Si se acreditan las molestias por el ruido de un aire acondicionado, el vecino afectado o la Comunidad podrá solicitar su retirada.

En las Comunidades de propietarios es frecuente la queja de molestias por el ruido de un aire acondicionado instalado por algún vecino en la fachada, patio de luces o elementos exteriores de la vivienda.

La complejidad de esta cuestión fue objeto de estudio en unas jornadas celebradas por el Consejo General del Poder Judicial sobre Propiedad Horizontal, donde se abordaron tanto los derechos de la comunidad sobre los elementos comunes del inmueble como los del propietario que instaló el aparato de aire acondicionado, adoptando una serie de conclusiones que vamos a exponer seguidamente.

Con carácter previo hemos de precisar que las conclusiones de estas jornadas no tienen efecto vinculante sobre la decisión de Jueces y Tribunales, sólo se trata de recomendaciones para ir unificando criterios interpretativos.

Molestias por ruidos de aparatos de aire acondicionado en las comunidades

La doctrina jurisprudencial sobre el asunto de las molestias por el ruido de un aire acondicionado está dividida entre el predominio de los derechos de la comunidad y del vecino afectado por el ruido, frente a los derechos del vecino instalador del aire acondicionado.

1.- De un lado, un sector de las Audiencias Provinciales y diversas sentencias del Tribunal Supremo consideran que la instalación de aparatos de aire acondicionado, desde el momento que determina la ocupación de una parte de la fachada del edificio sobre la que se asienta el aparato de aire acondicionado, e implica la correspondiente instalación de anclajes sobre la pared común, supone la modificación de elementos comunes que con arreglo al artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) exigirá la correspondiente autorización comunitaria.

artículo 7.1 LPH:

1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.

En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador.»

«

2.- Otro sector entiende que la norma ha de ser interpretada con arreglo a la realidad social, tal y como establece el artículo 3 del Código Civil, siendo tales instrumentos un avance tecnológico que mejora la calidad de la vida humana y de existencia habitual y normal en las viviendas y locales de negocio, señalándose un triple requisito para entender viable la instalación de tales aparatos:

a) Que no se instalen en la fachada principal.

b) Que no sean de tamaño desmedido.

c) Que no generen molestias a los vecinos.

Este último sector doctrinal considera que si se cumplen dichos requisitos podrá ser instalado el aparato de aire acondicionado, no obstante advierten que habrá que estar igualmente a lo que digan los estatutos o las normas de régimen Interior de la Comunidad sobre este tema, ya que si lo prohíben, no podrán instalarse en el exterior los citados aparatos.

Las quejas por ruidos del aire acondicionado acaban en el Juzgado

Si finalmente las partes afectadas no llegan a ponerse de acuerdo para solucionar las demandas de unos y otros, el asunto acabará en el Juzgado. 

En el supuesto de que un vecino alegue molestias por el ruido del aire acondicionado instalado por otro vecino, nos encontramos ante un supuesto en el que debe ponderarse por el Juzgado el derecho de ambos. Por un lado, la calidad de vida del vecino que se siente molestado y afectado por los ruidos, vibraciones y calor que dice soportar y por otro lado el del vecino que instaló el aire acondicionado para disfrutar en su vivienda de una temperatura más agradable.

No basta que en el pleito solo se aleguen las molestias, sino que es preciso que se pruebe la misma por el vecino que se considera afectado (denuncias previas ante el Ayuntamiento, testificales de otros vecinos, pruebas periciales de medición acústica, vibraciones, temperatura, etc.).

Una vez el vecino o la comunidad de propietarios cuente con dicho material probatorio podrá iniciar un procedimiento judicial para intentar conseguir la retirada de la instalación molesta, amparada en la acción de cesación del artículo 7.2 de la LPH, interponiendo un procedimiento ordinario al ser el adecuado para el ejercicio de estas pretensiones.

Sentencias sobre molestias por el ruido de un aire acondicionado

Veamos algunas sentencias sobre ruidos y molestias provocados por la instalación de aparatos de aire acondicionado en las comunidades de propietarios:

Audiencia Provincial de Alicante (Sección 5ª), sentencia de 24.05.2017

» En este caso, a la vista de las versiones contradictorias tanto de las partes como de los testigos, la pericial aportada por la actora sobre dicha inmisiones no queda desacreditada por ninguna otra prueba, antes al contrario, se puede corroborar el resultado de la misma por la pericial judicial practicada, de la que se desprende claramente que el equipo objeto de controversia supera los límites tolerables, habiéndose realizado la medición del sonido desde la vivienda de la demandante.

El dato objetivo es que en el domicilio de la actora se produce un nivel de sonido superior al tolerable, causando evidentes molestias a la familia de la demandante (superior a los 40 decibelios en horario diurno y a los 30 en el nocturno, límites fijados por la ley para piezas habitables), así como la constatación de que el mismo proviene del equipo referido. Por ello, discrepando con el juzgador de instancia, debemos concluir que procede la estimación de la demanda, dado que la actora no está obligada a soportar las molestias referidas.»

Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11ª), sentencia de 25.01.2016

» Esta Sala comparte la valoración que de los medios de prueba ha realizado la Juzgadora de instancia, y las conclusiones que obtiene, entendiendo que la inmisión acústica que produce el aparato en cuestión, excede de lo tolerable, teniendo presente, por especialmente relevante, que se encuentra situado en zona de descanso.

Este criterio es conforme con la siguiente línea jurisprudencial: » de existir acuerdos comunitarios que de forma expresa establezcan normas a las que se han de adecuar la instalación de aparato de aire acondicionado, deben respetarse tales acuerdos, pero no existiendo tales acuerdos reguladores de la instalación de aire acondicionado, se ha acogido a la segunda corriente interpretativa, es decir, aquella que propugna una interpretación amplia de la normativa aplicable entendiendo que es procedente la instalación de aparatos sin necesidad de autorización, salvo que genere molestias a los demás vecinos «.

No se ha de ignorar que hay otros aparatos compresores de aire acondicionado en el edificio, tanto en la fachada exterior -uno de ellos del propio demandado-, como alguno también en el patio interior, como se puede observar en las fotografías obrantes en las actuaciones. Pero se trata aquí de que el instalado por el demandado en el patio interior, por sus características técnicas y al hallarse en un espacio limitado -como se aprecia en las fotografías y se pone también de relieve en la sentencia de instancia- las inmisiones sonoras que produce se acrecientan por efecto de la reverberación del sonido, habida cuenta además de que, por las limitaciones del espacio del patio, se ha debido instalar a distancias con las ventanas de los vecinos colindantes inferiores a las que contempla la normativa. De modo que se producen molestias a esos vecinos, más acusadas en horario nocturno al encontrarse en zona de descanso.»

Audiencia Provincial de Málaga (Sección 4ª), sentencia 17.07.2020

«Por lo que respecta a los ruidos y altas temperaturas, estamos ante fenómenos susceptibles de medición objetiva, sin que por la parte demandante, ni aún por la autora del informe pericial aportado con la demanda, se haya efectuado ninguna medición que arroje un resultado del que pueda extraerse, de forma cierta, la conclusión de que el nivel de ruido y temperatura puede ser calificado como molesto. Siendo así que los autores de los informes aportados por la parte demandada han excluido la producción de ruidos y altas temperaturas como consecuencia del funcionamiento del aparato de aire acondicionado de autos. Afirmando el perito Sr. Cristobal haber realizado una medición de ruido, con un resultado ajustado a la normativa sobre la materia.

En lo relativo a las vibraciones, han sido descartadas en los informes de la parte demandada, debido al sistema anti vibración de que se encuentra dotado el aparato.

Con relación a los malos olores, se descartan porque la cafetería ubicada en el local no tiene ni cocina ni obrador, y la máquina hace un intercambio de flujos que imposibilita la existencia de malos olores (Sr. Cristobal), y en atención a que la operativa de funcionamiento del aparato es de intercambio de temperatura que no puede dar olores (Sr. Clemente y Sr. Diego).

Consejos cuando existan molestias por el aire acondicionado

Cuando un vecino se encuentre afectado y alegue molestias por el ruido de un aire acondicionado, es aconsejable que inicie los siguientes pasos:

1.- Hablar con el vecino que causa las molestias e intentar que corrija las mismas.

2.- En su defecto, determinar con medios probatorios la existencia de una actividad o instalación calificable de molesta (pericial, etc.)

3.- Requerir fehacientemente y por escrito (burofax, requerimiento notarial, etc.) al vecino que molesta para que retire o corrija el aparato de aire acondicionado. Este requerimiento debe hacerlo el Presidente de la Comunidad. Si La comunidad no hiciera caso a la demanda del vecino perjudicado, el requerimiento lo hará él personalmente, previa negativa de la comunidad.

4.- Posteriormente y si el vecino molesto no atendiese el requerimiento deberá aprobarse en la Junta de propietarios el ejercicio de la acción especial de «cesación de la actividad molesta» y autorizar al Presidente para el inicio de la acción judicial.

5.- Si la Junta no decide emprender ninguna acción, el vecino perjudicado podrá acudir a los Tribunales de justicia personalmente.

Francisco Sevilla Cáceres

Abogado en ejercicio desde el año 1984. Colegiado Nº 2181 por el Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Entusiasta del Derecho en general y en especial del Derecho Civil, Arrendamientos, Herencias y Comunidades. Le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídicos.

Ver comentarios

  • Hola, buenas tardes. Tengo problemss con un vrcino por la instalacion del aire acondicionado.Se trata de un aparato de grandes dimensiones ya que es el general de toda ls vivienda.Lo instalo en el suelo del balcon pegado al panel que separa su balcon del mio.El aparato genera molestias de ruido pero sobre todo de calor .Ya al hacer la obra de la instalacion rompio la pared del salon y me causo daños en una mesa, los cuales ya estan arreglados, pero lo del aire , dice que no lo mueve de sitio, que es lo que yo le pido, ya que dispone de unos 16 mts de balcon.Le mande burofax y lo recogió , le envie fax a su despacho, y el presidente de la Comunidad no le quiere requerir , vamos un desproposito! Tb denuncie a urbanismo y estoy esperando respuesta.Se , que me toca ir a la via judicial pero que tipo de perito realiza estas mediciones?? Gracias y un saludo.

  • Vivo en una urbanización de casas apareadas. Los vecinos de al lado, que viven en la casa que hace esquina, tienen un aparato de aire acondicionado que hace un ruido muy molesto que es mucho más fuerte que el del resto de aparatos de las casas de los alrededores. Se puede oír incluso desde las calles paralelas a la nuestra. Me encuentro en una situación desesperada porque sólo puedo dormir si uso tapones para las orejas. Todo esto me está generando mucha tensión y ansiedad. Por razones de salud, debo guardar reposo en casa y mi médico me ha recomendado evitar todo tipo de estrés. Estos vecinos son muy conflictivos; en su momento ya hubo problemas con su piscina puesto que ésta emitía un ruido muy fuerte que, tras ser medido por un técnico del ayuntamiento con el que contacté después de haber hablado con la policía, resultó superar los máximos permitidos. Hace mucho tiempo que intenté hablar con mis vecinos, siempre con educación y respeto, pero de su parte sólo he recibido gritos e insultos. No sé qué hacer porque temo que, si vuelvo a acudir a la policía, pueda haber algún tipo de represalia. El señor en cuestión es una persona muy agresiva. Muchas gracias

    • Hola Daniel:
      1º.- Ante la imposibilidad, como nos cuenta, de solucionar este asunto de manera civilizada por la conducta y caractewr de su vecino, solo cabe la actuación administrativa o judicial. Quiero decirle con esto, que solo a través del Ayuntamiento (o en su defecto) a través del Juzgado puede intentar que deje de molestarlo, lo que evidentemente lleva consigo que usted actúe.
      2º.- Lamento no poder darle una respuesta mas sencilla a su problema pero solo cabe ese camino, evidentemente, previo acopio de pruebas suficientes que demuestren que el aparato en cuestión supera los índices permitidos de ruido.
      Un saludo

  • Es lo de siempre, hecha la ley hecha la trampa. Desde que lo denuncias hasta que la "autoridad" empieza a hacerte caso, ya ha pasado mucho tiempo, y luego cuando le dan el aviso al causante del ruído, es cuando lo arregla (si es que lo arregla, porque en la mayoría de casos miden el ruído con un sonómetro que generalmente no da los decibelios válidos y tienes que vivir con ese ruído durante toda tu vida), pero claro, desde el inicio al final ya ha pasado 4 años, entonces...quién te paga los daños y molestias que te ha producido durante ese tiempo? nadie, simplemente te aguantas, esa es la ley que tenemos en españa.

    Y eso de que llamas a la policía y van a investigar...totalmente mentira, yo acabo de llamar a la policía ahora mismo por el ruído de un aire acondicionado que literalmente tiembla la pared y se oye muchísimo y me han dicho que ellos no se encargan de ese tema (que como no has dado un nombre concreto, la policía no puede intervenir), que llame a Medio Ambiente y ellos me enviarán un técnico.

  • Resulta increible que aun se instalen aparatos de aire acondicionado ruidosos teniendo en cuenta, que a dia de hoy, existen muchos equipos que apuestan por el silencio, confort e innovación. Un buen instalador de aire acondicionado es el consejero ideal para elegir aires más silenciosos y menos molestos.

    • PROCLINA- Dime Si, tan solo 1 aparato cuya unidad exterior no supere los 45 Dcb, solo uno. Lo que no entiendo es porque entonces y dado que no hay ni uno que esté por debajo de esos límites, el ministerio correspondiente admite su comercialización, tampoco que deis información que no corrobora ningún fabricante.

    • PROCLIMA- Dime Si, tan solo 1 aparato cuya unidad exterior no supere los 45 Dcb, solo uno. Lo que no entiendo es porque entonces y dado que no hay ni uno que esté por debajo de esos límites, el ministerio correspondiente admite su comercialización, tampoco que deis información que no corrobora ningún fabricante.

  • Me gustaría saber donde puedo denunciar las molestias de una Instalación de Aire Acondicionado. Es la instalación de el aire de una tienda que está justo debajo de mi casa.
    Sufro, el calor , la vibración y el ruido.

    Muchas gracias

    • Hola Berta Melo:
      1.- Debería pasarse por su Ayuntamiento y preguntar que Concejalía es la que se ocupa del tema del ruido (es habitual que sea medio ambiente) a los efectos de recibir información de los pasos a seguir para denunciar el exceso de ruido.
      Un saludo

  • Vivo en un piso de madrid donde hay cinco fincas juntas y el vecino del otro portal ha instalado el aparato exterior de aire acondicionado en la pared de nuestra finca, dando justamente en el cabecero de mi cama, dialogando con el propietario se niega ha cambiarlo de sitio, todos tenemos aire pero en nuestras fachadas y debajo de nuestras ventanas, que tengo que hacer, gracias

  • Buenas mi vecino a instalado un aire acondicionado....una centralita para toda la casa...encima de su casa y justo en el tabique de mi dormitorio y encima mi mujer esta embarazada...y el ruido es insoportable...Yo trabajo fuera y he regresado y me he encontrado este pastel......ufff

    • Te recomiendo que llames a la policía (si es que te hacen caso) así al menos tu vecino se intimidará un poco. Y si tu vecino no hace caso, llamas al técnico del ayuntamiento de tu zona para que hagan un estudio del tema y lo denuncias. Lo malo de estos temas es que "el que molesta" sabe que estas cosas conlleva tiempo, denuncias, gastos y demás, por eso solo hacen caso cuando se les advierte seriamente con denuncias y solo cuando saben que van a perder.

    • Como mínimo pide que te envíen un técnico o ve a alguna empresa privada que realice dichas comprobaciones (será más rápido)y lo compruebe todo, ruidos, vibraciones, reverberaciones y temperaturas (porque la gente piensa que solo se puede denunciar si solo hay ruido), aunque no haga mucho ruido y no pase del límite máximo (algo estúpido por parte de las normativas, porque casi nunca pasará del límite máximo, están hechas para que la gente pueda molestar), pero sí se puede denunciar por vibraciones y reverberaciones (ya que rompen tu derecho de intimidad, salud, descanso, etc). Cuando tengas algún parte de prueba, simplemente denuncia. Si te puedes pagar una bogado hazlo (pidiendo indemnización por daños y prejuicios que te esté causando). También puedes llamar a la policía para que hagan un parte de prueba testimonial de molestias.

      Estas vivinceas son duras porque las normativas están creadas para proteger al que molesta, no al molestado, desgraciadamente España es así.

    • Denúncialo en tu Ayuntamiento o a Medio Ambiente (denuncia, no queja). También deberías llamar a la policía para que "como mínimo" hagan un atestado de los ruidos y molestias que soportáis y posterior denuncia. Denuncia donde sea y llama a la policía si hace falta 300 veces, para eso están, pero callado no te quedes, yo llevo aguantando algo parecido durante 3 años y nadie me da ningún remedio porque en su día no denuncié, aunque ahora si estoy denunciando (pero ni puto caso hasta ahora). Espero que tengas más suerte que yo.

  • Desde hace 2 años sufro el aire acondicionado de los vecinos. Hay varios pisos con el aire, y uno que creo es el que me afecta directamente es de la escalera de al lado. A la que empieza el calor ya no puedo dormir. El año pasado puse dos denuncias al Ayuntamiento, pero no se ha resuelto. Ahora mismo acabo de llamar a la Guarida Urbana, me dicen que llame a la tarde, pues ahora si no estoy segura del piso no irán a picar a estas horas. Me dicen que llame a la tarde cuando tengan puesto el aire. A la tarde yo no estoy, además durante el día queda amortiguado con los ruidos diarios y de mientras me levanto a las 4.30h, conduzco una hora, y no consigo descansar en todo el verano. Estoy un poco desesperada con el tema. ¿Qué puedo hacer?

  • Hola buenas quería comentar mi problema.
    Vivo en un ático con solariun y en ese solariun ay istalado un aire acondicionado y esta justo encima de mi dormitorio y por la noche me molesta han habilitado un sistio para los aires pero este vecino DICE QUE su aire acondicionado no se toca Que puedo hacer ?? Gracias y un saludo

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