Inquilino que sufre los daños por humedades

Inquilino que sufre los daños por humedades

Estará legitimado el inquilino que sufre los daños por humedades o filtraciones en la vivienda o local arrendado para su reclamación judicial.

A veces nos preguntamos si el inquilino que sufre los daños por humedades o filtraciones de otros vecinos o de las bajantes y conducciones comunes del edificio, está legitimado para el ejercicio de acciones judiciales o es el propietario del inmueble (arrendador) quien tiene la legitimación para dicha reclamación.

Antes de nada recordar que la ley tiene previsto  que cuando se causen daños a una persona, por culpa o negligencia, se puede interponer una acción contra el causante de los perjuicios para que repare el daño causado.

Regulación de la responsabilidad del causante para reparar los daños causados

El art. 1902 del Código Civil dispone: «El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.»

A esta acción amparada en el citado artículo 1902 del C. Civil civil se le denomina de «acción de responsabilidad civil extracontractual».

¿El inquilino que sufre daños por humedades puede ejercitar la acción de responsabilidad civil extracontractual?

La respuesta es que sí puede accionar conforme a lo dispuesto en el artículo 1902 del C. Civil  como perjudicado por filtraciones o humedades que le produzcan daños en sus bienes sin que se requiera para ello que sea el propietario de la vivienda.

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Legitimación activa del inquilino para demandar por daños

Cuando se interpone una demanda de responsabilidad civil extracontractual al amparo de lo dispuesto en el art. 1902 del C. Civil, el legitimado activamente sólo será aquél que tenga la condición de perjudicado, con independencia de la posición que ocupe en las relaciones privadas.

Trasladando lo anterior a la pregunta formulada al principio, el inquilino que sufre los daños por humedades o filtraciones provenientes de los inmuebles colindantes o de elementos comunes está legitimado para el ejercicio de la acción de responsabilidad civil extracontractual y solicitar la indemnización de los daños y perjuicios sufridos.

Respecto a quién tiene la carga probatoria de acreditar el origen de las filtraciones, objetos dañados y su importe, hemos de indicar que es el perjudicado conforme dispone el artículo 217 de la LEC; en este caso, será el inquilino quien deba probar ante el Juzgado la causa de dichas humedades así como los perjuicios sufridos.

Sentencias sobre la legitimación del inquilino que sufre los daños por humedades

Audiencia Provincial de Cáceres (Sección 1ª), sentencia de 23.11.2015

» Todo arrendatario puede estar legitimado para el ejercicio de esta acción de responsabilidad civil extracontractual, siempre que tenga la condición de perjudicado, pues la finalidad de la responsabilidad civil extracontractual es la de reparar los quebrantos, tanto materiales como morales, que sufren los perjudicados por la acción u omisión culposa, surgiendo como un derecho propio y totalmente independiente de la relación jurídica en la que se integre.

En efecto, la legitimación del ocupante de un piso o local, en tanto en cuanto sea perjudicado por la actuación de la Comunidad de propietarios, nace de la responsabilidad extracontractual en que ésta haya podido incurrir, de modo que si se dan los conocidos presupuestos de acción u omisión, daño, relación causal entre aquélla y éste, y culpa o negligencia, habrá responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el art. 1902 del Código Civil. Todo ello sin perjuicio de que el arrendador, en cuanto propietario, tendrá las acciones que nazcan del régimen de propiedad horizontal, y, en general, las que protejan el contenido jurídico y físico de su dominio, mientras que el arrendatario dispondrá de aquéllas que directamente afecten a su patrimonio.»

Tribunal Supremo (Sala 1ª), sentencia de 22.09.1989

» Por ello, la alegada circunstancia de que por tratarse de inmueble sujeto al régimen de Propiedad Horizontal el arrendatario no puede reclamar de dicha Comunidad la pertinente indemnización, toda vez que en dicho régimen de bienes las relaciones surgen únicamente entre los propietarios de pisos y locales del edificio, no puede admitirse, ya que al hacer tal alegación no se tiene en cuenta que el exclusivo, directo e inmediato perjudicado ha sido el arrendatario del almacén sito en referido inmueble como consecuencia de la negligente conducta de la Comunidad impugnante, el cual por virtud de lo prevenido en el art. 1902 del C. Civil que establece y sanciona la responsabilidad extracontractual, se encuentra activamente legitimado para reclamar de quién fue causa del daño la pertinente indemnización».

Francisco Sevilla Cáceres

Comentarios

  1. Laura Zamora

    Arrende un apartamento que hacía parte de una reconstrucción. Este inmueble colinda con un patio en donde hay serios problemas de humedad estructural. El propietario me dice que esa huemdad es por falta de aseo y ventilación. Y además me dice que ese problema solo lo tiene mi apto. Cosa que es mentira porque hay otro apartamento que también tiene problemas de huemdad. El propietario no quiere asumir la responsabilidad y exige que le siga pagando en canon de arrendamiento cuando todos mis inmuebles se han dañado y está llenos de moho. Me gustaría hacer una demanda colectiva. Que podría hacer?

  2. María

    Buenas tardes,
    Vivimos de alquiler en un adosado y se nos ha inundado el sótano. Ha venido el perito del seguro pero no encontraron la causa ya que no es rotura ni atasco de las tuberías de nuestra casa. El caso es que ya llevamos más de un año que de vez en cuando se nos inunda el sótano y los dueños, en este caso los proveedores no hacen nada. Que podemos hacer como inquilinos de la casa? Muchas gracias

  3. Adriano

    Buenos días.
    Mi casero conocía de antemano, que el cuarto de baño del Atico, sobre la habitación donde duermo en cama articulada por problemas de salud graves, causaba una gran humedad en el techo y pared de la misma, pero aún así lo alquiló sin reparar, y tardó seis meses largos en hacerlo. Dormí malamente en un sofá durante ese tiempo.
    Pasado un año vuelve a aparecer la humedad, exactamente igual, y siendo avisado, no reacciona. ¿Que puedo hacer? No dispongo de otra habitación para descansar.

  4. pedro Arizpe

    saludos, por vicios ocultos de la tubería mi departamento en el segundo nivel, se reventó la tubería que pasa por mi piso, misma que causo humedad en mi piso y en el techo del vecino de abajo, ahora se atendió inmediatamente la fuga, para no causar daños, ahora le vecino de abajo esta pidiendo que se le arregle el techo, le ofrecí una pintura anti humedad de buena calidad, ahora yo atendí la fuga inmediatamente y no fue por negligencia de mi parte sino por la mala calidad de los materiales con la que se edifico, que opinan de eso

  5. Abel

    Buenas vivo en un apartamento con solo 1 dormirotio y me an salido humedades la casera lo va a arreglar pero ya van 20 dias y no puedo dormir en el dormitorio tengo derecho a una rebaja de alquiler y indenisacion un saludo

  6. Sandra

    Buenos días
    Mis inquilinos no me permiten acceder a la vivienda para realizar una reparación urgente, siempre me ponen excusas pero el caso es que nunca me dicen una fecha para que acudan los operarios.
    Que opciones legales tengo para poder acceder.
    Gracias

  7. Meritxell

    Llevo desde noviembre, avisando a mi propietario por humedades y el señor passa de mi, tengo humedad en todas las habitaciones y moho negro y verde, en mi ropa, muebles y demás, tengo asma y me cuesta respirar, por culpa de la crisis e estado 3 meses sin poder-le pagar el alquiler, pues me ha llamada por primera vez en la vida para decirme de todo menos bonita además de subrayarme que es abogado…bueno la cuestión es que ahora que tengo trabajo puedo seguir pagando el alquiler, el me va a denunciar por los meses que le debo, me gustaría saber si yo puedo denunciarle a él por los daños ocasionados en mis pertenencias y a mi salud, ya que por lo visto lo único que le interesa es que le pague los 3 meses y me vaya del piso…pero no tengo donde ir y me veo obligada a vivir en un piso, dónde mi salud se resiente cada día y poco a poco veo pudrirse ropa y mis muebles…muchas gracias de antemano, necesito ayuda estoy desesperada…

  8. Loli

    Buenas noches. Me gustaria saber si tengo derecho a reclamarle a mi casera yna indemnizacion por unas humedades q he sufrido en el piso alquilado donde no he podido usar dos habitaciones? Se han tenido q desmontar y cerrar por todo el moho en paredes, techos y dentro de los armarios. Muchas gracias

  9. Loli

    Hola, buenas tardes. Soy inquilina de un inmueble desde agosto. Hace cosa de un mes se han empezado a llegar las habitaciones de humedades, el moho ha entrado dentro de los armarios. Se han avisado a los seguros y dicen q viene todo del tejado q hay tejas rotas. Tiene q dejar de llover para q empiecen a arreglarlo. Mi pareja ha estado con bronquitis, mi hijo de 9 años no deja la tos. Nos ha llamado la dueña del piso y nos dice q asi no podemos estar viviendo q nos devuelve la fianza y q nos busquemos otro piso. Y mi pregunta es, quien me paga a mi todos los gastos q yo he echo en acoplar ese piso?. Pintura, por q me lo dio sin pintar, carpinteros q me montaran los muebles, q por cierto uno de ellos se ha estropeado con la humedad y el perito iba a mandar a arreglarlo. Tengo derecho a reclamar una indemnizacion por todo lo q me esta pasando?.

  10. Julián

    ¡Enhorabuena! Magnífica página la que tienes.

    Feliz año nuevo.

    Un saludo de un compañero de Málaga.

  11. Imanol Parra

    Buenos días:
    Vivo en un edificio con las típicas ventanas vieja de madera y de un tiempo a esta parte he comprobado que la ventana se está abombando debido a la humedad que se filtra. No he consultado con el resto de vecinos si tienen el mismo problema, pero seguro que si lo comento en la Junta más de uno dirá que le pasa lo mismo.
    Mi duda es si yo soy el responsable de cambiar el marco de las ventanas o debe ser la Comunidad quien debe responder de este cambio en tanto que la fachada es elemento común.
    Muchas gracias de antemano y un saludo.

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