El Ministerio Fiscal

Funciones que desempeña el Ministerio Fiscal y otras preguntas sobre el Ministerio Fiscal.

El Ministerio Fiscal tiene como principal misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés pubñico tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social (art. 124 Constitución Española).

Siguiendo la página web de la Fiscalía, pasamos a dar respuesta a las PREGUNTAS más frecuentes sobre el Ministerio Fiscal (también denominado Ministerio Público).

¿ Qué es el Ministerio Fiscal ?

El Ministerio Fiscal es una institución del Estado integrada en el Poder Judicial. Los Fiscales no son Jueces, pero ejercen sus funciones fundamentalmente ante los órganos de la Administración de Justicia.

¿ Cuál es el principal papel que desempeñan los Fiscales en España?

No existe una lista única y cerrada de las funciones que corresponden al Ministerio Fiscal, sino que diferentes leyes las recogen. De hecho, lo que el Fiscal hace en cada caso en que actúa es promover que se cumpla la ley que determina su intervención. La ley es fruto de la voluntad popular expresada a través de sus representantes y, por ello, el Ministerio Fiscal vela especialmente porque se cumpla; con ello hace que se satisfaga el interés social, que es el interés de todos; por eso, cuando el Fiscal actúa ante los Tribunales no está representando el interés de una persona concreta, sino el de toda la sociedad, a quien interesa que la ley se cumpla.

¿ Cómo se llega a ser Fiscal ?

Los Fiscales son funcionarios públicos que ingresan en el Ministerio Fiscal por oposición entre licenciados en derecho, tras la preparación de un temario sobre materias jurídicas y la superación de exámenes, lo que les da acceso a un Curso que se desarrolla en el Centro de Estudios Jurídicos, dependiente del Ministerio de Justicia.

El temario y la oposición son comunes para el ingreso en las Carreras Judicial y Fiscal y, una vez aprobados los opositores, escogen por una u otra Carrera, según el orden que les corresponde tras la oposición y en atención a las plazas convocadas.

¿ Dónde se encuentra físicamente el Ministerio Fiscal, y cómo se puede hablar con los Fiscales ?

Los Fiscales trabajan en las Fiscalías. En todas las capitales de provincia de España hay una Fiscalía y, en ocasiones, las Fiscalías tienen otras sedes situadas en alguno o algunos de los pueblos de la misma provincia.

Los ciudadanos pueden acudir directamente a sus sedes para ser atendidos en cuestiones que sean de su competencia y cada una de esas Fiscalías tiene organizado un sistema de atención a los ciudadanos según sus posibilidades.

Como quiera que las obligaciones de los Fiscales son diversas y no siempre sus funciones se desarrollan en el lugar donde radica la Fiscalía a la que pertenecen, si no es necesaria una comunicación inmediata o urgente, es conveniente contactar previamente con los funcionarios que sirven en cada Fiscalía para determinar de la mejor manera posible el momento y el Fiscal que con mayor eficacia puede atender la solicitud del ciudadano interesado.

¿ Cómo es una Fiscalía ?

Como quiera que las Fiscalías están ubicadas fundamentalmente en las provincias, sus dimensiones, estructura y organización tienden a adaptarse a las propias necesidades de la provincia.

Así, hay provincias en las que tan sólo hay seis Fiscales y otras en las que su cifra se acerca a los doscientos.

En cada Fiscalía la máxima autoridad es el Fiscal Jefe y, tras él, quien se denomina Teniente Fiscal.

Vista la diversidad de territorios, poblaciones, necesidades y funciones de las distintas provincias y Fiscalías, las estructuras y organizaciones son diversas; en algunos casos, las Fiscalías funcionan con secciones que se especializan en materias concretas, por ejemplo, las cuestiones relacionadas con la violencia doméstica, los menores, los asuntos penitenciarios, etc.

¿ Cómo debe tratarse al Ministerio Fiscal ?

Los Fiscales son funcionarios públicos que tienen la consideración de autoridad. De ello deriva una especial condición que fundamentalmente sirve para el mejor ejercicio de sus funciones.

Aunque formalmente puede observarse en determinados casos que, bien de palabra, bien por escrito, la referencia al Fiscal va acompañada por expresiones como Excelentísimo Señor, Ilustrísimo Señor o Señoría, lo cierto es que en el trato más inmediato el ciudadano no está obligado más que a pronunciarse y comportarse con las formas y modos que trae consigo el respeto que merece la alta función que representa; del mismo modo, el Fiscal ha de dirigirse al ciudadano con respeto y corrección.

¿ Hay que pagar al Fiscal por su atención o actuación ?

El Fiscal es un funcionario público retribuido por el Estado. Por ello, el ciudadano no tiene que pagar al Fiscal por el trabajo que éste realiza, aunque sea en su específico interés.

Al Fiscal le está prohibido recibir por su trabajo cualquier retribución distinta a la que legalmente le corresponde.

¿ El Ministerio Fiscal es responsable de su actuación profesional ?

Como cualquier funcionario, lo es y, además, por él, el Estado.

El Ministerio Fiscal, en su actuación profesional, puede incurrir en alguna de las faltas previstas en la ley que regula su actividad, que es el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y por ello ser corregido disciplinariamente.

¿ A quién deben dirigirse las quejas por la actuación profesional de los Fiscales ?

En principio, como quiera que el Ministerio Fiscal tiene una organización jerárquica, dicha queja deberá ser presentada, de forma oral o escrita, ante el Fiscal Jefe de la Fiscalía respectiva.

Además, es útil conocer que el Ministerio Fiscal tiene un órgano entre cuyas funciones está atender especialmente este tipo de situaciones; se trata de la Inspección Fiscal que tiene su sede en Madrid.

¿ Quién es el Fiscal General del Estado ?

Como quiera que el Ministerio Fiscal está organizado jerárquicamente, el Fiscal General del Estado ostenta la Jefatura de todo el Ministerio Fiscal.

El Fiscal General del Estado puede  impartir a los Fiscales las órdenes e instrucciones que convengan al servicio que desempeñan y a las funciones que ejercen.

Al Fiscal General del Estado le nombra y cesa el Rey, a propuesta del Gobierno, oído previamente el Consejo General del Poder Judicial. No tiene por qué ser Fiscal, sino que ha de tratarse de un jurista español de reconocido.

Actualmente la Fiscal General del Estado (elegida en enero de 2015) es Doña Consuelo Madrigal Martínez-Pereda.

Francisco Sevilla Cáceres

Abogado en ejercicio desde el año 1984. Colegiado Nº 2181 por el Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Entusiasta del Derecho en general y en especial del Derecho Civil, Arrendamientos, Herencias y Comunidades. Le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídicos.

Artículos recientes

Indemnización por extinción del arrendamiento

Cuándo tiene derecho el arrendatario de local de negocio a percibir del arrendador una indemnización…

15 octubre, 2024

Embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo

El embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo de pleno derecho por lo que carece…

9 octubre, 2024

La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios

¿La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios se computa a favor de…

2 octubre, 2024

Usucapión en España: Tipos, Plazos y Requisitos para Adquirir una Propiedad

¿Qué es la Usucapión y cómo funciona en España? La usucapión, también conocida como prescripción…

1 octubre, 2024

El régimen de visitas en hijos de corta edad

¿Cómo se determina el régimen de visitas en hijos de corta edad tras la separación…

24 septiembre, 2024

Grooming: Qué es, cómo detectarlo y prevenirlo

En el año 2010 apareció  en el Código Penal el artículo 183 bis. Este artículo …

24 septiembre, 2024