Mayorías necesarias para los acuerdos de la Comunidad
Las mayorías necesarias para los acuerdos de la Comunidad de propietarios vienen reguladas en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), cuya última y vigente redacción se produjo a finales de junio 2013 por la Ley 8/2013.
Antes de desgranar el citado artículo 17, hay que volver la vista a lo que también establece el artículo 10 LPH, pues dicho precepto establece una serie de actuaciones que tendrán caracter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios.
Esquema de mayorías necesarias para los acuerdos de la Comunidad
No requieren acuerdo de la Junta de propietarios
Son obligatorias a petición de un propietario o exigidas por la Administración:
1.- Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación. (art. 10.1 LPH)
2.- Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido. (art. 10.1)
3.- La ocupación de elementos comunes del edificio o del complejo inmobiliario privado durante el tiempo que duren las obras a las que se refieren las letras anteriores. (art. 10.1).
4.- La construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio o de las cosas comunes, así como la constitución de un complejo inmobiliario, tal y como prevé el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, que resulten preceptivos a consecuencia de la inclusión del inmueble en un ámbito de actuación de rehabilitación o de regeneración y renovación urbana. (art. 10.1)
5.- Los actos de división material de pisos o locales y sus anejos para formar otros más reducidos e independientes, el aumento de su superficie por agregación de otros colindantes del mismo edificio, o su disminución por segregación de alguna parte, realizados por voluntad y a instancia de sus propietarios, cuando tales actuaciones sean posibles a consecuencia de la inclusión del inmueble en un ámbito de actuación de rehabilitación o de regeneración y renovación urbanas. (art. 10.1)
6.- La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma. (art. 17.5 LPH)
Se exige la unanimidad
Cuando impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación.
Se exige mayoría de tres quintos (3/5)
Se requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, para los siguientes acuerdos:
- El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general (por ej: jardinería), supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos.
- Para el arrendamiento de elementos comunes que no tengan asignado un uso específico en el inmueble.
- Para el establecimiento o supresión de equipos o sistemas que tengan por finalidad mejorar la eficiencia energética o hídrica del inmueble. OJO: No se requerirán los 3/5 sino el voto favorable de 1/3 de propietarios y cuotas para el establecimiento o acceso a los servicios de telecomunicación, aprovechamiento de energías renovables o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos.
- Para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble.
Se exige la mayoría de un tercio (1/3)
Se requerirá el voto favorable de un tercio del total de los propietarios que, a su vez, representen un tercio de las cuotas de participación, para los siguientes acuerdos:
- Para la instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación, o la adaptación de los existentes.
- para la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables.
- instalación de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos.
Se exige mayoria simple
- Para la validez de los demás acuerdos bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. En segunda convocatoria serán válidos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.
- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10.1 b), la realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con discapacidad y, en todo caso, el establecimiento de los servicios de ascensor, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.
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cuando se refiere a los 3/5 para echar al portero de la finca, es de PROPIETARIO o de ASISTENTES A LA JUTA DONDE SE DECIDE?Ç
GRACIAS
Soy el propietario del 91% de un pequeño edificio de viviendas y locales comerciales, hay un propietario de un local comercial que representa el 9%,el edificio esta en ruina económica, y habrá que reforzar la estructura, la obra de rehabilitación integral solo afectara el local en el refuerzo de los pilares.
Quiero dedicar el bloque una vez rehabilitado, a un pequeño hostal.
Necesito mayoría cualificada o unanimidad?.
Saludos y gracias
Pueden indicarme si la Junta quiere, por propia decisión, cambiar el portero sin consultarlo a los vecinos?
Si este señor cumple con todas sus obligaciones, limpia, és amable con los vecinos, porque a la Junta no le tenga simpatia, pueden cambiarlo? I más si sólo le faltan 2 años para la jubilación?
?Cuantos votos se necesitarian para proceder a cambiarlo?
Gracias.
Mi comunidad es de 8 vecinos. Queremos hacer una obra para solucionar problemas de humedad por capilaridad y filtracion. Me gustaría saber que mayoría necesitamos para optar por el presupuesto más caro que es el que garantiza un mejor resultado.
Agradecería una respuesta.
Para autorizar q ponga un bar una terraza el zaragoza a porcentaje d votos positivos hay q tener
Somos una comunidad rústica. Tenemos la posibilidad de comprar una parcela, cuyo pozo tiene una cesión de uso a esta comunidad. Mi pregunta es cuanta mayoría es necesaria para la compra de esta parcela?
Buenos días:
Me gustaría saber que mayoría se necesita para la aprobación por la comunidad de propietarios de una urbanización con calificación urbanistica de NO urbana para poder obligar al resto de vecinos que no quieren urbanizar los terrenos de la urbanización???
Y en caso de que la comunidad de propietarios consiguiera la mayoría necesaria, si te pueden obligar a ceder parte de los terrenos de tu propiedad privada para acometer el proyecto de urbanización (por ejemplo ensanchar las calles?
Muchas gracias
Buenas tardes ,
Quería hacer una consulta, que mayoría se necesita para aprobar poner un material específico en las rejas del edificio ,es que somos 40 vecinos y solo 2 han hecho un acta alegando que tiene que ser de acero inoxidable cuando es el material más caro que hay en el mercado y quiero impugnar ese acta podría?
Muchas gracias
Un saludo
Buenas noches,
Hemos entrado a vivir e en una comunidad nueva en la cual por proyecto debería de haber puesto la promotora cesped natural. Por un bando de sequía no podemos plantarlo y algunos vecinos han propuesto poner cesped artificial llevando a voto en la reunió de comunidad y aprobando por mayoría simple. Es un gasto de 21.000 € entre 108 vecinos, siendo entre 200€ y 300€ por vivienda. ¿Este tipo de derramas no se debe de aprobar por las 3/5 partes de los propietarios y no por la mayoría simple de los asistentes?
Muchas gracias, un saludo.
Buenos días,en mi comunidad una parte de los vecinos junto con la presidenta se reunieron a escondidas sin contar con 1/3 de la totalidad de los vecinos y acordaron poner tepe en la piscina y el riego automático, la administradora que tenemos contratada les dio un presupuesto y ellos lo aprobaron,insisto en que no convocaron junta extraordinaria ni informaron a la totalidad de los propietarios.
El día de la junta ordinaria anual salieron a la luz estos hechos porque por lo visto la obra costó más de lo que habían aprobado dejando a la comunidad en números rojos en el banco por lo que quieren subir la cuota de la comunidad al doble de lo que pagamos para tapar el descubierto del banco.
Hace unos 20 años se quito el riego automatico de la zona de la piscina porque producia humedades en dos casas colindantes con dicha zona, y se da el hecho curioso que una de las vecinas que acudieron a la reunión secreta y aprobaron dicha obra es la propietaria de uno de esos chalets y aprobó que se pusiera el riego automático sabiendo que la perjudicaba, ahora quiere reclamar al seguro de la comunidad o la propia comunidad que le arreglen el garaje ya que dice que el riego automático le ha provocado humedades.
Mi pregunta ¿es todo esto legal?¿que podemos hacer los vecinos que fuimos apartados de todo este asunto?
Gracias
Buenos días,
Me gustaría saber si se puede plantear en mejorar y adecuar la entrada de una finca, cambiando la puerta, ya que es muy antigua y presenta muchos problemas y esta constantemente rota. Qué mayoría se necesita y también suele pasar que los propietarios no acuden a las juntas, si los que vamos aceptamos el cambio, que pasaría, estarían el resto obligados a pagar la cuota de mejora(somos 48 vecinos y por lo tanto esta cuota no seria muy grande).
Gracias por su ayuda.
Buenas tardes: A la vista de su comentario, me surge una duda. En concreto, creo que no se aclara qué sucede cuando la instalación en una terraza comunitaria, de placas solares, afecta al título constitutivo y a los estatutos de la comunidad de propietarios. ¿Hace falta en este caso unanimidad o basta con los 3/5? Muchas gracias.
Buenos dias,
Gracias por su trabajo,
Somos una finca de tres vecinos, yo estando en el último piso, y mi ventana da directamente a la terrassa comunitaria. Los dos vecinos son de la misma familia y llevan viviendo muchos años aquí y están siempre de acuerdo entre ellos.
Prohiben tener plantas en la terraza, ( 60m2) o cualquier mueble ( mesa y sillas pequeñas) . Esto es legal si no estoy de acuerdo?
Prohiben tener la reja abierta de mi ventana que da a la misma terraza o que instalé una persiana eléctrica ( quitando la reja)
prohiben a mis amigos ( cuando no estoy ) estar en la terraza cuando anochezca ( nunca no se atrevieron conmigo )
Escribieron estas normas antes de mi instalación , tienen la mayoría, no tengo voz en este asunto?
Quisiera conocer mis derechos, me gustaría llevarme bien con ellos pero suelen prohibirlo todo.
muy amable
saludos
FB
Buenos días. Tengo un local comercial que tiene acceso directo a la calle y en título constitutivo dice que los. propietarios de locales bajos no tienen que pagar gastos de portal y escalera y se llevarán por separado. Anteriormente no se pagaba cuotas comunitarias mensuales , solo derramas de arreglos generales, pero a partir de contratar una secretaria-administradora nos pusieron una cuota , donde hay una cuenta única para portal escalera y gastos generales de administración , seguro, firma digital, banco( gastos generales) y gastos de luz , agua, limpieza(gastos viviendas) Nosotros los bajos indirectamente estamos pagando la gestión del portal y las extras del seguro de portal y escalera , en título constitutivo pone que se tiene que llevar separadamente. Mi pregunta es tienen por obligación hacer comunidades independientes , o cuentas separadas , por qué en juntas de la propietarios , siempre son mayoría 14 viviendas y 6 propietarios de bajos , que dos de ellos tienen piso. Haber si me podéis ayudar.Muchas gracias , Un cordial saludo.
Buenos días mi pregunta es la siguiente: El propietario que regenta el bar sito en los bajos de la comunidad, solicita poder utilizar el espacio de la comunidad para instalar varias mesas de terraza. Me gustaría saber que régimen de mayorías sería el adecuado para poder darle la autorización la Comunidad de Vecinos.
Un saludo.
Buenas tardes. Que porcentaje de votos es necesario para sacar un tubo para una chimenea de salida de humos de un local comercial por el patio de una comunidad de 21 vecinos. Gracias.
Buenas tardes. Que porcentaje de votos es necesario para aprobar una salida de humos de un local comercial, por el patio en una comunidad de 21 vecinos. Gracias.
Quiero ampliar una ventana que supone modificación de fachada. Tengo proyecto técnico y permiso de urbanismo. Un vecino se niega a dar el permiso.¿Puedo acogerme a algo para insistir?
Sólo uno? mayoría simple.
Mi problema es que en la puerta de acceso y salida de garaje (entre las dos puertas) existe una barra metálica que puede eliminarse con poco coste. Yo tengo pérdida de visión en el ojo izquierdo y al salir existe una rampa pronunciada y por librar dicho obstáculo en dos ocasiones al acercarme demasiado al lado derecho en dos ocasiones he roto y rayado el coche, al ser vehículo automático cada retrovisor supone 400€. En la votación hubo 21 votos a favor y 9 en contra, el resto abstenciones. Es votación suficiente para llevarlo a cabo?
si
Hola, actualmente la barandilla de mi terraza no cumple con la normativa ya que es muy baja (61 cm). Para subsanarlo hemos puesto unas malla metalica pero nos gustaria poner un añadido de hierro (barras horizontales) encima de la actual para asi cumplir con la normativa. El administrador dice que tenemos que solicitarlo en la junta porque afecta a la fachada pero nos comenta que por ahora no tiene intención de convocarla y que debemos esperarnos a la próxima (hace mas de dos años que no se ha hecho ninguna). Hay alguna forma de no tener que esperar a la junta para poder hacer hacer esa modificación?
Hola, buenas tardes, resido en una comunidad de vecinos donde tengo una galería con lamas de metal desde el suelo hasta el techo; y quería eliminar las lamas y cerrar completamente con ventanas (con el fin de aprovechamiento de energía), mi pregunta es: ¿qué votos son necesarios para su aprobación? 1/3, 1/5, mayoría simple? de los asistentes? o de los propietarios?
Una vez que se acabe la junta, pueden los no asistentes emitir voto?
Gracias y un saludo
Buenos días hace 4 años aparecieron una humedades en mi vivienda; último piso, para lo cual esperé mas de un año y pasado este tiempo reparé yo las humedades, las cuales tuve q costear yo, ya q convocaron una junta posterior y no me abonaron el importe de esta actuación.
Puedo solicitar ahora, según lo leído en su artículo, este abono, ¿qué puedo hacer?
Que caducidad tienen estas acciones realizadas fuera de la Ley, y/o la aplicación errónea; a sabiendas; de cuotas de participación por trabajos sin el quorum necesario.
gracias
Trabajadora con contrato indefinido, dedicada a la limpieza de comunidad de propietarios, es despedida porque únicamente dos vecinos lo han solicitado. ¿Es correcto que no se haya sometido a votación de todos los propietarios en Junta? Si no lo fuera, ¿qué tipo de mayoría o cuántos votos son necesarios para que sea aprobado el despido en Junta?
Hola hoy tengo una reunión de vecinos para en un pasillo comunitario poner dos puertas de aluminio porque entra frío después de 30 años Ami que estoy al final del pasillo me quedo cerrada por dos puertas y no hay ascenso a escaleras ni arcensor si no las habéis necesito haber 4 puertas para salir puedo oponerme cuantos votos son necesarios para que lo aprueben por. Fagor ayudarme
Buenas, entonces paranls realización de obras en la fachada para mejorar la eficiencia energética del edificio (fachada ventilada y date en patio de luces), ¿Se necesita 3/5 partes o mayoría simple? Gracias.
Se necesita únicamente 1/3 del total de los propietarios
¿Qué mayoria se requiere para sustituir un suministro de agua ya consolidado por otro nuevo?
Buenas tardes.
Vivo en un edificio en el que somos 3 vecinos. Hace tiempo que estamos tratando de formar una comunidad de vecinos pero uno de ellos se niega en rotundo y por ese motivo seguimos sin ella. ¿Qué podemos hacer para finalmente tener una comunidad de vecinos?
Muchas gracias
Puede cambiarse un acuerdo de unas obras en las que se estableció una derrama y dicho acuerdo unánime. Se puede cambiar dicho acuerdo por otro botado por las 3/5 partes.
Puede la junta directiva y tras haber sido remitido un documento «de consulta» via correo electronico y via correo ordinario, decretar la no apertura de la piscina
El resultado de la consulta fue 29 NO 24 SI
O este punto deberia haber sido convocado y votado en junta ordinario o extraordinaria y llevado en el orden del dia.Gracias
En la comunidad de mi segunda vivienda hay piscina. Según las nuevas normas a causa del coronavirus,hay que incorporar unos servicios extra cuyo coste, según presupuesto pasado por el administrador, asciende a 4000 € mensuales (de junio a septiembre 16.000). Dado que tenemos la playa enfrente, unos propietarios opinamos que este año permanezca cerrada porque el desembolso nos parece abusivo e innecesario. Pero hay quien prefiere piscina a toda costa. ¿Qué mayoría requiere la votación en un sentido u otro?
Hola, tengo un vecino que vive en el piso 4, yo vivo en el 3, justo debajo de el, tiene un niño que dejan correr en su casa hasta después de las 10/30 de la noche, las casas son antiguas y se oye hasta el despertador cuando suena, se le a dicho por activo y por pasivo que se oye mucho y nada, somos una comunidad de solo 8 vecinos.Que puedo hacer ante esto, sino dejan de hacer ruidos
Hola María Jesús,
He leído tu consulta y te atendiendo a que se trata de Comunidades de Propietarios , te recomendaría que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla para que pueda personalmente contigo y habiendo comentado previamente tu caso valorar las opciones a seguir.
Al servicio al que te remito es un servicio rápido y económico.
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Un saludo y gracias por confiar en Mundojuridico.info
Primero, ten en cuenta que el horario que más te favorece es el horario nocturno. Esto es, desde las 23:00 horas de la noche a las 7:00 horas de la mañana.
Dicho lo anterior, lo segundo es que te tienes que poner en manos de una empresa que realicen mediciones de ruidos. Pero ojo, ten en cuenta que lo que tú puedes creer una molestia, en realidad puede que no supere los valores límite admisibles.
Te lo digo porque una medición de ruidos ronda los 700 euros.
Una vez realizado lo anterior y, por supuesto, con valores que superan los valores admisibles en más de 5dB, debes ponerte en contacto con un abogado que será quien presentará una querella contra tus vecinos.
No vayas al revés porque un juez no va a condenar a nadie sin pruebas o testigos (en tu caso, solo pruebas periciales).
Que mayoria se requiere para el cambio de administrador?
Hola Manolo,
Hemos leído tu consulta, y la respuesta a la misma pueda ser algo extensa y variable según las circunstancias propias del caso que comentas. Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.
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Buenos dias,tengo una duda:
En mi comunidad de vecinos,se hizo una reunion para decidir algunos asuntos. Yo no pude asistir ni delegar en nadie y ha pasado mas de un mes y no me han enviado ninguna carta informativa del resumen de la misma. Me he enterado por un vecino, que han subido la cuota mensual de comunidad a 25 euros mas!! mi tia que es la propietaria es pensionista y no puede hacer frente a ese pago?? Mi pregunta es: si nosotros no estuvimos presentes en la reunion vecinal…nuestro voto contaria negativo,o como seria?? por otro lado mi tia se llevo un disgusto porque se entero de esta subida en cuota de comunidad porque vio la factura del banco, no porque se lo comunicara el administrador. Que tendriamos que hacer por nuestra parte??
Un cordial saludo:)