El préstamo de dinero entre familiares aunque no esté documentado expresamente en un contrato puede ser exigido por quien prestó la cantidad.

Vamos a ver algunas cuestiones que suelen plantearse en un préstamo de dinero entre familiares o personas vinculadas afectivamente.

En las relaciones familiares o afectivas estrechas es normal que cuando dos personas se prestan dinero que no se haga constar por escrito dicha entrega ni su plazo de devolución, por lo que el préstamo se hace de forma verbal. 

Si con el tiempo la persona que recibió el dinero no quiere devolvérselo a quien se lo prestó, surge la duda de si tendría éxito una reclamación judicial de dicha cantidad o si por el contrario está destinada al fracaso por no estar documentada.

Vamos a explicar algunas cuestiones importantes sobre el préstamo de dinero entre familiares:

¿Dónde se regula el contrato de préstamo entre familiares?

Recordar que el Código civil establece el contrato de préstamo en el artículo 1740:

«Por el contrato de préstamo, una de las partes entrega a la otra, o alguna cosa no fungible para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva, en cuyo caso se llama comodato, o dinero u otra cosa fungible, con condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad, en cuyo caso conserva simplemente el nombre de préstamo.»

¿Cómo se puede acreditar la existencia del préstamo entre familiares?

Es habitual que, cuando se trata de un préstamo efectuado entre familiares o personas con fuertes lazos de amistad, no se realice documento alguno de la entrega de la cantidad prestada, aunque por simple que se redacte siempre es recomendable hacerlo.

Aunque no exista contrato de préstamo por escrito, no olvidéis que la realidad del contrato y por tanto del préstamo, puede acreditarse por cualquier medio admitido en derecho (transferencia bancaria, ingreso en cuenta, testifical, etcétera).

¿Quién tiene que probar la realidad del préstamo?

La prueba de la existencia del préstamo le corresponde a quien alega que ha prestado el dinero, en aplicación del artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.  Ahora bien, una vez acreditada la entrega del dinero (transferencia, ingreso en cuenta, etc.), no se presume que dicha entrega haya sido como mera liberalidad o donación.

La persona que haya recibido el dinero y que alegue que le ha sido donado o regalado debe probarlo.

Es doctrina jurisprudencial que «a falta de prueba de la intención de donar no puede considerarse donación un negocio jurídico» ( Sentencias del Tribunal Supremo 30 de noviembre de 1987 y 27 de marzo de 1992), resultando de lo dispuesto en el artículo 1.289 del Código civil, que en caso de duda sobre la interpretación de los contratos gratuitos, la duda se resolverá a favor de la menor transmisión de derechos e intereses sin que se presuma la intención de donar.

Plazo de devolución del préstamo entre familiares

Respecto del plazo de devolución del préstamo de dinero entre familiares cuando no existe contrato escrito. En los supuestos de indeterminación del plazo en los contratos de préstamo, dicho plazo lo será el que transcurra hasta que se proceda a reclamar su devolución, de no justificarse la necesidad por el deudor de uno mayor o por desprenderse de la voluntad del acreedor.

En la sentencia del Tribunal Supremo de 6 de marzo de 1999, tras recordar que el pacto de préstamo alcanza su perfección contractual por la entrega y transmisión de las cosas prestadas , generando el contenido obligacional esencial, de índole unilateral, a cargo del prestatario , en cuanto queda sujeto a devolver lo recibido, añade que esa obligación «surge desde el momento de la perfección del contrato, aunque cabe la demora si se pactó plazo perfectamente determinado para proceder a su reintegro» o se deduzca que se hubiera querido conceder de las circunstancias y naturaleza de la obligación.

Lo que viene a decir la jurisprudencia es que salvo que se deduzca la existencia de un plazo para devolver el dinero, éste será devuelto al prestamista desde el momento en el que requiera al prestatario para su devolución.

¿Si se documenta por escrito el préstamo entre familiares hay que liquidar el documento en Hacienda?

Si hemos documentado el préstamo entre familiares por escrito y no queremos que Hacienda considere que la cantidad prestada es una donación y sujeta al pago del impuesto, hay que liquidar el documento de préstamo mediante el modelo 600 (autoliquidar el impuesto de transmisiones y actos jurídicos documentados), estando esta operación exenta de pago de impuestos.

Conclusión

Si no se firma ningún documento que es lo más recomendable, al menos  cuando se trate de un préstamo de dinero entre familiares debería hacerse la entrega mediante transferencia bancaria a los efectos de poder acreditar en su día, que se le ha entregado dicha cantidad.

Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

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  • Hola, pago una hipoteca de 650€ mes, al 50% com mi pareja, llevamos juntos 27 años sin estar inscritos en ningun registro, en 2010 quede en paro hasta la fecha, mi pareja tiene una paga de viudedad de 850€, la hija de mi pareja, la cual crié también yo, desde el año 2010 nos presta 500€ mnensuales para hacer frente a la hipoteca de la cual nos quedan 2 años para terminar, Mi pregunta es, puedo hacer una hipoteca y registrarla a su favor sobre la deuda que tenemos con ella?, si es posible, alguien puede ver mala fe en ello, asi como saber si tiene alguna repercusión con la agencia Tributaria?. Un saludo y gracias por adelantado

  • Una amiga extranjera sin residencia o NIE me va a prestar una cantidad elevada para montar un negocio. Voy a devolverlo en 10 años con intereses totales de 20%.
    Me han dicho que ella necesita NIE y registrar el prestamo aunque va a ser personal. Ella no quiere tener NIE y considerar el prestamo como personal sin registralo. Hay problemas con el transferencia bancaria (blanqueo de dinero) sin tener un contrato registrado? La cantidad es mad de 10,000€

  • Buenas tardes. Un amigo de toda la vida me pidió dinero prestado para hacer frente a una deuda de varios meses de alquiler. Al vivir en ciudades diferentes, tuve que hacerle una transferencia bancaria y, por si acaso, en el apartado de "asunto" escribí PRÉSTAMO A XXX. No firmamos ningún documento; sólo existe la constancia de la transacción bancaria. Cuando le he reclamado el dinero, me contesta que está 'a punto' de cobrar unas comisiones(de su trabajo) y que al día siguiente o subsiguiente tendré mi dinero. Gracias a una app, he grabado las 2 últimas conversaciones telefónicas, en las que me dice que me pagará en breve y donde reconoce que tiene esa deuda y que le angustia esta situación de morosidad. Sinceramente, siento que me está dando largas y que lo que intenta es que me aburra y deje de presionarlo. He leído que la transacción es una prueba útil, pero ¿las grabaciones telefónicas serían útiles en caso de pensar en una demanda contra él?
    Muchas gracias.

  • Queremos registrar un contrato de préstamo entre familiares en hacienda, pero el transmitente tiene residencia en EEUU. No vemos cómo poder rellenar el modelo 600 porque no tiene ni DNI/NIF, ni vive en provincia española, etc. ¿Cómo se puede proceder? Muchas gracias

  • Buenas tardes

    Solicite un prestamos de 35000€ para la pareja de mi sobrina , para efectuar el pago de un camión , ahora se ha separado y no me paga la deuda yo dispongo de los comprobantes de pago ya que efectué yo la transferencia bancaria desde mi cuenta a la empresa que vendía el vehículo a si con 3 pagos que me ha efectuado desde la cuenta de la persona que le preste el dinero con el importe de la cuota que se paga al banco, pero no dispongo de ningún documento de reconocimiento de deuda el cual se ha negado a firmar

    Que puedo hacer legalmente
    Gracias
    Francisco

  • Buenas tardes, pague conmi visa parte del entierro del compañero de mi hermana y esta se niega a devolvermelo. Que hacer?

    • Hola Justo,

      Lo primero que debes de hacer es reclamarle la devolución de manera fechaciente mediante un burofax. Con posteriorirdad tendrías que plantear la demanda de cantidad correspondiente. Recuerda que eres tú el que debe de acreditar qu etu hermana de adeuda unas cantidades que no han sido devueltas y la suma en total que se debe.

      Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.

      https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

    • Hola, no se si me podeis ayudar, tengo una duda respecto a un contrato que hicimis mi exmarido y yo de prestamo sin intereses a devolver en una fecha, el caso es que como estamos divorciados, el dinero que les debemos hay que partirlo a partes iguales? o él puede decir que como son mis padres les debuelva yo todo? el contrato está firmado por los dos y pir mis padres, el problema viene con el divorcio.
      Gracias de antemano

  • Hola muy buenas, el abuelo de mi mujer le pagó un coche hace 15 años sin contrato de por medio mi mujer le iba devolviendo dinero según podía hasta que un día por se cortó la relación y dejó de devolverle dinero. Los pagos eran en metálico y en mano sin transferencia bancaria. Ahora su abuelo falleció en noviembre de 2019 sin comunicarle nada a mi mujer del fallecimiento. Los tíos de mi mujer le reclaman el pago del coche y se lo quieren descontar de la herencia. Mi duda es pueden después de 15 años reclamar el pago? Sólo tienen el justificante del cheque con el que el abuelo pago el coche.

    • Hola Pedro,

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      Remitimos a este servicio porque la duda planteada requiere de cierto estudio ya que no existe una única respuesta sino que la misma tiene variables, además del tiempo y extensión la redacción de la misma.
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      https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/presupuesto-para-informe-juridico/
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  • Hola deje dinero al marido de mi hija. Ahora se divorciaron. Y el dice que yo a el no le deje nada. El dinero fue para pagar un abogado para sacarle una invalidez. No tengo nada que lo justifica .que puedo hacer

  • Buenos días, me gustaría saber si para finalizar el cierre de un prestamo entre partículares con contrato firmado y presentado ante Hacienda, se ha de firmar algún formulario para dejar constancia, y acuerdo entre ambas partes, de la devolución total del préstamo. En caso afirmativo, ¿disponen de un modelo que pueda utilizar? Muchas gracias de antemano.

  • Buenas tardes, me gustaría saber cómo reclamar el préstamo sin firmas de por medio... pero tengo audios y mensajes dond lo verifican.

    Muchas gracias
    Un saludo

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