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La extinción de autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo

La extinción de autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo, pueden producirse por diferentes motivos

Las autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo, según el tipo al que nos refiramos tienen un periodo de vigencia determinado. Así, esta vigencia termina bien porque haya transcurrido el plazo previsto para ello o bien porque haya sobrevenido una serie de causas que no existían en el momento de la concesión de la autorización y cuya existencia hacen obligatoria su extinción.

De esta manera, y respecto a la autorización de residencia o de residencia y trabajo, su extinción se puede producir de la siguiente manera y por los motivos que a continuación indicamos.

Se produce la extinción de la autorización de residencia o de residencia y trabajo,  de manera automática, sin necesidad por tanto de ningún tipo de pronunciamiento por parte de la Administración, en los siguientes casos:

  • Por el transcurso del plazo para el que se hayan expedido. No obstante,  la vigencia de la autorización se entenderá prorrogada en caso de que se solicite su renovación en plazo y hasta que se resuelva el procedimiento de renovación.
  • Por venir obligado el residente extranjero a la renovación extraordinaria de la autorización, en virtud de lo dispuesto por las autoridades competentes en estados de excepción o de sitio.
  • Porque durante la vigencia de la autorización se incurra en alguno de los supuestos de prohibición de entrada, bien por no haberse conocido dicha circunstancia en el momento de su entrada, bien por haberse producido durante su permanencia en España.

Se produce la extinción de las autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo por resolución del mismo órgano  que previamente había concedido la autorización, cuando se constate la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:

  • Cuando el extranjero cambie o pierda su nacionalidad, sin perjuicio de que pueda adquirir otra autorización de residencia en atención a las nuevas circunstancias.
  • Cuando desaparezcan las circunstancias que sirvieron de base para su concesión. ( por ejemplo, es necesario no tener antecedentes penales en España para mantener una autorización de residencia en España, así, en el momento en que una persona tenga los mismos ha desaparecido una circunstancia que era exigible, y la Oficina de extranjeros previo informe de policía podrá tras el procedimiento correspondiente extinguir mediante resolución la autorización)
  • Cuando se compruebe la inexactitud grave de las alegaciones formuladas o de la documentación aportada por el titular para obtener dicha autorización de residencia.
  • Cuando deje de poseer pasaporte, documento análogo o, en su caso, cédula de inscripción, válidos y en vigor, salvo que pueda justificar que ha realizado los trámites necesarios para la renovación o recuperación del pasaporte o documento análogo.
  • Cuando se permanezca fuera de España durante más de seis meses en un periodo de un año.  Esta circunstancia no será de aplicación a los titulares de una autorización de residencia temporal y trabajo vinculados mediante una relación laboral a organizaciones no gubernamentales, fundaciones o asociaciones, inscritas en el registro general correspondiente y reconocidas oficialmente de utilidad pública como cooperantes, y que realicen para aquéllas proyectos de investigación, cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria, llevados a cabo en el extranjero. Tampoco será de aplicación a los titulares de una autorización de residencia que permanezcan en el territorio de otro Estado miembro de la Unión Europea para la realización de programas temporales de estudios promovidos por la propia Unión.
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Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • que hacer si un extranjero que te enseña la autoización para trabajar y en teoria puede trabajar, resulta que, una vez dado de alta en s.s., te comunican que se le ha extinguido antes de que cumpla esta por otros motivos y este no te lo ha dicho ni tienes constancia del hecho.

  • Buenas!
    Es motivo para que le extingan a mi esposa su tarjeta de residencia temporal el abandono del hogar conyugal? Ella se marchó a Italia el pasado 31 de agosto una vez consiguió su tarjeta de residencia.
    Me han comentado que notificándolo en la oficina de extranjeria procederían a extinguirle su tarjeta de residencia. Es cierto? Cuanto tiempo tardarían en extinguirle la tarjeta? Y una vez lo hiciesen q ocurriría? La expulsarían? La mandarían para su país (Cuba) ?
    Gracias de antemano, un saludo

    • Hola Iban,

      Efectivamente el hecho de que se produzca una ruptura del matrimonio, aunque sea de hecho, pueda dar lugar a la extinción de la autorización de residencia de tu esposa.

      De cualquier forma, habría que valorar tu caso, por lo que si quieres puedes ponerte en contacto conmigo a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y comentaremos de manera detallada y sobre la marcha tu asunto y la forma de proceder.

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  • Cuando desaparezcan las circunstancias que sirvieron de base para su concesión. ( por ejemplo, es necesario no tener antecedentes penales en España para mantener una autorización de residencia en España, así, en el momento en que una persona tenga los mismos ha desaparecido una circunstancia que era exigible, y la Oficina de extranjeros previo informe de policía podrá tras el procedimiento correspondiente extinguir mediante resolución la autorización)yo no delinqui y me la quitaron y no me notificaron nunca

    • Hola Miguel parvada respuesta necesitaríamos conocer mas detalles del caso concreto

  • Buenas
    En caso que extingan mi tarjeta de residencia tendría que empadrorme 3 años seguidos y tramitar la residencia de nuevo como si fuera la primera residencia.?¿Si les pido el certificado de la primera residencia seria la que me han extinguido o la nueva que tengo?

    • Hola Alex,

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