Recomendaciones o pasos que hay que dar ante el incumplimiento del régimen de visitas en los casos de divorcio o separación matrimonial

El incumplimiento del régimen de visitas es una cuestión que frecuentemente nos plantean en Mundojuridico.info, por lo que con este post vamos a intentar dar respuesta sobre como proceder ante este supuesto.

En los procedimientos de separación matrimonial o divorcio, cuando existen hijos menores de edad, el cónyuge al que no le ha sido otorgada la guarda y custodia de los hijos por la resolución judicial que en su caso se dicte, tiene derecho a visitarlos físicamente y a comunicarse con ellos.

La duración del régimen de visitas así como el tiempo y el lugar en que pueden realizarse, se puede determinar de mutuo acuerdo por los cónyuges o en defecto de acuerdo lo establecerá el Juez.

El problema surge cuando uno de los progenitores, ya sea el que tenga la custodia o no, empieza a incumplir lo acordado en el convenio o en la sentencia respecto del régimen de visitas. Estos incumplimientos pueden venir por una gran variedad de causas:

Ejemplos de explicaciones que dan los progenitores custodios

Ejemplos de explicaciones que dan los progenitores no custodios

  • El horario del trabajo me impide recoger al menor cuando me corresponde.
  • No puedo llevar al menor los lunes al colegio por lo que lo llevo a casa del progenitor custodio los domingos.
  • A mi nueva pareja no les gusta que estén los niños.
  • Es mi expareja la que no me deja verlos o pone dificultades o excusas.
  • Los niños no se quieren venir conmigo.

En cualquier caso, se deben de tener claras dos cuestiones:

1.- Con independencia del motivo que nos lleve a no cumplir lo acordado, el hecho de no cumplir lo recogido en convenio o resolución judicial es un “incumplimiento”.  Debemos de entender esto como algo injustificado y reiterado, no como una situación puntual.

2.- El progenitor que sufra el incumplimiento es quien debe acreditar que se está produciendo.

¿Qué podemos hacer ante un incumplimiento del régimen de visitas?

Ante un incumplimiento del régimen de visitas se aconseja seguir los siguientes pasos:

1.- Hablar con la otra parte para intentar evitar que se produzcan nuevos incumplimientos, ya que en definitiva, mediante acuerdo todo va a ser más fácil para las partes, especialmente para los hijos.

2.- Si se llega a un acuerdo, y este va a ser con carácter definitivo, se deberá poner una demanda de modificación de las medidas definitivas que ya existen solicitando que se recojan las nuevas circunstancias.

Si ese acuerdo va a ser con carácter temporal, por ejemplo el progenitor no custodio va a estar fuera del país durante 4 meses por motivos de trabajo, se puede hacer un documento privado firmado por ambas partes en el que se recoja los términos en que se van a seguir el régimen de visitas durante ese tiempo.

Igualmente, se puede ir a un Notario para que quede dicho acuerdo recogido en documento público.

No recomendamos, en caso de que se lleguen a acuerdos que sean verbales.

3.-Si no hay solución posible y persisten los incumplimientos, hacerle requerimientos previos instando el cumplimiento según el convenio o la sentencia. Aconsejamos que al menos un requerimiento sea vía burofax.

4.- Si no cesan los incumplimientos tras el requerimiento, deberá interponerse una demanda de ejecución del convenio o sentencia, para que el Juzgado sea quien requiera al progenitor incumplidor para que cumpla con su obligación o manifieste los motivos por los que se niega a cumplir el régimen de visitas acordado.

Igualmente, recomendaría señalar en la demanda que se aperciba al progenitor de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad judicial en caso de un nuevo incumplimiento, por los motivos que más adelante expondremos.

Si transcurrido ese plazo dado por el Juzgado, el progenitor continúa sin cumplir, se le podrá  apremiar con multas coercitivas que serán mensuales conforme al 776.2ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Esto significa, que el Juzgado le impondrá una multa por cada mes que transcurra sin cumplir las obligaciones establecidas desde que le requirieron para ello. Estas multas, cuyas cuantías las determinará el Juzgado, se podrán mantener todo el tiempo que este considere en atención al caso concreto.

También se podrá solicitar al Juzgado que ante los incumplimientos se realice la entrega del menor a través de un Punto de Encuentro Familiar, haciéndolo el propio Juzgado un seguimiento del cumplimiento.

Si no se fijó en la sentencia la posibilidad de la entrega del menor a través de un Punto de Encuentro, y ahora uno de los progenitores quiere que dicha entrega y recogida se realice mediante un «punto de encuentro», debemos de decir, que hay dos maneras de resolver esta cuestión por el Juzgado:

  • Algunos Juzgados entienden que por vía de la ejecución pueden cambiar este aspecto.
  • Sin embargo, otros Juzgados requieren que se haga por la vía de la modificación de medidas.

5.- Repercusión penal ante los incumplimientos reiterados.

Con la entrada en vigor el 1 de julio de la Ley 15/2015, de 30 de Marzo, por la que se modifica el Código Penal se han despenalizado las FALTAS. Esto significa que con el antiguo Código Penal, ante los incumplimientos en las obligaciones relacionadas con el régimen de visitas se podía denunciar esta situación dando lugar a un juicio de faltas en atención a lo recogido en su artículo 618.2, que decía: 

el que incumpliere obligaciones familiares establecidas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación o proceso de alimentos a favor de sus hijos, que no constituya delito, será castigado con la pena de multa de 10 días a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días”.

Actualmente, al estar esta conducta despenalizada, los incumplimientos del régimen de visitas deben de  tramitarse por la vía civil, si bien y como hemos indicado con anterioridad, si ha habido un requerimiento judicial y el incumplimiento persiste, entiendo que estaríamos ante un delito de desobediencia a la autoridad previsto en el artículo 556 del Código Penal.

6.- Cuando en incumplimiento de visitas es reiterado, paralelamente a la demanda de ejecución, o actuación de la jurisdicción penal, se puede  interponer de manera independiente una demanda de modificación de medidas solicitando la modificación del régimen de visitas o incluso la custodia del menor, justificando dicha modificación en el incumplimiento reiterado de las obligaciones del régimen de visitas.

Para finalizar, reiterar que siempre es aconsejable ponerse en contacto con un abogado o solicitar uno de oficio, para que nos asesore sobre los pasos a seguir o bien, para que medie con el otro progenitor.

Últimas entradas de Inmaculada Castillo (ver todo)
Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • la parte custodia lleva desde 2011 sin cumplir la sentencia
    acaba de mandar un burofax en el cual dice que no va a acudir al punto de encuentro que dicta la sentencia con respecto al régimen de visitas por motivos de trabajo
    esto es legal?
    quiere decir que si tiene un trabajo de fines de semana no voy a volver a ver a mis hijos? nos separan 900 kilómetros y llevo múltiples denuncias y sentencias condenatorias hacia la otra persona por incumplimiento
    según que articulo esto no es legal?

    • Hola Manu,

      Los casos en que las distancias son tan grandes, ya de por sí, es muy complicado establecer y cumplir los régimenes de visitas en los que hay cierta frecuencia en la recogidas de menores y cuando las partes no hacen por acercar posturas.En cualquier caso,se debe de cumplir el régimen de visitas que esté vigente, por lo que podrías solicitar una demanda de ejecución con medidas coertivas por parte del juzgado ante el incumplimiento persistente,es decir, la imposición de multas mensuales hasta que cumpla de manera normalizada. También podrías plantearte, bien solicitar un cambio de la custodia a tu favor o bien solicitar un cambio en el régimen de visitas, por otro que se pueda cumlir y evite situaciones como las que estás viviéndo ahora.

      Es complicado hacer una valoración de posibles opciones sin conocer el caso concreto y vuestra situación personal (la tuya, la de tu expareja e hijos), por lo que te recomendaría que te pusieras en contacto con una abogado de tu ciudad para plantear opciones.

      Evidentemente, y como he dicho antes, se debe de cumplir el régimen de visitas tal y como está establecido, pudiéndo ser la excusa del trabajo algo puntual pero no un justificativo reiterado.

      Suerte y espero que sigas visitando Mundojuridico.info

    • Buenas. El padre de la niña se ha llevado a mi hija 15 días. Intento contactar con ella pero el se niega a que solo hable con ella. Después incumple el convenio de visitas que tenemos. Lleva 3 meses sin pasarme la manutención de 180 euros. No me paga

    • Buenas me gustaría hacer una pregunta que pasa si la madre de los menores se niega al régimen de visita y se escapa cuando el padre va a buscarlos a su domicilio y no los deja ni siquiera verlos hace más de 3 años que el padre no ve a sus hijos y el cumple en todo hasta con la cuota alimentaria mi pregunta es que se puede hacer para que la ley le obligue a que se cumpla el régimen de visita

  • hola tengo a mi hijo con medidas cautelares sobre su hija mi nieta en marzo sale el juicio. las medidas cautelares en sentencia judicial son visitas martes y jueves y un fin de semana alternos con pernocta hoy jueves se a saltado la visita alegando que la niña tenia fiebre nos ha enseñado el parte de urgencias y no la emos podido ni ver. nuestro abogado nos a dicho de no denunciar y le hemos pedido que la visita sea mañana a cambio de hoy nos toca el fin de semana y me temo que tampoco la tengamos yo hubiera denunciado por incumplimiento según nuestro abogado es una estrategia suya cara al juicio que hacer habiendo unas medidas cautelares muchas gracias

    • Hola José Antonio:
      1.- Considero, y evidentemente es mi opinión, que si la menor se encuentra enferma, el hecho de que no la puedan recoger ese día u otro que les corresponda (siempre que esté justificado médicamente ) no supone un incumplimiento del régimen de visitas, ya que todas las medidas que se adoptan respecto a los menores pretenden es proteger el interés del menor.
      2.- Si no está justificada la entrega del menor, si es recomendable denunciar los hechos para dejar constancia del incumplimiento del régimen.
      Gracias por visitarnos. Si tu consulta requiere más dudas, le recomendamos que nos llame al teléfono 807 502 004 donde responderemos personalmente a cuantas cuestiones tenga sobre este o cualquier otro asunto. Un saludo.

      • Hola..mi ex no cumple con los horarios de las visitas que quedó acordado por un juez . yo los tengo que ver sábado y domingo de 14:00 a 18 horas y ella sólo los deja salir los sábados los domingo no..y no me avisa con 24 horas de anticipación yo voy a carabinero a poner constancia y como era todos los domingo decidí un día enviarle un mensaje donde le decía que mis niños dijeron que tu no los iva a dejar salir y me contestó..que no iban a salir porq tenían q estudiar me quede con ese mensaje de respaldo y me encuentro que por cada domingo que no salían mis hijos ella ponía constancia yo lo único que quiero que me deje salir con mis hijos si yo no hago la denuncia todavía es porq estoy con el juicio de pencion de septiembre del 2013 sólo quiero terminar este juicio para poder empezar nuevamente el otro q tuvimos en agosto del 2013 ..usted me puede decir si estoy bien en esperar porq de verdad yo voy a buscarlos siempre salgsn o no y es ella q no los deja salir tengo muchas constancia ...

  • Que se debe hacer si el padre de un menor, de un matrimonio divorciado, ademas de incumplir el régimen de visitas manifiesta que no quiere volver a ver al menor, ni pasarle la pensión de alimentos?

    • Hola Ana,

      Con independencia de lo que manifieste tu expareja, debe de cumplir lo recogido en el convenio regulador o sentencia respecto al régimen de visitas y la pensión de alimentos.

      En caso de incumplimiento, tanto de alimentos como de visitas, te recomiendo requerirle de manera fehaciente su cumplimiento, por ejemplo mediante burofax.

      En el caso de que haga caso omiso, puedes interponer una demanda de ejecución reclamando su cumplimiento, así como el pago de las cantidades indebidas por alimentos. Por parte del Juzgado puede interponer multas coercitivas en caso del incumplimiento del régimen de visitas en tanto no cumpla.

      Si persiste en su incumplimiento respecto al régimen de visitas, se puede solicitar finalmente la modificación de las medidas establecidas, restringiendo, incluso suprimiendo las visitas.

      Igualmente, puedes utilizar la vía penal, tanto por el impago de pensiones como por el incumplimiento del régimen de visitas. En este extremo, siempre puede resultar más interesante la reclamación del pago vía civil, y denunciar el incumplimiento del régimen de visitas vía penal, ya que en principio es una falta ( 617 del CP) y quizás sea " más efectivo", en tanto que siempre imprime más respeto la vía penal. En cualquier caso, te recomiendo la vía penal como último opción ya que, como es normal, tensa las relaciones.

      Para cualquier aclaración y para otra duda de esta u otra materia no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004

      Un saludo y espero que sigas visitando Mundojuridico.info

  • hola mi situcion es la siguiente mi ex pareja tiene un regimen de vista adaptado a su trabajo por que el es policia!, el viernes 07/2/2014 a las 15:00 viene a buscar a mi hija para llevarsela como siempre y me comunica que este mismo dia comienzan sus vacasiones, entonces le comunico que a mi ni mi abogada me habia avisado por que el lo que queria era llevarsela una semana a la nena a estar en su casa, y como en el acuerdo solamente dice que el el caso que ambas partes vacasionen ciertos dias se pondra de acuerdo los dias que mi hija va estar vacasionando con el o conmigo.entonces yo le digo que si la lleva el sabado me la traiga como siempre a las 15:00,el me dice que no y entonces le digo q no se va a llevar a la nena, cierro el porton de mi casa y el lo que hace es abrir la puerta del porton que la hace golpear y se lleva a la nena en brazos, yo a todo esto tenia a mi otro hijo en brazos.con mi abogada presentamos la restitucion el lunes con una exposion llendo a la comisaria y es hasta el dia de hoy 14/02 que la jueza no hizo nada y mi abogada dice q tengo q esperar a ver que decide la jueza, quiero saber que va pasar de ahora en mas por que este chico no esta muy bien de la cabeza, tengo miedo por mi nena que de una manera o otra psicologicamente el le haga mal, estoy desesperadaaa! muchas gracias por su atencion saludos

    • Hola Brenda,

      Siento tu situación. En cualquier caso, debes de proceder conforme te dice tu abogada, ya que lo habéis puesto en conocimiento del Juzgado de la manera procedente,y aunque puede ser desesperante, debes de esperar a que la jueza se pronuncie.

      Ánimo y un saludo.

  • Hola, tengo una amiga que sufre una situación muy complicada y por mi perfil profesional me pide consejo y/o asesoramiento, pero no se por donde guiarla ni que mejores alternativas ofrecerles, la problemática es la siguiente: su exmarido no cumple el régimen de visitias y cuando lo hace, la menor sufre espisodios de desamparo, ya que no recibe los cuidados afectivos y sobre todo higiénicos que debe recibir un menor, comparte dormitorio y cama con diferentes mascostas, las cuáles le lamen, se suben a la cama, se reproducen junto a la menor etc; en cuanto a la higiéne propia de la menor, ésta es nula, ya que ni la asean (no duchan, ni peinan ni lavan dientes entre otras...) ¿Qué paso debemos tomar?Muchas GRacias. Un cordial Saludo.

  • Buenas tardes,

    Me surge una duda enorme sobre el régimen de visitas.
    Llevo poco tiempo divorciado y considero que el convenio regulador que firmamos, en su práctica, está demasiado poco acotado. Esto, en una situación de tensión y falta entendimiento, no provoca más que incertidumbre e impide planificar las estancias de mis hijos. Soy padre no custodio.

    Tengo perfectamente acotadas las horas de visita semanales y los fines de semana alternos, pero no ocurre lo mismo con los periodos vacacionales.

    Este año los niños podrán estar conmigo en Semana Santa "desde Viernes de Dolores a Martes Santo, ambos inclusive" (cito literalmente). Desde el "miercoles Santo al domingo de REsurrección estarán con el otro progenitor".

    Teniendo en cuenta que se establece que desde viernes de Dolores estarán conmigo y es el ultimo día de colegio, sería razonable pensar que debo ir yo a recogerlos a la salida del cole, es decir a las 14:00 de la tarde, en lugar de ir al domicilio habitual como habitualmente hago a las 17:00. Además, considero que lo justo es devolver a los niños el miercoles Santo a la misma hora que los recogí el primer día que estuvieron conmigo.

    Puede parecer una tontería, pero al final lo que ocurre es que el viernes Santo la madre me entrega a los niños a la hora que le parece y quiere que se los devuelva el mismo martes Santo a la hora habitual, cuando esos días pueden estar conmigo todo el día.

    No quiero incurrir en un delito de incumplimiento y ante el conflicto siempre suelo ceder, en beneficio de mis hijos, pero siento que peco de débil y la otra parte se aprovecha, impidiendo injustamente que mis hijos estén conmigo el tiempo que realmente está establecido.

    Gracias por su atención.

    • no te encebolles" con los hijos. cuanto mas interés muestres mas te va a putear su madre. pide fines de semana alternos nada mas y mitad de vacaciones. y que su madre se haga cargo y que apechugue, que no les va a pasar nada a tus hijos por no verte entre semana. desgraciadamente asi como cuentas es en el 90 por ciento de los casos y hay que ser realista a la vez que practico. cuanto mas desinteres muestres, mas detrás la tendras. los hombres ahí tenemos perdida la guerra, asi que a ser practicos y vivir la vida.

      • Tienes toda la razon. Los hombres tenemos todo perdido de antemano. Yo tengo firmado un acuerdo de custodia compartida hasta el juicio y cuando mejor va todo se ha llevado por la fuerza al niño y el acuerdo... Papel mojado. Estoy de acuerdo contigo no se debe mostrar interés porque en mi caso por lo menos.. Ella utiliza al niño para hacerme daño. Así que ahora, simplemente que se lo quede hasta que el juez decida. Yo ni la llamo.

      • que pena y cuanta razón tienes, si el padre no les presta atención los quieren obligar, y si los padres se desviven por sus hijos, les hacen la vida imposible, soy mujer, y verdaderamente me avergüenzo, de este tipos de mujer, que utilizan impunemente a sus hijos contra su padre,piden manutención, imputemente, sin tener en cuenta que también ellas deben trabajar, y ocuparse 50% de sus hijos, la gran mayoría no respeta régimen de visitas, alegando, tontería, o inventando enfermedad de su propio hijo por hacerles daño al padre..." y una leche y a su hijo verdugas" les hablan en contra de su padre, o familia paterna,...no se dan cuenta que sus hijos necesitan de los dos, como dicen quien puede con estos moustros pues para mi no son mujeres, ni verdaderas madres pues si quisieran a sus hijos no las privarían de sus papas, al que tanto admiran y quieren, para una minoría que no quiere saber nada de sus hijos, cuantos viven desesperados por verlos, y abrazarlos? esta ley injusta que tachan a todo padre inepto e incompetentes, no importa quien los hubiese cuidado antes de la separación, tras la separación se vuelven inútiles cara a las madres y cara a la justicia o sociedad, que siguen pensando que todo padre es malo y desastre y que toda mujer es super mama, y perfecta....que triste realidad cuantas injusticias soy abuela...mi hijo consiguió custodia de su hijo tras 6 años batallando, con una cruel y despiadada mujer, que le le hizo daño y maltrato tanto su pareja como ella a mi nieto, gracias, a dios ya esta con su papa, y ella ni siquiera lo puede ver, el karma diría yo, tarda pero llega.

    • Hola una pregunta que se debe hacer si el ex marido de mi mujer no le quiere devolver a su hijo se lo presta y se lo viene a dejar cuando quiere y ahora se lo presto y no quiere devolverlo.y solo se acuerda de el cada 3 meses y no le ayuda a nada y la mama tiene la custodia de el niño. Que debemos hacer si el no quiere devolverlo a casa

      • A mi me pasa igual. Y he puesto denuncias y dicen q el padre no hace nada criminal. El convenio no vale para nada pq nunca lo ha cumplido no cuida a los niños ni se interesa por ellos. Pero por ser padre tiene todos los derechos y no se puede hacer nada aunq los niños nonquieran irse con ellos. La ley esta a favor de los malos padres y nada hacen por los niños. Tengo pruebas q no los alimenta adecuadamente pone en peligro sus vidas no los bañan ni sabe en que colegio estan ni en que curso porque no les interesa nada de ellos. Pero cuando dos dias al mes se le antoja de tenerlos se los tiene q llevar y los trae cuando quiere y a la hora q qyiere a veces de madrugada. Esta es nuestra justicia. Vivan los buenos padres.

        • ¿Cree usted que solo hay malos padres?
          Hay malas madres y abogados perversos que saben de las lagunas para orientar a sus clientes a malas acciones.
          Hoy se quita lo penal para complicar más las cosas y hacer a la gente buena más vulnerable.
          Mire ni las setencias judiciales son para cumplirlar ya.

  • Hola, la ex mujer de mi marido perdió la custodia del menor q hoy tiene 15 años, tiene un régimen de visitas q no cumple, pasando a veces 9 o 12 días sin ver al niño. Ella fue quien decidió los días q iba a compartir con su hijo fueron los siguientes todos los lunes y miércoles y los dos fines de semana mensuales q le corresponden q se lo lleva desde el viernes hasta el domingo, pero no cumple dicho acuerdo y en las vacaciones el mes y medio q tenía q llevarlo solo se lo quería llevar 10 días y pasarlo a buscar cuando ella asi lo quisiera. Me gustaría saber q se puede hacer, ya q ella en la demanda para la custodia puso bien claro q vive para y por su hijo y q dispone de todo el tiempo del mundo para él-
    Desde ya muchas gracias, saludos!

  • Buenas tardes,

    Mi caso es el siguiente, soy madre soltera,pues el padre se desentendió desde que me quedé embazada (puntualizo: siempre en referencia a mi hijo), mi hijo está reconocido por el padre porque tramité yo los papeles y él sólo firmó, pero lo he criado yo, he estado toda la vida de mi hijo denunciandolo por;1º- abandono y desentenderse del menor 2º- no manutención, 3º-incumplimiento de visitas,etc...durante los juicios se le ha ido obligando a todo ello, pero cada cierto tiempo tengo que volver a interponer denuncia por incumpliento de visitas, incumplimiento de extraescolares (libros,etc....)y ahora añadiendo que la comunicación que tiene con su hijo es de vez en cuando me manda un wasap... estoy cansada de tener que ir detrás de este hombre como si fuera una madre diciéndole que haga, que haga,.... el niño no quiere irse con él, manipula al niño y lo presiona, el niño está asustado, cada vez que se lo lleva (1 vez cada 15 días) lo intimida con que se lo va a llevar a otro lugar, estoy cansada de gastarme dinero en abogados y que siempre estén perdonando a este hombre que no hace nada por su hijo, no se interesa por su educación, ni por nada que le rodee, la vez que se lo lleva lo endorsa con otra gente, que puedo hacer?? todo esto ya es después de 10 juicios más o menos, estoy muy cansada de sufrir y ver sufrir a mi hijo, esto es lo primero.

    Gracias por adelantado.
    Un saludo.

    • Hola Estela,

      Tendría que valorar tu caso de una manera más personalizada, si bien, por qué no intentas la posibilidad de solicitar una modificación del régimen de visites por otro más restrictivo, ya que la suspensión es una medida que en pocos casos se acuerdan por los jueces. Evidentemente hay que justificar y acreditar los motivos que aconsejan este cambio, que en todo caso debe ser por el interés del menor. Justificar la petición del cambio, con informe de psicólogo que valore que las visitas con el padre genera malestar o temor al niño, acreditar que durante el régimen de visites el progenitor no está con el menor, ente otros.

      Es una cuestión compleja, que hay valorar estudiando tu situación, y cómo se pronuncian los Juzgados de la ciudad de residencia del menor respecto a la restricción que se solicitaría.

      De cualquier forma mucha suerte y espero que siga visitando Mundojuridico.info

    • Buenos días Estela. He leído tu caso y es igualito al mío. Han pasado muchos años de tu caso pero si te llega este email me gustaría que me contases cómo te ha ido, me vendrían muy bien tus consejos.

    • Buenos días Estela. He leído tu caso y es igualito al mío. Han pasado muchos años de tu caso pero si te llega este email me gustaría que me contases cómo te ha ido, me vendrían muy bien tus consejos.
      Muchas gracias

  • hola saludos. soy padre divrciado que va a cambiar su residencia 70 km. no va a ser definitivo pero si duradero unos 5 años. el régimen de visitas entre semana no voy a poder cumplirlo pero si el de fines de semana. aparte quiero solicitar un punto de encuentro. como debo plantear esto a la exconyuje,la relación esta incomunicada. gracias

  • hola, mi situacion es la siguiente, estoy separada legalmente hace tres años. el padre de las niñas, que son dos, no cumple el regimen de visitas pues le toca miercoles a la salida del colegio y domingos de 11h a 14h.
    los domingos siempre viene pero los miercoles no. aparte lleva dos meses sin pasar la pension de alimentos, ni se hace cargo de los gastos escolares ocasionadospor las niñas,pues segun el convenio regulador tendria que hacerse cargo de la mitad.
    hace cinco meses tuvimos un jucio porque la niña mayor estaba recibiendo por parte de su padre maltrato sicologico, perdimos el jucio pq segun el juez una niña de 11 años no es objetiva, aun teniendo este señor antecedentes por maltrato.
    que puedo hacer? A que edad se puede negar la niña a cumplir ese regimen de visitas?

Artículos recientes

Embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo

El embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo de pleno derecho por lo que carece…

9 octubre, 2024

La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios

¿La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios se computa a favor de…

2 octubre, 2024

Usucapión en España: Tipos, Plazos y Requisitos para Adquirir una Propiedad

¿Qué es la Usucapión y cómo funciona en España? La usucapión, también conocida como prescripción…

1 octubre, 2024

El régimen de visitas en hijos de corta edad

¿Cómo se determina el régimen de visitas en hijos de corta edad tras la separación…

24 septiembre, 2024

Grooming: Qué es, cómo detectarlo y prevenirlo

En el año 2010 apareció  en el Código Penal el artículo 183 bis. Este artículo …

24 septiembre, 2024

Perturbación de los derechos reales inscritos en el Registro

Procedimiento judicial adecuado frente a un ataque o perturbación de los derechos reales inscritos en…

10 septiembre, 2024