El paro no se pierde al estar 90 días fuera de España

Se puede viajar al extranjero hasta 90 días sin perder el derecho a cobrar el paro

salir al extranjero cobrando prestación

El Tribunal Supremo ha avalado, en una sentencia que unifica doctrina, que los beneficiarios de prestaciones por desempleo puedan viajar al extranjero hasta 90 días sin perder el derecho a cobrar el paro, aunque el pago quedará suspendido hasta el regreso al país.

Han sido muchos los casos que se han dado en estos últimos años en relación a la extinción en el cobro de la prestación por desempleo a aquellas personas, extranjeras o no, que han salido de España por más de 15 días. La casuística ha sido variada, tanta como las reclamaciones que se han puesto contra el Servicio Público de empleo por este motivo.

Finalmente, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia al respecto  que viene a unificar doctrina. Es decir, con esta sentencia se establece un criterio unificado de cuando se debe proceder por parte de la Administración a la extinción de la prestación cuando un beneficiario sale del país.

El Supremo considera que la normativa es compleja y ha dado lugar a diversidad de supuestos litigiosos, ante lo que ha decidido unificar las distintas soluciones que corresponde aplicar en cada caso, y donde es primordial distinguir entre prestación mantenida, suspendida y extinguida.

La novedad radica en que dicho Tribunal ha venido a establecer  que se debe aplicar la suspensión y no la extinción del cobro de la prestación por desempleo cuando se produzca la salida temporal de España por un periodo inferior a 90 días previa comunicación a la Administración, y mientras el tiempo que se esté fuera.

En cualquier caso, desde Mundojuridico.info, aconsejamos que  si se está cobrando una prestación por desempleo, se pongan en contacto con un abogado de su ciudad o con los mismos servicios de empleo si tienen intención de salir fuera de España, o si se encuentran en fase de reclamación o ya han interpuesto un recurso ante la solicitud del reembolso de la prestación ya cobrada por parte de la Administración.

Inmaculada Castillo

Comentarios

  1. Carla Flores

    Hola!!
    Cuando lo has vuelto a activar el paro, has podido cobrar enseguida o tardan, lo que sucede que quiero viajar y vuelvo más o menos los primeros días de marzo y no sé si activandolo al día siguiente podré cobrar el día 10 de marzo.
    Gracias

  2. nacho

    Buenos días,
    Voy a avisar al sepe de un viaje al extranjero, lo único que depende del horario de los vuelos pueden ser 15 días y medio fuera de España (por ejemplo salir el día 2 por la mañana y volver el día 17 por la tarde), y según la norma del sepe no pueden ser más de 15 días, son tan estrictos o por medio día no pasaría nada?.
    Empezaría a contar justo desde el día 2 por la mañana o ya empieza a contar desde el día 3?
    Un saludo y gracias

  3. valeria

    Tengo una duda, he pedido autorización para salir al exterior y me han suspendido el paro por dos meses. estos dos meses los pierdo? no los cobro?
    gracias

    • Silvi

      Si los cobras, tendrías q reactivarlo llevando tus billetes de salida y retorno. Acabo de hacer mi trámite xq viaje a mi país y tuve q avisar , me suspendieron y acabo de reactivarlo😃. Aunq no se x q suspenden cuando uno tiene q seguir pagando alquiler, agua, gas, wifi, etc, los gastos continúan encima vamos a nuestro país gastando en billete , tenemos doble gastos!

  4. Lenka

    Hola .. yo salí de ESPAÑA por un mes . Avise Inem .. me dijeron que no voy a perder Ayuda. Me pagaron solo los días cuando regresé. Los días que estado en otro país no se pagan?? Gracias

  5. Arantxa kimberly Vedia Sánchez

    Hola tengo una duda viaje al extranjero y suspendí el paro para que no me multen pero me dieron una fecha de 3 meses aproximadamente para volver
    Mi duda es si es obligatorio presentarme esa fecha o puedo quedarme más tiempo en mi país sin tener ninguna consecuencia ya que recién obtuve la nacionalidad

  6. Liliana

    Bunos dias. Comunique al inem la salida de país. Me quedé 2 meses por cuidar a mi padre que le detectaron cancer . Al regreso les avise.Aun asi todavía no me ingresaron el dinero. Fui para ver que pasa y me dijo que no save porque no me paga y que la directora no estaba.Por favor quisiera saber si es normal que deje de pagarme. Muchías gracias.

  7. Mohamed Naceur Aissaoui

    ?Los días de ida y de vuelta del viaje contan en el calculo de los 90 días fuera de españa?

  8. Sean

    Buenas DIAS,

    Si salgo de España 89 días, vuelvo a apuntarme al paro al volver, puedo volver a cancelarla y pasar otros 90 días fuera sin que pierda el paro, o esto solo se puede hacer una vez al año?

    Gracias por su tiempo

  9. Carlos

    Hola ,cuando uno se va al estranjero la suspensión del cobro se hace en mes vencido o el mismo día que se pide te dan de baja , el paro ..ej salgo el 18 de febrero y vuelvo 13 de mayo y la cita la pido para el 7 .

  10. analia

    hola, me ha llegado la notificación del paro de 2400 eur que tengo q devolver por haber salido del país sin avisar estando en el paro. tuve q salir como loca por que mi madre entro en coma el día 4 y yo salí a mi país Perú ese mismo día y mi madre muere el día 6, me tuve que quedar un mes para poder hacer tramites y arreglar papeles en Peru, como puedo reclamar o recurrir a este caso ya que no estaba enterada que esto podía pasar

  11. avalok

    Estoy planeando ir a Inglaterra como voluntaria WWOOF-er unos 6 meses, a partir de 02/2018, tampoco quiero perder el paro acumulado que tengo, unos 14 meses. Me puede aconsejar algo?

  12. Francisco Trigo

    Hola Inmaculada!

    Buenas tardes,

    Me llamo Francisco Trigo, y me gustaría hacer un comentario al respecto cómo afectado para resolver una duda, ya que mi Hermana, encontrándose así en un caso similar por estar cobrando La Renta Activa de Inserción se encuentra con el problema de no poder viajar los próximos días desde la ultima semana de Agosto hasta la primera semana de Septiembre a México.

    Qué solicitud podría pedir para ausentarse del País durante un periodo no inferior a quince días hábiles?

    Atentamente se despide,

    Francisco Trigo.

  13. Ana

    Hola, me podrías ayudar con mi caso? Salí al extranjero y pare mi prestación, estuve 84 día fuera al volver trabaje seis meses y me fui de vacaciones 2 meses a Estados Unidos al regresar volví a trabajar 5 meses, al pedir mi reanudación me dicen que he estado más de 90 días en el mismo año. No entiendo porque me dicen eso cuando la segunda vez que salí al extranjero no estaba cobtamdo contando ninguna prestación. Gracias

  14. Veronika Kuklina

    Hola buenos días, mi nombre es Veronika Kuklina y suspendí mi prestación por desempleo, por tener que viajar al extranjero a visitar a mi familia, concretamente Rusia.

    Estaría interesada si es tan amable, en recibir información acerca de la siguiente pregunta. Los 90 días que se cuentan desde la fecha de suspensión, son naturales o hábiles ?

    Muchas gracias.

  15. Vronik

    Hola, qué tal? Tengo una consulta para hacer. Regresé hace poco a España después de haber estado trabajando en el extranjero, país de UE. Me volví con el formulario U1, tengo más de año cotizado, he vuelto a trabajar en España y estuve dada de alta en la SS unos días y ahora he solicitado el subsidio por desempleo. Aun no se me ha notificado nada, pero cumplo todos los requisitos,por lo que seguro que me será concedido.
    La cosa es, que voy a visitar en un mes a mi novio a Argentina, supuestamente es una visita de menos de dos semanas pero en caso de encontrar trabajo ahí, me quedaría. Qué debería hacer? Comunicarlo desde el principio al Sepe? (Pero y si vuelvo como está planeado?) O se podría comunicar a los15 días, en caso de quedarme, a través de un poder que otorgue a algún familiar?

    Sería de gran ayuda y estaría muy agradecida de obtener ese asesoramiento por tu parte. Estoy algo confusa.

    Gracias de antemano y felicidades por la web.

  16. Tania Dieguez Matos

    Hola el inem me puso una sanción por cobrar el paro fuera del país no obstante me aprobó el paro ingresandomelo en cuenta me lo quita el inem o lo tengo que pagar yo poco a poco

  17. FERNANDO VILLALVA

    PUEDO RECUPERAR EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO HABIENDO ESTADO 3 AÑOS FUERA DE ESPAÑA Y TENIENDO UN HIJO MENOR

  18. juan

    Hola. Mi situacion es la siguiente: Yo me vine a Uk a trabajar, en españa estaba inscrito en el paro, aunque no cobraba. Nunca he cobrado, pero he seguido renovando la tarjeta de paro por interneta. Ahora tengo intencion de regresar y claro me gustaría convalidar lo trabajado en Uk, en españa. Entonces no se lo que hacer, porque me diran que has estado renovando y estabas trabajando fuera. he aqui el kit de la cuestion. que efectos podría tener? gracias de antemano.

  19. Erick

    Hola buenas tengo dos pregunta la primera
    Voy a salir 1 mes a mi país estoy haciendo la. Trámites del paro pero voy a cobrar el 1 mes faltando 10 días a que vuelva ¿tengo que avisar igualmente que voy a salir? Y en ese caso de avisar y se suspenda temporalmente al volver ¿en ese mes mismo me pagarían el paro al activar lo de nuevo o ya tendría que esperar al siguiente ? Gracias

  20. Alberto Lopez Vargas

    Compañeros abogados,soy Emigrante Retornado procedente de Cuba y mientras esperaba la aprobación del Subsidio por desempleo,me llamaron del Ayuntamiento para trabajar por tres meses en limpieza,una vez concluido el trabajo cuando me dirijo al Sepe para solictar mi subsidio,me dicen que el hecho causante de mi situación de desempleo es la perdida de un trabajo de tres meses y no mi retorno a España,considero que he sido victima de una injusticia,mi condición de emigrante retornado perdura por dos años aquí en España y pienso tener todos los derechos para ser beneficiario del Subsidio. Que opinión les merece mi caso,pudiera establecer una reclamación a la Ministra de Empleo,muchas gracias.

  21. Lorena

    Hola, me acaban de enviar una carta donde me extinguen la ayuda y a demás me piden que reintegre el paro más la ayuda, no sabia que un español tendría que decir que salia del país, en este caso yo solicite el paro en febrero el cual me lo aprobaron y a principio de marzo tuve que salir del país por cuestiones familiares, bueno estuve un mes y regrese antes de cobrar el segundo mes, en julio del año pasado solicite la ayuda, la cual tambien me la aprobaron y nadie me comunico nada, he estado trabajando por días sueltos casi todos los meses. Por lo cual estoy hiendo todos los meses para que me descuenten los días trabajado y nadie me pidió nada y siempre preguntaba por el papeleo. Bueno este mes me dí cuenta que no había cobrado el paro y me llego una carta diciendo la extinción de la misma y pidiendo el reintegro de lo dado. Mi pregunta como puedo recurrir esto ya que tampoco nadie me había informado de nada y yo todos los meses ivá a entregar dicho papeles y déspues de un año me llega esta carta, ¿que puedo hacer?, no tengo dinero y sigo trabajando como ya lo he informado necesito que me ayuden en este tema por favor, gracias por adelantado.

  22. Marcela Albanese

    Buenos días,
    luego de leer la noticia, y viendo que es del año ’93 quería actualizar mi consulta.
    En Febrero del 2014, me han concedido la mitad de la ayuda a madres solteras (de 266€) por 30 meses. En Agosto del mismo año, mi madre enferma de gravedad y decido viajar de urgencia a Buenos Aires, olvidando y desconociendo, la verdad, dar aviso a quien correspondía (cosa que ni sabía ni estaba en condiciones de pensar nada). Finalmente mi madre ha fallecido. He estado 32 días fuera, y durante ese período no he sacado el dinero del país, tal como se refleja en mi extracto de cuenta bancaria.
    Cuando he ido a sellar, en Diciembre, me han comunicado que había perdido el derecho a dicha ayuda, a pesar de explicar el por qué de mi viaje tan repentino.

    Existe alguna posibilidad de hacer algún descargo? quiero decir, puedo dirigir algún escrito a otro organismo para que evaluen mi situación?
    muchas gracias.

  23. miran lancaster

    Es justo tomar medida ya que la prestación es parte de lo que el ser humano ha cotizado y hay países que 15 días es poco y lo que cuesta el viaje.

    • JORGE MARIO GARCIA HERNANADEZ

      URB LOS JAZMINES BLOQ 3 BAJO D
      pues yo lo perdi y tambien los demas derechos ;no savia que tenia que comunicarlo y estuve un mes fuera ahora me estan cobrando

  24. es urgente

    Te viajado al extranjero dentro de la UE pero no sabia que tenia que avisar porque estaré en españa para sellar, estoy cobrando una prestación en españa como puedo solucionarlo?

  25. es urgente

    Hola buenas noches viaje al extranjero y no sabia que tenia que avisar al inem, estoy cobrando una prestación en españa, como puedo solucionarlo?

  26. Eugen

    Estoy de baja de subsidio mas de 15 dias y menos de 90, me he equivocado en comunicar la fecha de regreso, tengo que presentarme a la oficina en fecha de 14 de enero 2015 y tengo el billete de vuelta en 15 de enero de 2015. Puedo presentarme a la oficina en fecha 16, por que el vuelo de vuelta es por la tarde del dia 15! Puedo tener problemas si tardo dos dias en presentarme a la oficina? Tengo 63 dias de permiso! Gracias!

  27. Nieves

    Hola, en noviembre de 2013 solicite el paro y en diciembre salí de España por menos de 90 días, y resulta que me llego una carta diciéndome que Me extinguían el paro, empece a trabajar hasta hace poco y cuando voy a reanudar el desempleo me han dicho que no, de 8 meses que tenía en total solo llegue a cobrar 3 meses, de los cuales tengo que DEVOLVER 2, que puedo hacer?

  28. Jose Molina

    Saludos: quisiera me expliquen por favor sobre las dudas que me origina mi situacion actual.
    Me he desplazado desde Malaga a Alemania para una entrevista laboral, en mi situacion en Malaga estaba cobrando el sudsidio de 426 euros.
    El mismo dia de llegada a Alemania la entrevista no dio frutos, asi que mi duda es como demuestro que no he llegado a trabajar con el fin de reanudar el sudsidio.
    El tiempo transcurrido desde mi salida ha sido de 8 dias.
    Por cierto antes de mi salida formalice los tramites con mi oficina del inem para ello. Sin mas un saludo. Gracias.

  29. Jose Andres Escorche Escorche

    Cuando el INEM suspende la prestacion del paro por motivo de viaje al exterior por un periodo de 30 dias, cuando se reanuda el pago, le pagan al demandante de empleo los 30 dias que estuvo de viaje o los pierde? y solamente cobra a partir del dia de regreso?.Gracias

  30. juan jose

    Y si trabajase mas de 90 dias

  31. juan jose

    Hola mi pregunta es yo termine de cobrar el paro el dia trece de octubre y tendria que solicitar la ayuda familiar el dia14 de noviembre pero me salio trabajo en Gibraltar y empiezo el dia 10 de noviembre y no boy a poder solicitarlo y mi pregunta es cuando yo termine el trabajo y regrese a españa puedo solicitar esa ayuda o de lo comtrario la boy a perder

  32. J.Javier

    Hola, quisiera comentar que yo he exportado el paro a Reino Unido, y que debido a tramites burocráticos de obligado cumplimiento no he sido aceptado en algún empleo. Ahora querría solicitar la prorroga de mi exportación de paro por tres meses, asi que me dicen que debo motivarla y documentarla. Yo la documentación que puedo aportar es la de la pagina web del servicio de empleo británico donde se ve todas mis solicitudes de empleo asi como también incidencias en la búsqueda de empleo. Aparte de alguna carta de empleador que me ha respondido, e-mails , etc. A todo esto he debido de adquirir un vehiculo usado para poder aceptar algunas de las solicitudes de trabajo que he presentado, debido a la falta de servicio publico. Mi pregunta es ..consideraran suficientemente motivada la solicitud de mi prorroga??..

  33. ever Hugo Salinas martinez

    Tengo una pregunta. Soy de nacionalida Paraguaya mi caso es q en 2010 salí fuera 1 mes y 20 días por el motivo de q mi madre no estaba bien de salud quedando mi mujer mi hijo aquí en España. Lo q ahora me llego una carta q tengo q devolver todo lo q he cobrado del año 2011 que son 10.208 euros a devolver me gustaría q me ayudasen a recurrir o q me aconsejen q puedo en este caso. Aaaa cuando salí estaba cobrando el paro

  34. martha

    Soy residente en España Barcelona estoy estudiando en Santo Domingo y quiero saber si necesito un permiso para estar estudiando en Santo Domingo, ya que por esa razón no he podido regresar a España, también deseo saber donde puedo renovar mi DIN.

  35. mario

    hola tengan un buen dia, resulta que he salido del pais un mes y no savia que tenia que notificar al inem y resulta que me estan cobrando un mes y algo mas del tiempo q sali, les he mandado una carta explicando el motivo que era problemas de salud familiar pero la verda no sirvio de nada y tengo que pagar y no estoy trabajando ,no se que hacer en este caso agradezco tu ayuda , gracias

  36. argelino

    hola, buenas mi preguntas es por que en inem sepe piden pasaporte a la gente que quieren reanudar. per renta agraria en las carpetas del desmpleo y de ayudas no pones en riquesitos pasaporte. estoy en aeropuerto o en oficina de emplio , y adimas sepe piden el pasaporte solo para extranjero por que no lo pidas pasaporte a los españoles,veo esto no es justo.gracias

  37. luis en mayo 20 -14

    Hola:mi nombre es luis y acabo de quedarme en el paro y me dicen q tengo un margen de quince dias ,desde la fecha q me dierón de baja en la empreza es decir q tengo el plazo hasta el 30 de mayo del 2014,y mi pregunta es si me conviene apuntarme al paro o no,porque estoy pensando viajar ami pais un par de meses.
    y si no me apunto al paro y viajo q pasaria ¿perderia todos estos años q e cotizado, cuando retorne a españa? desde ya eternamente agradecido si me puedes safar de esta gran duda,muchas gracias.

  38. ana maria

    Buenas tardes:
    Esta maňana estuve en el imán para solicitar el RAI,me preguntaron si había salido al extranjero y la verdad es si y más han dicho que no puedo cobrar la ayuda hasta pasado un año desde dicho viaje.esto es así o puedo hacer algo.
    Un saludo

  39. Aitor

    Hola, yo tengo una duda en saber sí este permiso se puede tener dos veces. Por ejemplo, si paro el cobro del subsidio para irme el mes de Junio entero a Suiza y vuelvo y reanudo el paro, podría en noviembre irme un mes a Marruecos, parar el cobro del subsidio y a la vuelta reanudarlo? O esto de parar sólo se puede hacer una vez?
    Muchas gracias!

  40. wendy

    Hola buenas tardes..estoy en el paro y queria imformarme he pedido el traslado de residencia a mi pais, y me han suspendido el paro pero en el momento del viaje no he podido marcharme..por lo tanto no he salido del pais.como puedo hacer para volver a cobrar la prestacion gracias

  41. Rodrigo

    Hola quería pedir ayuda porque me reclaman 12 mil autos por estar fuera 27 días en el extranjero por problemas de salud de mi madre … Puedo hacer algo ?? O estoy condenado de por vida ya q no tengo donde caerme muerto… Gr

    • Inmaculada Castillo

      Hola Rodrigo,

      Ante disculparnos por no poder contestar con anterioridad tu comentario, en cualquier caso, mi recomendación es que busques a un abogado en tu ciudad o solicites uno de oficio.

      Un saludo y suerte.

  42. Leo_nesa

    Hola, mi consulta es la siguiente. Voy a permanecer en el sureste asiático 6 semanas. Ya he leído mucho sobre la perdida de la prestación y aun no tengo claro si lo pierdo o no. ¿Tengo que notificar mi salida al extranjero? ¿Recuperaré el paro al regreso al país? ¿Tengo que justificar mi salida al extranjero? Me da miedo acudir a la oficina y plantearles mi salida del país. ¿Es verdad que te sancionan con multas elevadas si no lo comunicas? Vivo en la Comunidad Autónoma de Canarias.

    • Inmaculada Castillo

      Hola Leo,

      Te comento,

      En principio las salidas de hasta 90 días de España no hacen perder el derecho de cobro de la prestación, si bien si la salida es superior a 15 días, como es tu caso, lo que si se produce es la suspensión.

      Antes de proceder a la salida, deberás de notificar la misma a la Oficina de empleo, a los efectos de que se produzca la suspensión del cobro de la prestación. Cuando vuelvas, lo antes posible, debe de volver a dicha Oficina para comunicar el regreso y solicitar el restablecimiento del cobro. Realmente no pierdes esa prestación sino que se suspende su cobro.

      Efectivamente, si no lo comunicas, en el momento en que la Oficina de empleo lo constate puede proceder a su extinción y solicitud de las cantidades que entienda cobradas indebidamente.

      Te recomiendo que con el mayor tiempo posible antes de la salida, comuniques la salida y suspensión del cobro.

      Espero haberte ayudado y que sigas visitando Mundojuridico.info

      Buen viaje.

      • Aurora

        hola, por motivos personales debo trasladarme a Venezuela por periodo menor a 90 días, si cumplo con la solicitud de autorización de viaje; me suspenden el pago de la prestación; al regresar se reanuda el pago si notifico mi regreso oportunamente: pregunto, esos dias que voy a estar fuera, son reconocidos y amplia el periodo? o se consideran como consumidos?

  43. Jeffrey

    Hola estuve cobrando el paro pero viaje a Perú y le di de baja a mi prestación por motivo de viaje al extranjero llevo 4 meses fuera de España cuando regrese puedo reanudar mi paro porque me indicaron que podía estar fuera de España por un máximo de 12 meses espero que me den una respuesta a mi duda gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Jeffrey,

      Al respecto entiendo que solo cabe reanudar el cobro de la prestación suspendida cuando se está fuera de España por un periodo máximo de 90 días. De hecho, a la vuelta a España deberás inmediatamente personarte en el SEPE (Servicio de Empleo) para comunicar tu regreso y acreditar que no has estado más tiempo fuera.

      Te recomendaría que te pusieras en contacto con la Oficina que te corresponde y donde solicitaste la suspensión para que te confirmen dicho extremo. Ya que se te podría extinguir la prestación además de reclamarte lo percibido.

      Espero haberte ayudado y que sigas visitando Mundojuridico.info

      Un saludo

  44. ernesto

    hola voy a pedir al SEPE una suspencion de 90 dias para viajar a peru.una vez que vuelva lo reanudo y siga cobrando el paro….cabe la posibilidad que pida otros 90 dias mas de suspecion del paro para poder volver a viajar a peru.

    • Inmaculada Castillo

      Hola Ernesto,

      Me consta que las salidas sin solicitar la suspensión son de un máximo de 15 días por año, y respecto a la suspensión me parece que también, es decir, que solo cabría estar con suspensión un máximo de 90 días fuera, por lo que para salir otros,como máximo 90 días, tendrías que esperar al siguiente año, en el caso de que siguieras cobrando prestación.

      En cualquier caso, no te lo puedo confirmar, así que lo mejor es que te acerques a la Oficina del Sepe y que te informen en atención a tu caso concreto y los días que pretendas estar fuera de España.

      Un saludo y espero que sigas visitando Mundojuridico.info a través de nuestro portal y de las redes sociales.

  45. Rachid

    hola estoy cobrando el paro y tengo que ir a mi pais un mes porque mi madre enferma y no cero perdir el paro y seguir cobrando el paro que tengo que hacer

    • Inmaculada Castillo

      Hola Rachid,

      Si estás cobrando el paro, antes de salir de España, debes de comunicar a la Oficina de empleo que vas a viajar y solicitar la suspensión del cobro de la prestación. Igualmente, en el momento en que vuelvas a España deberás de ir nuevamente a la Oficina de empleo para comunicar tu regreso y que se restablezca el cobro de la prestación.

      Espero que sigas visitando Mundojuridico.info y que nos sigas por las redes sociales.

      • Youesef

        Hola mi puedo reanudar el paro despues de 7 meses fuera de españa por enfermidad no pude regrisar antes de los 90 dias

  46. Mauricio Rodrigo

    He salido del pais , y estaba cobrando una ayuda , no sabia que tenia que pedir permiso , pero al regresar me presente a la oficina de desempleo y presente un dertificado medico sellado por el ministerio nacional de salud publica y sellado por el ministerio de asuntos exteriores , del Ecuador , por accidente laboral de mi padre , solo estube un mes .
    Ahora me llega una carta diciendo que por salir del pais esta extinguida mi ayuda ,
    Mi pregunta es puedo recurrir y me reanudaran el paro o es una perdida de tiempo
    Muchas gracias , por su atencion
    Atentemene
    Mauricio

    • Inmaculada Castillo

      Hola Mauricio,

      Realmente cuando se sale de España si se está cobrando una prestación y hasta 90 días cabe la suspensión de la misma. Igualmente es cierto que se debe de comunicar la salida antes de que ésta se produzca para acordar la suspensión. En tu caso, y por mi experiencia, los juzgados de lo social cuando se recurre la resolución de la administración se posicionan algunos confirmando la extinción y otros recogiéndo que no cabe la extición sino la suspensión, debiéndose reanudar la prestación. Por ello, te recomiéndo que te pongas en contacto con un abogado de tu ciudad para que valore tu caso.

      Un saludo y espero que sigas visitando Mundojuridico.info. Igualmente ante cualquier duda de esta materia u otra te recomiéndo nuestro servicio de asesoría jurídica teléfonica en el 807.502.004.

  47. Raquel

    Hola,
    Me despidieron 15 dias antes de la boda y con todo el viaje organizado.
    Cuando fui a la oficina de empleo para solicitar el paro, me dieron un documento para pedir permiso para salir del país durante el tiempo del viaje (23 días)
    A la vuelta, no encontraba el documento y no vi que había que volver a notificar la llegada, con lo que no me he dado cuenta hasta un mes mas tarde…
    He pedido cita para ir a mi oficina, pero tengo dudas sobre si habré perdido el derecho a la prestación…
    Aún no han pasado 90 días desde que salí del país. (Y sólo estuve fuera esos 23 días)
    ¿Perderé el derecho a recibir el paro?

    Gracias de antemano y un saludo

    • Inmaculada Castillo

      Hola Raquel,

      El periodo del que hablas de 90 días está relacionado con la suspensión o extinción por la salida de España cuando ya se está cobrando una prestación.

      Tu caso es diferente, ya que hablas de que te has retrasado en el plazo que hay para solicitar la prestación contributiva, el paro.

      No has perdido el derecho a paro, si bien, el plazo para solicitarlo, como sabes, es de 15 días hábiles desde que se hace efectivo el despido, aunque en tu caso se suspendieron esos 15 días hasta el momento en que volvieras del viaje de novios. También tienes que tener en cuenta si la empresa te debía días de vacaciones, puesto que hasta no transcurran los mismos todavía estarás de alta con tu antigua empresa.

      En cualquier caso, el día de tu cita, te indicarán los días que has perdido y lo que te corresponde de paro.

      Si necesitas que hablemos con más detalle de este o cualquier otro asunto puedes llamarnos al teléfono de consultas jurídicas que tenemos 807 502 004. Te pedimos que si te resulta interesante el contenido de lo que publicamos, se la recomiendes a tus amigis y familiares. Gracias de nuevo y un saludo

  48. muna

    Hola..por favor..esty cobrando la prestación por desempleo y tengo pensado salir fuera d españa unas 3semanas..sé ke tengo que comunicarlo al sepe (eso haré) para suspender la prestacion..pero las dudas que tengo son:¿al volver a españa y reactivar la prestacion cobraré el tiempo ke estaré fuera (osea el tiempo suspendido) o eso se pierde? Y¿y si por estar ese periodo fuera necesitaré justificar mi ausencia con ke haya buscado trabajo o he estudiado o algo..o no hace falta justificar nada??….ayudarme porfavorrr

    • Inmaculada Castillo

      Hola Muna,

      Si vas a salir de España debes de comunicarlo al Sepe, y se suspenderá el pago de la prestación. A tu regreso debes de comunicar al Sepe tu vuelta. No tienes que justificar el motivo de tu viaje. Se te reanudará la prestación sin que pierdas nada por el tiempo que has estado fuera.
      Lo que si es importante, es que vayas lo antes posible a comunicar tu regreso.

      Un saludo y espero que te suscribas a nuestro boletín de noticias nos sigas visitando a través de Facebook.

      Buen viaje.

  49. redoune

    hola soy un ciudadano español y estoy en el paro quiero salir del país unos 15 días pero Jo no avise el Inem Y NO TENGO porque no me daba tiempo pedir la autorización y tengo que viajar hoy . al volver que tengo que hacer para que no me quiten el paro

  50. hernan

    Estoy en paro y he comprado los billetes para visitar a mis hijos en lima
    PERU del 20 de noviembre del 2013 al 13 de Enero del 2014 se que tengo que ir al SEPE para la suspension del cobro estas fechas son correctas no tendre ningun problema en el SEPE con las fechas de ida y de retorno GRACIAS

  51. Angie

    Buenos días! Actualmente he comenzado a percibir la prestación por desempleo, pero en las próximas semanas marcho al extranjero por un periodo inferior a 90 días. He rellenado un documento y entregado en la oficina para proceder a suspender dicha prestación durante el tiempo de mi estancia en el extranjero. Necesitaría corroborar la información que me proporcionó el funcionario que me atendió. Me indicó que a partir de la fecha que había indicado que me marchaba fuera se me suspendería dicha prestación y que tenia quince días una vez llegada de nuevo a España para volver a solicitarla. Me indicó que no es necesario que justifique lo que he hecho en ese periodo inferior a 90 días fuera de España, es correcto o necesito aportar documentos? Gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Angie,

      Efectivamente, no se tiene que justificar el motivo de salida para el supuesto que planteas, suspensión de cobro de la prstación por salida de hasta 90 días.

      Un saludo y espero que sigas visitando Mundojuridico.info

  52. S.HERRERO

    El problema es que el juicio se ha suspendido varias veces y he tenido que viajar varias veces fuera del pais, y ahora temo que pierda el paro…..
    si voy al sepe y comunico mi situacion, tendran en cuenta si ya he salido anteriormente ??? gracias

  53. SANTIAGO HERRERO

    HOLA, HE TENIDO QUE VIAJAR AL EXTRANJERO, FUERA DE LA UE, POR UN JUICIO QUE TENGO POR UN DESPIDO IMPROCEDENTE. YO ESTOY COBRANDO EL PARO EN ESPAÑA, PUEDO PERDER EL PARO POR ESTE VIAJE. GRACIAS

    • Inmaculada Castillo

      Hola Santiago,

      Respecto a tu consulta, y como regla general, las salidas de España hasta 15 dias naturales no afecta al cobro de la prestación.Si se superas ese tiempo y hasta 90 dias cabe la suspensión de la prestación, previa petición de ello. Comprueba el número de dias que has estado fuera.

      Si has superado esos 15 días y no has comunicado las salidas posteriores, podrían sancionarte. Es un caso muy particular, y no me atrevo a decirte nada dada la particularidad de tu caso, pudiéndo justificar el motivo de la salida…Acercáte al SEPE, ante de salir nuevamente.

      Siento no poder decirte nada más.

      Suerte y espero que sigas visitando Mundojuridico.info

  54. Amanda

    Hola, estaba pensando en pasar una temporada fuera de España, actualmente estoy desempleada, cobrando mi paro, y mi pareja se encuentra trabajando en el extranjero ya que aquí en España es últimamente tan difícil de encontrar trabajo. Nos habíamos planteando la idea de pasar un tiempo juntos, pero mi sorpresa es que tengo que pedir permiso, y que me parelizan el paro… tanto si busco aquí trabajo como allí o donde sea, toda persona necesita cobrar lo que se supone que es su dinero… necesitas pagar tu hipoteca tus recibos, si salgo de España aunque sea por dos meses, no tendría derecho a seguir recibiendo mi paro esos dos meses???

    • Inmaculada Castillo

      Hola Amanda,

      Como ya te han indicando, en el momento en que tienes intención de salir fuera de España por un tiempo superior a los 15 días y hasta 90, evidentemente puedes salir pero tienes a su vez que solicitar que se suspenda el cobro de la prestación, para luego, y una vez de vuelta, reanudar su cobro.

      Cabe la posibilidad de exportar el paro, pero tienes que acreditar una serie de requisitos, entre ellos y como princiapal, el justificar que te has desplazo para buscar trabajo y que ésto lo has hecho de manera activa en el país de destino.

      Te dejo el enlace de la entrada que hicimos relacionado con ésto, ya que creo que pudiera interesarte.

      Suerte y espero que sigas visitando Mundojuridico.info

  55. jackelyn

    hola tengo muchas dudas sobe el tema de el despido,forma de cobrar el paro etc…yo termino de trabajar el 30 de abril,desde agosto tengo media jornada,llevo trabajando desde agosto del 2007 a jornada completa mi base de cotización era de 944 euros,ahora en media jornada es de 472,50,como dicen que en el tema de cobrar es de la base de cotizacion de los ultimos 6 meses,seria entonces de los 472,50 o cuenta cada dos meses como uno?,eso es una de las dudas,otra es en el tema de que quiero viajar a mi pais(Perú)durante casi tres meses,entonces quiero arreglar los papeles del paro antes de viajar y cobrar el primer mes,luego suspenderlo para dicho viaje,al volver puedo seguir cobrandolo?otra pregunta es que tengo un proyecto en mi pais y no sé si volveré,pero mi pregunta es que si en el caso de que me quede en mi pais,puedo solicitar seguir cobrándolo en mi pais o bien debo volver para arreglar y cobrar lo que me quede en mi pais,aun sabiendo que no puedo volver en 3 años,se puede hacer algo de esto o una vez que ya se hace por cobrarlo aqui, no se puede solicitar cobrar el resto en mi pais una vez que he vuelto del viaje?

    • Inmaculada Castillo

      Hola Jackelyn,

      Respecto a tu primera consulta, indicarte que como ya sabes desde que se produzca la finalización del contrato tienes el plazo de 15 días para solicitar tu prestación correspondiente.Efectivamente, con independencia del tiempo que percibieses la prestación, la cantidad a recibir se calcularía en función de la base de cotización de los últimos 6 meses. En la web del SEPE, tienes una aplicación para calcular la prestación.

      Respecto a la segunda pregunta, entiendo que sí. Es decir, cuando finalices tu contrato, solicitas tu prestación. Como comentas,(yo también te lo recomendaría así),una vez que estuviera todo correcto y ya cobrando la prestación, solicitas la suspensión de la misma, en tanto que vas a viajar. Ya sabes, que como máximo puedes estar 90 días.Te indicaría que estando en Perú ( solicites cita en el SEPE) , para que nada más volver tengas ya tu cita y solicites la reanudación del pago ( Deberás acreditar que tu estancia no ha superado el tiempo establecido ).

      Ten en cuenta que para percibir la prestación por desempleo, uno de los requisitos es estar en disposición de manera activa de busqueda de empleo y por lo tanto estar en España. De esta manera tienes dos opciones.

      Una sería que puedes comunicar tu intención de salir al extranjero como máximo 12 meses, para buscar empleo, con lo cual te suspenderían el cobro de la prestación, estarías hasta 12 meses fuera sin cobrar nada, y cuando volvieses si justificas que de manera activa ha estado buscando empleo y que has estado fuera menos de 12 meses, podrías reanudar el cobro de la prestación que te faltase por cobrar ( Confirma que la búsqueda de empleo puede realizarse en cualquier país, no sólo UE). En tu caso, entiendo que al tener nacionalidad peruana, podrías estar hasta 6 meses, no 12, ya que el estar más de 6 meses de manera consecutiva en el mismo año, podría dar lugar a la extinción de tu autorización de residencia.

      Con esta opción, no cobras mientras estás en tu país, pero no te cierras puertas para una posible vuelta a España. Pero recuerda, tendrías que acreditar la busqueda activa de empleo, mediante certificado expedido al efecto por las autoridades peruanas, para poder recuperar el cobro del restante de la prestación.

      Si decides quedarte en tu país de manera definitiva, y como he indicado anteriormente, no cabe la opción de cobrar la prestación mientras estás allí, sino que en este caso tendrías que solicitar el pago total de lo que te corresponde de paro por un retorno voluntario. No pasa nada si ya habías empezado a cobrar la prestación. Se hará el pago en función de lo que te quede por percibir. El 40% de lo que te corresponda, se te ingresa aquí en España una vez te hayan concedido el retorno, y el 60% restante cuando te encuentres en Perú.

      De esta manera, y dando respuesta a tu última pregunta, entiéndo que podrías solicitar cuando acabes tu contrato el cobro del paro, suspender con posterioridad su cobro para viajar fuera. Luego volver a España y solicitar que la prestación restante te la paguén conforme se establece para el retorno voluntario, para finalmente volver a Perú.

      Espero haberte ayudado, en cualquier caso, te recomiéndo que te dirijas a tu oficina de empleo y del SEPE, para que confirmes estos extremos y siempre puedas obtener la mejor respuesta personalizada a tu caso.

      Un saludo y espero que sigas visitando Mundojuridico.info

  56. Ainhoa

    Buenas tardes, yo suspendi mi prestación el 24 de enero y vajaba a chile el 29 de enero, la duracion de mi viaje es de 90 días , mi pregunta es si vuelvo a españa y en cuatro dias cominenzo a trabajar hasta octubre, al finalizar mi contrato puedo renovar la prestacion sin problemas?? muchas gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Ainhoa,

      Por lo comentado en tu consulta, mi opinión es la siguiente:

      Si estás cobrando el paro, aunque lo hayas suspendido, al empezar a trabajar tienes obligación de informar al Servicio Público de Empleo.

      En principio hay que ver si vas a trabajar a jornada completa o a jornada parcial. También podrías hacerlo como autónoma, pero por tu consulta entiendo que es cuenta ajena.

      Si el contrato que te hacen es a jornada parcial podrás seguir cobrando la prestación mientras trabajas o bien como tú apuntas solicita que se suspenda la ayuda.

      Si elige seguir cobrando el paro se reducirá la cantidad que cobra de forma proporcional a las horas que va a trabajar.

      Si su contrato es a jornada completa, al informar al SEPE INEM se paralizará el cobro del paro. Si su contrato dura más de 360 días o suma esas cotizaciones acumuladas, cuando termine de trabajar podrá elegir entre volver a cobrar la prestación que quedó interrumpida o bien solicitar una nueva con las últimas cotizaciones. Es lo que se llama el derecho opción.

      Recuerde que cuando termine su contrato tiene un plazo de 15 días hábiles para comunicarlo al Servicio Público de Empleo y solicitar la reactivación de su prestación suspendida.

      En cualquier caso, te recomiéndo que preguntes en el SEPE INEM sobre ello.

      Espero haberte ayudado y que sigas visitando Mundojuridico.info

      • Ainhoa

        Gracias, Inmaculada por tu respuesta.
        Pero mi pregunta es realemnte saber el procedimiento a seguir cuando vuelva del extranjero.
        Porque yo suspendí mi prestación por salida al extranjero más de 15 días y la persona que me atendió en el SEPE fue muy desagradable, y me dijo que no me podía ir y bla bla bla…se ve que no sabía la resolución del TS.
        Me gustaría que me ayudaras a averiguar si tengo que presentarme en el SEPE para decir que he vuelto del extranjero y demostrar que he estado 89 días fuera, también tengo quince días naturales para hacerlo desde mi vuelta? Tengo que reanudar la prestación y luego volver a suspenderla si mi contrato empieza en cuatro días para no tener posibles problemas en Octubre cuando finalice mi contrato que es a jornada completa?
        y otra pregunta son 90 días o menos? Hay que demostrarlo con billetes de avión y pasaporte?
        muchas gracias!!

        • Inmaculada Castillo

          Hola Ainhoa.

          Efectivamente, tiemp máximo de salida es de 90 días. Entiéndo que de manera inmediata a tu regreso debes personarte en el sepe, de hecho te recomendaria que solicitaras la cita, mediante la web, http://www.sepe.es, para que en cuanto estuvieses aqui ( nada de esperar 15 días), y antes de los cuatro dias en los que te incorporas, comuniques tu regreso y que tu estancia ha sido inferior o hasta 90 días. Este último extremo, entiéndo que deberás justificarlo, como bien dices,a través de sellos del pasaporte y billetes de ida y vuelta.

          En cuanto a cómo proceder y en que orden sobre si reanudar la prestación y suspenderla nuevamente, o si ya la dejan suspendida en tanto que comienzas con un trabajo, no me atrevo a indicarte nada,debe ser el Sepe el que te indique. Si puedes llama al teléfono de información 901 11 99 99 ( en el caso de que sea viable hacerlo desde el extranjero), y si no, y como te he indicado antes, pediría cita para ser antendida nada más llegar.

          Espero haberte aclarado algo más, si bien ya sabes de las particularidades del funcionamiento de los Sepe, con lo cual prefiero que sea tu oficina la que te indique como proceder. En cualquier caso, te agradecería, para el resto de visitantes de Mundojuridico, que nos indiques que información ten facilitan sobre esta cuestión.

          Un saludo, y espero que tengas buena estancia en Chile.

  57. hernan

    Disculpe nuevamente solo querias decirle que tengo doble nacionalidad La Peruana (peru) y la de España gracias

  58. hernan

    Disculpe la molestia nuevamente yo tengo 64 años y deseo visitar a mis hijos el SEPE pide alguna justificacion como buscar trabajo entre otros a mi edad creo que es imposible encontrar trabajo como puedo justificar mi salidad del pais ya que pienso estar 30 o 35 dias y si se esta salida se realiza duante el año calendario del 2012 Gracias y Disculpe la molestia

    • Inmaculada Castillo

      Hola Hernán,

      En principio, y como ya te comenté, cabe la salida de España hasta 15 días como máximo en el año natural, lo que correspondería con este año 2013, y siempre comunicándolo al SEPE con antelación al viaje. De hecho, se debe intentar comunicar con tiempo porque puede ocurrir que cuando te den la cita, ésta sea para una fecha posterior a la que tenías pensado viajar.

      El hecho de que las estancias superiores a 15 días e inferiores a 90 días en el extranjero y , siempre bajo determinadas circunstancias, sea motivo de suspensión y no de extinción, ha venido reconocido mediante Sentencia, lo que hace que la Administración deba mandar circulares a sus oficinas del SEPE para indicar como deben informar y actuar con estancias fuera de España por tiempos comprendidos en ese periodo y bajo qué circunstancias.

      Literalmente , la sentencia del TS núm. 7817/2012 dice “ el incumplimiento de las obligaciones de comunicar ex ante (para la salida programada) o inmediatamente ex post (para una eventual circunstancia sobrevenida) genera automáticamente la suspensión o pérdida temporal («baja») de la prestación de desempleo que corresponde a los días de estancia en el extranjero no comunicada: todos los días de estancia no comunicada si el incumplimiento ha sido total; o el exceso de días de estancia no comunicada, o no debidamente justificada, si el incumplimiento se refiere a una vuelta tardía.

      Esta causa de suspensión de la prestación de desempleo no se menciona expresamente en el artículo 212 LGSS , pero responde a la razón de ser común que inspira a la mayor parte de dichas causas de suspensión de la protección. Se trata casi siempre de situaciones temporales no prolongadas en las que el beneficiario no está a disposición de los servicios de empleo españoles para actividades formativas o de trabajo, pero que no alcanzan la entidad o la gravedad de las causas de extinción de la prestación establecidas en el artículo 213 LGSS”.

      Hernán, en cualquier caso, te recomiendo que sigas siempre las indicaciones de los funcionarios del SEPE, es decir, en todo momento se debe de comunicar al SEPE la salida, y que se va a permanecer más de 15 días , así como el motivo, y que actúes conformen te indiquen. Eso no quita, que tengas claros los motivos y explicaciones que te dan y que preguntes todo lo necesario hasta que te quede claro que puedes o no hacer.

      Pregúntales si cabe la pérdida temporal («baja») de la prestación de desempleo que corresponde al exceso de días de estancia no comunicada, o no debidamente justificada, si el incumplimiento se refiere a una vuelta tardía, es decir, por los días que permaneces en el extranjero pasados los 15 días. Es decir, si cabe que pierdas el cobro de esos días, con lo que ello conlleva, pero que en ningún vaya a dar lugar a la extinción de la prestación.

      Espero haberte aclarado algo.

  59. hernan

    Me parece una buena medida del Tribunal Supremo para salir de España por lo menos 90 dias . Asimismo esto beneficia a los inmigrantes y a los ciudadanos Españoles muy aparte de todo esto podrian indicarme si hay posibildades de solicitar la salida para visitar a un familiar enfermo ,visitar a nuestros hijos u otro caso para indicarle al SEPE gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Hernan,

      Agredecer que visites nuestre web y te animamos a que sigas haciéndolo.

      En respuesta a tu consulta y tal y como has leido en la noticia, finalmente el Tribunal Supremo en sentencia que viene a unificar doctricna sobre la materia de la extición de prestacions por la salida de España, ha determinado que si la salida es hasta 15 días se debe siguer cobrando la prestación normalmente. Sin embargo si la salida es de 15 a 90 días se suspendera el cobro de la misma hasta tanto se retorne, y si la salida es mayor, es solo entonces cuando se procedera a su extinción. De esta manera, te recomendaría que atendíendo a su caso se ponga en contacto con el SEPE para comunicarlo y que le indiquen como proceder.

      Un saludo,

      Inmaculada Castillo

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