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Padres condenados en Granada por el absentismo escolar de su hija

Padres condenados en Granada por el absentismo escolar de su hija

Los centros escolares pueden y deben de poner en conocimiento de los órganos administrativos competentes la situación de absentismo escolar sin causa justificada por parte de los menores.

Esta falta puede llevar, como ha sido el caso, a que los padres sean condenados por un delito de abandono del artículo 226 del Código Penal por el incumplimiento por parte de los padres de sus obligaciones legales inherentes a la patria potestad.

Este artículo recoge el siguiente texto:

1. El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.

2. El Juez o Tribunal podrá imponer, motivadamente, al reo la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar por tiempo de cuatro a diez años.”

Os dejamos el texto completo de la noticia publicada por el periódico Ideal.

“Un Juzgado de Motril (Granada) ha condenado a los padres de una menor de 13 años a 3 meses de prisión por permitir sin justificación alguna la ausencia de la niña a clases del instituto aproximadamente el 60 por ciento del cursos escolar.

La sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Motril, condena a ambos, como responsables de un delito de abandono de familia por el de incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad.

La condena ha sido suspendida con la condición de que en un plazo de 2 años no se cometa delito alguno por parte de estos.

Los hechos ocurrieron en el curso escolar 2009-10 cuando la menor de 13 años que estaba matriculado en un IES de Motril tuvo un alto porcentaje de absentismo, de 107 días de los casi 180 lectivos, aproximadamente un 60 por ciento.

La ausencia a clase de la menor fue sin motivo alguno que justificara el incumplimiento por parte de los padres de sus Un Juzgado de Motril (Granada) ha condenado a los padres de una menor de 13 años a 3 meses de prisión por permitir sin justificación alguna la ausencia de la niña a clases del instituto aproximadamente el 60 por ciento del cursos escolar.

La sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Motril, condena a ambos, como responsables de un delito de abandono de familia y de incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad.

La condena ha sido suspendida con la condición de que en un plazo de 2 años no se cometa delito alguno por parte de estos.”

Los hechos ocurrieron en el curso escolar 2009-10 cuando la menor de 13 años que estaba matriculado en un IES de Motril tuvo un alto porcentaje de absentismo, de 107 días de los casi 180 lectivos, aproximadamente un 60 por ciento.

La ausencia a clase de la menor fue sin motivo alguno que justificara el incumplimiento por parte de los padres de sus obligaciones legales inherentes a la patria potestad en esta materia»

Noticia realizada por Castillo Jiménez Abogados. Abogados en Granada.

Castillo Jiménez Abogados

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