Para empezar, y en cuanto al concepto de las parejas de hecho en Murcia, se considerará como tal, la efectiva convivencia de dos personas en pareja, de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable, al menos, durante un período ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación afectiva, con independencia de su orientación sexual. Igualmente se requiere que los dos miembros de la pareja estén empadronados en el Municipio.
Se ha publicado la Ley 7/2018 de 3 de Julio de Parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Murcia, por lo que recomendamos que leáis nuestro artículo sobre esta materia sobre parejas de hecho.
Aunque muchas de las cuestiones de la anterior normativa se han trasladado a la nueva Ley 7/2018 de 3 de Julio, es aconsejable leer el reciente texto legal.
En cuanto a la constitución de las parejas de hecho en Murcia, hay que destacar la particularidad de que, como no se encuentran específicamente reguladas en esta comunidad, su inscripción en el Registro de Parejas de Hecho únicamente tendrá carácter administrativo.
En tal sentido, se inscribirán en el Registro Municipal de Uniones de Hecho, las uniones de hecho estables de aquellas personas que lo soliciten expresamente y que cumplan con los requisitos exigidos en el presente Reglamento.
Y con relación a los requisitos para poder constituir parejas de hecho, tendrán acceso al Registro Municipal las uniones de hecho que cumplan con los siguientes requisitos:
En cuantos a las situaciones en virtud de las cuales no se podrán constituir las parejas de hecho en Murcia, nos encontramos con las siguientes:
En cuanto a los derechos y efectos que van a tener lugar para las parejas de hecho en Murcia, el campo de acción es genérico. Ello es así por la falta de una legislación propia en la comunidad murciana.
No obstante, en aplicación de la normativa municipal, y en la tramitación de todos los procedimientos, las parejas que formen uniones de hecho inscritas en el Registro Municipal como tales, tendrán la misma consideración administrativa que la legislación vigente establezca para los matrimonios.
En cuanto a la forma de presentar la solicitud de inscripción de las parejas de hecho en la Región de Murcia, sólo será de forma física. La solicitud de inscripción en el Registro Municipal de Unión de Hecho, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Murcia, firmada por ambos solicitantes y dirigida al Alcalde. Si alguno de los miembros no puede personarse, deberá aportar el poder notarial específico.
En cuanto a los posibles pactos que pueden hacerse por las parejas de hecho, podrán inscribirse en el Registro los pactos notariales que los miembros de la pareja de hecho hayan realizado sobre sus relaciones económicas, durante su convivencia y sobre la liquidación de las mismas.
Por otra parte, y a modo de prohibición, en ningún caso podrá pactarse una unión de hecho con carácter temporal o someterse a condición.
Para finalizar, y en cuanto a las causas por las que tiene lugar la extinción de las parejas de hecho en Murcia, nos encontramos con las siguientes:
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hola mira soy un chico de sub america y quiero hacerme pareja de hecho con mi novia que es española me gustaría saber si solo con el pasaporte pouedo hacerlo por no tengo tarjeta de residencia y querria saber si puedo hacerlo en Murcia gracias¿?¿?¿
Si he cambiado de empadronamiento por mas de tres meses y mi pareja no, se anula la pareja de hecho?
Buenos días:
Mi hijo es pareja de hecho y la situación de ellos dos es mala, tienen una niña 19 meses en común, ¿que procedimiento tiene que hacer para anular dicho documento?, como es de entender ¿el tendrá que pasarle una manutención a la niña?, el tema del domicilio ellos están de alquiler pero convive una hermana de ella en dicho domicilio, ¿tendría mi hijo que pagar la mitad o la parte proporcional por esta su hermana viviendo ahí?.
Gracias