En este artículo os proponemos un modelo para solicitar la devolución de la plusvalía con motivo de la Sentencia 182/2021 de 26 de Octubre del Tribunal Constitucional, que declara inconstitucional la norma legal anterior a dicha Sentencia consistente en la obligación de calcular la plusvalía siempre con un sistema objetivo.
A partir de esta Sentencia, para calcular la plusvalía el obligado al pago puede elegir entre un sistema directo o un sistema objetivo, el que le resulte más beneficioso.
Recordamos que para poder solicitar la devolución de la plusvalía basándote en esta Sentencia, es necesario haber solicitado la rectificación de la autoliquidación antes del 26 de Octubre de 2021.
Con carácter previo, se recomendaría leer los dos artículos mencionados anteriormente a los efectos de situar el concepto de la reclamación así como la viabilidad en el caso concreto de un resultado satisfactorio.
Antes de reclamar la devolución de una plusvalía municipal que ya está liquidada y pagada por la persona que debe pagar la plusvalía hay que seguir algunos pasos previos:
Para reclamar la devolución de la plusvalía ante el Ayuntamiento y en cualquier escrito dirigido a un Organismo Público, deben constar claramente:
Efectivamente hay un plazo para reclamar la devolución de la plusvalía, y si no se hace en dicho plazo prescribe el derecho del contribuyente a solicitar la devolución (es decir, el contribuyente pierde ese derecho).
El plazo general para reclamar/revisar cualquier tributo es el de 4 años, que se contarán desde el momento que diga la norma específica de cada tributo. Si la norma concreta no dice nada como es el caso de la plusvalía, se aplica lo que dice la Ley General Tributaria.
En este artículo nos centramos en la solicitud de devolución de plusvalías que se hicieron mediante autoliquidación, y en este caso, el plazo para solicitar la devolución se cuenta desde:
Art. 66.1.c) Ley General Tributaria:
– Desde el día siguiente a aquel en que se realizó el ingreso indebido (pago) o
– Desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la autoliquidación si el ingreso indebido se realizó dentro de dicho plazo. En este caso recordamos que los plazos de presentación de la autoliquidación de la plusvalía son:
· Compraventa/donación: 30 días hábiles desde la transmisión.
· Herencia (la presentan los herederos): 6 meses desde el fallecimiento del anterior titular.
Haciendo clic en el siguiente enlace podrás descargar la plantilla del modelo para solicitar la devolución de la plusvalía municipal.
El embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo de pleno derecho por lo que carece…
¿La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios se computa a favor de…
¿Qué es la Usucapión y cómo funciona en España? La usucapión, también conocida como prescripción…
¿Cómo se determina el régimen de visitas en hijos de corta edad tras la separación…
En el año 2010 apareció en el Código Penal el artículo 183 bis. Este artículo …
Procedimiento judicial adecuado frente a un ataque o perturbación de los derechos reales inscritos en…
Ver comentarios
Muchas Gracias. Muy Util. Ya lo he preparado todo. Voy a presentar la reclamación y os cuento en cuanto tenga noticias. Gracias.
Muchas gracias. Me ha sido de gran utilidad.
Que cobra usted para su servicio de reclamar la plusvalía?
Si he tenido un beneficio en la venta de 2500€ es normal tener que pagar 1875 de plusvalía?
Hola María, con los datos que nos da es imposible contestar a su pregunta, ya que ignoramos precio de venta, fecha de adquisición y compra, etc, le recomiendo contacte con nuestro servicio de consultas on line para enviarnos los datos y poder responder a tu cuestión. Te dejo el enlace: https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/presupuesto-para-informe-juridico/
Buenos días. Mi pregunta es la siguiente: Al precio de venta de un inmueble hay que restale los gastos de la compra y su posterior venta?. Poque si es asi, en mi caso si hay perdida.
Como puedo reclamar. Que documentos debería presentar. Muchas gracias.
Hola Isabel, normalmente hay modelo en la propia página web del Ayuntamiento al que se refiera la plusvalía o allí suelen tenerlo, deberá presentarlo en el mismo Ayuntamiento
Buenos días
Hicimos la reclamación el pasado mes de mayo al pago de la plusvalía en madrid. Vendimos por debajo del valor de compra
Se sabe cuando se va a producir la devolución de los pagos?
Gracias de antemano
Hola, en el 2013 vendi un terreno por el cual pague una plusvalia que quisiera reclamar ya que no hubo ninguna revalorización, todo lo contraio. Viendo información sobre la posible reclamación, se comenta que hay 4 años para reclamar. Esos 4 años, entiendo, son anteriores a la sentencia de nulidad del TC.
Por favor, agradecería me lo aclarasen, desde que fecha excacta podría reclamarlo. Muchas gracias.
Me gustaría saber si a día de hoy hay alguna forma de presentar la autoliquidación o liquidación que sea sin cuota, es decir a cero cuando hay pérdida, ya que en el ayuntamiento de Madrid ya aparece un formulario de AUTOLIQUICACIÓN PLUSVALIA SIN CUOTA. Si embargo, en aquellos ayuntamientos que te obligan a pagarlo y luego a reclamar, ¿no habría alguna fórmula legal para evitar este pago?
Hola,¿ cuál sería el nuevo modelo de reclamación de la plusvalía municipal con la sentencia última del tribunal constitucional del 27 de octubre de este año 2021? Muchos que queremos hacerla por nuestros propios recursos os lo agradeceríamos cantidad . Gracias
hola buenas tardes
cuando la reclamacion de la plusvalia es del resultado de una herencia. cómo deberiamos hacerla conjunta entre hermanos o por separado?
gracias un saludo