Es ineficaz el testamento cuando no produce los efectos para los que estaba ordenado, de manera que queda sin efecto.
Las causas de ineficacia de los testamentos son tres: nulidad, revocación y caducidad.
Vemos cada una de ellas.
La revocación es la pérdida de eficacia del testamento por voluntad del testador, es decir, cuando el testador cambia de idea y otorga un nuevo testamento señalando otros herederos, en este caso el testamento anterior queda sin efecto en lo que sea incompatible con el nuevo
La real se regula especialmente en relación al testamento cerrado.
«Se presume revocado el testamento cerrado que aparezca en el domicilio del testador con las cubiertas rotas o los sellos quebrantados, o borradas, raspadas o enmendadas las firmas que lo autoricen.
Este testamento será, sin embargo, válido cuando se probare haber ocurrido el desperfecto sin voluntad ni conocimiento del testador, o hallándose éste en estado de demencia; pero si apareciere rota la cubierta o quebrantados los sellos, será necesario probar además la autenticidad del testamento para su validez.
Si el testamento se encontrare en poder de otra persona, se entenderá que el vicio procede de ella y no será aquél válido como no se pruebe su autenticidad, si estuvieren rota la cubierta o quebrantados los sellos; y si una y otros se hallaren íntegros, pero con las firmas borradas, raspadas o enmendadas, será válido el testamento, como no se justifique haber sido entregado el pliego en esta forma por el mismo testador».
Art 742 del CC
La revocación deja sin efecto el testamento revocado y puede ser total o parcial.
Es total cuando el testador otorga un nuevo testamento totalmente incompatible con el primero, por ejemplo en el primero el testador sin familiares directos nombraba herederas a sus tías, en el segundo a una ONG, en este caso el de fecha posterior es que valdrá a todos los efectos.
La nulidad del testamento se produce cuando en su otorgamiento no concurren los requisitos necesarios para su validez, por ejemplo lo hace un menor
La incapacidad del testador es motivo para la nulidad del testamento.
Es nulo el testamento hecho con una forma de testar prohibida como por ejemplo el testamento mancomunado, es decir el hecho por dos personas a la vez que ordena que no valga el uno sin el otro.
La caducidad existe cuando la ley establece la ineficacia del testamento por no haberse observado determinadas formalidades posteriores o complementarias a su otorgamiento, por ejemplo el caso del art 689 del CC que dice:
«El testamento ológrafo deberá protocolizarse presentándolo con este objeto al Juez de Primera Instancia del último domicilio del testador, o al del lugar en que éste hubiese fallecido, dentro de cinco años, contados desde el día del fallecimiento. Sin este requisito no será válido»
En el caso en el que el testamento pierde su eficacia y no existe otro para remplazarlo se abrirá la sucesión intestada.
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María José Arcas Sariot -Abogada- Me encantó tu comentario.
Falleció un tío soltero que teniendo viva a su hermana (mi madre enferma de alzheimer), deja toda su herencia a uno de sus 8 sobrinos (uno de mis hermanos). Plasmando en las cláusulas en el testamento un odio visceral por su hermana y sus otros 7 sobrinos. Además de contravenir la voluntad de mi abuela (testadora original) y estatutos de la sociedad testada.
¿Podría impugnar el testamento?.
Gracias
Ignacio Gamero Danvila
Hola, buenas tardes ¡¡¡
Quisiera plantearles una consulta sobre un testamento ológrafo con correcciones y tachaduras no salvadas por el testador, que el Notario posiblemente emitirá informe de NO Adveración y, por tanto, no procederá a su protocolarización, entendiéndose como nulo.
Dicho testamento ológrafo comprende sólo los bienes heredables de España, pero también existe otro testamento ológrafo correctamente protocolarizado en su país de origen.
En ambos testamentos las/os herederas/os no son familiares, ya que es hijo único y sin familiares de ningún grado de consanguinidad.
Considerando lo indicado: ¿ Podrían los herederos del testamento correcto en su país reclamar los bienes que hay en España ?