buenos días,
Deseo interponer una demanda en proceso monitorio por unas comisiones. Ya interpuse reclamación administrativa, y el banco ha contestado a dicha reclamación denegándome el reintegro, por lo que llevaré copia correspondiente a Consumo. Puedo interponer demanda o debo esperar a resolución administrativa?
despues de leer la interesante informacion sobre juicio monitorio me gustaria saber si puede haber un juicio monitorio sobre una cantidad que ya estuvo juzgada en otro juicio monitorio y que tuvo sentencia con embargo de bienes hace años
Gracias
Ignacio de Pablo
Un posible acreedor presenta demanda de procedimiento monitorio por deuda menor de 2.000,00€ ante un Juzgado y ocho meses después, cuando se ha dictado juicio verbal para un día concreto, presenta nueva demanda para monitorio en otro juzgado y unos días después presenta escrito de desisti9miento de la primera demanda y el demandado entiende que el acreedor ha desistido de todo y resulta que el segundo juzgado le condena a pagar por no presentar escrito de oposición.
¿Puedes ser que se presenten dos demandas por lo mismo en juagados diferentes y que si renuncias a una de ellas se continúe con la otra?
Hola Pedro,
He leído tu consulta y mi recomendación es que te pongas en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004. Él puede resolverte de manera detallada y sobre la marcha las dudas que comentas, así como indicarte la forma de proceder.
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Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info
buenas tardes quisiera saber porque debo barios prestamos de 15000€ y otro a otro banco de 10000€ cuando me llamen del juzgado la secretaria judicial.para requerimiento de deuda.yo no puedo pagarles todo junto pero quiero pagarles poco a poco.se puede ha ser.o que digo me niego o no me niego.soy penciinista cobro 737€. Quisiera saber sino me niego a pagar.si me pueden embargar la cuenta bancaria donde cobro mi pencion.no se que a ser.porque pago manuntenciin por mi hija.me pueden quitar todo el dinero de la pencuon.gracias y un saludo..
Hola Salvado,
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Buenas ,soy autónomo y me deben dinero. ¿Tengo que pagar el iva Prat poder denunciar?
Gracias
Buenas tardes,
Tengo una duda sobre una cantidad a reclamar a través de un proceso monitorio, explico el caso para ver si pueden ayudarme. El año pasado mis padres contrataron unos días de vacaciones con una agencia de viaje, días previos al viaje mi madre enfermo y tuvo que ser ingresada todo esto sucedió del viernes al sabado, por lo tanto, el lunes me personé en la agencia para entregar los documentos médico de que se trataba de una causa de fuerza mayor y no podían ir al viaje. Pues bien, en un inicio se negaron a devolverme el dinero porque no se había confirmado antes de los tres días, cosa ilogica porque nadie decide cuando enfermar, tras varios días personandome en la agencia, llamadas de teléfono etc; conseguí que me propusieran devolverme el dinero de mi madre pero no de mi padre, a lo que también me negue porque no era justo, finalmente tras mi insistencia conseguí pero con una condición que me devolviesen algo más de dinero pero a cambio no podía poner reclamación ni denunciar a consumo ni nada. Esos días estabamos en el hospital y necesitabamos el dinero, por lo tanto accedí al chantaje, fueron varios días y tras varios días de idas y venidas me urgía el dinero, tras la recuperación de mi madre me diriji a la Dirección General de Turismo y tras contar lo ocurrido me indicaron que había que denunciar y así se hizo. Pues bien, ahora nos ha llegado la resolución definitva del instructor con una sanción de falta grave a este señor por el delito cometido, pero indica el instructor que nos debe indemnizar por los daños causados pero en caso de negarse la admnistración no puede hacer nada más sería la familia la que tendría que reclamar por vía judicial, por lo tanto, llamé al instructor por teléfono y me indico que al tratarse de menos de 2000 euros tomará un juicio civil que es rápido y no necesitaba abogado, esto es, el proceso moratorio.
Así lo he realizado hoy me he dirigido a los juzgados de mí ciudad pero nadie sabía nada y los abogados estaban con muchas citas, y mi pregunta es muy sencilla quiero saber que cantidad debería reclamar a este señor, porque si pido lo que se quedó sin devolver no estaría indemnizando sino devolviendo el dinero que se quedó sin deber, por la rabia de los contratiempos de esos días le pediría lo máximo, pero moralmente eso tampoco es correcto, entonces no se que cantidad sería la más adecuada en cuestión de indemnización por las llamadas realizadas, las veces que fuí a la agencia, el trastorno causado y la cantidad que se quedó. Si alguno de ustedes puedisen orientarme en la cantidad que se reclama en estos casos les estaría agradecida, porque lo voy hacer personalmente y el formulario del proceso veo que no es muy complejo de completar tomaré uno de guía en internet, pero de la cantidad no he encontrado nada.
Espero su respuesta para intentar que todo nos salga bien y podamos ganarlo porque la resolución del instructor indica que debería indemnizarnos.
Muchas gracias y un saludo
Felicidades por esta labor de ayuda que ofreceís.
Hola buenas tardes tengo una empresa de formacion. Tengo clientes que impagan formacion por valor aproximado de 400€ en distintos puntos geográficos, es interesante para mí presentar monitorios a estas empresas o va a ser más caro los costes que el cobro
Buenos días. Hace mas de diez años entregué a una sociedad ochenta mil euros para la compra de unos locales comerciales. A fecha de hoy ni me ha entregado el local ni me ha devuelto ese dinero, negando el administrador de dicha sociedad la deuda. Dicha entrega quedó documentada con un documento privado donde se exponía con claridad la entrega del dinero y quedó firmada por el administrador que ahora niega la deuda.
¿Qué puedo hacer?. Interpongo un monitorio contra dicha sociedad? Gracias
Hola Javier:
Le hemos mandado un correo personal a su cuenta sobre este tema.
Un saludo
Buenas tardes, me reclaman atraves de un monitorio varias cuotas de la comunidad de una parcela, unos 450€, hablado con el administrador de fincas que nos lleva la comunidad y aceptado por el presidente, acosdamos que me comprometo a liquidar el importe en 6 meses consecutivos.
Me reclama el administrador que a su vez actúa en el procediendo como procurador, los gastos de las minutas del procurador unos 56€, y las del abogado unos 98€.
Quisiera saber si estoy obligado a estos gasto ya que la comunidad acepta mi forma de pago.
UN SALUDO, Y GRACIAS POR ANTICIPADO.
Cuantos juicios monitorios se pueden reclamar sobre una misma deuda que ya ha tenido algún embargo?
Una compañia de seguros me ha puesto un monitorio por una poliza que contrate y que al quedarme en paro tuve que dejar de pagar, ¿Que puedo hacer? No tengo ingresos.
Hola Roger,
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Hola me ha llamado procurador que dice que debo 102.63 eurs moviestar desde 2010 que sino ingreso en 48h cuenta, presentara un monitorio en juzgado reclamando los intereses y asciende a 490 euros. Yo no page en su dia la deduda porque me dijeron que no tenia permanencia y al cambiarme de operador 2 meses despues me cobraron este recibo segun ellos por una promocion que tenia wue al irme debia abonar todos los minutos que disfrute. Yo no tengo ningun tipo de prueba ya que fue todo via telefonica. Que me recomienda, pago o me espero proceso moratorio?
Hola! Me han interpuesto un monitorio por impago de una deuda. En la resolucion el juez me reclama una cuantia menor a la q me reclama el demandante. Como puedo resolverlo si mi intencion es pagar la deuda voy al banco q me remiten y me dicen q solo puedo pedir recurso de apelacion. Yo no quiero reclamar mi intencion es pagar lo q me reclama el juez.
Hola Mario,
He leído tu consulta y te recomiendo que te pongas en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004 ( Extensión 1). Él puede resolverte de manera detallada y sobre la marcha las dudas que comentas, así como indicarte la forma de proceder.
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Buenas tardes, Pedro.
Mi empresa debe 730 euros a un proveedor y nos han interpuesto un monitorio. Antes, nos enviaron un burofax requiriéndonos el pago. Mis jefes decidieron no pagar, así que nos interpusieron un monitorio. Ahora el juzgado nos ha dado 20 días para pagar, requiriéndonos el principal solamente. Mi empresa ahora está dispuesta a pagar, pero los proveedores nos han dicho que tenemos que pagar también los honorarios del letrado, el burofax que nos enviaron y 8 euros de intereses.Todo ello acrecienta la deuda en unos 300 euros más. A tenor de tu artículo, mi pregunta sería si mi empresa ha incurrido en mala fe -por el hecho de haber un requerimiento previo- y debería de pagar todo lo que nos reclaman ahora o, por el contrario, debemos de abonar lo estipulado por en el requerimiento del Juzgado y que se ajusta solamente al principal de la deuda.
Muchas gracias.
Hola Regina,
Mi recomendación es que pidáis en el Juzgado la cuenta de consignaciones e ingreséis solo el principal reclamado. Entiendo que no procede reclamar ni honorarios ni el burofax.
Un saludo y gracias visitar Mundojuridico.info
Una pregunta, pueden iniciar tramite de monitorio, si tengo intención de pago, y estoy pagando poco a poco en función de mis posibilidades?
No tengo ingresos de nomina, ni nada a mi nombre
gracias de antemano
Buenos días, la semana pasada se apersona en el bar de mis suegros un funcionario del juzgado de primera instancia nro 1 a entregarme la copia de un expediente donde básicamente se me reclama el pago de unos 9000€ + 2700€ de intereses y costas, la deuda proviene de un crédito ICO , la cual no pude hacer frente, junto a esto , estoy embargado por Hacienda por la no presentación de mod. 180 y por la S.S. por impagos de cuota de autónomo, mi intension es algún día no deber, yo he pasado por intimidaciones y acosos de cobros, involuacrando a mi entorno y a familiares directos he indirecto de diversa índole , tarjetas Credito, teléfono, etc, a lo primero espuesto que puedo hacer? No tengo propiedades , estoy desempleado, nunca he podrido cobrar una prestación, pero quisiera intentar como gesto de buena voluntad , pagar algo… 10, 15€ a quien acudir.? Para manifestarles mi intención , a donde me apersono, fui al juzgado y prácticamente me dijeron que esto sigue su curso y que hable con ICO…pero entiend que esto está en curso, que tiempo tengo… no hay fiadores y firme yo solo, pero mi esposa si trabaja, irán a por su sueldo? Que va a pasar,… voy a necesitar abogado y procurador…. amistosamente no se puede hacer nada? Gracias de antemano
Hola.
Buenas Tardes.
Tengo una deuda de un terminal de Orange de 92 Euros donde me reclaman y me dicen que si no lo pago voy a tener un Juicio Monitorio y que me van embargar la cuenta y el juez me va a poner una multa de 300 euros mi linia actual es con vodafon y me comentan que me van a cortar todas las linia si no pago antes del 26 de septiembre.
Porfa me podeis informar.
Gracias.
soy el demandado en un jucio monitorio. no puedo pagar la deuda de 4000€ en los 20 dias. tampoco tengo nada en propiedad ni ningun tipo de ingreso. que me puede pasar?
Hola! Una empresa de intermediación financiera me ha puesto un monitorio.de 130€ por sus servicios. Yo en.ningún momento llegue a contratar los ni firmé ningún contrato vinculante con ellos. Presentan una factura que es falsa y dicen haberla mandado a mi casa pero esta nunca llegó.
Como puedo oponerme? Según tengo entendido debe existir.Un contrato vinculante firmado por ambas partes y este no existe. Puede está empresa tener algún problema por falsedad documental? Espero su respuesta. Gracias y un saludo
Hola tengo un monitorio de 2300€ que es legitimo y quiero pagarlo pero solo puedo pagar 1300€ de una sola vez el resto seria con un embargo de nomina
Mi pregunta es si puedo pagar los 1300€ y esperar a que me embarguen los 1000€ restantes
Un saludo y gracias
Buenas tardes,
Estoy por iniciar un proceso monitorio contra los dueños del anterior piso donde vivíamos mi pareja y yo, ya que es menos de 2000€ lo que nos tienen que pagar. De 800€ de fianza tan solo nos devolvieron 122€ alegando que pintaron el piso (5–€), limpieza (174€) y otras cosas como el cobro de una funda sanitaria para el colchón (que ni siquiera estaba al entrar en el piso). Nos entregaron los 122€ cuando quisieron, como quisieron y han hecho lo que les ha dado la gana. Mi pareja y yo ya hemos acudido 2 veces a la Oficina de Atención al Consumidor, pero por segunda vez nos dicen que ya no pueden hacer nada. Nos aconsejaron acudir al Colegio de Abogados, y ellos me aconsejaron realizar el juicio monitorio.
¿Vale la pena acudir a un proceso monitorio? Ellos siguen con las mismas. Además, hemos conocido a 2 inquilinos más de otros pisos (mismos dueños y mismo edificio) y les ha ocurrido algo muy parecido con la fianza. Devuelven lo que quieren.
Muchas gracias.
Hola Raquel Villar:
1.- El juicio monitorio considero que no es el adecuado, sino el juicio verbal. Al no superar la cuantía los 2.000 euros podeis intrponerlo vosotros sin necesidad de abogado ni procurador.
2.- Te dejo un artículo donde tratamos este asunto por si te interesa: https://mundojuridico.info/procedimiento-para-reclamar-la-fianza/
Un saludo y gracias por seguirnos
Muchas gracias por el consejo, ya que ante situaciones de este tipo nos encontramos muchas veces desamparados y si acudes a un sitio (en mi caso fue el colegio de abogados), te manda a otro…y así. Gracias.
Hola me llamo Maite me podeis decir si me opongo a un proceso monitorio y lo presenta mi abogada solamente sin procurador puede ser es menos de 2000Euros. Gracias
Me mandan una carta ordinaria de un buffete de abogados, conforme me dicen que debo a telefónica una deuda de 31, 46 e, sin adjuntar ningún tipo de documento, yo hace ya unos años tuve línea en casa con telefonica, y al entregar el router, no me lo recogieron, tenía que pedir un código por tlf, me anduvieron mareando, pues volvi otro día, y me dijeron que me lo recogían en casa, el caso es que a pasado unos años y me viene ahora esto. Amenazando con que pagaré la cantidad debida, intereses, costas. A mayores ponen que es por el impago de los recibos mensuales, cosas incierta. Me pueden explicar un poco si este tipo de cartas es legal y para amedrentar, pues certificado ni del juzgado no me viene
Hola buenas tardes, resulta q una persona me debe un dinero y tengo hecho un reconocimiento de deuda donde le doy de plazo dos años, ahora resulta q dice q no me va a pagar, puedo llevarke a un proceso monitorio o tengo q esperarme esos dos años, tengo sms diciendo q no paga y no reconociendo la deuda, gracias
Hola Mari Paz Iniesta:
1.- Considero que si se le concede el plazo de 2 años para su devolución hay que esperar ese tiempo, pues la deuda en un principio no está vencida ni sería exigible, requisitos que se requieren para poder interponer un procedimiento monitorio.
Si necesitas que te asesoremos en este tema puedes llamarnos al 807 502 004 (extensión 6) y lo hablamos.
Te dejamos el horario y condiciones del servicio: https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/
Un saludo y gracias por seguirnos
Hola BMV,
Hemos leído tu consulta, te recomendaría que te pusieras en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de consultoría jurídica telefónica en el 807.502.004, para que podamos resolver tu duda de manera rápida y personalizada.
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Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info
Hola un saludo, quiero poner un proceso monitorio contra una empresa que me vendió un coche y se dañó a los tres meses y tengo garantia firmada por ellos de 6meses no quieren pagar y estoy confundido estoy en Madrid tengo que poner una denuncia en el juzgado de Madrid la empresa está en Reus Cataluña o en Reus por que yo vivo acá y ella allá pero ir hasta allá me supondría imposible y costoso
Hola Eliana:
1.- Con los datos que facilitas no se si el proceso monitorio es el adecuado, ya que para que lo sea tiene que existir un documento que represente una deuda en dinero determinada, exigible y vencida.
2.- Habria que examinar el documento de venta y relacionarlo con la Ley de defensa de los consumidores y usuarios (posiblemente) y además versi la acción que quieres emprender está asimismo relacionada con la de cumplimiento de contrato (la garantía) y la de vicios ocultos en la compraventa.
3.- El servicio que te podemos ofrecer para ver tu asunto con detalle, ya que tendríamos que examinar el documento, es la emisión por un escrito de un informe en ese sentido, por lo que te dejo nuestro enlace por si te interesa o bien nos llamas al 807502 004 (extensión 6) y lo hablamos:
https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/presupuesto-para-informe-juridico/
Un saludo
Tengo un impago desde 2007. le puse un monitorio a la empresa deudora Tasco 3000 sl. Gane el monitorio en 2009. La empresa no paga. el monitorio esta amontonado sobre la mesa secretaria. el importe adeudado es de 330.000 euros. Que pasos debo seguir para esto no pase al olvido ?
Hola Antonio,
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Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info
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Buenos días,
Tengo una deuda con el Banco Sabadell de 5.785,10 por una tarjeta que dejé de pagar hace 2 años. Ahora esta semana fui a decirles que quiero retomar el pago porque me habian puesto en ASNEF, i la situacion ya era judicial.
Me comentan que me haran un credito a 5 años por una cantidad mensual de 180€, por lo que acabaré pagando 10.800€, que dicen que son los intereses de mi deuda.
Hola Edu,
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Buenos días,
Hace varios meses emprendimos desde nuestra CB un proceso monitorio contra un SL con un único administrador, por una factura impagada de menos de 2000€.
A día de hoy, es la 3º vez que hemos tenido que solicitar embargo de sus cuentas bancarias, ya que en la 1ª ocasión le embargaron 50€ y la segunda 3€…(cuando el juzgado nos dio los datos de sus cuentas bancarias una de ellas disponía de algo más de 19.000€…pero a día de hoy no tiene nada, al menos en sus cuentas personales, nunca se nos informó de las cuentas de la SL, por lo que no sabemos si dicha sociedad dispone de liquidez o no)
Mi pregunta es: hay opción de embargar las cuentas de dicha SL?? Podemos solicitar el embargo de las cuentas de la sociedad?? hasta hoy lo que le están embargando son de las cuentas personales del administrador
Muchas Gracias
Hola Virginia,
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Buenas tardes:
Quiero presentar un monitorio pero no sé a que juzgado de primera instancia corresponde al domicilio de un deudor, ya que en la ciudad (Las Palmas de Gran Canaria) existen numerosos juzgados de primera instancia?
Como se el juzgado que se corresponde con una dirección determinada
Gracias
Hola Carlos,
Te recomendaría que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de consultoría jurídica telefónica en el 807.502.004, para que pueda resolver tu duda de manera rápida y personalizada.
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Si se acude a un monitorio persona jurídica por más de 2000€ y paga las correspondientes tasas….,si el monitorio resulta infructuoso y hay que ir a un verbal u ordinario….habría que pagar nuevamente tasas? Procedería en este caso la devolución del 20%? Gracias
¿Por favor me podrian decir el juzgado que lleva el tema de JUICIO MONITORIOS en Madrid capital? Vivo en Hortaleza.
Gracias
Hola Daniel:
1- NO existe ningún Juzgado en concreto que lleve esos juicios, todos los Juzgados de Primera Instancia son los que se ocupan de su tramitación.
2.- Si en Hortaleza hay Juzgados de Primera Instancia esos son los encargados de tramitar los juicios monitorios.
Un saludo y gracias por seguirnos
Hola Francisco, gracias por el detallado articulo, fue muy aclaratorio. Actualmente estoy en disputa para recuperar una fianza de 2.500 euros, y al no poder llegar a un acuerdo, quiero interponer un juicio monitorio. Mi pregunta es: ¿Es posible reclamar solo una fracción de la deuda para permanecer por debajo del limite de los 2.000 euros? O se debe reclamar el monto total que aparece en el contrato. Muchas gracias
Hola Ximena,
Este espacio es para hacer comentarios, si bien, cuando tenemos disponibilidad de tiempo intentamos contestar algunas consultas. De esta forma te recomendaría que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004 para que pueda contestar tu duda sobre la marcha.
Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info
He tenido un monitorio con orange donde me reclamaban menos de 2000 euros. Ellos acudieron con abogado y procurados. Si me condenan a mí, cuánto tendré que pagar? Me ha llegado una carta para comparecer en el juzgado para la resolución, no sé si me informarán de la sentencia o tendré que volver a ver la cara de los abogados de orange, con su toga y su despliegue, como si yo fuera la criminal más buscada, y delante de todos, en la sala, se dictará la sentencia
GrACIAS
Hola Ana:
1.- En un principio si la sentencia fuere condenatoria, tendrias que pagar el principal reclamado y los intereses desde la reclamacion hasta su pago.
2.- En cuanto a las costas, si la cuantía es inferior a 2000 euros, no deberias abonar ni la minuta del abogado ni los derechos del procurador contrarios.
3.- La sentencia te la van a notificar a tu domicilio unos dias despues de la celebración del juicio.
Un saludo
Buenos dias. Tengo un proceso monitorio. Imagino q si no lo pago y no presento recurso alguno empezaran a embargarme nomina y demas. Mi consulta es q si estando divorciado y pasando una pension de 400 euros pueden embargarme nomina o bienes. Un saludo
hola buenas, estamos en un impas en un monitorio contra una empresa que nos debe dinero, nuestro abogado a buscado a todos los apoderados sin resultado y el procurador ha notificado al juzgado poner edicto contra dicha empresa en el tablon de anuncios del juzgado, llevamos mas de 2 años y me gustaria saber si van a embargar bienes o que, porque estamos hartos de esperar, os hacemos esta pregunta para tener otro punto de vista del de nuestro abogado, gracias.
Hola Carlos:
En estos casos y cuando se nos requiere una valoracion juridica sobre asuntos de este tipo, tenemos un servicio de pago donde el cliente nos hace la consulta detallada (incluso nos envía documentación) y nosostros le damos nuestra opinión. Le indico los pasos a seguir para contratar este servicio, en el caso de que le interese:
1.- Nos envía su consulta detallada y documentación (escaneada) que requiera el asunto a info@mundojuridico.info
2.- Le decimos el importe de nuestros honorarios (importe según la consulta).
3.- Si acepta, ingresa el importe y le enviamos el informe
Un saludo
Buenas tardes
Una empresa me debe 31.800.- eur. en comisiones por ventas. Tengo un reconocimiento de deuda donde se detalla el montante de la deuda y a lo que corresponde.
La empresa es una SL.
¿me recomienda iniciar un monitorio?
Gracias anticipadas
Buenas tardes!
Me pongo en contacto con usted porque hace 1 y un mes falto mi madre y al mes de faltar me llamaron de una empresa telefónica diciendo que debía pagar 184 euros, les comunique que ella había faltado y me dijeron que podía pagar yo la deuda y un abogado me recomendó no pagar. Durante este año la empresa de recobro me ha estado llamando preguntando por mi madre y hace unos días me llego una carta diciéndome que o pagaba en el plazo de 10 días o iniciarán un juicio monitorio a nombre de mi madre.
Mi pregunta es, pago? Me espero a que me llamen para el juicio? Tengo que pagar los costes del juicio?
Muchísimas gracias de antemano.
Hola,
¿Serviría como prueba de que he pedido la devolución de la fianza los intercambios de WhatsApp?
Tengo un documento de la inmobiliaria donde dice que dejé el apto. en correcto estado, pero el propietario no me devuelve los 2 meses de fianza. No sé su dirección, solo el de la inmobiliaria, que se lava las manos.
Un saludo,
Mi madre ha terminado un contrato de alquiler y trás esperar un mes y posteriormente enviar un burofax no le devuelven la fianza alegando entre otras cosas, factura pendiente de servicios y limpieza. Como no estamos de acuerdo vamos a presentar juicio monitorio. Mi pregunta es la siguiente: ¿Tiene que ir personalmente la persona que presenta el escrito al juzgado? En este caso el contrato de alquiler está a nombre de mi madre y mi tia (Su hermana) pero ambas son muy mayores y se ponen muy nerviosas y no se si podría ir yo misma a presentar la documentación sin ellas.
Gracias por su Atención, un saludo,
María
Hola María:
Entiendo que sí puedes presentar la demanda de monitorio, ya que lo único que hacen es recepcionarla y ponerte un sello de presentación en tu copia. La demanda si tiene que firmarla la persona cuyo nombre figure en el encabezamiento.
Un saludo
Hola,
tengo una duda, pueden notificarte un proceso monitorio via telefono?
He recibido una llamada del juzgado diciendo que tienen una documentación para mi y sospecho que pueda ser un proceso monitório.
Podría ser eso?
Gracias
Hola, tengo un alquiler cuyo inquilino se ha marchado en principio con todo pagado (y así se firmó), y ahora me reclama la compañía electrica 3 recibos devueltos por el banco, con fecha posterior a su marcha, pero correspondientes a los suministros de consumo usados por dicho inquilino.
Querría saber si procede iniciar un monitorio (son unos 300 €), pero me surgen algunas dudas:
1. No se el nuevo domicilio del inquilino. ¿Debería indicar el de la vivienda arrendada aunque ya no vive alli? Y en caso de que no se le localice despues de las gestiones correspondientes ¿el monitorio se archiva? Es decir, que si no se le localiza en ningun domicilio se queda la deuda ‘colgada’.
2. Las facturas vienen a mi nombre pero estaban domiciliadas en la cuenta bancaria del inquilino. Evidentemente la copañia me reclama ahora a mi el pago. ¿Puedo pagar dichas facturas devultas y luego reclamar al inquilino que me lo pague a mi a través del proceso monitorio? La compañia solo me da un plazo de 15 dias, y si no, cortan el suministro… cosa que querría evitar.
Buenos días, entonces entiendo que el deudor tanto si paga en los veinte días de plazo como si no paga ni se opone y le embargan, acaba pagando únicamente la deuda original (y algunos intereses si le embargan). Es correcta mi interpretación?. Gracias. Un saludo.
Tengo que reclamar una deuda de 6.000 euros. Entiendo que para presentar la documentación no debo incurrir en ningún gasto, pero, si la demanda va adelante, ¿cuándo se necesita un procurador? ¿Y aproximadamente qué gastos me puede suponer eso?
Hola David:
1.- Se necesita Abogado y Procurador si el demandado se opone y tienes que celebrar un juicio verbal.
2.- La intervención de abogado y procurador es preceptiva en los juicios verbales de cuantía superior a 2.000 euros.
3.- Si no se opone el dedudor, tambien necesitarás de ambos profesionales para ejecutar el Decreto que de por finalizado el monitorio, pues la cuantía a ejecutar supera los 2.000 euros.
Un saludo
Gracias por tu rápida respuesta. ¿Cómo puedo hacer para saber los gastos que me puede suponer y decidir si me compensa seguir adelante?
Hola de nuevo David:
1.- Tendrás que contactar con un abogado y saber qué te va a cobrar por su intervención. También te informará de los gastos del procurador. En caso de que te decidas es aconsejable firmar una hoja de encargo que te detalle los gastos para que luego no haya sorpresas.
2.- Si hay condena en costas al demandado, es posible que recuperes los gastos de los profesionales que hayas contratado.
3.- Por la cuantía que me comentas, los honorarios de abogado y procurador pueden oscilar alrededor de 600 u 800 euros, aunque todo depende de lo que pactéis.
Pues mil gracias, Francisco.
Buenas. Una compañía telefónica me reclama 83€ de 2011. Dice su asesoría jurídica que me llevan a un juicio monitorio. He leído que una vez que te llevan a juicio, el Secretario judicial te avisa para que pagues lo adeudado antes de 20 días naturales. Es eso cierto? Mi abogado dice que no pague. Qué me aconseja usted? Me espero a que me llame el Secretario judicial por si fuera un farol, o tengo que pagar antes. Gracias
Hola Antonio,
Al igual que tu abogado te recomendaría que no pagarás, que esperes a que la empresa interponga la reclamación y ya valoras atendiendo a lo que te indique tu abogado.
Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info
Buenos dias:
Un Abogado nos ha puesto a mi familia un juicio Monitorio que les reclama pargar 15.00€
Hemos hablado con el Abogado y nos dice que no hagamos nada ni paguemos , pero hemos leido que si n o se salda la deuda en 20 dias pueden embargar bienes
Que debemos hacer
Un Saludo,
Maria Antaonia
Hola Maria Antonia:
1.- Si debe la cantidad reclamada, mi opinión es que la abone dentro del plazo fijado legalmente (20 dias).
2.- Si no la debe, es aconsejable que se oponga al pago y se discuta en el Juzgado.
3.- En caso de que adeude la cantidad y no la abone dentro de los 20 dias, seguidamente le van a aponer una ejecución de títulos judiciales y efectivamente le podrán embargar bienes.
Un saludo
Hola Francisco
Primero darte las gracias por tu orientación que he leído aqui.
He interpuesto juício monitorio por una cantidad menor a 2000 euros que me deben. ¿podrías decirme porqué vía pagaría el reclamado si accede a abonar la deuda dentro del plazo del monitorio? ¿Tendría que ir el luego al juzgado a justificar que ya ha saldado su deuda?
Muchas gracias
Saludos
Hola rafael:
1.- El pago lo puede hacer el demandado en el Juzgado o bien podria hacérselo al acreedor.
2.- Si lo hace a través de la cuenta de consignaciones del Juzgado, tendria acreditado el pago. Si lo hace directamente al acreedor, igual.
Un saludo y gracias por seguirnos.
Hola :
Me gustria saber donde me tengo que dirigir en Madrid para solicitar por via judicial ( o saber cual es la vía correcta)para la reclamación por la NO devolución de 2 meses de fianza que tiene pendiente mi ex casero .
Ya envíe un burofax al domicilio que aparece en el contrato de arrendamiento pero no tuve respuesta. realmente mi situación es que me quiere desconatar unos importes que no estoy deacuerdo . he intentado llegar a un acuerdo pero no obtengo respuesta. además después de casi 2 meses que he dejado el piso todavía no firmamos de manera escrita la finalización de dicho contrato.
Espero me puedas indicar donde me tengo que dirigir para solicitar la devolución.
Gracias.
Falta una opcion:Si no se logra notificar al demandado ,el monitorio se archivara.Con lo cual habra sido una perdida de tiempo.Yo prefiero ir directamente a juicio verbal o ordinario.
Hola Juan:
He hecho la matización que apuntabas. Gracias y un saludo
Hola,yo tengo un juicio monitorio contra mi por una Deuda de orange menor a 2000eurs y tengo qe hacer un escrito pero no se como hacer el escrito,por si me pueden ayudar gracias.
Buenas tardes Francisco; Es posible presentar un monitorio contra un cliente, por ejemplo, de LAS PALMAS, en BARCELONA, si el cliente ha renunciado expresamente a su fuero y está establcido por contrato que cualquier litigio se dirimirá en BARCELONA?
Hola Alejandro:
Considero lo siguiente:
1º.-La competencia territorial aplicable al proceso monitorio viene determinada por el artículo 813 LEC que establece un fuero de naturaleza imperativa (será exclusivamente competente para el proceso monitorio el Juez de Primera Instancia del domicilio o residencia del deudor o, si no fueren conocidos, el del lugar en que el deudor pudiera ser hallado a efectos del requerimiento de pago por el tribunal).
2º) El hecho, como me comentas, de que en el contrato se establezca, la renuncia de ambas partes a su fuero propio y sumisión en caso de litigio a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona resulta irrelevante, porque el párrafo segundo del mencionado art. 813 LEC excluye para el juicio monitorio la aplicación de los fueros de sumisión expresa y tácita.
3º.- Considero que la competencia, por tanto son los Juzgados de las PLAMAS.
Si te ha quedado alguna duda más sobre este tema o quieres consultar alguna cuestion puedes llamar al 807 502 004 (y pulsas la extensión, según la materia, con la que desees hablar). Un saludo
Gracias Francisco por tu respuesta. Resulta que la ex propietaria nos ha descontado 50 euros de «limpieza» y no nos ha remitido ninguna factura, a pesar de habérsela pedido. ¿Podríamos iniciar un proceso monitorio reclamando que nos devuelva ese dinero, ya que lo ha descontado de forma aleatoria e injustificada? En caso de que esto pueda ser viable, ¿qué documentación deberíamos aportar? Gracias por adelantado. Un saludo.
Hola Marta:
1.- Se podría iniciar el proceso monitorio.
2.- Junto con el escrito de inicio de monitorio, cuya plantilla debe estar a disposición de los usuarios en los Juzgados, debería de aportarse copia del contrato de arrendamiento junto con la devolución del importe de la fianza que se haya efectuado, cualquier otro documento que exista de intercambio de correos, burofax, etc, y el de la devolución de la fianza para comprobar que faltan los 50 euros. En definitiva todos los documentos que acrediten la relación y el objeto de la reclamación.
Para que un proceso monitorio se resuelva a favor del inquilino, ¿qué documentación es necesaria? ¿Es necesario que haya un documento que acredite el depósito de la fianza o con que aparezca reflejado en el contrato es suficiente? Gracias.
Hola Marta:
Solo seria suficiente con el contrato, ya que el resguardo del depósito de la fianza (si es que el arrendador lo ha efectuado) lo tendrá el dueño.
Si además lo has requerido para que te la devuelva, deberá acompañar la carta, burofax, correo electrónico o lo que tengas.
Si tienes alguna duda puedes llamarme al 807 502 004. Un saludo
Buenas Francisco. Estoy por iniciar un proceso monitorio contra la propietaria del piso en el que vivía ya que ha pasado mas de un mes y no me devuelve la fianza. Hace un mes deje las llaves en una notaria, por lo que pague 300 euros. Adicionalmente, para iniciar el proceso debo trasladarme a otra ciudad, lo cual me supondrá aun mas gastos.
Mi pregunta es, puedo incluir estos gastos en el importe del proceso monitorio? No se cual sea la lógica legal pero desde mi punto de vista yo no hubiese incurrido en estos gastos si la propietaria me hubiese devuelto la fianza, y tampoco veo por que para recuperar 1400 euros de mi fianza, debo invertir 1000. No tiene sentido.
Gracias de antemano
En la Oposición a un Monitorio, si es superior a 2.000 euros:
¿Se debe presentar el escrito de Oposición mediante Abogado y Procurador?
¿Hay que pagar tasas por la presentación de dicho escrito de Oposición?
Gracias.
Hola Pedro:
1º.- Si la cantidad que reclaman con el monitorio supera los 2.000 euros si es obligatoria la intervención de abogado y procurador.
2º.- La oposición al monitorio está exenta del pago de tasas judiciales.
Un saludo
Para cualquier otra duda que queráis que la veamos con más detalle os recuerdo que tenemos un teléfono para consultas jurídicas que muchos de nuestros visitantes utilizan con un grado de satisfacción alto. El teléfono es el 807 502 004.
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