Siguiendo la línea de anteriores entradas, esta vez nos centramos en la Pareja de hecho de Cantabria. Desarrollamos de manera breve pero concisa todo lo que debe de saber si quiere inscribirse como Pareja de hecho en Cantabria.
Para empezar abordando el concepto de pareja de hecho en la comunidad cántabra, aludimos a que se considera pareja de hecho, a la que resulta de la unión de dos personas de forma estable, libre, pública y notoria, en una relación de afectividad análoga a la conyugal, con independencia de su orientación sexual.
En lo que concierne a la normativa aplicable, la regulación de las parejas de hecho se concentra en:
En este apartado hay que hablar de la constitución y requisitos de las parejas de hecho.
Sobre los requisitos, y con vistas a la inscripción registral, podrán inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria, aquellas parejas de hecho en las que al menos una de las partes, se halle empadronada y tenga su residencia en cualquier municipio de Cantabria.
También hay que destacar el hecho de que ambos miembros de la pareja habrán de ser mayores de edad, o menores emancipados, y tener plena capacidad.
En lo referente a la constitución, hay que incidir en que la inscripción en el registro tendrá carácter constitutivo. Por otra parte, se considera que la unión es estable cuando sus integrantes reúnan alguno de los siguientes requisitos:
En el caso de que una parte integrante de la pareja o ambas estén ligadas por vínculo matrimonial a otra persona al tiempo de iniciar la relación, salvo que estén separadas judicialmente, el tiempo de convivencia transcurrido hasta el momento en que la última de las partes integrantes obtenga la disolución o, en su caso, la nulidad, se tendrá en cuenta en el cómputo del periodo mínimo indicado de un año.
Hay supuestos en base a los cuales no se podrán constituir pareja de hecho en observancia de la legislación cántabra. Y así, no podrán inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria, las parejas ya inscritas en otro registro de uniones de hecho de otra Comunidad Autónoma, ni las uniones de las que formen parte:
Los derechos y efectos del reconocimiento de las parejas de hecho, afectan a variadas materias y aspectos.
Empezando por los efectos registrales, con la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria, las parejas gozarán de todos los beneficios, derechos y obligaciones que la legislación vigente confiere al matrimonio.
En materia de adopción, la pareja de hecho podrá acoger y adoptar con iguales derechos y deberes, que las parejas unidas por matrimonio, de acuerdo con la legislación aplicable.
En materia de residencia de personas mayores, las parejas de hecho podrán solicitar su ingreso conjunto en las residencias de mayores dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o perceptoras de fondos públicos de la misma, observándose el mismo trato que se dispense a los matrimonios, tanto en las condiciones de acceso como en las de estancia y utilización de los servicios.
En materia sanitaria, cada componente de una pareja de hecho podrá ejercer en todo caso, el derecho que la legislación sanitaria reconoce a los familiares y allegados a una persona a obtener, en términos comprensibles, información completa y continuada, verbal y escrita, sobre su proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento.
En temas de empleo público, en todo lo relativo a permisos, licencias, provisión de puestos de trabajo, situaciones administrativas, ayudas de acción social y demás condiciones de trabajo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y en lo referente al personal al servicio de la misma, se entenderá equiparada la pareja de hecho inscrita al matrimonio, y las personas convivientes a los cónyuges.
En materia tributaria, en aplicación de los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, la pareja de hecho inscrita se equiparará al matrimonio, y cada componente al cónyuge.
En cuestiones de prestaciones y servicios dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, dirigidos a la protección de la familia, las parejas de hecho inscritas se entenderán equiparadas al matrimonio y las personas convivientes a los cónyuges.
Y en materia de vivienda, en la adjudicación de viviendas propiedad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se entenderá equiparada la pareja de hecho inscrita al matrimonio.
Para cualquier información es recomendable visitar la página oficial del Gobierno de Cantabria para asegurarse de las direcciones y documentos a presentar. Puedes pinchar aquí para ir al enlace oficial
En cuanto a los lugares donde puede solicitarse la inscripción, son numerosos:
La documentación que debe aportarse para la inscripción básica es la siguiente:
– En caso de encontrarse en la situación de separado/a, no se podrá acreditar con el documento «Fe de Vida y Estado», sino con una Copia literal de matrimonio en la que conste, en la nota marginal, la separación por sentencia judicial firme.
– En el supuesto de extranjeros, se deberá acreditar el estado civil con un Certificado equivalente del país de origen, expedido recientemente y debidamente legalizado para que pueda surtir efectos en España, salvo que algún convenio exima de dicha legalización, acompañado de traducción oficial, y en su caso de la separación judicial.
Las partes integrantes de la pareja de hecho podrán establecer válidamente, en escritura pública, los pactos que consideren convenientes, para regir sus relaciones económicas durante la convivencia, así como para liquidarlas tras su cese.
En defecto de pacto se presumirá, salvo prueba en contrario, que los componentes de la pareja de hecho contribuyen al mantenimiento de la vivienda y de los gastos comunes de forma proporcional a sus posibilidades mediante aportación económica o trabajo personal.
Serán nulos y carecerán de validez los pactos contrarios a las leyes, limitativos de la igualdad de derechos que corresponde a cada conviviente, o gravemente perjudiciales para uno de sus componentes, así como aquellos cuyo objeto sea exclusivamente personal o que afecten a la intimidad de las personas convivientes.
Los pactos podrán inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria con efectos meramente declarativos y no constitutivos, a petición de ambas partes integrantes de la pareja. En todo caso, los citados pactos, estén o no inscritos, sólo surtirán efectos entre las partes firmantes, y nunca podrán perjudicar a una tercera persona.
Para finalizar, queda por analizar lo referente a las causas por las que se extinguen las parejas de hecho en Cantabria, así como algunas consecuencias de la extinción. Son causas de disolución de la pareja de hecho las siguientes:
En orden a los efectos tras la disolución, ambas partes integrantes de la pareja están obligados en caso de disolución, aunque sea de forma separada, a dejar sin efecto el documento público que, en su caso, hubieren otorgado e instar la cancelación de la inscripción en el Registro.
También hay que destacar que la disolución de la pareja de hecho implica la revocación de los pactos inscritos en el registro.
En el caso de que se produzca la disolución en vida de la pareja de hecho, si la convivencia ha supuesto una situación de desigualdad patrimonial entre ambas partes integrantes que implique un enriquecimiento injusto, podrá exigirse una compensación económica por la parte conviviente perjudicada que, sin retribución o con retribución insuficiente, haya trabajado para el hogar común o para la otra parte integrante.
Y por último, en caso de disolución en vida de la pareja de hecho, la guarda y custodia de los hijos e hijas comunes y el régimen de visitas, comunicación y estancia se determinará en aplicación de la legislación civil vigente en materia de relaciones paterno-filiales.
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QuisierA saber que debo hacer.yo tengo pareja de echo por la autonomia de cantabria.mi marido a fallecido aparese como viudo en el testamento. Y no estoy nombrada en el testamento. Pero yo e vivido y tengo la pareja de echo y el esta empadronado en cantabria desde hace 13 año.