Artículos servicio doméstico

Importe del salario mínimo interprofesional para este año

El importe del salario mínimo interprofesional para este año 2023 se ha establecido en 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas.

¿En qué consiste el salario mínimo interprofesional?

El salario mínimo interprofesional (SMI) es el importe mínimo que los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a percibir de los empresarios o personas que los contratan.

¿Dónde viene regulado el importe el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2023?

Todos los años se dicta un Real Decreto que establece las cuantías que deberán regir para ese año, tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las que son eventuales o temporeras, así como para las empleadas y empleados de hogar.

El Salario Mínimo Interprofesional fijado para el año 2023 viene recogido en el Real Decreto 99/2023 de 14 de febrero.

¿Se ha incrementado el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2023?

Las cuantías del SMI para el año 2023 se han incrementado un 8 por ciento respecto de las cuantías previstas para el años 2022.

El importe del SMI para el año 2022 venía fijado en el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero.

Si quieres ver dichas cuantías puedes pulsar en Salario mínimo interprofesional 2022

¿En cuánto se ha fijado el importe del Salario Mínimo Interprofesional para este año?

Para el año 2023, el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado según el salario esté fijado por días o por meses en las siguientes cantidades:

salario mínimo interprofesional por día (14 pagas): 36 euros/día

salario mínimo interprofesional por meses (14 pagas):  1.080 euros/mes

salario mínimo interprofesional por meses (12 pagas): 1.260 euros/mes

En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.

Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

Al importe del salario mínimo que hemos señalado anteriormente se le sumarán los complementos salariales, en caso de que figuren establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo.

Salario Mínimo para trabajadores eventuales y temporeros

Para el año 2023, las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo que hemos señalado anteriormente en el recuadro, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho toda persona trabajadora, correspondientes al salario de treinta días en cada una de ellas, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 51,15 euros por jornada legal en la actividad.

En lo que respecta a la retribución de las vacaciones, las personas trabajadoras a que se refiere este artículo percibirán, conjuntamente con el salario mínimo interprofesional del recuadro, la parte proporcional de este correspondiente a las vacaciones legales mínimas en los supuestos en que no existiera coincidencia entre el periodo de disfrute de las vacaciones y el tiempo de vigencia del contrato. En los demás casos, la retribución del periodo de vacaciones se efectuará de acuerdo con el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de aplicación.

En las cuantías del salario mínimo por días u horas fijadas en los apartados anteriores se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquellas.

Salario Mínimo para trabajadoras empleadas de hogar

El salario mínimo interprofesional para 2023 de los trabajadores o trabajadoras de hogar que trabajen por horas en el servicio doméstico, en régimen externo, será de 8,45 euros por hora efectivamente trabajada.

¿Cuánto me pueden embargar de la nómina o pensión teniendo en cuenta el SMI?

El importe del salario mínimo intrerprofesional (SMI) es inembargable.

Para ver distintos ejemplos de los importes que pueden ser embargados del sueldo o la pensión cuando se percibe una cantidad superior al SMI, puedes PINCHAR EN ESTE ENLACE.

Francisco Sevilla Cáceres

Abogado en ejercicio desde el año 1984. Colegiado Nº 2181 por el Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Entusiasta del Derecho en general y en especial del Derecho Civil, Arrendamientos, Herencias y Comunidades. Le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídicos.

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