La Legitima

La Legitima

En una herencia, se denomina la legítima a la porción o parte de bienes que reserva la ley para los herederos forzosos, por lo que el testador no puede disponer de ella.

El artículo 806 del Código Civil dispone:

«Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.»

Antes de hablaros de la legítima recordemos algunos conceptos que nos van a servir para entender este concepto:

Cuando una persona fallece, sus herederos forzosos, en caso de que los hubiere, serán:

  1. Los hijos y descendientes.
  2. Cuando no haya hijos, los padres del fallecido.
  3. El viudo o viuda.

A estos herederos forozosos, la ley le reserva una parte de la herencia que el testador no puede sustraerle.

Ejemplo: Por ley a los hijos se les reserva los tercios de legítima (corta) y el de mejora (legítima larga), por lo tanto si el causante cuando fallece tiene hijos no puede disponer de esos tercios para dejárselo a un extraño.

El conjunto de bienes que quedan al fallecimiento de una persona se divide por ley en tres tercios, que son:

  • tercio de legítima (legítima corta)
  • tercio de mejora (legítima larga)
  • tercio de libre disposición.

¿Qué pasa si el fallecido le deja a uno de sus herederos forzosos menos de la legítima que le corresponda?

El heredero forzoso a quien el testador haya dejado por cualquier título menos de la legítima que le corresponda, podrá pedir el complemento de la misma, mediante un procedimiento judicial.

Las disposiciones testamentarias que mengüen la legítima de los herederos forzosos se reducirán, a petición de éstos, en lo que fueren inoficiosas o excesivas.

¿Necesitas un abogado especializado en Herencias y Sucesiones?

Los Abogados online de Mundojuridico.info podemos ayudarte.

CONTACTAR

¿Cómo se  fija el valor de la legítima?

Para fijar la legítima se atenderá al valor de los bienes que quedaren a la muerte del testador, con deducción de las deudas y cargas, sin comprender entre ellas las impuestas en el testamento.

  • Al valor líquido de los bienes hereditarios se agregará el de las donaciones colacionables.
  • Las donaciones hechas a los hijos, que no tengan el concepto de mejoras, se imputarán en su legítima.
  • Las donaciones hechas a extraños se imputarán a la parte libre de que el testador hubiese podido disponer por su última voluntad.
  • En cuanto fueren inoficiosas o excedieren de la cuota disponible, se reducirán según una serie de reglas que vienen en el Código Civil.

La legítima de los hijos

Constituye la legítima de los hijos, las dos terceras partes del haber hereditario. Es decir, a los hijos como herederos forzosos, la ley les reserva 2/3 de todos los bienes de su padre o madre fallecida.

¿Todos los hijos obligatoriamente participarían de los 2/3 de legítima?

La respuesta es no, ya que el padre o madre fallecidos, podrán disponer en testamento que de los 2/3 de la legítima de los hijos, 1/3 sirva para mejorar a uno o varios de sus hijos. Por tanto, obligatoriamente 1/3 de la herencia será para todos los hijos, y otro tercio (1/3) puede que servir para mejorar a los hijos. Si no se dijera nada, todos los hijos participaran de los 2/3 de la legítima.

¿Si hay hijos y estos por ley reciben 2/3, que pasa con el otro tercio?

La tercera parte restante será de libre disposición, pudiendo el testador dejársela a quien él quiera, sea familiar o un extraño.

¿Si el causante no ha dicho nada en el testamento, para quién irá el tercio de libre disposición?

Si el testador no ha dicho nada en su testamento, ni tampoco ha mejorado a ninguno de sus hijos en dicho documento, toda la herencia será por partes iguales para sus hijos

¿Si hay hijos, los padres del difunto heredan?

Si al fallecimiento del testador existiesen hijos, estos serán los herederos forzosos a los que se les reservará los dos tercios de legítima, sin que a los padres del difunto, en caso de sobrevivir, se les reserve legítima alguna.

La legítima de los padres

Si no hubiese hijos, hemos dicho que en segundo lugar se consideran herederos forzosos, los padres del fallecido.

La legítima de los padres del causante cuando no hubiere hijos ni cónyuge viudo, es decir, la parte que la ley les reserva con carácter obligatorio, será la mitad (1/2) del caudal hereditario.  Con la otra mitad, el testador puede dejarla a quién quiera. Si no dijera nada, heredarán los padres todo el caudal hereditario.

Si el fallecido estuviese casado, los padres concurren con el cónyuge viudo, y la legítima en este caso solo será de 1/3 de la herencia.

La legítima de los padres, se divide entre ambos por igual; si uno de ellos ha fallecido, heredará la legítima el que esté vivo.

Si el testador no tiene padre ni madre, pero sí abuelos, tanto paternos como maternos, la legítima se dividirá entre ambas familias a partes iguales.

Si los ascendientes fuesen de grado diferente, heredará todo el más próximo (por ejemplo, si concurren a la herencia el abuelo y el bisabuelo, heredará el abuelo, con independencia de que sea materno o paterno)

La legítima del cónyuge viudo

Si cuando se produce el fallecimiento no se encuentra separado o lo estuviese por culpa del fallecido, la legítima del viudo consistirá en:

  • Si hay hijos y descendientes comunes: la legítima del viudo será el usufructo del tercio de mejora.
  • Si no hay descendientes, pero viven sus ascendientes: El usufructo de la mitad de la herencia.
  • Si concurre con hijos del fallecido no comunes y concebidos durante el matrimonio: El usufructo de la mitad de la herencia.
  • Si no existen descendientes ni ascendientes: El usufructo de los dos tercios de la herencia. Sin embargo, en estos supuestos los herederos pueden optar por satisfacer al cónyuge viudo su parte de usufructo siguiendo otro método: asignándole una renta vitalicia, un determinado importe o atribuyéndole en propiedad determinados bienes.

Otros artículos relacionados con La Legitima…


Comentarios

  1. Rut

    Mi madre falleció y mi hermano falleció..entonces mi madre me hizo heredera universal. .murió con una hipoteca ..me gustaría saber que le pertenece a mi sobrino (la legítima)..habiendo una vivienda y una hipoteca

  2. Pedro

    Mi padre falleció hace 5 años y quedamos mi madre, mi hermano y yo, pero yo no he solicitado la legítima ni se me dio nada cuando falleció mi padre. ¿Podría solicitar mi parte de la legítima ahora? ¿he de esperar a que mi madre fallezca para reclamarla? Por otra parte, ¿podría solicitar la ejecución de mi parte de herencia incluída la legítima estando mi madre en vida?

  3. Jose

    Hola buenas, mi madre tenía un piso a nombre suyo y de mi hermano, antes de fallecer pusieron el piso solo a nombre de mi hermano, así que cuando falleció el piso estaba solo a nombre de mi hermano, puedo pedir yo la legítima ?

  4. Yoda de Cai

    Recientemente hemos descubierto que nuestra hermana debe dinero por una hipoteca al banco. La única propiedad que tiene es la legítima estricta de la casa que heredamos y donde vivimos mi hermano y yo (mi hermano con discapacidad del 66%) que está totalmente pagada. ¿Podría el banco al que debe dinero mi hermana apropiarse de la legítima estricta de mi hermana y perjudicarnos a mi hermano y a mí? ¡Gracias!

  5. isabel

    mi padre murio dejando testamento abierto. Deja a mujer, mi madre, y tres hijos. yo soy la primera.
    a mi madre le deja el usufructo vitalicio.
    1/3 de mejora, integra, a mi segundo hermano enfermo y el otro tercio, de libre disposición, un 25% a mi hermano enfermo y el 75% restante a mi otro hermano, el segundo.
    a mi no me deja nada. No tengo derecho a legitima siendo hija igual que el resto?

    • 123

      No pueden testar contra la ley. Te corresponde tu parte de la legítima

  6. Francisco Cerezo

    Hola, les paso a contar lo siguiente; Mi padre falleció hace 12 años, mis hermanos que somos 5, de los cuales 2 estamos cuidando de mi madre y los otros 3 hace más de 12 años que no quieren saber nada de ella, hoy por hoy mi madre necesita vender su casa, de la que es propietaria de la mitad y usufructuaria del de la otra mitad y mis hermanos solo tienen el 5,8% de la legitima de mi padre,de la cual mi madre tiene también el 50%.
    Ellos no quieren firmar el consentimiento para que ella pueda vender.Que podemos hacer?
    Gracias

    • María Montserrat Calvo Simon

      Mi padre falleció yo solicite la parte de mi padre y me la compro uno de mis hermanos . Eran a mitad iguales el matrimonio si recibí eso me corresponde legítima de mi madre cuando fallezca

      • MÓNICA

        REPARTICIÓN DE LA HERENCIA: imagínate un queso partido en tres porciones – 1-LIBRE DISPOSICIÓN, 2- MEJORA y 3- LEGÍTIMA. En la libre disposición el testador (o sea, tu padre), puede elegir parte de su patrimonio a quién quiera (sea legítimo o no); En la Mejora solo puede mejorar a uno de sus descendientes y algún caso puntual a su cónyuge (sino hay mejora en el testamento, no se presupone por defecto) y solo puede recaer en los legítimos; en la porción de LEGÍTIMA y por ley, solo puede caer en los descendientes (si los hubiera) o en la línea sucesoria designada (solo pueden ser desheredaros los hijos que hayan sido sentenciados por causas graves a su progenitor).
        Has heredado el patrimonio de tu padre. Cuándo fallezca tu madre, ocurrirá lo mismo y siguiendo el detalle del testamento. La legítima la tendrás siempre y cuándo no hayas sido juzgada por causas graves contra tus progenitores; sino, siempre te tocará aunque se de el caso de no verla en años.

    • Stefana

      Buenos días , mi abuela hace años aún en vida , vendió su patrimonio a uno de sus nietos , dejando sin nada a sus hijos .
      Que ocurre en este caso si quisiera reclamar la parte legítima de mi padre(hijo de mi abuela ) fallecido !

    • Yoda de Cai

      ¿Le han contestado Sr. Cerezo?

    • Alberto Álvarez fuentes

      Hola mi padre dueño de un local ha fallecido ,y su heredera ,mi madre quiere vender el local ,puede hacerlo ,si uno de sus hijos en este caso yo se opone

  7. Maria

    Hola,tengo un testamento en el que el fallecido prelega un bien privativo a un heredero en concreto. Existe otros bienes de los que son herederos a partes iguales todos los hijos. Se puede adjudicar el bien privativo y venderlo sin que tengan que intervenir el resto de herederos? Gracias. Espero su respuesta.

    • MÓNICA

      Eso ocurre cuándo el testador lo deja en TERCIO DE MEJORA ( dentro del TERCIO DE LEGÍTIMA, el causante puede testar a favor de un heredero concreto para mejorar el tercio de legítima que le corresponde a todos los descendientes cuándo los hay). El resto de bienes que han heredado el resto de hijos es el tercio de legítima que por ley les corresponde (también incluye al que obtuvo el de MEJORA). Este bien heredado por MEJORA, es el único dueño del mismo y por consiguiente puede hacer y deshacer lo que crea oportuno. Al igual si el fallecido testó algún bien en el TERCIO DE LIBRE DISPOSICIÓN, que puede ser asignado a un familiar como a un extraño. Es igual de legítimo. Lo que no puede pasar, es que el reparto de la LEGÍTIMA, quede reducida por el resto de repartición (sea en MEJORA o LIBRE DISPOSICIÓN), es ahí cuando los herederos pueden denunciar por ver su herencia perjudicada.

  8. Lourdes

    Hola . Quisiera saber mi padre falleció y mi madre es la heredera universal..
    Le pedí que me enseñará el testamento a lo cual me dijo que no ! Ahora quiero saber !
    Tengo derecho a ver el testamento?
    Tenía derecho a tener alguna pertenencia de mi padre ?
    Puedo pedir la parte que me corresponde del piso por la muerte de mi padre . Gracias

    • MÓNICA

      cuando el causante tiene descendencia, o sea, tú, la heredera universal jamás puede ser tu madre. La herencia se divide en MEJORA, LIBRE DISPOSICIÓN Y LEGÍTIMA. La MEJORA Y LEGÍTIMA «por ley», solo pueden recaer en los descendientes si los hubiera (está claro que sí por tú lo eres). La LEGÍTIMA se reparte en 1/3 del patrimonio del testador a cada heredero. La MEJORA en el caso que tú padre la haya hecho, es para mejorar a alguno de sus hijos en alguna repartición que quiere que vaya exclusivamente para éste (repito, siempre a los descendientes si los hubiera) y LIBRE DISPOSICIÓN, el testador puede designar parte de su herencia a quién quiera, sea o no familiar. Lo que tiene la viuda es el disfrute de usufructo vitalicio del inmueble hasta que fallezca. Si eres hij@ únic@ toda la masa patrimonial (menos si designó LIBRE DISPOSICIÓN), te pertenece. Tienes 30 años para aceptar o rechazar la herencia siempre que sean inmuebles y 6 años para los muebles.
      Espero haberte ayudado. 🙂

  9. Juan Jose

    Buenos días;Mi pareja de hecho y yo estamos pagando hipoteca de una vivienda y nos queda bastante,, tenemos 1 hijo menor en común y personalmente tengo 2 hijos adultos de una relación (fallecida) anterior. Mi pareja, al ser «de hecho» teme que 1/Mis dos hijos reclamen la parte de la vivienda y no tenga derecho a «Usufructo» de la misma en caso de que yo fallezca 2/En caso de ser asi,se puede en testamento indicar este punto anterior y que no se realice reparto alguno hasta finalizar como mínimo el pago de la hipoteca o el fallecimiento de mi pareja para evitar que se quede en la calle. Gracias.

  10. Rosa

    He heredado de mi padre mi legitima sobre la vivienda que compartía con su segunda mujer y de la cual ella tiene el usufructo vitalicio.
    ¿Que derechos y obligaciones tengo sobre esa parte de la vivienda?

  11. Maria

    Mi padre hizo testamento y ha donado su parte a la iglesia mi pregunta es el piso donde vivíamos nos lo pueden quitar??

  12. fernando

    Queeria saber cual seria el porcentage de mejora y libre disposicion en baleares en caso de haber mas de 4 descendientes o dicho de otro modo cuando la legitima es un medio.

    Muchas gracias

  13. Candido

    Hola buenas ! Somos cuatro hermanos y mi madre fallecio. Una de mis hermanas no quiere saber nada de nosotros y quiere vender o dinero . Pero claro dinero mi madre no nos dejo si propiedades y el 75 por ciento de la masa hereditaria somos los otros tres hermanos y no queremos vender . Estamos obligados a vender? O qué solución tenemos dinero tampoco porque no nos dejo dinero si propiedades . Que se puede hacer porque nosotros tres estamos de acuerdo y unidos y no queremos vender gracias..

  14. Jose antonio

    Mi hermana vive en casa de mi padre mi padre murió en el año 200 no sabemos si hay testamento asta entonces yo puedo usar la casa y vivir en ella como lo hace mi hermana?

  15. Jose antonio

    Tengo una hermana que vive en la casa que vivía mi padre y mi padre murió en el año 200 no sabemos si hay testamento yo podría usar la casa igual que mi hermana?

  16. María Isabel

    Mi padre ha fallecido. Yo como hija, he vivido con él hasta su fallecimiento.

    La casa está escriturada a nombre de él y de mi madre ( divorciados legalmente ).

    Yo quiero quedarme en casa de mi padre y hacerme cargo de todos los gastos que conlleva.

    Mis dudas son, ya que las cosas no están bien con mi hermano y madre… Ellos pueden echarme de la casa ?

    En el caso de que mi madre quisiera irse a vivir a la casa… Tendría yo que salirme ??

    Mi madre y hermano, pueden vender la casa sin mi consentimiento ??

    Al estar viviendo y empadronada desde siempre en casa de mi padre y hacerme cargo de todos los pagos… Ellos pueden tener una llave de la vivienda y entrar libremente ??
    Ellos están empadronados en otra dirección.

    Muchísimas gracias.

  17. charo Agraz García

    voy a recibir una herencia de mis padres, mi padre fallecio hace un año y mi madre acaba de hacerlo.
    tengo una pensión con complemento a mínimos.
    Cuando estoy obligada a comunicarlo a la Seguridad Social?
    Cuando la pierdo y durante cuanto tiempo?
    Esas son mis preguntas ,
    Atentamente

  18. LauraIna

    Hola buenos días,mi padre murió hace 10 años y somos 5 hermanos, uno de ellos le quiere pedir a mi madre (viva) la parte que le corresponde, pues en la casa familiar ya pagada , claro está, vive ella. Qué es lo que le pertenece si es que le pertenece algo al estar mi madre viva y no haber vendido nada. También al morir mi padre le dieron bastante dinero a mi madre y él dice que eso también nos pertenecía. Gracias.

    • Ana Isabel calcines guerra

      Mi marido falleció hace un mes, dejo de herederos a sus dos hijos, uno de ellos fruto de nuestra unión, a mi me a desheredado porqué estábamos separados pero sin ninguna sentencia solo de mutuo acuerdo, puedo reclamar mi legitima?

  19. Mary Ochoa

    Estimados abogados buenos días !
    Hace 4 meses mi marido falleció por los malos tiempos económicos que atraviesa el país mi marido estaba obligado a trabajar en cualquier ciudad del país ,al no saber nada de mi marido yo desesperada llamaba a su familia siempre me ocultaron , sospeché que algo no iba bien ,lo busqué por medios de la policía supe que el mes de abril falleció .
    Mi pregunta es me corresponde el tercio de sus bienes , el tuvo una hija con su anterior matrimonio , yo no tuve hijos con el soy casada ahora viuda , viviendo con el compró un coche , también tiene otros bienes ,
    Perdón por las largas lineas .
    Deseo una respuesta
    Saludos

  20. Maria

    Viví 15 años con una persona y en su testamento me ha nombrado heredera universal pero tiene un hijo de su matrimonio.Que me pertenece

  21. Rosa

    Hola, a muerto mi marido , no tenemos hijos y me dejó en testamento una vivienda y todos los saldos bancarios, pero lo remanente lo dejo a su hermano. Me pregunto si tengo derecho de parte en ese remanente, que es una parte de una vivienda con su garage y cinco fincas. Gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Rosa,

      Habría que estudiar el caso concreto, si bien como cónyuge y no habiendo ni hijos ni padres como mínimo te corresponde dos tercios del usufructo de la herencia. Si consideras que lo que se te ha adjudicado no se corresponde con ello, puedes ponerte en contacto con nosotros y pedir una cita en nuestro Despacho de Granada.
      Un saludo.

  22. IRENE CARTAS ESPINEL

    HOla, mis padres se separaron y la casa quedó 50%-50% entre ambos. Mi madre ha fallecido y yo he quedado con la legítima. He decidido no vender la parte de la casa que me corresponde, tengo derecho a entrar en ella? porque mi padre no me quiere dejar. Por otro lado, entre ambos habían establecido en el divorcio una pensión compensatoria a mi madre por 350 hasta la venta del piso. Esto una vez fallecida pasa a ser un derecho de los herederos? muchas gracias

    • Josefa

      Buenas, quisiera saber a partir de cuándo empieza a contar la legítima. Si una vez que se hizo el testamento o desde el fallecimiento. Gracias

    • Ana Isabel calcines guerra

      Mi marido falleció hace un mes, dejo de herederos a sus dos hijos, uno de ellos fruto de nuestra unión, a mi me a desheredado porqué estábamos separados pero sin ninguna sentencia solo de mutuo acuerdo, puedo reclamar mi legitima?

  23. Bart

    Buenas Tardes,mi pregunta es nosotros somos 7 hermanos, hace 33 años murió mi Padre y hizo un testamento incluyendo solo a mis 4 hermanos, es decir que los tres hermanos solo tenemos la legitima, bueno me explico como hace tiempo pero mucho tiempo que murió mi Padre si yo puedo pedir la legitima a un que no vendan el piso.

    Un saludo de Bart

  24. jose antonio leal corrales

    Buenos dias, mi hermana y yo vamos a heredar una vivienda en tarragona cuyo valor catastral es de 35000 euros, la cantidad en efectivo a repartir en la herencia es insignificante pes no llega a 7000 euros los ahorros de mi pobre madre, cuanto tendriamos que pagar por recibir esta herencia en concepto de impuestos de sucesiones y plusvalia y gastos de notaria? …..muchas gracias por su orientacion aunque sea aproximada

  25. Luis

    El pasado año 2019 recibí como legitima tras la muerte de mi madre 5700€. Como declaró esta cantidad en la declaración de la renta de este año y si debo pagar otro tipo de impuesto?.

    Muchas gracias

  26. Maria del Carmen

    Aunque tengo 2 hijos,¿ puedo dejar una parte a mi madre?

    • Inmaculada Castillo

      Hola María del Carmen,

      Habría que valorar el caso concreto, pero siempre puedes dejar a tu madre lo que se conoce como el tercio de libre disposición.

      Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.
      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/
      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  27. Charo

    Buenas noches. Mi pregunta es relacionada con mi complemento a mínimos, se que se pierde cuando se recibe una herencia. Durante cuanto tiempo?
    Pero si al morir uno de los padres, no se recibe herencia por dejarla integra al otro padre, según las últimas voluntades y para que pueda seguir pagando sus gastos.
    Tengo que hacer alguna notificación en la Seguridad Social.
    Yo no voy a recibir ningún ingreso, pero si he pagado lo correspondiente como si lo hubiera hecho.
    Que debo hacer al respecto?.
    Esperando su respuesta. Gracias
    Atentamente

  28. César García Pérez

    Buenas tardes. Somos seis hermanos. Mi madre (viuda) y dueña de una casa, puso la misma , a nombre de una hermana. Puedo reclamar la legítima o no tengo nada que hacer.
    Saludos
    César

    • Inmaculada Castillo

      Hola César,

      Hemos leído tu consulta, y la respuesta a la misma pueda ser algo extensa y variable según las circunstancias propias del caso que comentas. Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.
      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/
      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  29. Maria

    Hola, me gustaría saber que quiere decir esto:
    En el remanente instituye herederos universales por partes iguales a sus seis hijos sustituyéndoles vulgarmente por sus descendientes reconociendo la legítima estricta únicamente que corresponda a cualquier persona que no sea descendiente matrimonial del testador.
    La sustitución opera solamente en 1/18 parte de la herencia y no sobre 1/6 parte? No sustituyen al heredero que renuncia por la totalidad de la parte que le corresponde, sino solo por la legitima estricta q le tocaría? Gracias

  30. Carlos

    Somos tres hermanos, uno está desederado or arte de mi madre.La sexta arte que le corresonde al desederaddo que ocurre si no tienes inero para darle. La herencia son inmuebles y locales comerciales que estan alquilado.

    • Inmaculada Castillo

      Hola Carlos,

      Hola Jose Antonio,

      Hemos leído tu consulta y para la resolución de dudas como las que planteas tenemos un servicio específico que consiste precisamente en contestar por escrito las dudas expuestas e indicarte igualmente cómo proceder.

      Remitimos a este servicio porque la duda planteada requiere de cierto estudio y tiempo para la redacción de la respuesta.
      Te dejo el enlace para mayor información.
      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/presupuesto-para-informe-juridico/
      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  31. Maria

    Hola se vende un piso de mi padre y mi tía. Mi madre falleció y estaban casados en régimen de bienes gananciales. Puedo solicitar la legitima de mi padre que sigue vivo?? Y cuanto corresponde de la legitima de mi madre ?

  32. carpe

    La legítima la puedo solicitar aunque uno de mis hermanos tenía un poder notarial en nombre de todos los hermanos (herederos a partes iguales según testamento abierto) para hacer lo que quisiera en temas de herencia y no se les ocurre otra cosa que dejarme a mi sin nada de los 7 hermanos a una la dejan sin herencia y para colmo difunden mentiras muy gordas sobre mi poniendo a toda la familia en mi contra , primos, tíos y tías sobrinos , amigos incluso en mi trabajo me discriminan y llegan a despedirme, cogen multas en el domicilio y no me lo comunican , embargándome lo máximo de mis cuentas , en hacienda me sube a pagar 3000€ en la renta del año siguiente al fallecimiento de mi madre en la vida me ha salido a pagar me quitan el coche etc etc , puedo hacer algo?

    • Mariacarmen

      Mi padre a hecho un testamento que a desheredado a su nieta y a mi me a hecho heredera universal si esta desheredada no hay que darle la legítima verdad

  33. Fran

    Hola
    Mi madre falleció hace 12 años, somos dos hermanos, mi padre no quiso hacer disolución de gananciales, mi hermano y yo pagamos la parte correspondiente de la liquidación del impuesto de sucesiones,en escritura es un total de 124.900 €, mi padre tiene una casa donde vive y un piso que esta vacío, no ha querido hacer nada con respecto a la herencia de mi padre, se negó a realizar la separación de bienes.
    Mi situación desde 2009 es que me despidieron y al día de hoy estoy en situación de pobreza absoluta, vivo en una habitación de alquiler que me pagan unos amigos, y me da´n un día al mes comida de cáritas.
    Mi pregunta es si puedo solicitar la legitima de mi padre y cuanto sería, gracias.

  34. JUAN FRANCISCO

    Buenas tardes:
    En el tercio de legítima que se produjo al fallecer mi padre,¿ participa también mi madre a partes iguales con los hijos?

  35. Miguel Angel

    Murio mi madre y somos 4 hermanos a mi me dejo la minima legitima existe? No me hablaba con ella se puede impugnar?

  36. Pablo

    Hola
    Mi madre falleció y tiene varios pisos que heredó de su padre o sea que son bienes privativos de ella
    Esos bienes nos lo dejo en herencia a los hijos por testamento.
    Mi padre(en régimen de gananciales con mi madre)tiene legítima o algo de estos bienes privativos de mi madre que nos ha dejado a los hijos?
    Gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Pablo,

      Si tu madre ha hecho testamento, recogiendo únicamente que vosotros sois sus herederos, a tu padre conforme a ley le correspondería el usufructo del tercio de mejora.

      De cualquier forma, habría que ver el testamento.

      Un saludo

  37. Marta

    Buenas tardes, quería hacer una consulta, mi padre ha fallecido y en su testamento ha dejado como heredera universal a mi hermana y a mi me ha desheredado sin legítima. Yo tengo 4 hijos, mi parte de legítima pasará a ellos? Qué pasos tengo que seguir para reclamarla? Al no ser directos ( abuelo- nieto) la cantidad a cobrar sería la misma que si lo hubiera cobrado yo? Muchas gracias

  38. JOSE LUIS

    buenos dias.mi madre en su testamento me ha deseredado dejandome solo la legitima y beneficiando al mis tres hermanos.dice en el testamento que lo hace porque en vida me beneficio mas a mi que a ellos.del valor del patrimonio por encima me corresponderian 50.000 euros pero asi estimo que solo van a ser unos 15ooo.puedo impugnar este testamento ya que no es cierto que me beneficiara mas que ami hermanos.insisto es impugnable o al tener la legitima ya no se podria considerar como deseredacion injustificada.muchas gracias.

  39. Marcelino Pallares Miserachs

    Buenos dias.
    Mi esposa murió hace 42 meses.
    La legitima era su madre.
    MURIO hace 3 meses, sin cobrar ni querer cobrar la legitima.
    ¿ A quien corresponde esta legitima?
    Hizo testamento a favor de su otro hijo y sus tres nietos hace 15 meses.
    cordialmente
    marcelino pallares

  40. Juan

    Buenas tardes, puedo pedir la legítima de mi mujer fallecida al morir su padre?

  41. Charly

    Mi madre falleció y la casa donde vivía con mi padre era una herencia de la madre de padre,entonces le pertenecería la legitima en usufructo a mi madre y al fallecer la legitima pasa a los hijos ? Es que es una duda que nadie me sabe resolver

  42. Mario

    Buenas tardes:
    Mi madre muere el 13 de marzo y mi padre se niega a que yo herede nada, al final va a una abogada y me cede 3000 € ya que al carecer yo de trabajo, el dinero restante lo aportaría a los gastos de casa y los personales mínimos para una vida social, que me permita recuperar el empleo, hace 10 años que no trabajo y he enviado más de 3000 ofertas de empleo. Por eso recibo una transferencia de 19.000 y le envío 16.000 para mi mantenimiento, abriríamos una cuenta a nombre de los dos. Al final, no me da un duro, solo comida, el término alimentos es muy exiguo para él, comida, poca y siempre la misma y catre, ni para un café llevo. Ahora me dice que me vaya de casa, pero se niega a pagarme la legítima que corresponde por la muerte de mi madre. ¿que debo hacer?, ¿demandarlo y seguir viviendo con él, tengo miedo y depresión mayor con trastornos de personalidad, como quieren que lo demande tras 12 años de colegios de curas?, esto no está en mi parte cognitiva y me cuesta mucho. A ve4r si podeis aconsejarme,

  43. Maria cruz

    Mi nombre es Maria cruz mi pregunta mis padres han fallecido,en el testamento vienen los 7 herederos y yo que tengo la legitima me gustaría saber cuanto es la legitima

  44. cristina F

    Buenas me urge salir de dudas se ha realizado la adjudicación y repartición de herencia, a mi padre le corresponde la legítima estricta, el inmueble es indivisible lo quieren alquilar los otros herederos pero a mi padre no le interesa por la poca cuantía que le dan. Un abogado le ha comunicado que no se necesita su firma ni para vender ni para alquilar. Es eso cierto? Mi padre sigue siendo un heredero No? Con menor proporción únicamente, tengo dudas…gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Cristina,

      He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañera María José Arcas-Sariot a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así ella personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.

      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Cristina, si no han hecho la partición todos son dueños de todo y los acuerdos se adoptarán por mayoría con arreglo a las normas del Código Civil previas para el condominio

  45. teresa medrano

    Hola, me gustaria me informara, de como actuar.
    Somos tres hermanas , al fallecer mi madre hace me entrero de que hacia dos que mi madre les dejo en donacion a dos de mis hermanas un piso. En el testamento consta que las tres somos herederas a partes iguales y así lo mantiene en sus ultimas voluntades. No existen otros bienes y tan solo un poco de dinero dque sigue en la cuenta bancaria. Me gustria que me asesorara y me dijera a que tengo derecho, pues ya hace casi tres años y mis hermanas no entran en razón alguna.
    Un saludo.

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Teresa, lo que se ha de hacer es traer el valor de los donado a la herencia, si los pisos valían 100.000 euros pues habrá que sumar esos 100.000 euros a la herencia. Una vez calculado el valor de la herencia hacer tres partes si es que como me indica la herencia se distribuye entre las tres por partes iguales, y debe aplicarse el art 1047 del Código Civil:
      Artículo 1047.

      El donatario tomará de menos en la masa hereditaria tanto como ya hubiese recibido, percibiendo sus coherederos el equivalente, en cuanto sea posible, en bienes de la misma naturaleza, especie y calidad.

  46. Teresa

    Hola buenas tardes.
    Mi consulta es. Como puedo saber todo el patrimonio exacto de un fallecido que en este caso es mi tia. Y otra consulta si tienes una discapacidad tambien estas obligado a todos los pagos fiscales.
    Gracias

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola tersa, deberá averiguarlo a través de distintos organismos públicos, Catastro, Registro de la Propiedad y si conoce los bancos donde tenía cuentas acudiendo a éstos. Las personas con discapacidad tendrá las obligaciones fiscales que establezca la ley en cada Comunidad Autónoma

  47. Juan Antonio

    Buenas:

    Quisiera plantear una duda. Mi madre deshederó a 5 de sus 7 hijos por razones bastantes justificativas, voluntad que queda reflejada en su último testamento antes de sufrir un ictus cerebral.

    Los 5 hijos, cuando fallezca su madre, querrán su parte de la casa. ¿Pero, cómo se haría la distribución de los bienes de mi madre? ¿Sería la repartición a parte iguales, aunque mi madre los desheredó?

    Gracias

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Juan, ellos no tendrán derecho alguno a la herencia si la desheredación se ha hecho conforme a derecho

  48. Pedro

    Mi padre tiene una casa valorada en 80.000 euros, y tenía dinero por valor de 100.000 euros, hizo un préstamo a un hermano por valor de 60.000 euros.
    Mi madre me dejó la misma parte que a los otros hermanos en total somos 4
    Mi padre me ha dejado la legítima estricta.
    Que cantidad me corresponde de herencia? se ve afectada mi parte por el préstamo hecho a mi hermano?
    Si es sí, ¿que puedo hacer?

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Pedro, lamento no poder responder porque no me indica el régimen económico matrimonial de sus padres. Su parte en todo caso no se verá afectada por el préstamo puesto que su hermano ha de devolverlo a la herencia

  49. Jose Maria garcía gimenez

    Muy buenas. Que me pertenece de legítima si hay 130.000€ y un piso de 65.000€. Somos dos hermanos. Gracias.

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Jose María, le corresponden 65.000 euros, la mitad de los tercios de legitima escrita y mejora

  50. MIGUEL BENITO FERNANDEZ MONTERO

    Yo testé en favor de mi mujer y mi mujer en el mío. Nos gustaría reducir la legítima a la mínima expresión. ¿Qué podemos hacer? ¿Necesariamente cuando me muera pasan a mis dos hijos 2/3 de la herencia? Me gustaría que el máximo posible pase a mi mujer con la que llevo casado felizmente 33 años, tengo 61.

    • Juana

      Buenos dias, Mi pregunta: vamos a hacer testamento mi marido y yo; al fallecimiento de un conyuge, hemos decidido 1/3 legitima a dos hijas, 1/3 a una hija mas de mejora y 1/3 de dos nietos por libre disposicion.AL fallecimiento de uno de nosotros se reparte todo a todos o el 1/3 de libre disposicion es mejor dejarlo al que viva o sedebe repartir al fallecimiento de los dos.Gracias,

      • Francisco Sevilla Cáceres

        Hola Juana:
        Cuando fallezca el primero de los dos, será cuando se tenga en cuenta el testamento pero solo respecto de los bienes del difunto, que si son gananciales es la mitad del patrimonio que ustedes tengan. El viudo tendrá la mitad de los bienes por sus gananciales y la otra mitad que es del difunto será repartido conforme al testamento.
        Saludos

        • Juana

          Muchas gracias y pregunto:si es 1/3 Legitima hijas, 1/3 mejora una hija y libre disposicion omo se hace se puede dejar a nietos o dejar libre disposicion a viudo?Muchas gracias

          • Maria Jose Arcas Sariot

            Buenos días Juana, el tercio de libre disposición puede dejarlo a quien quiera

  51. Beatriz

    Hola.
    Mi padre hizo testamento y se lo dejo todo a su otra mujer. ¿Nos corresponde algo por ser sus hijos?.

    Gracias

    • Manolo

      Mis suegros hicieron testamento en vida al 50% del piso en propiedad que poseiande a favor desus dos hijas,al morir mi suegro mi suegra cambio el testamento y puso el piso al 100% a favor de una hija,tiene derecho la otra hija a alguna parte del piso(por parte del padre fallecido primeramente)

      • Camila

        Hola me llamo camila mi marido compro una casa la cual esta a mi nombre tenemos 2 hijos en comun y el tiene 3 de parejas anteriores quisiera saber si la casa que me ha comprado al fallecer el seria puesta en herencia hacia sus otros hijos gracias

  52. ana

    hola quería salir de una duda la legitima se cobra de los dos padre y madre fallecidos pues mi hermana a sido heredera única primero murió mi padre y ahora mi madre y si a mi me a deseredado mi madre la legitima en caso que a mi no me la haya dejado la puede cobrar mi hija y que parte me corresponde gracias

  53. maria jose

    Mi madre murió el uno de junio,mi marido y yo vamos a iniciar el divorcio,yo he heredado un 25%de casa de mi madre porque mi padre tiene un 50%que aún vive y un hermano que tengo el otro25%.mi pregunta es:le pertenece algo a mi actual marido?nosotros nos casamos en gananciales…tiene eso algo que ver…muchas gracias….

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Maria José:
      1.- Los bienes hereddados por cualquiera de los cónyuges, aunque consre casado en regimen de gananciales, tiene naturaleza privativa, por lo que en un principio ese % en el bien sería suyo en propiedad exclusiva.
      Un saludo

    • Maria

      Viví 15 años con una persona y en su testamento me ha nombrado heredera universal pero tiene un hijo de su matrimonio.Que me pertenece

  54. CARMEN

    Tenemos un testamento en el cual se deja el tercio de libre disposicion a la persona de servicio domestico. Exactamente dice que se pague el tercio de libre disposicion con el usufructo. ¿que significa exactamente eso?
    2.- Esta persona esta viviendo actualmente en la casa sin haber aceptado usufructo y no deja que entremos los herederos a hacer inventario . ¿que podemos hacer?
    3.- la persona fallecida tenia tres hijos. A uno de ellos le deja el tercio de mejora asi como HEREDERO UNIVERSAL. Significa eso que hereda el contenido de la vivienda en caso de que la persona de servicio domestico acepte el usufructo?

Comentar esta noticia

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mundo Jurídico Info S.L.P, es el responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario, por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

  • Fin del tratamiento: mantener una relación de envío de comunicaciones y noticias sobre nuestros servicios y productos a los usuarios que decidan suscribirse a nuestro boletín. Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: info@mundojuridico.info indicándonos en el asunto “No Publi”.
  • Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación.
  • Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos.
  • Destinatarios: no se cederán a ningún tercero.
  • Derechos que asisten al Usuario:
    1. Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición al su tratamiento.
    2. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos

Puede ejercer estos derechos mediante el envío de un correo electrónico o de correo postal, ambos con la fotocopia del DNI del titular, incorporada o anexada:

Si desea ampliar información sobre la política de privacidad de nuestra empresa, puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/