El nuevo certificado energético de edificio

Desde mundojuridico explicamos qué es y en qué consiste el nuevo certificado energético de edificio existente.

certificado energetico de edificio existente El certificado energético es un documento que describirá lo eficaz que es un inmueble en cuanto al consumo de energía, ese certificado se emitirá en forma de una etiqueta que nos indicará la calificación energética, la cual nos permitirá valorar como usuarios y consumidores, la eficiencia energética de un edificio. Es parecida a la etiqueta que tienen los electrodomésticos respecto a su calificación energética, sólo que se aplicará al conjunto de una edificación, lo que permitirá valorar y comparar sus prestaciones.

Los obligados a realizar el certificado energético serán los propietarios o promotores de un edificio o unidad del mismo, los cuales encargarán un informe al técnico certificador, el cual debe estar en posesión de titulación académica y profesional, para el certificado de eficiencia energética.

Actualmente, los inmuebles obligados a llevar a cabo este certificado energético son aquellos de nueva construcción, o bien aquellos que van a sufrir modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios ya existentes, con una superficie útil superior a 1.000 metros cuadrados donde se renueve más del 25% del total de sus cerramientos. También se verán obligados Edificios o unidades de edificios (pisos y/o locales) existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario; además, edificios o unidades de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 metros cuadrados y que sean habitualmente frecuentados por el público. Junto a éstos se incluyen también edificios o unidades de edificios de titularidad privada que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 500 metros cuadrados.

Es importante  que si estando obligado a realizar el certificado energético de edificio, por motivo de la compraventa o alquiler de una vivienda, local comercial u oficina, ésta se tendrá por no hecha, y el vendedor o arrendador puede encontrarse con los siguientes problemas: que el contrato de compraventa o alquiler sea declarado nulo por no haber informado correctamente al comprador o inquilino; y además, el vendedor o arrendador tendrá que indemnizar al comprador o inquilino por los perjuicios derivados de esta falta de información.

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Existe un listado de edificios que por sus especiales características no se van a incluir dentro de esta obligación de certificado energético:

-Edificaciones que por sus características de uso deban permanecer abiertas

-Edificios y monumentos protegidos oficialmente por su valor arquitectónico o histórico

-Edificios o unidades de edificios usados como lugares de culto y para actividades religiosas

-Construcciones provisionales para un uso no más allá de dos años

-Edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales

-Edificios o unidades de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 metros cuadrados

-Edificios de sencillez técnica y escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, siempre que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas.

-Edificios adquiridos para su demolición

-Edificios o unidades de edificios de viviendas utilizados o destinados a ser utilizados bien durante menos de cuatro meses al año o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 % de lo que resultaría de su utilización durante todo el año.

El certificado energético debe ser registrado por el propietario del edificio ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma competente, las cuáles podrán incluso regular una mayor o menor carga impositiva en función de la calificación energética del inmueble.

Comentarios

  1. certificados-energeticos.org

    Lo que se tendrá que ver será hasta qué punto la presión de los potenciales compradores o inquilinos pidiendo el certificado energético y a utilizarlo, fuerza a los propietarios a obtenerlo y que sea un documento fiable.

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