Los hijos mayores de 18 años en la declaración de la Renta

Los hijos mayores de 18 años en la Declaración de la Renta y el mínimo por descendientes.

Una de las preguntas más frecuentes que los contribuyentes plantea es  hasta que edad se pueden incluir a los hijos en la declaración de la renta.  Así­ pues, en este artículo nos centraremos en la incorporación o no de los hijos mayores de 18 años en la declaración de la Renta de sus padres. En concreto  el término utilizado fiscalmente sería el derecho o no a aplicar el Mínimo por Descendientes.

Al respecto, la ley dice que darán derecho a aplicar el Mí­nimo por Descendientes, los siguientes supuestos:

1.- Descendientes menores de 25 años a 31 de diciembre de 2016, que convivan con el contribuyente, que no hayan tenido rentas superiores a 8.000 euros (sin contar las exentas) y que no presenten de forma independiente declaración por el IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
2.- Descendientes mayores de 25 años a 31 de diciembre de 2016 con grado de minusvalía igual o superior al 33  por 100, que convivan con el contribuyente, que no hayan tenido rentas superiores a 8.000 euros (sin contar las exentas) y que no presenten de forma independiente declaración por el IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

El contribuyente debe tener en cuenta antes de confeccionar su Declaración de la Renta que:

  • Sí los descendientes son menores de 18 años (o siendo mayores forman parte de la unidad familiar por tener discapacidad), deben incluirse sus rentas en el correspondiente apartado de la declaración. Si se opta por tributación conjunta, además de la reducción por descendientes, será de aplicación la reducción por tributación conjunta.
  • Si los descendientes son menores de 25 años y tienen rentas inferiores a 8.000 euros, esas rentas no tienen que incluirse en la declaración de los padres o ascendientes. Estos hijos dan derecho a reducción por descendientes, pero al no formar parte de la unidad familiar, no generan reducción por tributación conjunta.
  • Si hay hijos menores de 18 años e hijos mayores de 18, pero menores de 25, es posible la presentación de una declaración conjunta (padres y menores de 18), en la que se aplique la reducción por descendiente por los mayores de 18 menores de 25 años (siempre que cumplan los requisitos señalados).

Requisitos para aplicar el mínimo por descendientes.-

Conforme a lo manifestado anteriormente, para aplicar el mí­nimo por descendientes es preciso que los descendientes en cuestión cumplieran los siguientes requisitos en el año correspondiente a ese ejercicio:

  1. Tener menos de 25 años a 31 de diciembre o ser discapacitado en cuyo caso la edad no importa
  2. Convivir con el ascendiente, aunque se admiten algunas excepciones como la del hijo que depende del contribuyente pero esta interno en un centro especializado, o la del hijo que se ausenta de forma esporádica de la vivienda durante periodos lectivos del curso escolar.
  3. Tener rentas anuales netas, excluidas las rentas exentas, no superiores a 8.000 euros.
  4. Declarar no mas de 1.800 euros de rentas, si presentan declaración individual, no obstante, este limite se puede superar sin que los padres pierdan la posibilidad de aplicar el mínimo, cuando el descendiente presenta declaración conjunta con ellos.

Recordar que las personas legalmente tutelados o acogidas por el contribuyente se equiparan a los descendientes en todo lo que respecta a los mí­nimos familiares.

Cristina C. González

Abogada. Colegiada ICAGR N.º 5655. Abogad especializada en Derecho Fiscal.

Ver comentarios

  • Buenas tardes:
    Mi hija esta estudiando en una ciudad distinta al domicilio familiar. Desde octubre del 2014 está en alquiler en un piso con otras estudiantes. No tiene ningún tipo de ingresos pues no trabaja y todos sus gastos corren por nuestra cuenta. El contrato del alquiler está a su nombre y el de sus compañeras. Al consultar los datos fiscales en Hacienda, para la renta del 2014 no aparece. ¿No se debería considerar parte de la unidad familiar a la hora de presentar la declaración de renta puesto que no es independiente económicamente? Muchas gracias.

    Un saludo,
    Marian

  • Hola, aún sigo con una duda.

    Yo tengo 21 años no vivo con mis padres pero si estoy empadronada con ellos. Mis rentas brutas del año pasado fueron entorno a los 7.200. He hecho el borrador individual y me sale a devolver. Sin embargo haciendo el de mi padre, si me incluyo o si no me incluyo, la cifra no varía.
    Me preguntaba si al hacer la declaracion con ellos ¿no me devuelven lo retenido?
    ¿Puedo entonces hacer yo mi declaración individual y ellos a su vez incluirme para deducirse el mínimo por descendiente? O no pertenezco a la unidad familiar?

    • Para realizar la declaración de la renta, mi marido y yo la solemos hacer individual, y metiendo a mi hija.
      Para la renta del 2018, mi hija tenía 24 años y unas rentas de 3.800 euros.
      La pregunta es: nos la seguimos deduciendo o realiza ella, por si sola, la renta??
      Muchas gracias y espero haberme explicado.

  • Buenas tardes. Mi marido y yo realizamos declaraciones individuales. Mi hijo mayor( con 24 años a 31 diciembre 2015), trabaja y percibe ingresos inferiores a 8000€. Consideré que deebido al importe no debiamos incluirlo y nos han llegado cartas de hacienda a ambos. Nos cobrarán la parte no declarada y una posible sanción. Tenemos 10 días para alegar. ¿Qué deberíamos hacer?
    Gracias de antemano
    Pilar

  • hola,
    tengo 19 años, y estoy estudiando fuera, y por tanto me e empadronado en el lugar donde estoy estudiando, y a no en el pueblo donde están mis padres. No tengo ningún tipo de ingresos.
    La declaración de la renta de mis padres varia?

  • Hola e hecho la declaracion de hacienda conjunta con mis hijos mayores de edad y el que tiene 18 años tiene 2 multas y las an saldado con la devolucion a mi nombre.puedo reclamarlo con un escrito y que el las pueda pagar poco a poco las multas para que me hagan mi devolucion .puedo reclamarlo

  • Buenos días, estoy divorciado desde diciembre del 2017, en el decreto de divorcio se acordó que mi hijo de 19 años estuviera seis meses en casa de cada uno de sus progenitores siempre y cuando él lo quisiera al ser mayor de edad, mi hijo estaba empadronado en mi domicilio pero en mayo del 2018 mi exmujer le propuso a mi hijo cambiar de empadronamiento al domicilio de la madre, ahora mi hijo esta empadronado en el domicilio de su madre, mi hijo sigue estado la mitad del tiempo con cada uno de sus progenitores. Mi pregunta es la siguiente: En que me afecta a nivel de IRP etc. el hecho de que mi hijo no esté empadronado conmigo?

    Muchas Gracias

    Un Saludo

  • Buenas
    Mi hija tiene 22 años y no tiene ingresos ya que estudia en la universidad. La madre de mi hija y yo estamos separados hace ya 17 años. En el convenio regulador,la custodia la tiene su madre unque ya con la edad que tiene mi hija no se que validez puede tener ese convenio. La madre de mi hija se volvió a casar .
    Mi hija pasa temporadas conmigo y temporadas con su madre y todos los gastos los pagamos su madre y yo a partes iguales.
    La pregunta es:
    ¿Yo puedo desgrabarme la mitad de mi hija de alguna manera?
    ¿Se la tiene que desgrabar todo su madre por tener la custodia?

  • Hola,
    Tengo un hijo de 19 años ( 02/01/2001) que vive conmigo ( madre soltera sin percibir ingresos por manutención) y que no ha trabajado y está estudiando.
    Y por sopresa me llama una chica de hacienda ( cita previa) e iba hacer la declaración de la renta 2019 y me han comentado que este año no voy a tener la Reducción de la base imponible por tributación conjunta de 2.150€ que he tenido años anteriores y también el año anterior ( renta 2018).
    Y como bien dices arriba :
    El Mí­nimo por Descendientes, los siguientes supuestos:

    1.- Descendientes menores de 25 años a 31 de diciembre de 2016, que convivan con el contribuyente, que no hayan tenido rentas superiores a 8.000 euros (sin contar las exentas) y que no presenten de forma independiente declaración por el IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

    Es así verdad? este año también tengo esta reducción por tributación conjunta, por no percibir él ninguna renta.

    Gracias y saludos,

    Eva

  • Buenos días, yo el año pasado tuve unos ingresos brutos de 12.300€ en ellos hay 1360€ de paro que cabé de cobrar, por otra parte mi madre pidió en su renta el mínimo por descendiente ya que tengo un grado de discapacidad reconocida. Y para mi sorpresa le han concedido la deducción por descendiente con minusvalía, pasándome de los 8.000€ netos que indica en la AEAT.

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