Informar del derecho de desistimiento de un contrato al consumidor

El empresario tiene la obligación legal de informar del derecho de desistimiento de un contrato al consumidor bajo sanción de nulidad.

El Texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) establece que el derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.

No en todo tipo de contratos que celebre un consumidor tendrá el derecho de desistimiento, sino que solo será posible en los supuestos en los que la ley lo permita expresamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.

La obligación de informar del derecho de desistimiento de un contrato al consumidor viene recogida en el artículo 69 y siguientes de la TRLGDCU:

1.-  Cuando la ley atribuya el derecho de desistimiento al consumidor y usuario, el empresario contratante deberá informarle por escrito en el documento contractual, de manera clara, comprensible y precisa, del derecho de desistir del contrato y de los requisitos y consecuencias de su ejercicio, incluidas las modalidades de restitución del bien o servicio recibido.

2.-  Deberá entregarle, además, un documento de desistimiento, identificado claramente como tal, que exprese el nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse y los datos de identificación del contrato y de los contratantes a que se refiere.

3.-  Corresponde al empresario probar el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.

4.-  Serán nulas de pleno de derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento.

5.-  El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho. En todo caso se considerará válidamente ejercitado mediante el envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos.

Conózca los PLAZOS que tiene el consumidor para ejercitar el derecho de desistimiento según diferentes tipos de contratos.

Francisco Sevilla Cáceres

Abogado en ejercicio desde el año 1984. Colegiado Nº 2181 por el Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Entusiasta del Derecho en general y en especial del Derecho Civil, Arrendamientos, Herencias y Comunidades. Le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídicos.

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