Familia

Mantenimiento del régimen comunitario en caso de divorcio

Para el mantenimiento del régimen comunitario hay que comunicar el divorcio en el  plazo de 3 meses.

A continuación ofrecemos el criterio interno de las oficinas de extranjeros sobre el mantenimiento del régimen comunitario en el supuesto de divorcio, nulidad del matrimonio o cancelación de la inscripción como pareja de hecho del ciudadano de la Unión Europea.

En el supuesto de nulidad del vínculo matrimonial , divorcio o cancelación de la inscripción como pareja registrada , de un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea (incluida España) o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza), con un nacional de un Estado que no lo sea, el ex cónyuge o ex pareja podrá conservar el derecho de residencia como familiar comunitario si cumple y acredita alguno de los supuestos previstos en el apartado 4 del artículo 9 del RD 240/2007:

a)   Duración de al menos 3 años del matrimonio o situación de pareja registrada, hasta el inicio del procedimiento judicial de nulidad o divorcio, o de  la cancelación de inscripción de pareja. Deberá acreditarse que, en esos 3 años, se ha producido al menos un año de convivencia en España.

b)  Otorgamiento por mutuo acuerdo o decisión judicial de la custodia de los hijos del ciudadano comunitario, al ex cónyuge o ex pareja registrada que no sea ciudadano de la Unión Europea.

c)  Existencia  de circunstancias especialmente difíciles, como haber sido víctima de violencia de género o haber sido sometido por su cónyuge o pareja de hecho a trata de seres humanos durante el matrimonio o situación de pareja.

d)  Resolución judicial o mutuo acuerdo que determine el derecho de visita, al hijo menor, del ex cónyuge o ex pareja, cuando dicho menor resida en España.

Cuando se produzca por tanto el divorcio o cancelación de la inscripción de la pareja de hecho, es MUY IMPORTANTE para el mantenimiento del régimen comunitario en caso de divorcio, que se comunique a la oficina de Extranjeros dicha circunstancia en el PLAZO MÁXIMO DE TRES MESES para mantener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión que tenga concedida el extranjero hasta la pérdida de vigencia de la misma. Cuando se produzca la caducidad de la tarjeta, normalmente a los 5 años, con aplicación de los plazos de solicitud establecidos en la normativa, se le otorgará la nueva tarjeta de residencia en régimen comunitario que será la tarjeta de residencia permanente, en la que no deberá  constar el nombre del familiar (ciudadano de la Unión Europea) que les otorgó en su día el derechote residencia .

La referida nueva tarjeta de familiar de ciudadano en la Unión no otorgará en ningún caso derechos a terceros en régimen comunitario. Evidentemente, sí podrá causarlos en régimen general, cumpliendo los requisitos correspondientes.

Sin embargo, no se mantienen como residentes dentro del Régimen comunitario , en  aplicación del referido artículo 9.4 , ni los ascendientes ni los descendientes directos del familiar de nacionalidad extracomunitaria a través del cual adquirieron el derecho de residencia la amparo del régimen comunitario .

Por ello, quienes no queden incluidos en el ámbito de aplicación del régimen comunitario conforme a lo anteriormente señalado y deseen seguir residiendo en España podrán obtener, en su caso, una autorización de residencia o residencia y trabajo en régimen general, al amparo de los dispuesto en la L.O. 4/2000 y en su Reglamento de desarrollo aprobado por el RD 577/2011 , de 30 de abril, disponiendo de un plazo para la presentación de la solicitud de TRES MESES a computar desde la fecha en que se produce el hecho que motiva la extinción del derecho de residencia en régimen comunitario.

Cuando se trate de otorgar una autorización en régimen general a un menor, sin perjuicio de estar a lo dispuesto en la normativa vigente , deberá velarse en todo caso por la protección del interés superior del menor .

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Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

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  • Hola soy Fernando,mi consulta es la siguiente mi tarjeta de residencia se caduca en enero,estoy como familiar ciudadano de la unión ,llevamos 7 años casados pero muchos mas años juntos ya que tenemos una hija de 17 años,pero dadas las circunstancias nos hemos separado y queremos el divorcio,yo estoy trabajando y cotizando desde hace mas de 2 años,y quisiera saber si al divorciarnos pierdo los derechos de residencia,o que tramites debo seguir para mantener mi tarjeta residente,y donde debo dirigirme.muchas gracias!!!

    • Hola Fernando,

      En principio, con el divorcio, se produce la disolución del vínculo matrimonial y por tanto, salvo que se cumplan ciertos requisitos, la salida del régimen comunitario.

      No me indicas, si ya has inciado el procedimiento de divorcio o no, y sería interesante saberlo, ya que será en ese momento, el del divocio, cuando tengas que hacer la comunicación a extranjería de tu nueva situación y por lo tanto hacer los cambios preceptivos. Parece que las fechas de renovación y una posible sentencia puedan estar muy cercanas, no?. Igualmente es importante saber si en el momento de la renovación llevas ya los cinco años de residencia en España o no.

      En principio, y lo más importante es que aunque no puedo concretarte exáctamente la solicitud a realizar por falta de datos, por lo que me indicas entiéndo que si cumplirías los requisitos para mantener tu residencia en régimen comunitario aún cuando se produzca el divorcio, ya que llegado el momento o bien llevarías cinco años de residencia en España, o bien cumplirías los requistos para mantenerte en este régimen tras el divorcio ( más de tres años en españa, hija menor de la que tienes la custodia o régimen de visitas, trabajo, medios económicos y asistencia sanitaria).

      No puedo darte una respuesta categórica, en qué trámites hacer u cuándo, puesto que como te he indicado necesitaría saber algunas cuestiones más.

      Los trámites y comunicación se deben de hacer en la Oficina de extranjeros o de Policía que te corresponda por tu domicilio. Igualmente puedes pedir cita para asesorarte en dicha Oficina.

      Igualmente y si lo consideras oportuno tenemos un servicio de asesoría jurídica por teléfono en la que de manera rápida y hablando directamente contigo podríamos concretar esos puntos que nos faltan y resolver tus dudas sobre la marcha.

      Espero que sigas visitando Mundojuridico.info y que te suscribas a nuestro boletín de noticias.

      Un saludo

  • Buen dia, tengo una consulta y tal vez me pueden ayudar.
    Yo soy de Uruguay y estoy casado con una ciudadana Francesa desde 2008, ya he tenido mi tarjeta de residencia durante 5 años por familiar de ciudadano de la union y he renovado dicha tarjeta por lo cual ya tengo la permanente por ciudadano de la union por 10 años.
    Estamos por divorciarnos y me gustaria saber los pasos a seguir para no perder mi tarjeta o que tendria que hacer.
    Nos hemos casado Tarragona.
    Muchas gracias por su tiempo.

    • Hola Marcelo,

      Como tienes tarjeta de residencia en régimen comunitario permanente, el hecho de divorciarte no te afecta. Es decir, vas a mantener esta tarjeta aunque te divorcies. En cualquier caso, en el momento en que se te notifique la firmeza de la sentencia de divorcio tienes el plazo de 6 meses para comunicarlo a la Oficina de extranjeros de tu ciudad, para que tengan constancia de tu nuevo estado civil.

      Gracias por visitar Mundojuridico.info y espero que nos sigas visitando.

      • Son 3 meses el plazo de la notifocacion como plazo maximo o 6 meses como has indicado ?

  • Querida señora, mi caso es que me ha sido concedida la nacionalidad española desde noviembre de 2012 y juro bandera en colegio notario madrid 0n 15 de julio de 2013 porque no podria esperar para el mes de marzo fecha 2014 dado a mí por el registro civil parla, aun así, el registro civil han dado mi certificado de nacimiento que permitirá recoger ID y el pasaporte español.Estoy casado con una mujer española por 5 años y ella puso divorcio en el mismo tribunal en parla, mi NIE caducado hoy 14 de diciembre, aunque he de renovación y tiene FAVORABLE ayer pero me preocupa que ella no me dará su DNI para mi huella.yo necesito mis papeles renovadas hasta que llego mi pasaporte español, por favor, tengo que informar la oficina de extranjeros de madrid?

    • Hola Larry,

      Corrígeme si me equivoco. Por lo que entiendo, se te ha concedido la nacionalidad española y has hecho la jura, por lo que has terminado todos los trámites necesarios, a la espera únicamente de que ten den el certificado de nacimiento por parte del Registro Civil. Enhorabuena ya eres español, por lo que deberás de notificar este extremos a extranjería ( la concesión de la nacionalidad), no necesitando poner huellas para la expedición de la tarjeta de residencia y por ende el DNI de tu mujer, lo que era tu preocupación.

      Ya eres español y estás únicamente a la espera de que se te facilite la partida de nacimiento para hacer las gestiones de obtención de tus documentos identificativos en España, DNI o pasaporte, no necesitando de ninguna tarjeta de residencia, puesto que, repito, eres ya español.

      Enhorabuena y suerte.

      Espero que sigas visitándonos en Mundojuridico.info

  • Buenos días, tengo dudas sobre la situacion en que me encuentro ahora mismo, espero que vosotros podais ayudarme. Hace 5 años me case con un ciudadano español y obtuve la tarjeta de residencia, tras 3 meses de convivencia me separe por civil, pero no informe a la extranjeria de mi separacion. Seguia trabajando con mi tarjeta de residencia comunitaria, en el año 2011 me registre pareja de hecho con un ciudadano español pero seguia con mi tarjeta de residencia comunitaria de mi primer matrimonio tampoco lo informe a la extranjeria y ahora no se que hacer. Mi tarjeta se caduca en el marzo de este año, que pasos debo seguir, tengo que solicitar la renovacion de mi tarjeta o solicitar una tarjeta comuntaria nueva al tener en manos el certificado de pareja de hecho. Llevo viviendo con mi pareja desde 2011. Como tengo que proceder para renovar mi tarjeta de residencia, sera la segunda renovacion de tarjeta o tengo que empezar todo desde cero y solicitar nueva tarjeta comunitaria? Le agradeceria muchisimo su respuesta.

    • Hola Alexander,

      Efectivamente, la situación está liada. Lo que sí queda claro, es que cuando te corresponda renovar se va a "destapar" todo. Mi recomendación y en aras de intentar mantener los cinco años de residencia en España, es que te pongas en contacto con una abogado de extranjería de tu ciudad, para que con antelación él exponga el caso en extranjería, y poder valorar en función de la opinión de esa Oficina que hacer.

      La idea es intentar mantener los años de residencia y alcanzar ya sea en régimen comunitario o general la residencia permanente o larga duración respectivamente. Si es en régimen comunitario mejor.

      En cualquier caso, siempre tienes la opción de solicitar la residencia en régimen comunitario nuevamente en atención a tu actual situación.

      Puedes ponerte en contacto con nosotros a través del servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.5002.004, donde podremos hablar personalmente de tu asunto.

      Espero que sigas visitando Mundojuridico.info

      Un saludo

  • Hola un saludo mi pregunta es la siguiente...
    Soy cubano y contraje matrimonio en territorio español con una ciudadana española en enero del 2012 y tengo tarjeta comunitaria desde octubre de ese mismo año este enero cunplimos dos años de casados pero nos queremos divorciar. Estoy leyendo que e pierde la residencia sino llevo al menos tres años de matrimonio y al menos uno residiendo en territorio español(este lo cumplo), que aconsejarían que hiciera.
    Gracias

    • Hola Manuel,

      Si en vez de divorciados os separais, al no producirse la disolución de vínculo matrimonial seguirías en el régimen comunitario. Únicamente tendrás que comunicar a la Oficina de extranjería la separación.

      Si no llevas tres años casado ( uno en España) pierdes la residencia en régimen comunitario y tendrás que solicitar la modificación a régimen general. Por lo tanto, para hacer ese cambio, tendrás que justificar que cumples los requisitos exigidos para la autorización en régimen general que solicites, autorización de residencia y trabajo, residencia no lucrativa...

      Te dejo el enlace de esta entrada que quizás te ayude.https://www.mundojuridico.info/las-consecuencias-del-divorcio-de-un-extranjero/

      Espero haberte ayudado. Para consultas relacionadas con esta materia u otra no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del servicio de asesoría en el 807.502.004.

      Agradecerte y esperar que sigas visitando Mundojuridico.info

  • Hola, tengo la tarjeta de residencia de ciudadano de la unión europea. Llevo 5 años en España y 4 de casados,en Diciembre 2014 me caduca la tarjeta.
    Mi pregunta es: Si nos divorciamos, pierdo la tarjeta de residencia??
    Tengo que tener algún requisito para conservarla? que pasaría en caso de divorcio antes del plazo de caducidad de la tarjeta?
    Siempre he cotizado y actualmente sigo cotizando. También tengo cita para la nacionalidad en marzo 2015.

    Espero podáis ayudarme!

    Gracias

  • Hola si me ayudan.soy casada hace 2 años con un español.y resido aqui con el hace 1 año y 5 meses.presentamos mi nacionalidad por conyugue estoy en espera de la entrevista y mi esposo desea divorciarse no esta a gusto conmigo dise. Y ademas me dise q perdere todos mis documentos de legalidad y q me regrese a mi pais.me ayudan?

  • Hola, tengo una pareja de hecho registrada, llevamos justo 3 años juntos, siempre hemos vivido en España. Estoy a punto de divorciarme y mudarme a otra comunidad autónoma. Tengo una hija de 6 años que no esta reconocida por mi pareja (no es suya, soy madre soltera). Entiendo que por 3 años que llevo no me van a quitar la residencia, pero que pasa en este caso con mi hija? Qué requisitos tiene que cumplir ella una menor para mantener su residencia?

    • Hola q tal buenos días estoy x divorciarme no e iniciado los tramites aun tengo mas de tres años casados perderé la tarjeta comunitaria y una vez q caduque podre renovar x otra tarjeta comunitaria o ya sera de régimen general.gracias

  • hola buenas mi pregunta es eso despues de pasar 3años de pareja de hecho y lo cancelas cuales son los requisito para renovar la tajeta comunitaria despues de los cinco años sabiendo que te separaste depues de 3años de de pareja y uno de convivencia en españa

    • Hola Joaquin,

      Una vez que te das de baja en el Registro de Pareja de Hecho, debes de comunicarlo a la Oficina de Extranjería. Si bien, y para el caso de que en elemento de baja, llevases más de tres años inscrito y un año de residencia en España, se permite que mantengas la residencia en régimen comunitario, es decir, permaneces con la misma autorización. Cuando llega el momento en que caduca tu tarjeta, deberás de solicitar su renovación para lo que tendrás que justificar los requisitos exigidos para ello, básicamente cinco años de residencia en España.

      Te dejo enlace a entrada que te resultará de interés.

      https://www.mundojuridico.info/tarjeta-residencia-permanente-familliar-ciudadano-union/

      Un saludo, y recuerda que ante cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro Servicio de asesoría jurídica por teléfono en el 807.502.004

      • Hola mi pregunta es la siguiente mi novio tiene residencia comunitaria cm familiar de la unión porque el estuvo casado çn una española 3 años y su divorcio sale en septiembre, yo soy venezolana , y voy como turita a españa el mes entrante, es posible que el inmediatamente al salir su divorcio nos podamos Edtablecer cm pareja de hecho y obtener yo la residencia? Que tipo de residencia obtendria? O nos podriamoa casar y yo obtener lá residencia? Mi duda Es si hay algun inconveniente si el siendo familiar de la unipn con su residenvia comunitaria quiera establecerse cn una extrajera en españa y otorgarle la residencia.

  • Buenos Dias,

    Tengo casada con un comunitario (portugues) 2 años y medio y hemos decidido divorciarnos, pierdo mi tarjeta comunitaria, tengo viviendo en españa 2 años.

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