Familia

El matrimonio extranjero en el Registro civil consular

Procedimiento y requisitos para inscribir el matrimonio extranjero en el Registro civil consular cuando uno de los contrayentes es español.

En esta entrada  nos vamos a centrar en el procedimiento y requisitos para inscribir el matrimonio extranjero en el Registro civil consular español. Es decir, cómo se debe de proceder para que una vez que se ha contraído matrimonio en país extranjero y conforme a la ley de ese país, España reconozca ese matrimonio y así poder solicitar la correspondiente autorización y/o visado de residencia.

A modo de resumen, puesto que ya hemos hablado sobre la celebración y los efectos en España de un matrimonio realizado en el extranjero, recordamos las siguientes ideas antes de entrar propiamente en procedimiento y requisitos a seguir para inscribir el matrimonio extranjero en el Registro civil consular.

Ciudadano español que contrae matrimonio en el extranjero

Recordar que:

1.-Cuando un nacional español contrae matrimonio en un país extranjero, este se celebra por regla general ante las autoridades locales del país y conforme a la legislación del mismo. También cabe la posibilidad, aunque no es el tema que nos ocupa en este post de celebrar el matrimonio en el Consulado español y conforme a ley española, siempre que:

  • A) El país dónde nos encontremos no ponga objeciones a la celebración de dicho matrimonio consular.
  • B) Y siempre que  la persona con quien  contraemos matrimonio no sea nacional de ese país y que sus leyes admiten la celebración de matrimonios consulares.

2.-Conocer los requisitos, procedimiento y documentación necesaria para celebrar el matrimonio en la forma válida en dicho país.

Una vez que el matrimonio se ha celebrado, estamos casados en ese país, pero no en España, donde nuestro estado civil seguirá siendo el mismo en tanto no comuniquemos nuestro matrimonio y España lo reconozca. Para que esto se produzca deberemos solicitar la inscripción de nuestro matrimonio celebrado en el extranjero en el Registro Civil competente, que será el Registro civil consular del lugar de celebración del matrimonio o el Registro civil del lugar de residencia en España del ciudadano español.

Procedimiento de inscripción del matrimonio celebrado en el extranjero en el Registro civil consular

Este procedimiento al que llamamos coloquialmente «inscribir el matrimonio extranjero en el Registro civil consular o en el Registro civil correspondiente» , realmente se llama “ Inscripción por Transcripción de certificación extranjera de matrimonio” y requiere del siguiente procedimiento y documentación:

El procedimiento se inicia con la presentación de un formulario de solicitud de inscripción del matrimonio dirigida al Registro civil consular y que facilitan de manera gratuita en el mismo Consulado.

Dicha solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:

Certificado literal de matrimonio expedido por la autoridades competentes debidamente legalizado o apostillado, y en su caso, traducido por traductor jurado. Si el matrimonio se hubiese celebrado por poder (en el país extranjero), también se debe de aportar la el mencionado poder.

Documentos necesarios del cónyuge español para inscribir el matrimonio:

  • DNI o Pasaporte
  • Certificado de nacimiento, expedido con un anterioridad no superior a 3 meses
  • En caso de ser divorciado, certificado literal de anterior matrimonio en que conste inscrito el divorcio.
  • En caso de ser viudo, certificado literal de matrimonio anterior y certificado de fallecimiento del anterior cónyuge.
  • Fe de vida y Estado¸ o Certificado de Capacidad Matrimonial expedido por el Registro Civil del domicilio. Ello en el caso de que la legislación del país de celebración del matrimonio exigiera para su celebración la tramitación previa de expediente de capacidad matrimonial del ciudadano español).

Documentos necesarios del cónyuge extranjero para inscribir el matrimonio:

  • Pasaporte
  • Certificado de nacimiento, expedido por la autoridades competentes.
  • Certificado que acredite el estado civil que tenía antes de la celebrar el matrimonio
  • En caso de estar divorciado certificado literal del matrimonio anterior donde conste la inscripción del divorcio,
  • En caso de ser viudo, certificado literal de matrimonio anterior y certificado de defunción del cónyuge anterior.

Toda la documentación aportada del cónyuge extranjero deberá estar debidamente legalizada o en su caso apostillada, además de traducida  por traductor jurado.

Una vez admitida y comprobada  la documentación se indicará día para celebrar la Audiencia Reservada. Ésta se podrá celebrar en el Consulado o en el Registro civil del domicilio del nacional español en el caso de que éste regrese a España después de celebrarse el matrimonio.

Una vez que el procedimiento ha finalizado y el matrimonio está inscrito en el Registro civil español ya se puede proceder a iniciar todas las gestiones tendentes para que el cónyuge extranjero viaje a España o solicite el preceptivo visado de reagrupación familiar de ciudadano comunitario.

Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • Hola buenas tardes, mi pregunta es que si mi prometido es ecutoriano con nacionalidad española yo que no tengo papeles por causas mayores y tengo resididos mas de 10 años en españa, si al casarnos podre obtener mis papeles?
    muchas gracias

    • Hola mi caso es que quiero saber cuanto tardan en enviarte el libro de familia y el certificado de matrimonio una vez ya concluido osea aprobado el matrimonio

  • Hola:

    Soy española y para contraer matrimonio en el extranjero me exigen un documento por el que España reconoce los derechos del matrimonio extranjero. Es decir, necesito presentar un documento en las autoridades locales que certifiquen que mi matrimonio extranjero será válido en España.
    ¿Saben de que documento me están hablando y donde lo puedo solicitar?
    Gracias por adelantado.

    • buenas noches

      para contraer un matrimonio en el extranjero, se debe tener la capacidad matrimonial, un documento que suelen tardar en expedirlo.

    • Hola si te has casado fuera de españa el pais donde te has casado te tienen que hacer un certificado de sigues casada hasta tal fecha junto con el acta matrimonio que te dieron cuando te has casado y tienes que inscribir el matrimonio extranjero en españa para que te reconozcan tu matrimonio

    • Hola yo me case en argelia con mi marido y me gustaría saber si ahora puedo casarme con el en España

  • Buenos dias, respecto a este tema he oido casos de que todos estos tramites han demorado hasta un año... Yo voy a Argentina a contraer matrimonio con una chica de alli en el registro civil Argentino pero no quiero que demoren tanto los tramites para que ella pueda venir cuanto antes, y mi consulta es que si ella viniera a España y nos casaramos en el registro civil de aqui ¿adelantariamos algo?
    Queremos vivir en españa, para ello, ¿es mas rapido conseguirlo casandonos en españa o en el extranjero?

    Muchas gracias

    • Hola Adrian,

      Por regla general suele resultar más rápido contraer matrimonio en España.En cualquier caso, pregunta en el Registro Civil que te corresponda por tu domicilio el tiempo de trámite en el expediente para valorar los tiempos.

      Un saludo y cualquier cuestión no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004.

    • Hola,

      Yo estoy en una situación parecida y por lo que he leído hasta el momento creo que, en caso de que la boda se celebre en el extranjero, el plazo se acorta si se solicita la inscripción en el registro consular en lugar de hacerlo en el Registro Central en España, aunque supongo que esto puede depender de cuántas solicitudes tengan que atender en cada sitio, por lo que imagino que conviene consultarlo antes.
      Un saludo

  • HOla, soy español y quisiera sabaer, si casandome con mi nobia venezolana en argentina, podriamos hacer la inscripcion del matrimonio en la embajada de España en Venezuela, para asi poder legalizar nuestromatrimonio en españa. O si por el contrario, solo podria hacer este tramite en el consulado de España en Argentina, por ser este el pais en el que nos casemos.

    Gracias.

  • A la hora de inscribir el matrimonio en España, lo inscriben con la fecha real de celebración en el extranjero o con la fecha de inscripción en el registro civil español?
    En nuestro caso, llevamos intentando el registro desde diciembre de 2008 y no ha sido posible debido a negligencia por parte de la embajada, seguido de la lentitud del registro civil central y otra vez por negligencia recurrente por parte de la embajada. Ahora parece que estamos a punto de conseguirlo y nos surge esta duda ya que nuestra intención es reclamar la deducción de IRPF que no hemos podido pedir en su momento y de lo que evidentemente no somos culpables.

  • Buenas tardes; mi pregunta es la siguiente: ambos somos españoles, y nos gustaría casarnos en un Consulado español, en este caso en La Habana (Cuba), es posible y qué requisitos harían falta?
    Gracias de antemano

  • hola, Buenas Tardes.

    me llamo Miguel Angel tengo 22 años, soy de Bolivia residente en Italia con documentos en regla. Empadronado en Sabadell (Barcelona) sin documentos españoles

    Mi mujer boliviana de 21 años,con documentos en regla aquí en España(residencia de 5 años)la primera. Actualmente trabaja de hace casi 2 meses en regla.

    Hace menos de un año me casé en Italia con mi pareja en el consulado de Bolivia y ahora hemos regresado a España.
    Quisiéramos saber como podemos legalizar nuestro matrimonio en España para yo poder optar por los documentos y poder estar legalmente. Sin tener que esperar una oferta de trabajo o la reagrupacion familiar.
    Nos podría ayudar informándonos detalladamente sobre que tenemos que hacer, presentar y donde???
    cuanto tardaría el proceso?

    • Hola Miguel Angel,

      Al ser los dos de nacionalidad boliviana, no pueden inscribir el matrimonio en España ya que éste no se ha realizado aquí. El trámite a realizar sería un reagrupación por parte de tu mujer y mientras dura el procedimiento debes de estar en Italia, lugar de residencia tuya, ya que que una vez concedida la misma, será a través del Consulado de España correspondiente en Italia, donde tengas que realizar las gestiones para proceder a la entrada con la resolución de residencia.

      un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  • HOla,

    Soy Español y me voy a casar en Brasil con mi pareja. Tengo varias dudas:

    - Una vez casados, ella puede viajar a España sin visados?
    - Por el hecho de casarme en otro país, mi pareja tiene derechos de mis bienes en España?

    Gracias

    • Hola quería saber si ya estando inscrita el acta de matrimonio en España tengo q actualizarla para solicitar mi residencia nuevamente mi esposo es español y yo tengo ya nie pero se me venció porq tuve q salir de España y no pude renovarlo

  • HOLA, BUENOS DIAS Y GRACIAS POR SU AYUDA.
    EL CASO ES EL QUE SIGUE:
    MATRIMONIO RUMANO (AMBOS CONYUGES) CON UN HIJO NACIDO EN RUMANIA, VIVEN EN ESPAÑA DESDE HACE UNOS 7 U 8 AÑOS. HAN TENIDO OTROS DOS NIÑOS EN ESPAÑA.
    ¿QUE PASOS DEBE SERGUIR PARA LEGALIZAR SU MATRIMONIO EN ESPAÑA Y TAMBIEN UNIFICAR LOS DOS LIBROS DE FAMILIA QUE POSEEN (UNO DE RUMANIA CON SU HIJO RUMANO Y OTRO POR LOS DOS HIJOS NACIDOS EN ESPAÑA)EN UNO SOLO?

    • Hola Anasol,

      Al ser ambos de nacionalidad rumana su matrimonio no se puede inscribir en España, ya que el mismo ni se ha celebrado en España ni es referente a Españoles. Una vez adquieran la nacionalidad española si podrán solicitar su inscripción en el correspondiente Registro Civil. Del mismo modo, no se puede incluir al hijo nacido en Rumania y nacional rumano en el libro de familia expedido en España. Este libro se lo han dado porque sus dos últimos hijos han nacido aquí y por lo tanto su nacimiento consta inscrito en el Registro Civil.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  • Soy española y me casé en Pakistán en 2013. Realicé los trámites en la embajada española en Islamabad. Hace más de un año que hice mi audiencia reservada aquí en BCN. Mi marido la realizó el pasado mes de septiembre en Islamabad. Así que sólo nos quedaría que la embajada emitiese la resolución. Ya sé que el tiempo depende de cada embajada, pero no hay ninguna manera de saber un período estimado de la respuesta?
    Hoy he preguntado en el registro civil central y todavía no han recibido nada. Entiendo que una vez han realizado la entrevista tienen que emitir un informe y actualizar los datos en el registro civil central, pero cuál es el procedimiento? Quiero decir, si envían la documentación al ministerio de acción exterior y de aquí al registro civil central o si ellos mismos directamente contactan con el registro civil?
    Por parte de la embajada no recibimos mucha información…

    • Hola Sere,

      El Consulado debe de resolver sobre el reconocimiento en España de tu matrimonio celebrado en Pakistán. Realmente el trámite que has solicitado es un reconocimiento por transcripción de certificación extranjera y el asiento de tu matrimonio se hará en el Registro Civil Consular, con posterioridad el Consulado lo remite para que también se haga el asiento en el Registro Central. Si bien, una vez que el Consulado lo reconozca e inscriba se puede solicitar allí la partida, no hace falta esperar a que llegue al Registro Central.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

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