Las parejas de hecho en Galicia

Las parejas de hecho en Galicia

Preguntas y respuestas más habituales sobre como están reguladas las parejas de hecho en Galicia.

Hablamos sobre las parejas de hecho en GALICIA.

Según la normativa aplicable, tendrán la consideración de parejas de hecho las uniones de dos personas mayores de edad, capaces, que convivan con la intención o vocación de permanencia en una relación de afectividad análoga a la conyugal, y que la inscriban en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia, expresando su voluntad de equiparar sus efectos a los del matrimonio.

¿Necesitas ayuda legal?

Consulta nuestros servicios de abogados online y resuelve tus dudas legales con confianza y profesionalidad.

Ver nuestros servicios

En cuanto a la regulación normativa de las parejas de hecho en Galicia, nos encontramos con la siguiente:

  • Ley 2/2006, del 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
  • Ley 10/2007, del 28 de junio, de reforma de la disposición adicional tercera de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
  • Decreto 248/2007, del 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.
  • Decreto 146/2014, de 13 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.

¿Cuándo se considera legalmente que existe una pareja de hecho en Galicia?

Para considerar la existencia de las parejas de hecho en Galicia, hay que tener en cuenta una circunstancia importante, y es que la constitución de la pareja de hecho sólo se entenderá efectuada a partir de su inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia. Por lo tanto dicha inscripción es de carácter constitutivo.

Requisitos para la unión en pareja de hecho en Galicia

Sobre los requisitos que han de cumplirse, las inscripciones en el registro se realizarán previa solicitud de los miembros de la pareja de hecho, la cual deberá ir acompañada de la documentación acreditativa del cumplimiento de los siguientes requisitos:

¿Necesitas ayuda legal?

Consulta nuestros servicios de abogados online y resuelve tus dudas legales con confianza y profesionalidad.

Ver nuestros servicios
  • Ser mayores de edad.
  • No tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado.
  • Manifestar la voluntad de constitución de pareja de hecho.
  • No estar ligados por matrimonio.
  • No formar pareja de hecho debidamente formalizada con otra persona.
  • No estar incapacitados judicialmente para regir su persona.
  • Tener uno de los miembros de la pareja la vecindad civil gallega.
  • Acreditar el empadronamiento de los miembros de la pareja en el mismo domicilio de algún municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

 ¿Qué situaciones están excluidas?

En cuanto a las situaciones en las que no podrán existir las parejas de hecho en Galicia, nos encontramos varias opciones. No pueden constituir parejas de hecho:

  •  Los familiares en línea recta por consanguinidad o adopción.
  •  Los colaterales por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado.
  •  Los que estén ligados por matrimonio o formen pareja de hecho debidamente formalizada con otra persona.

Derechos y efectos del reconocimiento

Para empezar, y muy unido a la definición de las parejas de hecho en Galicia, se equiparan al matrimonio las relaciones maritales mantenidas con intención o vocación de permanencia, con lo que se extienden a los miembros de la pareja los derechos y las obligaciones que la presente ley reconoce a los cónyuges.

Quizá te interese:  Parejas de hecho en Extremadura

Por lo tanto, los mismos derechos y efectos que se reconocen en la ley gallega para el matrimonio, se aplican también a las parejas de hecho.

Documentación y lugar de presentación

Las solicitudes de inscripción se presentarán ante el REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO correspondiente al domicilio.

Las solicitudes de inscripción, debidamente firmadas por los dos miembros de la pareja, deberán acompañarse de los siguientes DOCUMENTOS:

a)  Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad de ambos miembros de la pareja o, en caso de nacionalidad distinta a la española, del documento equivalente en su país.

b)  Certificado de empadronamiento de los miembros de la pareja en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c)  Acreditación del estado civil de ambos miembros de la pareja mediante certificación del Registro civil o equivalente en el caso de extranjeros.

d)  Declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho, bien mediante comparecencia personal de ambos miembros ante el encargado o encargada del registro, bien mediante otorgamiento de escritura pública o acta notarial.

e)  Declaración responsable de ambos de no tener constituida pareja de hecho con otra persona.

f)  En su caso, sentencia judicial de divorcio o nulidad, o certificado literal de matrimonio en el que conste alguno de estos extremos.

g)  Declaración responsable de no tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado.

h)  Declaración responsable de no estar incapacitados a los efectos de prestar su consentimiento para constituir una pareja de hecho.

i)  Fotocopia compulsada del libro de familia, o equivalente, en los casos en los que hubiese hijos o hijas comunes o de cualquiera de los miembros de la pareja.

Quizá te interese:  ¿Me devuelven la tasa si al final gano el pleito?

Cabe mencionar, y es una posibilidad que ofrece la ley, que las solicitudes de inscripción vayan acompañadas de un pacto regulador de las relaciones económicas y patrimoniales de la pareja, lo cual deberá establecerse en escritura pública, y aparecer indicado en la propia solicitud.

Régimen de convivencia

Los miembros de la unión de hecho podrán establecer válidamente en escritura pública, los pactos que estimen convenientes para regir sus relaciones económicas durante la convivencia y para liquidarlas tras su extinción, siempre que no sean contrarios a las leyes, limitativos de la igualdad de derechos que corresponden a cada conviviente, o gravemente perjudiciales para cada uno de los mismos.

Es importante destacar que serán nulos los pactos que contravengan lo que acabamos de explicar.

 Causas de extinción de la pareja de hecho

Para finalizar, se considerará disuelta la pareja de hecho en los siguientes casos:

  • Por la muerte o declaración de fallecimiento de uno de sus integrantes.
  • Por matrimonio entre los miembros de la pareja o de uno de sus miembros con un tercero.
  • Por mutuo acuerdo.
  • Por voluntad unilateral de uno de los miembros de la pareja, notificada fehacientemente al otro.

OBSERVACIÓN:

Puedes ver más sobre este tema en nuestros artículos sobre parejas de hecho.

Inmaculada Castillo

Comentarios

  1. JUANJO

    Hola. En galicia, existe la posibilidad de que la formalización de pareja de hecho fuese en un día concreto, para disfrutar de los 15 días de permiso en una época determinada a partir de ese día?
    Vía notario o mediante solicitud en el registro?

  2. Rafael

    Hola quiero saber si estoi de pareja de echo y no se donde mirar hoy

  3. LUISA

    Hola, estoy separada en Galicia desde 2004. Era el año q me había q confirmar la separación y yo no lo hice pq di por hecho q el divorcio era automático pasado un año. Puedo inscribirme como pareja de hecho con mi nueva pareja?

  4. Jesus

    Tengo un piso que estoy pagando desde hace15 años , hace 3 años me uní en pareja de hecho y sigo pagando yo la hipoteca desde mi cuenta bancaria . Además tengo pensado comprarme un coche.
    En el caso de desavenencias que pasaría con el piso y el coche , tendría ella derecho a ellos?

    • Oscar

      Jesus, Todo bien?

  5. susana

    Buenos días
    Soy pareja de hecho en galicia desde hace 8 años. Tengo que renovar o volver a presentar algún tipo de documentación? o salvo que comunique la disolución, fallecimiento… no hace falta.
    tengo una hija en común y nuestro libro de familia pero me preocupa por si sucede algo pueda tener algún tipo de problema

  6. Andrea

    Hola, llevo 2 año con mi pareja y queremos hacer pareja de echó. Tenemos 1.5 viendo juntos pero solo 6 mese empadronados. Sabes si tenemos que cumplir tiempo viviendo juntos?

  7. Yacke

    Hola, poseo doble nacionalidad (Venezolana y Española) mi pareja y yo tenemos 3 años y medio de relación y 2 años viviendo juntos en Perú. Yo nunca he vivido en España pero planeo irme en 1 año y medio para allá con él mis dudas son:
    1-) ¿la documentación debe estar apostillada?
    2-) Mi padre y abuelos son gallegos, yo nunca he vivido en España, ¿igual podría hacer la unión?
    3-) ¿cuáles serían los equivalentes de los recaudos para un Venezolano?

  8. PAULA

    Buenos días,

    Soy de nacionalidad española, nacida en México y mi pareja es mexicana; por lo que no cuento con la vecindad civil gallega ya que acabo de llegar a España hace unas semanas. Sin embargo, tengo documentación y libros de familia de mis abuelos que son nacidos en Galicia y de mis padres que se casaron aquí. ¿Sería esta documentación suficiente para poder registrarnos? O qué se podría hacer en este caso?

    Muchas gracias y buen día,

  9. Fatima

    Hola Rosa. Mi pareja es Venezolano y yo gallega. Está todavía allí intentando sacarse el pasaporte que está todo parado por culpa del virus. Sabes cómo podemos hacer? Queremos que venga y regular su situación aquí para no tener más problemas como este. Gracias y me alegro mucho que lo hayas conseguido

  10. Juan

    Hola, nos hemos hecho pareja de hecho en galicia hace unos cuatro meses y me guataria saber donde puedo ver la publicacion del registro, gracias

  11. Lucia

    Hola tengo un mes justo que ise la primera cita la entrevista de pareja de hecho ,en el registro de la xunta de galicia , pero no a llegado ninguna notificacion,pense que no tardava tanto ,me podria decir que tiempo aproximadamente suele tardar

  12. Sara

    Hola mi duda es que vamos a comprar un coche y actualmente somos pareja de echo, y mi pregunta es… es igual suyo que mío!?? Yo voy a poner dinero pero él lo paga en mano así que yo no figuro en ningún sitio, estoy haciendo bien o no voy a tener derechos en ningún momento sobre ninguno de los bienes comunes ya que todo está a su nombre??? Un saludo y gracias.

  13. Silva

    Hola me gustaria saber si es posible registrar como pareja de hecho en Galicia soy padronada en las isla canaria y el en vigo.

    • Fernando

      Hola. Si no de los dos tiene vecindad gallega, sí. Es decir si ha nacido y residido en Galicia él o sus padres. En caso contrario, uno de los dos, o los dos, deberán residir dos años en Galicia (y poder demostrarlo).

  14. Jose manuel

    Hola buenas tardes,quiero hacerme pareja de hecho con mi novia colombiana,que documentos necesitariamos.gracias

  15. Milagros Zoe

    Hola,me interesa conocer si mi pareja que es viudo al formalizar la relación conmigo pierde su pensión de viudedad,un saludo

  16. Paula

    Me gustaría saber,si es necesario para hacernos pareja de hecho estar presente los dos. O solo con llevar los papeles firmas por el y por mí es suficiente. Gracias

  17. lex lima

    hola, me llamo lex y gostaria de saber cuanto tiempo de españa yo tengo que tener, para hacer pareja de hecho? vivo atualmente en pontevedra con mi compañero, el es español y yo soy brasileño.

  18. Olga

    Hola, en el 2002 firmamos en el ayuntamiento de Lugo la pareja de hecho y ahora no sé si nuestra situación es legal ya que nunca hicimos el registro en Santiago.
    Gracias por vuestra ayuda

  19. Marcos Aguero

    Hola,
    soy brasileño y mi pareja de galícia, vamos hacer pareja de echo.

    Mis padren en Brasil sacaran los documientos de partida de nascimiento y certificado de soltero.
    Ellos yá hiceran la apostila de haia nel ministerio de la relaciones exteriores, la pregunta es

    1)Cual el prójimo paso?

    a) es necesario hacer la traducion por un tradutor juramentado y el sello del consulado de Brasil;

    b) correr el sello del consulado sin la necessidad de traduir;

    c) yá estan listos los documientos para enviar al correo;

    Gracias

  20. Brayxa

    Hola buenas noche, quisiera saber como puedo ver si una persona Peruana se a podido, hacer pareja de hecho de una señora de lugo, como o donde puedo ver si se a efectuado ese echo.

  21. Sabela Álvarez

    Buenas tardes,
    En la solicitud de parejas de hecho que otorga la Xunta de Galicia expresa que se da por hecho que se formaliza la pareja de hecho en régimen económico de bienes gananciales y, de desear separación de bienes, es necesario entregar un documento que así lo acredite. ¿Podrían indicarme cómo o por qué medio podríamos gestionar dicho documento de separación de bienes?
    Gracias de antemano y un saludo.

  22. Alexander

    Hola que tal.. mi pareja es Gallega y yo Colombiano llevamos 6 meses estando juntos pero soy irregular en españa nos conocimos en lanzarote. Pero ahora voy a Galicia donde mi pareja…tenemos pensado viajar a colombia , pero por motivos de mis papeles no podemos. tratamos de buscar respuesta de como formar nuestra relaccion de hecho . Las preguntas son
    – podemos tener una relaccion de hecho estando yo irregular pero empadronado en españa .
    -que requisitos tenemos que presentar mi pareja y yo.
    – a que tiempo puedo tener la tarjeta de residencia
    -podemos contraer matrimonio despues de nuestra relaccion de hecho..muchismas gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Alexander,

      1º.-Para conocer los requisitos exigidos en Galicia para inscribirse como pareja de hecho, te recomendaría que fueras directamente al órgano competente para ello. Indico esto porque cada Comunidad tiene sus propios requisitos, por lo que lo suyo es que directamente te indiquen si cabe la posibilidad de inscribirse aún cuando uno de los miembros no tiene residencia en España pero sí empadronamiento en Galicia junto a su pareja. Igualmente te deben de indicar cuánto tiempo de empadronamiento común exigen.

      2º.-Una vez tengáis el certificado de parejas de hecho, podréis solicitar, si cumplís el resto de requisitos exigidos la autorización de residencia como familiar de comunitario, obteniendo con ello autorización de residencia y trabajo cuenta ajena y propia en España por cinco años.La obtención de la autorización de residencia no suele tardar mucho una vez se solicita. Dependerá del volumen de trabajo de la oficina de Extranjeros, pero debería estar resuelta antes de 3 meses.

      3º Si, el expediente de matrimonio lo podéis iniciar cuando queráis. si bien, cuando estéis casados debéis dares de baja en el Registro de Parejas de Hecho y comunicar el cambio del estado civil a la Oficina de Extranjería.

      4º.-De cualquier forma, puedes ponerte en contacto conmigo a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y podemos comentar de manera detallada y sobre la marcha tu caso.

      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  23. victor lopez piedrahita

    vivo en galicia. estoy divorciado,no tengo libro de familia, porque se lo quedo mi exmujer con los hijos.
    1º-Puedo solicitar un nuevo libro de familia duplicado,y donde, para mi, puesto que quiero formalizar una pareja de hecho.y es requisito indispensable para ello?
    2º-Se puede formalizar la union ante notario?
    3º-Es necesario hacer constar en el documento de union, la separacion de bienes?
    4º-soy pensionista. ella trabaja ( mi pareja)y tiene un hijo menor de otra relacion y que yo no lo tengo reconocido. en caso de mi fallecimiento, tendria derecho ella o el niño a percibir alguna pension ?

  24. Kenia del Pozo Rubio

    Soy pareja de hecho, desde abril del 2014. Creo mi pareja esta intentando ir a su pais, a contraer matrimonio con otra persona. . Que debo hacer? Necesito se me informe ,los trámites legales y cuáles son mis derechos. Gracias

  25. Daniela Navarro

    Hola! Que hago para poder disolver por mutuo acuerdo la pareja de hecho, si él está en Galicia y yo en Chile. Leí que para disolver por mutuo acuerdo tendríamos que presentarnos los dos en el registro, pero claro, yo estoy al otro lado del charco. Existe alguna forma de hacer la disolución por mutuo acuerdo sin que yo tenga que presentarme también en el registro. Sé que existe la opción de hacer la disolución de forma unilateral, pero para ello hay que notificar por burofax y no hay convenio de burofax con Chile. Help!!! Gracias!!!

  26. Miguel

    Saludos rosa espero que siga todo bien como leí en tus entradas, como puedo comunicarme contigo para hacerte algunas preguntas gracias saludos

  27. Francisca

    Buenas tardes, estoy en pareja hace 3 años vivo en su piso a parte de tener el mio propio y no estamos inscriptos como pareja de hecho. Mi consulta es tengo los mismos derechos aunque no estemos anotados?

  28. Rosa

    Buenas tardes mi apreja y yo tenemos una relación a distancia (yo en Venezuela y él en España) y queremos prontamente poder estabilizar nuestra situación por medio de mi mudanza a su país. Él está empadronado en Galicia y por pequeñas asesorías anteriores y buscando en las páginas de la xunta nos hemos encontrado con que para tramitar pareja de hecho son un poco más flexibles en cuanto a requisitos en el caso de que uno de los integrantes de la pareja sea extranjero. Sin embargo de la última modificación de su resolución para este tipo de trámites hay poca información en la web que me permita aclarar algunas dudas y espero que a través de ustedes pueda aclararlas
    Mis dudas radican en lo siguiente:
    1.-Sigue siendo opción aperturar el trámite de pareja de hecho en Galicia sin necesidad de que haya un tiempo previo de convivencia?
    2.- Ya que entraré como turista a España pues la idea inicial era ir a visitarlo, es posible iniciar el trámite bajo esa condición aunque acarree que deba quedarme, sabiendo que previo a esto debo estar empadronada? en caso de que no, cuál sería el proceso?
    Esta y cualquier otra aclaratoria que deriven de estas mucho sabría agradecerlas. De antemano, gracias

    • JESUS

      Hola Rosa, lograste formar tu pareja de hecho? como te ha ido?

      • Rosa

        Afortunadamente sí, sin ningún problema y cumpliendo los procedimientos que establece la ley española al respecto en Galicia.

    • Larala

      Menuda cara, los que quieren venirse para España siempre aprovechandose de estas cosas.

      • Rosa

        No hizo falta aprovecharse de nadie ni saltar procedimientos para hacer las cosas bien. Afortunadamente ya tengo cuatro meses en España donde he logrado obtener mi residencia legal para el único fin para el que vine, hacer una familia con mi pareja quien es Español. Estamos felices y estables, sin necesidad de pisar a nadie. Gracias por mostrar tanto interés en mi situación. Ojalá a usted le vaya igual de bien. Sea feliz!

        • Marylen Buitrago

          Hola Rosa y felicidades por tu unión estable. Qué documentos como venezolana tuviste que presentar para conformarte como pareja de hecho? un abrazo y mil bendiciones a tu familia

          • Rosa

            Hola Marylen, primeramente gracias y amen a tus bendiciones. Es importante tener a la mano partida de nacimiento,constancia de antecedentes penales, empadronamiento en Galicia y tu pareja debe estar empadronado allí al menos por 10 años contínuos, empadronamiento conjunto donde conste que los dos viven en la misma residencia, carta de soltería, separación de bienes notariada si así lo desean. Ojo, los documentos propios deben estar debidamente apostillados. De todos modos hay una modificación de la ley del 2014 donde especifican todos estos requisitos así como en la página de la Xunta de Galicia también están

          • Keni

            Hola Rosa,felicidades por haber logrado estar con tu pareja sin inconvenientes. Mi caso es parecido al tuyo, a excepción que mi novio vive aqui en Venezuela pero tiene la doble nacionalidad. Sabes si es obligatorio el empadronamiento por 10 años o si podemos llegar a españa, empadronarnos y registrarnos como pareja de hecho sin problemas?

            Disculpa la intromisión es que la información sobre esto no es muy especifica y me gustaría estar segura de como es todo el procedimiento a ver si lo intentamos. Gracias y felicidades nuevamentw.

          • Rosa

            Muchas gracias, Keni. No se cómo se maneja en el resto de España, pero lo que te puedo decir es que al menos en la Xunta de Galicia nos solicitaron que mi pareja estuviera empadronada al menos por 10 años continuos en Galicia, sin embargo él no tenía esa continuidad pues por cuestiones laborales a lo largo de ese tiempo había estado empadronado en varias partes de España. En su lugar nos pidieron las partidas de nacimiento de al menos uno de sus padres y abuelos donde constara que eran gallegos de nacimiento, así lo hicimos. De esta forma pudimos solventar el requisito sin ningún problema y dimos curso al trámite

        • diana

          hola rosa

          me alegra estes radicada ya en españa

          podrias darme tu email, necesito contactarte y hacerte algunas preguntas

          por favor

Comentar esta noticia

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mundo Jurídico Info S.L.P, es el responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario, por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

  • Fin del tratamiento: mantener una relación de envío de comunicaciones y noticias sobre nuestros servicios y productos a los usuarios que decidan suscribirse a nuestro boletín. Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: info@mundojuridico.info indicándonos en el asunto “No Publi”.
  • Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación.
  • Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos.
  • Destinatarios: no se cederán a ningún tercero.
  • Derechos que asisten al Usuario:
    1. Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición al su tratamiento.
    2. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos

Puede ejercer estos derechos mediante el envío de un correo electrónico o de correo postal, ambos con la fotocopia del DNI del titular, incorporada o anexada:

Si desea ampliar información sobre la política de privacidad de nuestra empresa, puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/

Destacados