Penal

Los delitos leves de injurias y calumnias

Aunque los delitos leves de injurias y calumnias tienen aspectos comunes, se trata de figuras distintas con importantes diferencias.

Las injurias y calumnias vienen recogidas en el Título XI del Libro II del Código Penal, con el título de delitos contra el honor.

Esta misma ubicación de ambas conductas en el Código Penal, nos revela que la ley las equipara en algunas cuestiones, aunque evidentemente, ambas figuras tienen importantes diferencias.

Recordar por tanto que las injurias y calumnias, son conductas distintas que están perseguidas en el Código Penal en artículos distintos.

¿Cuáles son las diferencias entre los delitos leves de injurias y calumnias?

Exponemos a continuación las diferencias entre el delito de calumnias y el delito de injurias.

El delito leve de calumnias

Si atendemos a qué conductas se castigan, el delito de calumnias se cometerá cuando una persona le imputa a otra la comisión de un hecho delictivo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio de la verdad (artículo 205 Código Penal).

Un caso típico sería que una persona acusa a otra de quedarse con dinero, de haber falsificado algún documento, etc., es decir lo está acusando o va propagando entre sus conocidos, familiares o vecinos que esa persona ha cometido un delito cuando sabe que es falso o carece de pruebas que lo acrediten.

Puedes leer más sobre el Delito de Calumnias

El delito leve de injurias

En cambio el delito de injurias lo que castiga son aquellas conductas o expresiones que una persona realiza contra otra y que van dirigidas a lesionar su dignidad, estima o fama, exigiéndose un ánimo de injuriarla (artículo 208 Código Penal).

Con la entrada en vigor de la última reforma del Código Penal quedaron despenalizadas la «falta de injurias«, siendo perseguidas las mismas como delito leve de injurias y siempre que se dirijan contra alguna de las personas relacionadas en el artículo 173 del Código Penal.

De esta forma, sólo serán constitutivas de delito las injurias las expresiones que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

Igualmente podrán castigarse como delito leve de injurias, las injurias leves cuando el ofendido sea una de las personas señaladas en el art. 173.2 Código Penal, que son:

-cónyuge

-persona que esté o haya estado ligada a al acusado por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia

-descendiente

-ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, etc.

En estos casos de injurias dentro de ese ámbito que podíamos denominar como familiar, se castigarán con la pena de localización permanente («arresto domiciliario») de 5 a 30 dias, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o Trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 dias, o Multa de 1 a 4 meses.

Si las injurias se califican de leves y la víctima no es ninguna de las personas anteriores (por ejemplo es un vecino, desconocido, etc.), la conducta está despenalizada y por tanto, no será competente el Juzgado Penal para conocer de la misma.

Las penas para los delitos de injurias y calumnias son distintas, ya que mientras para el delito de injurias se prevé una pena de multa que oscila entre 3 y 14 meses (dependiendo de si se han hecho con publicidad o no), para las calumnias la pena será de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 6 a 24 meses (dependiendo igualmente de si se han propagado con publicidad).

La falta de injurias desaparece del nuevo Código Penal.

Puedes saber más sobre el delito leve de injurias

Sentencia sobre el delito leve de injurias y calumnias

Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 2ª), Auto 5.10.2017:

Pues bien, coincidimos con la instructora en que las expresiones de significado peyorativo que contiene el comentario realizado en la red social, no alcanzan por su entidad y no constando reiteración, la consideración de injurias graves, tratándose de hechos despenalizados. Es así que no cabe sino decretar el cierre del procedimiento sin necesidad de practicar diligencia de investigación alguna, cuya razón de ser solo se justifica ante un hecho de apariencia delictiva.
Cosa distinta es que puedan encajarse en un ataque al derecho al honor que sin alcanzar entidad y cualidad típica o delictiva, pueda ser perseguido en la vía de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales, a la que podrá acudir el recurrente si a su derecho conviene.

Aspectos comunes de las injurias y calumnias

Enumeramos las similitudes entre ambos delitos:

  • Si las injurias y calumnias se hacen mediante publicidad, se considerará en ambos casos como delitos graves (se considera que se han realizado por medio de publicidad, la divulgación a través de los medios de comunicación pública o de masas, como por ejemplo a través del periódico, de una página web, etc.).
  • Los delitos de injurias y calumnias cometidas entre particulares requieren para su persecución por los Juzgados que se presente querella criminal (no basta la denuncia salvo cuando se dirijan las ofensas o calumnias contra un funcionario sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos).
  • Es muy importante recordar que antes de poner una querella por delito de  injurias o calumnias es necesario que se haya celebrado o intentado acto de conciliación entre las partes (arts. 278 y 804 Ley de Enjuiciamiento Criminal). En caso contrario, no será admitida la querella si no se acompaña la certificación del preceptivo acto de conciliación.
  • El perdón del ofendido extingue la acción penal en las injurias y calumnias.
  • El plazo de prescripción de ambos delitos es el mismo.
  • En los delitos de injurias y calumnias se considerará que la reparación del daño comprende la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria, a costa del condenado por tales delitos.
  • Si el acusado de un delito de injurias y calumnias se arrepiente ante el Juez y reconoce por tanto los hechos que se le imputado por el perjudicado, se le impondrá la pena inferior en grado.
Francisco Sevilla Cáceres

Abogado en ejercicio desde el año 1984. Colegiado Nº 2181 por el Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Entusiasta del Derecho en general y en especial del Derecho Civil, Arrendamientos, Herencias y Comunidades. Le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídicos.

Ver comentarios

  • ¿Es extensivo el delito de injurias o calumnias cuando se dirigen a un familiar muerto de una persona?

    • Hola Manuel:
      la protección penal del bien personalisimo que integra el honor (que protege tanto en su aspecto objetivo como subjetivo o autoestima) requiere el ejercicio de la acción penal, esto es la interposición de querella, por parte del ofendido, no permitiendo que lo hagan sus herederos. De manera que si la persona injuriada o calumniada fallece antes de formular la correspondiente querella, nadie puede ya formularla. En el Código Penal de 1973 sí se permitía a los herederos pero se modificó en el año 1995. Mira el artículo 215 del actual Código Penal. Un saludo.

    • Espero su pronta respuesta ... La verdad es una situacion donde mas q me integridad se ha puesto en riesgo mi vida la madrugada de hoy ... un vehiculo se acerco a mi con una conducta ciertamente dolosa del aconpanante del pipiloto de un taxi la cual recuerdo el nro de patente ... y que responde al nombre de ..... pareja de una conocida q intenta chantajearme con dicha calumnia , femenina q responde al nombre de ..... de domicilio ...... . Espero el cese de estr comentario ..... el cual conozco que se hace con referencia a mi persona , ya que la noche de hoy me siguieron hasta mi domicilio ubicado en ..... de .....

  • es obligatorio el nombramiento de abogado y procurador para presentar acto de conciliacion y querrella o puedo presentarlo a titulo personal??

  • Es delito cuando un hermano le dice a todos los familiares y amigos mentiras muy graves como que roba, que tiene antecedentes,está con gente muy peligrosa sobre otra hermana para desprestigiar y desacreditar su reputación ?
    Como consecuencia de esas mentiras le ha causado consecuencias muy graves.

    • hola,mi vecina de edificio durante el confinamiento se dedicó a decir a los vecinos,quebyontenia el coronavirus incluso a alguno le dijo que me vio en la televisión ingresada en un hospital,yo me encontraba con mi novio en un pueblo a casi dos horas de mi ciudad,y allí pasé la cuarentena,mi sorpresa es cuánto vuelvo a mi piso y los vecinos me lo cuentan ya que nonquerian compartir conmigo el ascensor o alguno no volvió ni a saludarme, esto es denunciable.por que me contengo a diario para no subir y preguntarle de dónde saco semejante mentira .... tengo las pruebas de que no tuve ni tengo coronavirus, gracias!!!!!

  • Si expreso que una persona sin dar su nombre ni nada en facebook se ha estado riendo de mi aprovechado y cosas de ese tipo y alguna frase filosofica de quien la hace la paga y quien rie el último rie mejor. Me puede denunciar si no hay ningun dato de la persona? Gracias

  • Buenas tardes, compre un crucificado recientemente por el portal de internet Todocoleccion. El cristo me llego roto por brazos y pies, el vendedor no se hace cargo del asunto para nada, me cobró 140 €, y encima me dice que me va a demandar por difamación, habiendome llamado estafador y mentiroso. Tengo fotos donde se ve el estado del cristo, y guardada la conversación donde me insulta.No sé qué recorrido puede tener eso, la verdad, pero estoy muy preocupado. He leído que me pueden reclamar indemnizaciones económicas, cuando llevo 4 años parado, sin ingresos de ningún tipo, ni bienes a mi nombre. Espero su respuesta. Muchas gracias.

  • Hola buenos dias.
    Me ha enviado el juzgado de 1ª Instancia una carta en la que se me comunica un delito de injurias, hacia el Alcalde de la localidad.Como ahora en el nuevo Codigo Penal es falta leve, van a enviar otra considerandolo como falta grave.Yo a su vez lo he denunciado por homofobo, que me lo dijo en la cara.Quisiera saber que posibilidades tengo de salir sin pena de este evento.Muchas gracias.

    • Hola buenas tardes compre un tv box a una chica se lo pagamos y no dio señales por casi tres semanas la escrache en Facebook y subi u a foto que estaba con un nene que es su hijo yo no sabia, dijo que me denuncio porq subi la foto del nene, a todo estos no nos devolvio la plata y me amenazo con pegar que problemas ne puede traer haber publicado la foto del nene?

  • hola buenas tengo una consulta
    Tenia una amiga que un dia se enfado conmigo y todavia no se porque
    el caso es que estado yo trabajando en bar hablo con mi jefa y le dijo que le robaba dinero de la caja y que nunca le cobraba todo lo ella consumia en dicho bar
    mi jefa nunca le creyo ,puesto que la caja cuadraba siempre bien,de esto hace un año y hace
    unos cuatro dias empeze a ayudar a un amigo en una galeria de arte y cual es mi sorpresa que volvio la mis persona y empezo a hablarle de mi que se era un ladron muy mala persona,
    que tubiese cuidado conmigo que no era de fiar
    el dueño de la galeria no le hizo ni caso pues me conoce de toda la vida y nunca e tenido
    ningun problema de esta clase.tengo 45 años y llevo trabajando desde los 15 y nunca me han echado de ningun trabajo
    el caso no se queda hay mi supuesta amiga lleva mas de un año contando estas mentiras a todo el mundo que conoce ela y a algunos amigos que han trabajado conmigo
    tengo tres testigos fiables que lo podrian corroborar todas las barbaridades que dice sin ninguna prueba a raiz de eso entre en una gan depresion estoy en tratamiento psicriatico
    con anti depresivos diazepan .tres al dia vaya muy mal
    gente que antes me saludaban antes ahora no lo hacen
    y la verda eso me hunde
    mi pregunta es como tengo que actuar?gracias

    • Buenas tardes, Me gustaría saber cómo afrontar el uso de mi correo electrónico por uno o varios familiares publicando fotografías pornográficas hasta el punto de arruinar mi vida ,por pedir la aceptación de una herencia

  • Buenos días

    Hace unos meses mi novio me comentó que había recibido una serie de correos anónimos sobre mi dónde se me calumniaba además de contar cosas de mi vida, convenientemente manipuladas para desacreditarme. Le pedí que me reenviara los correos y así lo hizo. En total llegaron 6 correos que me han obsesionado durante meses puesto que no llegaba a entender cómo alguien, que parecía muy próximo por las informaciones que exponía, enviaba a mi novio esos anónimos en parte real y en parte manipulada...
    No he dejado de investigar y acabo de descubrir que fue mi propio novio quien se envió a sí mismo fingió esos correos antes de enseñármelos cuando la realidad es que los había escrito él mismo. Los correos no los ha enviado a nadie más y los recibió en su bandeja de entrada ( y de allí me los reenvió) pero me han causado mucha preocupación y sufrimiento durante meses. Además del stress y el sufrimiento que me han causado me ha costado mucho dinero averiguar ( a través de detectives) la autoría de esos anónimos y ahora que tengo evidencias de que fue él mismo su autor quisiera poder estudiar la posibilidad de algún tipo de acción legal contra él. Creen Vd que hay delito? Cuál?

    Muchas gracias
    Marta

  • Se puede imputar a una persona fisica el delito de injurias y el de calumnias cometido por una persona juridica. Ejemp. Una publicación hecha por un sindicato puede imputarse a un delegado de este, aunque no firme la publicación

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