Importe de las Tasas de Extranjería
Con carácter previo a recoger el listado con el importe de las Tasas de Extranjería, se facilita una serie de cuestiones que consideramos de interés en relación a las Tasas de Extranjería.
1.-En concreto, y como ya sabéis los códigos de tasas de extranjería son el código 052, el código 062 y el código 012.
- El código 052 se corresponde con la tasa preceptiva de pago para el trámite de autorizaciones de residencia y otros documentación.
- El código 062 se corresponde con la tasa preceptiva de pago para el trámite de autorizaciones de trabajo a ciudadanos extranjeros.
- El código 012 se corresponde con la expedición de la tarjeta de identidad (TIE).
- El código 038. Tasa de Extranjería – UGE / EMPRENDEDORES
2.- Los modelos de tasas de extranjería se deben de pagar de manera preceptiva para el inicio de cualquier solicitud o bien para la expedición del documento identificativo.
3.-Respecto a la tasas debemos de tener en cuenta que su importe puede variar de un año para otro.
4-La Administración facilita dos vías para el abono de las mismas, bien mediante la pasarela de pago o bien rellenando el formulario, imprimiéndolo y abonándolo en la Entidad Bancaria elegida.
5.-Respecto a las Tasas, recordar que se trata de autoliquidaciones. Esto quiere decir, que es el interesado el que tiene la obligación de realizar su pago. Por ello, sería recomendable que cuándo se vaya a hacer el inicio del trámite se adjuntan las preceptivas tasas ya abonadas junto con el resto de documentación a presentar.
En el caso de que no se adjunte la Tasa abonada, la Oficina de extranjeros le requerirá para su presentación.
6.-Respecto de quien viene obligado a su pago, y qué modelo de tasa se debe de rellenar, señalar:
- El Modelo 790 Código 052 se debe pagar por el Ciudadano Extranjero.
- El Modelo 790 Código 062 se debe pagar por el Empleador en caso de que haya, en su defecto el ciudadano extranjero.
- El Modelo 790 Código 012 se debe pagar por el Ciudadano Extranjero en el momento de la huella.
- El Modelo 790. Código 038. Tasa de Extranjería – UGE / EMPRENDEDORES. Dependerá del trámite.
7.- Importe de las Tasas de Extranjería.-
Tasas de extranjería.- MODELO 790-CODIGO 052: Tasas por Tramitación de autorizaciones de residencia y otra documentación a ciudadanos extranjeros.
1. Prórrogas de estancia.-
1.0. Prórroga de estancia. Prórroga de estancia corta duración. 1,07 € Importe por día.
1.1. Prórroga de estancia de corta duración: 17,15 € es el importe base
1.2 Prórroga de estancia de corta duración con visado: 30 €
1.3 Prórroga de la autorización de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado (titular principal y sus familiares): 17,15€
2. Autorizaciones para residir en España.-
2.1 Autorización inicial de residencia temporal (excepto por circunstancias excepcionales): 10,72 €
2.2 Renovación de autorización de residencia temporal: 16,08 €
2.3 Autorización de residencia temporal por modificación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales ( artículo 202 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000): 16,08 €
2.4 Residencia independiente de familiares reagrupados: 16,08 €
2.5 Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo, protección internacional, razones humanitarias, colaboración con autoridades (incluye la colaboración contra redes organizadas), seguridad nacional o interés público, o tramitada en base a la disposición adicional primera.4 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000): 37,52 €
2.6 Autorización de residencia de larga duración y autorización de residencia de larga duración-UE: 21,44 €
3. Autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.-
3.1 Tasa por Autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales: 10,72 €
4. Tarjetas de Identidad de Extranjeros.-
4.1 Tarjeta que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o trabajadores transfronterizos: 15,76 €
4.2 Tarjeta que documenta la renovación o prórroga de la autorización de residencia temporal, la prórroga de la estancia o de trabajadores transfronterizos: 18,92 €
4.3 Tarjeta que documenta la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales: 15,72 €
4.4 Tarjeta que documenta la autorización de residencia de larga duración o de residencia de larga duración-UE: 21,44 €
5. Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE.-
5.1Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE: 12 €
6. Otros Documentos.-
6.1 Autorización de inscripción de indocumentados: 21,44 €
6.2 Cédula de inscripción: 3,21 €
6.3 Autorización de regreso: 10,50 €
6.4 Autorización excepcional de entrada o estancia: 17,15€
6.5 Asignación de Número de Identidad de Extranjero a instancia del interesado: 9,64 €
6.6 Certificados o informes emitidos a instancia del interesado: 7,17 €
6.7 Autorización de expedición de Carta de invitación: 73,57 €
6.8 Carta de invitación: 6,42 €
6.9 Compulsa y desglose por cada documento relativo a la Carta de invitación: 1,07 €
Tasas de extranjería MODELO 790 -CODIGO 062: Tasas por tramitación de autorizaciones de trabajo a ciudadanos extranjeros.-
1. Autorizaciones iniciales de trabajo.-
1.1 Por cuenta ajena con autorización de residencia (retribución inferior a 2 veces el S.M.I.): 199,82 €
1.2 Por cuenta ajena para investigación (retribución inferior a 2 veces S.M.I.): 199,82€
1.3 Por cuenta ajena de profesionales altamente cualificados titulares de Tarjeta azul-UE (retribución inferior a 2 veces S.M.I.): 199,82 €
1.4 Por cuenta ajena para trabajadores transfronterizos (retribución inferior a 2 veces S.M.I.): 199,82 €
1.5 Autorizaciones de trabajo por cuenta propia: 199,82 €
- Uso de la vivienda familiar en la custodia compartida - 18 marzo, 2025
- Factores para acordar la pensión compensatoria temporal - 7 marzo, 2025
- Uso de la vivienda cuando los hijos son mayores - 17 febrero, 2025
Comentar esta noticia
Mundo Jurídico Info S.L.P, es el responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario, por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:
- Fin del tratamiento: mantener una relación de envío de comunicaciones y noticias sobre nuestros servicios y productos a los usuarios que decidan suscribirse a nuestro boletín. Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: info@mundojuridico.info indicándonos en el asunto “No Publi”.
- Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación.
- Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos.
- Destinatarios: no se cederán a ningún tercero.
- Derechos que asisten al Usuario:
- Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición al su tratamiento.
- Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos
Puede ejercer estos derechos mediante el envío de un correo electrónico o de correo postal, ambos con la fotocopia del DNI del titular, incorporada o anexada:
- Dirección postal: Avenida Andaluces, 4, 2ºC 18014 Granada
- Dirección electrónica: info@mundojuridico.info
Si desea ampliar información sobre la política de privacidad de nuestra empresa, puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/
Para el formulario 19 cuál tasa debo pagar?
Buenos días,
Necesito hacer la primera renovación de mi permiso de trabajo y residencia. Tengo 9 meses cotizados en un lapso de 12, estoy desempleado, (fui despedido) y estoy en búsqueda activa.
Lo estoy haciendo por Mercurio, mi pregunta es: qué tasas debo pagar y que datos debo poner donde pide los datos de mi empleador, teniendo en cuenta que estoy desempleado.
Gracias!