El 11 de Julio de 2021 entró en vigor la Ley Antifraude, Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE)2016/1164, DEL Consejo, de 12 de julio de 2016.
Es cierto que, a priori, el objetivo principal con esta Ley es acabar con los softwares de gestión de doble contabilidad, es decir, se busca la implementación de facturas verificables para evitar el fraude fiscal, si bien, con esta ley se han realizado múltiples cambios en otros ámbitos y que afectan tanto a empresas, autónomos, free lances como a ciudadanos.
De esta forma, y de manera resumida, centramos los tres puntos de flotación en los que centramos este artículo y que son el objetivo principal de la Ley 11/2021 de 9 de julio de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal:
Si bien hemos de resaltar la importancia respecto a la implementación de facturas verificables, así como la prohibición de los software de doble gestión en tanto llegamos a fechas límites para su implementación y prohibición respectivamente.
La Ley antifraude ha traído muchas novedades para empresas y autónomos, y entre ellas está el sistema de emisión de facturas verificables, o también conocido como VeriFactu.
El sistema VeriFactu ( sistema de emisión de facturas verificables) es como un sistema en tiempo real, que permite la comunicación automática, directa e instantánea de las facturas realizadas con la administración tributaria y accede a su envío de manera continuada, consecutiva y correcta.. La remisión de estas facturas, tanto las de los emprendedores como las de los consumidores finales, se realizarán a través de un código identificativo de cada una, que podría ser un código QR.
Este sistema será obligatorio para todos los profesionales y empresarios que expidan sus facturas con sistemas informáticos. El software de facturación deberá guardar un registro por cada factura expedida, así como de los principales eventos que se produzcan en el sistema informático.
Debemos de señalar también que la información almacenada no puede ser alterada y que se debe de garantizar su conservación
En la ley antifraude quedan recogidos los requisitos que deben de ser cumplidos por todos los sistemas o softwares destinados a la facturación de empresas y autónomos de manera que se garantice la integridad, trazabilidad, accesibilidad y conservación de los registros.
En definitiva podríamos decir que estos softwares deben de cumplir los siguientes requisitos para confirmar que el sistema de facturación es un sistema VeriFactu:
Fecha límite para utilizar el sistema de emisión de facturas verificables
La fecha límite para la incorporación del sistema de emisión de facturas verificables será en abril del año 2024 para empresas con más de 8 millones de facturación anual, y para las empresas que facturen menos será en el mes de abril de 2025.
Por ello, es importante confirmar que para esa fecha el software utilizado de VeriFactu (facturas verificables para evitar el fraude fiscal) cumple los requisitos exigidos, como por ejemplo, entre otros softwares de facturación, que podamos señalar, el Software Delsol.
Con la nueva Ley quedan prohibidos los softwares de doble uso. Se entiende por software de doble uso o de gestión de doble contabilidad todo aquel que te permita realizar cualquiera de las siguientes acciones:
a) permitan llevar contabilidades distintas en los términos del artículo 200.1.d) de esta Ley;
b) permitan no reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas;
c) permitan registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas;
d) permitan alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable;
e) no cumplan con las especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como su legibilidad por parte de los órganos competentes de la Administración Tributaria, en los términos del artículo 29.2.j) de esta Ley;
f) no se certifiquen, estando obligado a ello por disposición reglamentaria, los sistemas fabricados, producidos o comercializados.
De esta forma, la Ley antifraude 11/2021 considera como infracción tributaria la fabricación, producción y comercialización de programas informáticos que permitan todos o algunas de las acciones relacionadas anteriormente. Igualmente será sancionable la tenencia de programas que no se ajusten a la normativa.
Como ya hemos mencionado anteriormente, la Ley anti fraude introdujo numerosas modificaciones de ámbito tributario que afectan prácticamente a todos los impuestos, además de otras novedades que señalamos.
Los pagos en efectivo quedan limitados a 1.000 euros en todas las operaciones en las que intervenga un empresario o profesional.
Hacienda pretende incentivar al consumidor final a que solicite recibos de sus operaciones y “pueda remitir voluntariamente a la Administración Tributaria la información básica de esas facturas para verificar su registro y la exactitud de los datos reflejados en las mismas”. De esta forma, los datos recopilados por el fisco servirían para comprobar que las pymes y los autónomos españoles declaran de forma adecuada sus ingresos reales.
En el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España, el pago en efectivo disminuye de 15.000 a 10.000 euros.
Se elevan las reducciones de las sanciones derivadas de las actas con acuerdo y de las sanciones en caso de pronto pago.
Hubo cambios en el tanto por ciento aplicable para recargos e interese de demora.
Para acabar con la subida que el Ejecutivo había puesto en marcha a principios de año, se establece la congelación del impuesto de matriculaciones.
Equiparación del tratamiento de todos los ciudadanos sobre Patrimonio e Impuesto de sobre Sucesiones y Donaciones, con independencia de su residencia fiscal ( España, UE, o Terceros países).
Nuevos cambios en los pactos sucesorios, o herencias en vida; Las ventajas fiscales se suprimen si los bienes obtenidos por esta vía se transmiten antes de cinco años. Este cambio de momento solo afecta a Baleares, Aragón, Galicia y Cataluña.
Modificación de los aspectos relativos al valor de bienes inmuebles, con el fin de evitar que el valor de referencia no sea superior al valor de mercado. Con esto el valor de referencia del Catastro se convierte en la base imponible de los tributos denominados “patrimoniales” ( Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e impuesto de Sucesiones y Donaciones)
Control de las Criptomonedas, estableciéndose, tanto a nivel nacional como internacional, la obligación de informar sobre saldos y titulares de estas monedas, así como todas las operaciones realizadas con ellas.
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