Procedimiento para reclamar la fianza

Procedimiento para reclamar la fianza

El procedimiento para reclamar la fianza de un contrato de alquiler será el juicio verbal o el ordinario dependiendo de la cuantía.

Antes de hablar del procedimiento para reclamar la fianza entregada en los arrendamientos urbanos (vivienda o local), hay que recordar que al finalizar el contrato de alquiler el arrendador tiene la obligación de devolver la fianza.

¿En qué supuestos no se devolverá la fianza por el arrendador?

Cuando se adeuden por el inquilino el pago de mensualidades de la renta.

Cuando se adeuden cantidades asimiladas como suministros de luz, agua, gastos de comunidad, etc.

Cuando se hayan producido daños en la finca imputables al arrendatario.

Cuando se haya incumplido alguna otra obligación a cargo del inquilino.

¿Qué plazo hay para devolver la fianza del alquiler?

Lo único que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos respecto del plazo de devolución de la fianza es que si no se la devuelve el arrendador en el plazo de un mes desde la entrega de las llaves, dicha cantidad devengará el interés legal (artículo 36.4).

La mayoría de los Tribunales vienen interpretando que en ese plazo del mes, como máximo, el arrendador debe devolver la fianza ya que es el tiempo suficiente para que compruebe si le adeudan rentas, recibos de suministros o existen desperfectos en la vivienda. 

¿Qué Juzgado territorialmente es competente para conocer del procedimiento de devolución de la fianza?

Cuando se plantea la duda de si el Juzgado competentes es el del lugar donde radique la finca arrendada o el del lugar donde resida el arrendador que es a quien hay que demandar para que devuelva la fianza, el conflicto de competencia se resuelve por los Tribunales en el sentido de declarar que la competencia territorial corresponde al Juzgado de Primera Instancia donde radique la finca

Ver resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo.

¿Qué procedimiento judicial hay establecido para reclamar la fianza del alquiler?

Llegados a este punto y cuando el propietario o arrendador no devuelve la fianza, se plantea por el inquilino qué procedimiento judicial es el adecuado para reclamar la fianza del alquiler.

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Y aquí nos encontramos con una cuestión que ha venido siendo controvertida hasta la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto-Ley 7/2019) ya que existían decisiones  distintas según los Juzgados o Tribunales que vayan a resolver este asunto:

1.-  Un sector consideraba que el procedimiento para reclamar la fianza será el correspondiente según la cuantía reclamada, es decir si la cuantía no excede de 6.000 euros será el Juicio Verbal, y si excediera de ese importe el Juicio Ordinario.

2.-  Otro sector opinaba que el procedimiento para reclamar la fianza será siempre el Juicio Ordinario con independencia de la cuantía reclamada.

Última reforma de la Ley que afecta al procedimiento para reclamar la fianza

El Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo (en vigor a partir del 6.03.2019) ha modificado algunos artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos y además ha modificado lo dispuesto en el artículo 249.1 6º de la LEC, en el sentido de establecer que ya no será necesario acudir al Juicio Ordinario cuando sea posible hacer una valoración de la cuantía del objeto del procedimiento, en cuyo caso el proceso será el que corresponda a tenor de las reglas generales de esta Ley.

El Texto del artículo 249.6 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ha quedado de la siguiente manera:

«6.º Las que versen sobre cualesquiera asuntos relativos a arrendamientos urbanos o rústicos de bienes inmuebles, salvo que se trate de reclamaciones de rentas o cantidades debidas por el arrendatario o del desahucio por falta de pago o por extinción del plazo de la relación arrendaticia, o salvo que sea posible hacer una valoración de la cuantía del objeto del procedimiento, en cuyo caso el proceso será el que corresponda a tenor de las reglas generales de esta Ley.» (en rojo lo que se ha introducido con la reforma)

En resumen:

Cuando en los procedimientos de reclamación de la fianza, se reclame una cantidad que no supere los 6.000 euros, el procedimiento adecuado será el Juicio Verbal.

Y cuando supere dicha cantidad (6.000 euros), el procedimiento adecuado será el Juicio Ordinario.

Antes de la citada reforma legal: ¿dónde radicaba el problema de interpretación?

El problema radicaba en la redacción de la  Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)  artículo 249.6º , antes de la reforma producida por el Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo es que  establecía que se decidirán siempre por el Juicio Ordinario cualquiera que sea la cuantía que se reclame, los procedimientos que versen sobre cualquier asunto relativo a arrendamientos urbanos, salvo que se trate de reclamaciones de rentas o cantidades debidas por el arrendatario o del desahucio por falta de pago o por extinción del plazo del arrendamiento que se verán por el Juicio Verbal.

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Como la devolución de la fianza del alquiler es un asunto que versa sobre arrendamientos urbanos, pero no está comprendido entre las excepciones que sí se verán por el  juicio verbal (reclamación de rentas, cantidades debidas por el arrendatario, etc.), es por lo que el segundo sector doctrinal se acoge a que necesariamente y por disposición legal,  el procedimiento para reclamar la fianza será siempre el Procedimiento Ordinario.

En cambio, el primero de los sectores considera que al haber terminado la relación arrendaticia, la devolución de la fianza sólo es una cuestión de reclamación de cantidad, por lo que si la cuantía de lo reclamado no excede de 6.000 euros (que es lo habitual sobre todo en arrendamientos de viviendas),  el Juicio Verbal sería el adecuado.

La importancia de interponer el procedimiento correcto radica en que si el Juzgado tiene el criterio contrario al juicio que nosotros hemos escogido, puede declarar la inadecuación de procedimiento con la consecuencia de no entrar a resolver el asunto y obligarnos a tener que poner otro nuevo.

Si se escoge el Juicio Verbal y la cuantía de la fianza a reclamar no excede de 2.000 euros, no es necesaria la intervención de abogado ni procurador, por lo que el inquilino podrá interponer la demanda personalmente.

Veamos las dos posturas y sus razonamientos:

Conclusiones

1ª.- El Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo (en vigor a partir del 6.03.2019) ha puesto fin a las dudas existentes respecto del procedimiento para reclamar la fianza.

La redacción del actual artículo 249.1 6º de la LEC, establece que ya no será necesario acudir al juicio ordinario cuando sea posible hacer una valoración de la cuantía del objeto del procedimiento, en cuyo caso el proceso será el que corresponda a tenor de las reglas generales de esta Ley.

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Es decir, cuando en los procedimientos de reclamación de la fianza, se reclame una cantidad que no supere los 6.000 euros, el procedimiento adecuado será el Juicio Verbal. Y cuando supere dicha cantidad (6.000 euros), el procedimiento adecuado será el Juicio Ordinario.

2ª.-  Si se interpone como procedimiento para reclamar la fianza el Juicio Verbal porque lo reclamado no excede de 6.000 euros, es importante destacar que si además dicho importe no excede de 2.000 euros (reiteramos que la mayoría de las fianzas de alquileres de viviendas están por debajo de dicho importe), puede personalmente sin necesidad de contar con abogado ni de procurador interponer una demanda en el Juzgado,  con lo cual, en procedimientos de cuantía pequeña, el ciudadano se animará más a reclamar lo que cree que le corresponde.

Se ha publicado, entre otros, un formularios oficial para interponer una demanda de Juicio Verbal que debe estar disponible en todos los Juzgado. Si PINCHAS AQUÍ podrás verla o descargarla.

3ª.- Aunque no es preceptivo el envío al arrendador de un burofax previo para requerirle la devolución de la fianza, es conveniente ya que muchas veces se soluciona el problema,  y además porque deja constancia de la reclamación extraprocesal. Podéis ver el MODELO DE BUROFAX que hemos preparado en mundojuridico.info por si lo necesitáis.

Francisco Sevilla Cáceres

Comentarios

  1. Alain

    Hola tras concluir mi período de contrato que se renovaba trimestralmente le solicité a mi casero pagarle el mes de febrero e irme en marzo y el me comento que podía irme en febrero contradiciendo mi contrato de 30 días de antelación. Estuvimos de acuerdo mi novia y yo porque las condiciones en la casa no eran optimas y deseabamos, ahora su económica nos dice que nos fuimos antes de tiempo, tengo toda la conversación guardada. Puedo reclamar mi fianza?

  2. Rosy reyes

    Hola,tengo una consulta, doy madre de 3 hijos,pasa que vive 6 meses alquilando un piso por 775€ en Madrid al parecer el piso tuve que entregarlo con un mes de antelación, ya que el contrato rezaba que podía dejarlo en los primeros 6 meses y no abia problemas ,cuando la nieve, al ser el último en donde vivía cogió mucho mojo ,y la propietaria dice que todo el mojo fue parte del mal uso de la vivienda ,y que de ser así 775 no le alcanzaría para poder hacer reforma en su piso en las paredes ,y al fin se a quedado con mi fianza y se niega a entregármelo!!!

  3. Damien

    Buenos días,
    Tenía un contrato de alquiler de 1 año renovable año tras año con un máximo de 5 años. Después de 14 meses en el piso y porque mi pareja se fue del piso, yo avisé a mis caseros con más de 30 días de que iba a dejar el piso.
    Ahora me dicen que tengo que darles una indemnización porque en el contrato pone el articulo 11 de la LAU. Aún así, habiendo estado en el piso más de 1 año, creo que la fianza me corresponde. Pero se empeñan en no devolverme… Quién tiene razón? Porque pienso demandar a los juzgados y pedir yo indemnizaciones si se retrasan.

  4. Amparo

    Buenos días. Me llego del juzgado la sentencia firme para la devolución de la fianza. Ha pasado más de 1mes y aún no me lo ingresan. ¿Que beberia hacer? ¿Deberia ponerme en contacto con mi antiguo arrendador y pedirle la devolución? Entiendo que a el también le notificaron y la verdad después de todo este proceso lo mínimo que quiero es volver a tener contacto con el. Gracias.

    • Monica

      Hola Amparo, has podido resolver esto? estoy en la misma situacion

      • Edgar

        Pudieron resolverlo Mónica y amparo?

  5. Francisca

    Hola buenos días necesito.saber algo,yo aprende un departamento amoblado,y al término del contrato ella reviso el departamento y encontró algunos detalles»por ejemplo 1 sarten roto,(pero.me esta cobran el juego de sartenes)una quemadura de un pollito pequeño que lo arreglamos en su sillón,me esta cobrando 500 euros el sillón entero,1 vaso roto me está cobrando los 7 y así sucesivamente,hasta comerme toda mi fianza que hago?urgente gracias

    • maria

      Hola, a mi me esta pasando lo mismo, me quieren sacar 500 euros de mi fianza por dos enganches en las cortinas y 4 hilos en el sofa . como lo solucionaste???

      • Carmen

        Hola maria a mi me esta pasando lo mismo no me kiere dar la fianza me dkce k encuentra pelos de gato y tonterias.. U. Saludo!

  6. Mathilde Paulhiac

    Hola,
    Mi contrato era dependiente del codigo civil (1542 – 1582). Estabamos 3 chicos en la vivienda. Soy la ultima que dejo (no podia volver antes julio porque soy francesa y las fronteras eran cerradas).
    Ahora mi arrendador no quiere devolverme la fianza, aunque terminé el contrato en julio. En este momento no me dijo nada sobre la fianza, no habia problema.
    Solo me respondio cuando le dije que iba a reclamar la fianza ante la justicia, y ahora esta pidiendo dinero por muebles y obras.
    Que puedo hacer ?

  7. María del Carmen López Gandarias

    Firmé un contrato con fecha 1/10/2020,le pagué 450.,en concepto de fianza,el día 23/9/20 le comuniqué mi decisión de no contratarlo.La dueña lo volvió a alquilar y no quiere devolver dicha fianza.No existe en el contrato cláusula que le permita quedarselos

  8. maria eva herrera

    Buenos dias, el propietario desde 4 set 2020 ya le entregaron la fianza, aún no me la devuelve…dice q no ha tenido tiempo de verla…que hoy que mañana ya vamos para dos el 4 de noviembre, el burofax se le envio en mayo 25 y por razones de que el piso quedaba vacio le entregue de buena voluntad las llaves el 1 mayo.
    de la fianza de 600 el monto a devolverme es de 433 porque él por dejadez no cambio el debito de endesa gas, lo cual pagó y hay q descontar. Pero tampoco sacó mi debito de endesa Luz y me dijo que luego me lo daba que no lo rechace…corresponde desde junio 2020 a agosto 2020. qué debo hacer??? Si pasados los 2 meses que la DGA le dio mi fianza, ya no puedo reclamarle mas? le envio burofax? soy jubilada argentina..y tengo leucemia, ya no puedo esperar mas.

  9. esteban

    Buenas tardes. Buscando piso en Sevilla encontré uno y cuando lo vi le dejé la fianza de 350 euros al supuesto propietario ya que me corria mucha prisa por temas de trabajo encontrar un piso en Sevilla. EL día que me iba a ir al piso me dice el chico que me lo enseñó que no me puedo ir ya que ha dado positivo en covid, le reclamo el importe dado y hasta el momento no para de mentirme y darme escusas. tengo todas las conversaciones guardadas con el en el móvil.Puedo denunciar? dónde podría hacerlo?.

  10. elena

    buenos dias a mi me deben la fianza de hace 5 meses y aun me dan largas . que puedo hacer . me dicen que aun no hay respuespuesta por el propietarion estaba con seradin.

    • Carmen

      Estoi igual as podido acer algo?

  11. SARA FIGUEROA

    El pasado 31 de junio, entregamos las llaves del piso dónde víviamos de alquiler. Nos devolvieron la fianza, pero reteniendo 150 €, según ellos para que no dieramos de baja ningún suministro hasta que no estuviera hecho el cambio de titular.

    Han pasado casi tres meses y no han hecho el cambio de titular de los suministros, y no han devuelto el dinero de las facturas de suministros ni la fianza.
    Con lo que creo que no es legal la retención de la fianza. verdad?

  12. Patricia

    Buenas tardes,
    Después de 10 años de alquiler mi casera nos ha enviado un burofax diciendo que no nos devuelve la fianza por desperfectos. Quiero realizar la demanda de juicio verbal pero no conozco su domicilio actual. ¿Podría pedir dicho juicio a través del juzgado de primera instancia poniendo como domilicio la propia vivienda de alquiler?
    Muchísimas gracias por vuestra ayuda,
    Un saludo

  13. Sandra

    Buenas tardes, nosotros dejamos el piso a 1 de junio 2020 y a fecha de 21 de agosto aún no nos han abonado la fianza, el propietario nos dice que la inmobiliaria entregó los papeles mal y tarde (a día 18 de junio) él después de insistir cada semana desde hace dos meses, se digno a ir a donde nos retienen la fianza y nos comentó que ya había entregado los papeles pertinentes pero seguimos sin recibir la fianza y no deja de darnos largas..mi pregunta es, a donde nos dirigimos ya para denunciar el tema y qué papeles tenemos que entregar para demostrar que aún no hemos recibido nada.

    Gracias

  14. Andrea

    Buenos días, en una demanda para juicio verbal para reclamar la devolución de fianza, ¿en base a qué artículo o norma legal puedo reclamar el reembolso del coste del burofax por el que se demuestra la reclamación extraprocesal?
    Muchas gracias de antemano, un saludo!

  15. Andrea

    Buenos días, en una demanda de juicio verbal para reclamar la devolución de la fianza, ¿en base a qué artículo o norma legal puedo reclamar también el reembolso del coste del burofax mediante el cual se presenta la reclamación extraprocesal?
    Muchas gracias de antemano, un saludo.

  16. Melanie bajo

    Hola,buenos dias!! Me gustaria que me asesoraran sobre la devolucion de fianza. Debido a todo lo pasado por el Covid 19 la casera y yo acordamos que durante los meses la cuota mensual seria rebajada a la mitad,puesto que yo en esos momentos me encontraba en otra comunidad diferente al piso en el que estaba de alquiler. Debido a que no me podia desplazar de comunidad avise a mi casera con 26 dias de antelacion ,puesto que mi situacion laboral asi me impidio avisarla con 30 dias a que el contrato terminara,puesto que ya cumplia un año.
    Ahora el problema viene que no quiere devolver la totalidad de la fianza y diciendo que el piso tiene desperfectos,cosa que es mentira puesto que desde mi devolucion de las llaves a cuando ella lo puso en alquiler paso 1 día y todo esto calumniandome sobre un realquiler inextistente por mi parte.
    Pasados los 30 días mande un burofax a dicha persona y dentro de 5 días se finaliza el plazo que la dí para la devolución de la fianza.
    Me podríais ayudar/asesorar a como deberia actuar??
    Gracias de antemano.

  17. Javier

    Hola buenos días!!! El 30 de este mes pasado de Junio, quedé con mis inquilinos para hacer la entrega de llaves nosotros los propietarios somos nuevos en esto y pensamos que la fianza es lo primero que se devolvía y así lo hicimos cometimos un grave error.Nos hemos encontrado un sofá completamente arañado y destrozado por el gato de los inquilinos,cortinas de habitaciones y del salón llenos de pelos y rotas por las uñas del gato, bisagras de puertas rotas, colchón de cama con un agujero y pelos de gato, bueno varias cosas. Mi pregunta es si puedo de alguna manera hacer que Page todos los desperfectos que ha ocasionado por su mascota ya que en el contrato ponía bien claro que no se admiten mascotas y ella tenía un perro y gato en mi casa.Tengo que denunciar?,ella se niega a pagar nada y no sé qué hacer… Saludos

  18. Cathaysa

    Buenas tardes, mi duda es la siguiente, este mes voy a terminar mi contrato de alquiler con el casero. Al firmar el contrato me impuso 2 fianzas, 1 de ellas no iba a ser devuelta, (según el por tener el piso amueblado). Y quisiera saber si aun habiendo firmado el contrato, sería igualmente ilegal el devolverme dicho importe. (que conste que se que lo firme, en ese momento me «valía» la pena perder ese dinero y pensar que era como si estuviera pagando una fianza por inmobiliaria). te adjunto el artículo que añadio al contrato.

    NOVENA.- Fianza
    La fianza será de 1300 EUROS, de fianza legal arrendaticia, conforme
    establece el artículo 36,1 de la LAU, que se depositaran en la Cámara de la
    Propiedad correspondiente.
    Esta cantidad queda sujeta a cubrir las posibles responsabilidades en que
    pueda incurrir el arrendatario con el arrendador por deterioros que se
    produzcan en el inmueble, salvo los que hayan podido acaecer como
    consecuéncia del uso normal, impago de rentas o cualquier otra causa
    derivada de la relación arrendaticia que establece el presente contrato.
    Le será devuelta al arrendatario el 50% de la fianza a la finalización del
    arriendo previa la constatación por parte del arrendador de que la finca se
    encuentra en perfecto estado de conservación y siempre que no concurra la
    responsabilidad expresada en el párrafo anterior.

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Cathaysa:
      Mi opinión es que esa cláusula puede ser nula, ya que la fianza tiene como objetivo tener retenido un importe que será devuelto al inquilino si no existen desperfectos o impago de cantidades. No se podría quedar con el 50% de dicha cantidad sin motivo alguno.
      Saludos

  19. Clara Elizondo

    Hola!

    Tengo en mi whatsapp las conversaciones y audios donde mi ex-casero me promete que me devolverá la fianza tal y como me prometió. Sirve esto como prueba ante una denuncia? Espero desde agosto, ya dos meses,y siempre me dice «en cuanto cobre un dinero», «cuando me paguen los nuevos inquilinos», y otras excusas.

  20. Francisco Lemus

    Buenos días, sí el inmueble lo gestiona una sociedad de gestión inmobiliaria, ¿A quién debería dirigir el BUROFAX de reclamación de fianza? ¿Al arrendador original? ¿o a la inmobiliaria? En mi caso quien ha puesto pegas y gestiona el tema de la fianza es la inmobiliaria, además está imputando supuestos daños que no existen o no se hicieron mientras viví en el piso. Gracias

  21. Juan Pa Alarcón

    Buenas tardes. Soy médico ecuatoriano y estuve alquilando un piso en Salamanca por ocho meses; realicé un contrato de arrendamiento con inmobiliaria Mercaservice el cual finalizó el 28 de Febrero pero por motivos personales deje el piso el 14 de Febrero claro eso si un día antes el dueño y el jefe de la inmobiliaria fueron al piso a verificar las condiciones y todo estuvo en perfectas condiciones. El problema radica que el de la inmobiliaria me dijo que me devolverá el depósito a mi cuenta de Banco Santander que no me preocupara me envía una foto de la transferencia realizada ( la cual dice que en minutos se enviará la confirmación de la transacción) le pido que me de la confirmación y me dijo que por lo general no suelen enviar nada. Espere y espere y hasta el momento no recibo la fianza a mi cuenta. Hablo con el jefe de la inmobiliaria el cual me dice que espere que ha solicitado devolución del dinero para poderme hacer otra transferencia. Es inaudito ya que son casi cuatro meses y siempre me dice lo mismo que espere que el banco no le soluciona inclusive opta por no responder a mis mensajes. Por favor me pueden ayudar como proseguir en estos casos ya que me encuentro en mi país y regresaré nuevamente el próximo año

  22. María

    Me acaban de notificar un procedimiento monitorio reclamándome, como avalista que soy del inquilino, una deuda de 8.000 € de alquileres de vivienda. Este me comenta que le hicieron el desahucio y la reclamación de la deuda pero que no ha sabido más de la deuda una vez se dictó la sentencia de desahucio y le echaron del piso, pero que no ha pagado la deuda. También me comenta que el propietario no le ha devuelto la fianza.
    Mi pregunta es si en este juicio monitorio puedo pedir que me descuenten la fianza sobre la cantidad que me reclaman. ¿O tengo que pagar toda la deuda sin descontar la fianza puesto que esta no es mía sino del inquilino?

  23. elvira

    Buenos días. el día 31 de Octubre de 2018 dejamos el piso que teníamos alquilado durante 8 años.
    Hable con el propietario y le dije que le dejaba unas cuantas cosas en el piso que habíamos comprado nosotros pero que se las dábamos. En el piso había 2 sofás pero uno hacía tiempo que se rompió (por uso y desgaste)y lo tiramos y le ofrecí darle a cambio dos sillones. La respuesta del propietario (varios días después) fue que me llevara todo lo mío y se lo dejara tal y como estaba en el contrato.
    Tengo whasapp suyos diciéndome que me devolvía la fianza, que había retraso en la Diputación y que si tarda mucho me lo pagará de su bolsillo (esto fue el 26 de noviembre) y el día 1 de diciembre me mando un whasaap diciéndome que no me devolvía los 720€ de la fianza por el sofá y una tulipa de una lámpara más vieja que mi abuela….. el día 3 de diciembre le envié un Burofax solicitándole la devolución de la fianza. No obtengo respuesta ¿Qué más puedo hacer? GRACIAS DE ANTE MANO.

  24. José

    Buenas.
    Dejamos el piso de alquiler y es cierto que el sofá (de polipiel de clik-clak) se agrietó por las costuras. En ningún momento nos negamos a que se descontara algo de la fienza, pese a que el deterior se debe al uso habitual de un mueble de mala calidad.
    El caso es que la casera quiere quedarse con el importe total de la fianza. le pedimos una factura del sofá para comprobar cual es el importe de este y nos envió dos fotografías de facturas, una de ellas sin sello, y con los datos de la empresa ilegibles, la otra con sello de hace 5 años (decía que el sofá lo compró para nosotros el año pasado) y donde las cantidades no corresponden ni con las que ella pretende imputar, ni con las de la otra fotografía de la factura. Ademas los datos del comprador parece que estan pegados. ( ami parecer están manipuladas).

    Repito que no nos negamos a pagar algo por ese deteriore del mueble, pero queremos estar seguro de que el precio que se paga por el es justo.
    ¿Como debemos proceder?

    Gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola José,
      He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.

      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  25. Jose Ramon

    Buenos días,
    En mi caso el contrato especifica que el arrendatario debe de dar dos meses de preaviso a la salida de la vivienda.
    Pregunta :son dos meses naturales o partir de la fecha de contrato? Y dos meses se sobrentiende como 60 días?
    Por otro lado, si es la agencia inmobiliaria la que hace todas las gestiones y habla en representación de los propietarios, quien debe ser comunicado ?
    Puede ser comunicado la renuncia de continuar en el piso mediante un correo electrónico si esa ha sido la forma de comunicación con la agencia inmobiliaria?
    Gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola José Ramón,

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  26. Monica

    Buenos días,la dueña del piso que teníamos alquilado durante dos años no quiso venir a verlo para entregarle las llaves y me devolviera la fianza,se fue de viaje y a pasado ya un mes y ahora dice qno nos la devuelve por desperfectos de luces,que nosotros se las cambiamos todas sin darle ningún coste y una lavadora que nos tubo q cambiar xq se estropeó y me la quiere cobrar,me quiere cobrar el gasto de comunidad en cuanto el año pasado decía que nos entraba en el precio,yo hice fotos de cómo deje el piso y no había ningún desperfecto,pero claro al no venir a verlo y a entregarle las llaves fue un fallo,pero esque eya venía al piso cuando estábamos en alquiler y decia q estaba mejor q cuando estaba eya…pero ahora para pagar no quiere,cómo puedo conseguir mi fianza de 600€?

    • Inmaculada Castillo

      Hola Mónica,

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  27. Bianca

    Buenos dias,

    Mi ex-casera se ve que vive a base de robar fianzas a la gente.
    Hace mas de 1 año deje la casa que estaba alquilando en Alicante, en mejor estado que como estaba cuando entre,pero bueno, entregamos las llaves y todo bien.
    Empiezan las mentiras con respecto a desperfectos de la casa para justificar que no nos va a devolver la fianza y ahi termina nuestros contacto con la señora propietaria que vive en Ibiza.
    Enviamos el burofax, nada.
    Vamos al juzgado de primera instancia para poner en marcha el proceso monitorio de reclamación de fianza, y hacemos todo, al tiempo me contesta el juzgado con una notificación que declara incompetencia territorial ya que ella vive en Ibiza, me dan 15 dias para que si quiero me vaya al juzgado de Ibiza a continuar el proceso, y ahi se acaba el tema.
    La casa esta en Alicante, el contrato se firmo en Alicante y la entrega de llaves y absolutamente todo fue en Alicante, como me dicen que el juzgado que compete es el de Ibiza? y si en vez de Ibiza vive en Japon?
    Que puedo hacer? no pienso dejar que se salga con la suya.
    Me han recomendado poner una denuncia en la policía por apropiación indebida pero necesito mas ayuda.
    Espero comentarios con urgencia,
    Muchísimas gracias!

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Bianca, efectivamente el domicilio del demandado es el criterio para determinar como regla general donde se interpone la demanda salvo que ustedes en el contrato hubieran firmado otra cosa. Por ello veo buena opción la de poner una denuncia por apropiación indebida

  28. Estefanía

    Hola, buenas. Mi caso es que dejamos la casa en la que estábamos alquilados y en momento de darle las llaves nos devolvió nos firmó el papel conforme todo estaba bien. Nos ha devuelto una parte de la fianza pero hay parte que no la quiere dar por desperfectos inventados y justificados mediante un Word que el mismo ha creado. Supongo que lo que debería hacer ahora es enviar un burofax no? saludos y muchas gracias

  29. Veronica

    Buenas tardes, dejé mi piso y firmamos la renuncia el 23/03/18.a dia de hoy todavia no he recibido la fisnza, el sr de la agencia me dijo que la camera de comercio necesitaba 30 dias para liberarla, pero ya han pasado. Ademas, cuando dejé el piso, me dijeron que ellos mismos hicieran el cambio de titularidad de gas y luz, a las dos semanas me comentaron que tenia que dar se baja al gas y una vez hecho, ellos mismos cambiaban la titularidad. Solicite la baja, siguo esperando que gas fenosa acabe con esto pero siguen facturando a mi gastos que en realidad no se producen. Llevo desde la semana pasada intentando hablar con la agencia, pero no contrata ni a llamada,mails,whatsapp. Que me conseja ?

  30. Stella

    Mi hijo alquilo un piso por 5 meses, son tres chicos trabajadores, ayer se cumplía el plazo y la dueña vendría a por las llaves y con el importe de la fianza, el piso está impoluto, como una patena, ellos ya alquilaron otro con sus gastos correspondientes, los recibos estaban en sus cuentas, o sea que no están a nombre del dueño de la vivienda, ahora ellos con un piso alquilado y fianza y demás entregado, contaban con los 2000 euros que les devolverían, , la señora no tiene intención de devolver nada y ellos tienen las llaves, que pueden hacer. Gracias. El Lugar es Palma de Mallorca

  31. Brenda

    Hola soy estudiante Mexicana que arrendo una vivienda en Lugo, España durante 5 meses, el piso se entrego en buenas consiciones el 26 de enero y la inmobiliaria quedo de devolvernos la fianza en un lapso no mayor a 30 días pero ya estamos a 4 de abril y no nos han devuelto nada y no nos dan respuesta, se nos hace injusto que por ser extranjeros y estudiantes no sean justos… por ello acudimos a ustedes para ver que podemos hacer, que prosigue en estos casos o a donde hay que acudir? Algun número telefónico ?
    Ya que actualmente ya no nos encontramos en Lugo.

    Muchas gracias por su atención!

    • Inmaculada Castillo

      Hola Brenda,

      He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.

      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  32. Ken

    Buenas tardes,
    Próximamente enviaré un burofax a mi anterior casero que no quiere devolverme la fianza aunque le dejamos el piso en perfectas condiciones. ¿Podré exigirle el coste del burofax?
    Muchas gracias

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Ken:
      Es discutible que puedas repercutirle dicho gasto.
      Saludos

      • Ken

        ¿Eso significa que no o que sí existe una posibilidad?
        Muchas gracias por tu respuesta.

  33. Laura

    Buenos días, escribo para consultar algunas dudas. La cuestión es que mi anterior casero se negaba a dedvolverme la fianza y «a duras penas» fuimos consiguiendo que nos diera algo, a fecha de hoy queda pendiente una parte para devolver (tenemos un documento firmado por él el día de la entrega de llaves). Estuvimos informándonos y enviamos un burofax y, posteriormente, interpusimos una demanada de reclamación a través de juicio verbal (la cuantía es inferior a lo establecido). La cuestión es que nos han denegado la solicitud del juicio verbal por temas de materia y establacen que ha de ser por juicio ordinario, evidentemente, no estamos dispuestos a pagar los costes de éste y agradecería mucho si me pudieran asesorar, ya que, no sé si existe alguna vía de reclamación para estos casos o tenemos alguna otra opción.
    Muchísimas gracias.

    • Inmaculada Castillo

      Hola Laura,

      He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.

      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  34. José Alberto

    He alquilado un piso en Salamanca,no se puede pagar x banco,solo en dinero en mano,y te da papeles, con lo entregado.Le he dicho q yo declaro,y El,dice lo mismo, pero en Hacienda, dicen lo contrario.

  35. Marcos

    Buenas tardes Francisco,

    He encontrado esta página, y esta entrada y me gustarí comentarte mi caso.
    Presenté demanda por procedimiento verbal para reclamar una fianza no deveulta, y hoy el juez en el juicio ha archivado el caso por no ser el procedimiento adecuado.
    ¿Qué puedo hacer ahora?

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Marcos, debes inicia de nuevo el procedimiento acudiendo al cauce procesal adecuado

  36. ILIE

    hola. Hemos vivido en un chalet de rivas vaciamadrid durante 5 años, cuando se ha terminado el contrato de 5 años el propietario nos pregunto que si queremos renovar y hemos decidido que no. el dia 1 de agosto del 2017 hemos entregado las llaves y hemos firmado la resolución del contrato. el propietario nos debía 4.000 euros asi que me devolvió 3500 euros en el mismo dia y me dijo que el resto de 500 cuando pasan lo 60 días legales. hasta aquí todo correcto. cuando pasaron lo 60 días intente contactar con el para pedirle que me devuelva los 500 restantes pero no quiso coger las llamadas y me mando una lista con unos desperfectos en la casa que me dice que el arreglo de estos desperfectos suben a mas de 500 euros y que ya no debería devolverme nada. quiero recordar que en el dia que he entregado las llaves y he firmado la resolución el propietario no ha mencionado ningún desperfecto el la casa y dijo que todo estaba bien. desde el dia 1 de agosto 2017 ya han pasado mas de 100 días y sigo sin poder contactar con el y tampoco me devolvió el resto de la fianza. Que puedo hacer y como puedo recuperar ese dinero? gracias

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Ilie:
      La única manera sería mediante un procedimiento judicial.
      Saludos

  37. Pepe

    Hola,

    En mi caso he entablado conversación por whatsapp 2 veces reclamandole la finaza y me da largas. Como el piso lo alquilé a través de inmobiliaria, ¿sería mejor recurrir a la inmobiliaria o proceder directamente a reclamar por la vía judicial? (teniendo en cuenta que ha pasado ya un mes desde la entrega de llaves).

    Gracias.

  38. Maca

    Hola. Buenos días días! Quería consultar… hace unos 8 días aproximadamente dejamos el piso donde estaba viviendo con mi pareja de alquiler. Llevábamos viviendo ahí dos años, y aparte que la casera se quedó medio mes de fianza, cuando dejamos el piso él días 10 no nos quiere devolver el total del concepto de garantías, por una supuesta mampara rota (la cualquier ya estaba informada y visto por un especialista) que no se había roto del uso, sino de viejo.. Para poner un poco en antecedentes nos hemos ido porque hemos tenido varios problemas los cuales no nos ha dado solución. Uno de ellos, que fue el desencadenante, un mueble del baño que se inundó porque él lavabo no estaba bien y el seguro le dio dinero para cambiarlo y no cambió nada, nos achaca que hemos dejado el piso súper sucio, cuando hicimos la entrega de llaves antes de tiempo porque tenía mucha prisa por enseñar el piso para alquilarlo. donde puedo reclamar sin tener que ir a juicio?

  39. Laura

    Buenos días,

    ¿Podrían ayudarme con la siguiente duda?
    Somos arrendatarios. Hemos estado un año de alquiler en un piso. Hemos acabado el contrato porque el dueño lo solicitó para su uso. A la entrega de llaves, firmamos un documento de rescinsión de contrato, donde ambas partes acordábamos que no había deudas pendientes y que no había desperfectos en el inmueble, tras revisarlo.
    El arrendador no nos devuelve la fianza, nos ha hecho un ingreso de un 20% (Habiendo recibido ya el importe depositado, por el Gobierno vasco) Le hemos llamado y enviado un burofax, y nada.
    Vamos a proceder a demanda por juicio verbal.
    ¿Teniendo el documento de rescinsión de contrato acordando que todo está perfecto, qué puede pasar?El piso estaba impoluto, no hicimos fotos, pero con el documento, ¿no debiera ser más que suficiente?
    A parte, tenemos pruebas de haber abonado las mensualidades y los gastos en los plazos cada mes, sin problema alguno…

    Muchas gracias de antemano

  40. Antonio Fernández

    Hola!

    Quisiera saber cuánto debería pagar más o menos en concepto de costas si perdiese un juicio para reclamar una fianza de 2000€ al propietario de un alquiler vacacional.

  41. Pablo Pérez de la Puente

    Es necesario presentar la denuncia o la demanda en el mismo municipio donde radica la vivienda alquilada o se puede presenter en un juzgado de otra ciudad?
    Se puede alegar que se lea ha devuelto la fianza a unos arrendatarios y a otros no?

  42. cheryl

    Hola, he hecho la entrega de un piso, dando el preaviso de un mes, todo pago. Lo dejé en buenas condiciones, limpio y pintado. Firme la entrega del piso e hice la devolución de las llaves. Después del periodo estimado de un mes para la devolución de la fianza la dueña me ha informado que no me devolverá la fianza de 2 meses que entregue en la firma del contrato y que yo le debía en cambio 200€ por pintura y limpieza. Todo esto sin presentar factura. Cuando le dije que se lo descontara de la fianza me ha dicho que no, que yo le debía aparte 200€, luego de eso me bloqueó y no me puedo comunicar con ella. La fianza nunca fue depositada en INCASOL, fue A través de una gestoría que alquilé el piso y ellos me indican que la Sra. presentará las facturas. No saben para cuando y no me dan respuesta para resolver la situación a pesar de que ha vencido el plazo para la devolución. Dónde puedo denunciar esto?

  43. Antonio Vallejo

    HOLA. MI CASO ES EL SIGUIENTE: HEMOS ESTADO DE ALQUILER EN UNA VIVIENDA MAS DE DOS AÑOS. AHORA HEMOS DEJADO LA VIVIENDA PARA CAMBIARNOS DE CIUDAD. EL CASERO, A LOS DOS AÑOS JUSTOS DIJO QUE A PARTIR DE AHÍ DIMITÍA DE SUS OBLIGACIONES EN LO QUE A LAS REPARACIONES SE REFERÍA Y QUE A PARTIR DE AHÍ SERÍAN NUESTRA RESPONSABILIDAD.NO NOS DEVUELVE LA FIANZA Y NO CONTENTO CON ELLO, SE ESTÁ INVENTANDO DAÑOS POR IMPORTES EXORBITANTES Y PRETENDE RECLAMARNOS…¡¡4.000 EUROS!! CUANDO LOS DAÑOS SON LEVÍSIMOS. HE RECIBIDO UNA CARTA DE UNOS ABOGADOS DE ESOS QUE TRABAJAN CON LEGÁLITAS, DE UN BUFETE CON FAMA DE TRABAJAR DE PENA, QUE ES LO QUE SE HA BUSCADO ESTE SEÑOR. ¿QUÉ HAGO CON ÉL?

  44. Juan Vicente

    En este caso yo primero le envié un burofax al dueño de la vivienda reclamando la devolución, y como no hizo caso presenté denuncia en el Juzgado.
    Cuando recibió la denuncia pagó ipso facto

  45. JE

    Buenos días,

    Solo escribo para animar a todos los inquilinos que dejan un piso en condiciones y luego el arrendador no les devuelve la fianza completa o parte de ella alegando daños a que RECLAMEN SU DINERO.

    En 2015 dejamos un piso en Madrid, en perfecto estado, la arrendadora nos devolvió la mitad de la fianza, estando ella en el piso y mirando todo y de acuerdo en cómo estaba, con la excusa de que la otra mitad sería al llegar los suministros del último mes.
    5 días más tarde llegaron los suministros, me lo comunicó y se los pagué inmediatamente. Posteriormente cuando le dije cómo me daría la otra mitad de fianza (porque yo ya no estaba en Madrid), alegó que cuando vio el piso en detalle estaba muy sucio y muy mal y que tenían que pintar, lavar todo… (Además de amenazarme su marido por teléfono cuando le dije que tomaría medidas con un «no sabes donde te estás metiendo»-lo tengo grabado en mi memoria-). Acudí de inmediato a un abogado y le dije que demandara y que fuese hasta el final.
    Le mandó el burofax exigiendo el pago, y ante su negativa, demandamos con juicio civil a esta persona. La semana pasada me enviaron el Fallo de la juez, en sentencia FIRME -> Esta persona tiene que devolverme la fianza, los intereses legales y asumir todas las costas del juicio.
    Si no paga con el envío del coste de manera extrajudicial a su abogada, mi abogado ya tiene el permiso, para en 20 días hábiles iniciar el proceso de ejecución.

    Ya está bien de aprovecharse de los que tenemos que mudarnos por trabajo, de esta gente que se dedica (no todos, pero en este caso sí) a vivir de las rentas de los 5-7 pisos que tienen, creando sociedades para hacer eso que llaman ingeniería fiscal y vivir a todo trapo, mientras el resto agachamos el lomo para salir adelante.

    Un saludo

  46. Raul

    Muy buenas. Me están alquilando una habitación por meses. Le pagué la fianza por un mes al propietario, y ahora no me la quiere devolver. Puedo (yo, como inquilino) recoger la fianza directamente en el depósito legal, o necesitaré algún documento en concreto del dueño del piso… Me temo que quiere quedarse con mi fianza.
    ¿Qué otras soluciones existen para conseguir mi fianza? Si el dueño del piso no dejó la fianza en el depósito legal en su momento, y ahora no me la quiere devolver, ¿como puedo hacer para recuperarla?

    Gracias de antemano,
    Un cordial saludo

  47. Sandra

    Hola, enhorabuena por toda la información y apoyo que nos ayuda a solventar estos incidentes en los arrendamientos.
    En Octubre de 2016 me ví obligada (con ayuda de vuestras publicaciones y modelos) a presentar demanda de juicio verbal para reclamar la fianza que no se me devolvió transcurrido el mes de finalizar el contrato y estando todo en orden. Antes de presentarla, lo intenté extrajudicialmente e incluso envié un burofax.
    Hoy he recibido la notificación de la contestación de la demanda (alegaciones) y no estoy de acuerdo y quisiera aportar pruebas como facturas que es un principio yo no aporté y dí por hecho. El problema es que ni yo ni las demandadas hemos solicitado celebración de vista y entonces no sé cómo tengo que proceder. Según entiendo lo que leo en la diligencia de ordenación que he recibido es que queda visto para sentencia con lo cual no sé si puedo aportar más prueba para aclarar y defenderme de las mentiras contestadas por la parte demandada.
    Agradecería una aclaración, muchísimas gracias

  48. Xavi V.

    Buenas tardes,

    Firmé la renuncia del alquiler el pasado 24 de enero, devolví las llaves y mi casero fue a los pocos días a revisar el estado del piso. Me pone pegas para devolverme la fianza porque dice que está mal pintado y sucio. En el contrato no especifica nada de que yo debía pintar el piso cuando saliera. Lo pinté al inicio del alquiler (hace menos de tres años) porque estaba todo amarillento de humo de tabaco. Ahora me dice que está mal pintado (cosa que no es cierto) y que como lo tiene que pintar él otra vez, me lo descontará de la fianza e incluso llegó a medio amenazarme diciendo que «incluso puede que me tengas que dar más dinero». Le dije que me pasara facturas de lo que consideraba que me debía descontar, pero que no estaba de acuerdo con que el piso estaba en mal estado, estaba incluso más bonito y limpio cuando me fui que cuando entré. Dentro de las obligaciones de las que responde la fianza (pago de rentas, suministros, daños, desperfectos y menoscabos…) no me cuadra el tener que devolver el piso pintado y limpio, además de que no se pactó eso en el contrato. ¿Tiene motivos para no devolverme la fianza?
    Gracias de antemano.

    • Inmaculada Castillo

      Hola Xavi,

      He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y podemos comentar de manera detallada y sobre la marcha las dudas que comentas, así como indicarte la forma de proceder.
      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  49. EUGENIO POLO

    Hola, no pretendo que me solucionen algo..solo quería una opinion.
    Yo deje’ un piso dando como preaviso solo 15 dias no los 30, esto porque’ tuve problemas personales que me impidieron cumplir con dicho plazo.
    Resulta que la proprietaria del piso me comunico’ su voluntad de devolverme la mitad de la fianza, cosa que me parecio’ bien.
    Sin embargo 10 dias después me comunica que ha cambiado de idea y que no me quiere devolver nada porque’ no le di’ los 30 dias…es justo eso?

  50. sonia

    Buenas tardes

    Hace un par de meses dejé el piso donde estaba alquilada tras finalizar el año de contrato. Firmamos el documento de entrega de llaver y tras dos meses ni nos ha devuelto la fianza ni ha cambiado el nombre y cuenta de pago de los suministros. Mi abogado le ha llamado y no contesta, puedo ir directamente al juzgado a reclamarlo sin necesidad de ir con abogado? No es especialista en estos casos y además son 400€ de fianza. Muchas gracias y saludos

  51. Manuel

    Buenos días. He reclamado judicialmente la devolución de la fianza por importe de 850 euros que el arrendador se niega a devolverme, si bien no hice constar en su momento en la demanda que actuaría acompañado de abogado y Procurador.Se ha señalado vista de juicio verbal. ¿Entiendo que el día de la vista ya no podría acudir con letrado y Procurador por no haberlo reflejado en su momento en la demanda, no? En el caso de sí poderse, ¿cabría llevar sólo abogado pero no Procurador?

    Muchísimas gracias

  52. Maite Nevado Moreno

    Buenas tardes, gracias por el artículo, me ha servido de mucha ayuda la información, aunque tengo unas dudas de cara a interponer demanda via juicio verbal. Nuestro caso es la no devolución de 1000 eur de fianza de una propiedad de alquiler vacaciones el pasado agosto. El propietario nos indica que hay ciertos desperfectos ocasionados por nosotros (totalmente falso y de lo que tenemos fotos y pruebas que muestran que ya estaban en mal estado a nuestra llegada), pero ni nos indica qué nos quiere descontar, ni pasa presupuesto ni nada más. Enviamos un burofax con los detalles, fotos, mails, etc solicitando la devolución, y no fue recogido en correos. El problema es que sólo tenemos la dirección de la propiedad que está situada en Altea, Alicante. EL propietario es inglés y no tenemos su dirección en Inglaterra ni otra forma de contactarlo.
    Es obligatorio indicar su dirección y dni en la demanda? Cómo podríamos conseguirlo? Por otro lado, nosotros residimos en Barcelona, se puede hacer la demanda via telemática sin necesidad de acudir a Altea? Ya que nos ocasionaría más gastos por desplazamiento etc
    Habría otra vía de denunciar penalmente por no devolvernos ese dinero y ni siquiera contestarnos?
    Muchas gracias por la respuesta

  53. Pedro

    Buenos días

    El pasado día 1 de septiembre se realizó la entrega de llaves en la inmobiliaria que gestiona el piso del que era arrendatario, el propietario realizó una visita a la vivienda una semana antes expresando su satisfacción tras 5 años de alquiler y declarando que todo se encontraba en perfecto estado.

    Transcurrido un mes desde esa fecha, al no haber recibido la liquidación de los 1900 € depositados como fianza se reclamó por correo electrónico a la inmobiliaria, el día 5 de octubre recibí por correo electrónico la liquidación en la que se descontaban 1300 € por limpieza y acondicionamiento de la vivienda (con las facturas de las empresas que llevaron a cabo los trabajos) y por las facturas de suministros, sin aportar copia de las mismas.

    Entiendo que para descontar el importe mencionado de la fianza deben probar que los trabajos llevados a cabo tuvieron que realizarse como consecuencia de un mal uso por parte de los arrendatarios así como aportar copia de las facturas de suministros que se están descontando.

    He remitido un correo electrónico al propietario y a la agencia en el que le reclamo la devolución de la fianza descontando la parte correspondiente de los suministros, las facturas de los mismos y los informes que prueben que los trabajos realizados para el acondicionamiento de la vivienda no derivan de los desperfectos propios del uso normal de la misma, tal como se especifica en el contrato de alquiler.

    Por el momento no he tenido respuesta ni se ha realizado el pago de la fianza depositada en el año 2011.

    Ruego me asesoren de la forma en que debo proceder.

    Gracias de antemano,

  54. edilberto

    hace dos meses alquile una vivienda, y desde dela primera semana aparecieron cantidad de problemas, lo primero.
    por la distancia nos fiamos de las fotos que habían dela vivienda y la tomamos
    1 suciedad excesiva, 2 una plaga de garrapatas, 3 una picason e irritación en la piel provocado solo en la vivienda, 4 deudas de factura del agua de varios meses, y deuda de gas natuaral del que me entere al mes por que no llegaba factura y me dijo la dueña que no es de ella esa instalación, mas fallos de los tomas de energía que no funcionan. que tengo hacer

    • Inmaculada Castillo

      Hola Ediberto,

      He leído tu consulta, y la respuesta a la misma es algo extensa y variable según las circunstancias propias de tu caso. Por ello te recomendaría que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y comentaremos de manera detallada las cuestiones y dudas que planteas.

      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por confiar en Mundojuridico.info

  55. Moraima Ferreiro

    Después de dos años de alquiler, con una relación cordial con la propietaria,la avisé de forma oral que no renovaba el contrato porque me jubilaba. Me dijo que no había ningún problema, que me quedase el tiempo que estimase oportuno. Desde el principio supo que tenía una gata como animal de compañía. En la revisión final de la casa argumentó que el sofá estaba estropeado y que, por lo tanto, se quedaba con 500 € de la fianza,si los dejaba; o con los 1000 €, si decidía llevármelos. Los sofás están en muy buen estado porque los tuve en todo momento cubiertos con mantas. Mis preguntas son:
    1. ¿Puede quedarse con los 500 € sin demostrar que los pequeños desperfectos que tiene el sofá en las esquinas fueron provocados por la gata y no por el uso de éste? Los sofás ya tienen unos años, aunque están en buen uso, y no conserva facturas
    2. En tal caso, ¿me puede cobrar la factura de un sofá nuevo en vez de tasar el precio del viejo?
    3. Si yo me llevo los sofás, ¿puede quedarse con los 1000 €, en vez de los 500, cuando se supone que, si los cobra, es porque están inservibles?
    4. ¿Puedo hacer la demanda de juicio oral en mi actual domicilio o tengo forzosamente que hacerlo en el de ella?
    5. ¿Puede alegar que no la he avisado por burofax para quedarse con la fianza?
    Gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Moraima,

      Te recomendaría que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, para que pueda indicarte de manera personal cómo proceder.

      Un saludo y espero que sigas visitando Mundojuridico.info

  56. Olivia

    Buenas tardes,
    Como propietario entregué toda la documentacion el 18/08/2016 en la direccion provincial de fomento de Guadalajara para la devolución de fianza, a dia de hoy 20/09 vuelvo a presentarme en fomento para reclamar la fianza y me comentan que hasta octubre «sin decirme dia concreto» no empiezan a devolver las fianzas.Llamo al teléfono de fomento de Castilla La Mancha que se encuentra en Toledo y me pasan con Fianzas, le comento al señor que me coge el teléfono y me dice que no tiene ni idea de ni siquiera cuando se devuelven.Estoy desesperada porque nadie te da ninguna solución, mi antigua inquilina me dice que me va a denunciar y los de Fomento me contestan ante esto que ese problema es mío…o sea que el gobierno te obliga a depositar la fianza en un mes y a la hora de devolverla no hay tiempo.Una vergüenza

  57. Manuel

    Hola! Tengo una pregunta sobre esta cuestión.
    Finalizado el mes de junio se acababa mi contrato de alquiler. Realice la entrega de llaves y el propietario del inmueble me devolvió la fianza. Al cabo de mes y medio el propietario me dice que han aparecido desperfectos y que tengo que abonarle los daños. ¿Estoy obligado a hacerme cargo de esos desperfectos?
    Gracias, un saludo.

  58. Alicia

    Hola , hace 5 meses entre a vivir a un piso que tenía una humedad , me dijeron que ya estaba avisada la comunidad y que iban a venir a arreglarlo , a día de hoy la humedad sigue , lo peor es que está en el salón encima de la televisión, un día nos despertamos y estaba el salón lleno de agua la televisión mojada , la Xbox y mi ordenador , se lo dijimos al dueño y nos dijo q el no podía hacer más , que ya había avisado al seguro , le dijimos que íbamos a buscar otra casa y nos dijo q lo entendía , pasaró un mes y medio y hemos encontrado otra cosa , hemos avisado al dueño con un mes de antelación de que nos vamos a ir ya que no podemos seguir en estas condiciones , y se lo ha tomado fatal dice que no nos va a devolver la fianza que el ya avisó al seguro q mas no podía hacer . Podemos reclamársela o es perder el tiempo?

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola alicia:
      1.- Una de las causas para poder resicindir el contrato de arrendamiento es la falta de habitabilidad.
      2.- Entiendo que procedería la devolución de la fianza puesto que la vivienda carece de condiciones de habitabilidad.
      3.- Si a la entrega de las llaves no se la devuelven, deberían reclaársela mediante burofax poniendo de relieve todo lo que ha ocurrido.
      4.- Si no la devuleve tampoco, tendrían que reclamársela judicialmente.
      Si necesita de mayor asesoramiento puede contactar con nosotros a través del 807 502 004 (extensión 1).
      Un saludo y gracias por seguirnos

  59. Luisa

    Buenas tardes
    Expongo mi caso brevemente, agradecería contestación
    El 29de febrero dejo el piso y me voy cn el papel de entrega de llaves y piso en perfecto estado
    Hasta un casi un mes después de avisarlos repetidamente no cambian la titularidad de la luz, y doy de baja el suministro.
    Alegan hasta el día de hoy no devolverme la fianza(hoy me llegó un burofax que me la devolverán descontandome el enganche de la luz) porque tuvieron que volver a dar de alta la luz
    Esto es posible?
    Pueden descontarme de mi fianza un enganche de luz que tuve que dar de baja casi un mes después de dejar el piso??
    Muchas gracias

  60. DIANA MORALES

    HOLA BUENAS TARDES MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE. HE ALQUILADO UN PISO CON FECHA 15 DE AGOSTO 2015 PERO HASTA EL 1 DE OCTUBRE 2015 NO NOS ENTREGAN YA SE HA PAGADO LA FIANZA DE 550 EUROS,LAS PROPIETARIAS YA NOS HAN ENTREGADO LAS LLAVES EL DIA 26 DE SEPTIEMBRE PARA QUE PODAMOS IR DEJANDO COSAS. EL CASO ES QUE CUANDO ENTRAMOS A VER EL PISO COMO LO HABIA DEJALO.NOS ENCONTRAMOS MUY SUCIO,PAREDES SIN PINTAR CUANDO ELLA NOS DIJO QUE NOS DEJARIAN TODO PINTADO,LA NEVERA CON COMIDA EN MAL ESTADO ,TODO LOS MUEBLES CON BASURA,POLVO,CRISTALES SUCIOS ETC,ETC TENGO DERECHO A PEDIR LA DEVOLUCION DE LA FIANZA Y DAR POR TERMINADO EL CONTRATO QUE SE FIRMO EN SU DIA…POR ENCONTTRARME EN ESAS CONDICIONES EL PISO

  61. Sandra

    Buenos días,

    Mi consulta es si el casero se puede quedar con la fianza por el hecho de haber puesto papel pintado en alguna pared. No está prohibido por contrato, sólo pone que se debe entregar el piso en las mismas condiciones en las que se entregó. El piso está en perfecto estado, incluso los de la inmobiliaria lo consideraron obras de mejora. Ha pasado más de un mes desde la entrega de llaves y no hemos recibido por escrito una lista completa de las reclamaciones que nos hace a pesar de reclamárselo al casero y a la inmobiliaria. Tan sólo nos pidió la reparación de una pared donde habíamos colgado un mueble (tampoco prohibido por contrato)que había dejado desperfectos en la pared; le hemos tapado los clavos, lijado e incluso le hemos pintado esa zona tal y cómo nos había pedido. Sin embargo nos reclama que esa pintura no es igual que el resto de la estancia y hay que pintar todo de nuevo. Por otro lado, el día que hicimos esta reparación nos dijo que NO quitáramos el papel pintado. Pero pasado el plazo de 30 días no nos ha devuelto nada de la fianza con la excusa de que estaba pidiendo presupuesto para quitar el papel pintado y que había que volver a pintar la pared del mueble. Ahora no podemos arreglarlo nosotros porque el piso ya está alquilado y nos quiere cobrar 200 euros por una reparación que nosotros podríamos hacer por 50 euros. Además sólo nos hace esta reclamación por teléfono, no por escrito. Desconozco que obligación teníamos de quitar el papel pintado y devolver el piso pintado; tampoco entiendo que no se nos reclamara esta reparación por escrito en el plazo de 30 después de la entrega de llaves. Le hemos reclamado la fianza por burofax y su respuesta ha sido que lo podemos resolver amistosamente pagando esos 200 euros, pero continúa sin enviarnos la reclamación por escrito, ni delvolvernos lo que él considera justo de la fianza. En caso de poner una denuncia, que probabilidades tenemos de que nos devuelva la fianza completa? que gastos tendríamos si el juez determina que tiene razón?
    Muchas gracias por vuestra respuesta.

  62. Nathaly Ordóñez

    Hola, muy buenas tardes, y felicidades por el trabajo que hacen.
    Mi problema es parecido al de algunas compañeras que exponen aquí:
    Soy estudiante y llevo viviendo un año en el piso de una señora a la que entregué 300€ de fianza (que equivalen a un mes de alquiler), en junio me marché del piso y mientras estuve en la ciudad no me devolvió la fianza, pasó el verano y tampoco lo ingresó en la cuenta que le dejé, ella también hizo unas largas y costosas vacaciones en las que no contestó a ninguno de mis mensajes a pesar de mi preocupación y que ella conoce mi situación económica, el hecho es que es septiembre ya, me he mudado a otro piso en otra ciudad y he ido a hablar con ella personalmente hasta su casa y a su trabajo y aún así no me ha devuelto el dinero. No sé muy bien qué hacer ya que el contrato que firmamos no era muy claro, lo redactó ella con faltas de ortografía donde no aparecía que le había pagado la fianza y en una media hoja un poco rota. Por otro lado cuando le entregué el dinero de la fianza (siempre he sido muy puntual en mis pagos) ella me dio una hoja arrancada de su agenda con su nombre escrito a mano diciendo que había recibido de mi 300€ en concepto de fianza, no sé si este papelucho sea válido para reclamar algo legalmente. En este papel no pone ni siquiera la dirección del piso ni nada.
    Estoy cansada de trasladarme cada vez hasta su casa para reclamarle mi dinero.
    ¿Qué puedo hacer?
    Gracias.

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Nathaly Ordóñez:

      1.- A la vista de las gestiones realizadas considero que no tiene mucha voluntad de devolverte la fianza.
      2.- Yo le enviaría un burofax con acuse de recibo y certificación de texto en el que la requiriría para la devolución de la fianza a la vista de su aptitud reacia, advirtiéndole que en caso de que no la efectúe en el plazo de 5 dias procederás a demandarla judicialmente.
      3.- Este documento te resultará importante para acreditar la reclamación fechaciente.
      4.- Si no atiende al requerimiento no te queda mas remedio que presentar una demanda judicial de reclamación ante el Juzgado competente del lugar del domicilio de la dueña.
      5.- En cuanto a ese papel que recoge la entrega de la fianza si está escrito de su puño y letra, en caso de negar la dueña su autoría, tendrias que solicitar una prueba caligráfica, salvo que el Juez entienda que no hace falta, ya que la fianza es una obligación que debe exigir el arrendador.
      6.- De otro lado, también puedes anunciarle a la dueña que si no te la devuelve vas a denunciar la existencia del arrendamiento ante el organismo de tu Comunidad Autónoma, o Hacienda.
      Un saludo

  63. Oscar M

    Estimados, tengo una consulta y espero ustedes me puedan ayudar. El día 31 de julio del presente hicimos entrega del piso amueblado que arrendábamos. En el momento de la entrega, el piso fue revisado y se detallo en el inventario inicial aquellas cosas que sobre las cuales existía discrepancia con el estado en el cual se entregaban (ej cubre colchones sucios, considerado por nuestra parte que solo se debía al desgaste normal por uso, siendo que se habían lavado y limpiado todo el piso antes de entregar). A posterior el día 21 de agosto cuando se nos hizo entrega de la fianza, nos enteramos que ademas de aquellas cosas que se habían detallado en el inventario, se nos descontaban una serie de otras cosas ( ej edredones, cortinas de baño, etc) que en el momento de la entrega del piso por nuestra parte se reviso y se constato el buen estado en el cual se entregaban.

    Por otro lado también nos preocupamos que en el momento de la entrega el piso este en perfectas condiciones de limpieza, situación que la persona que recibió el piso pudo constatar y estuvo conforme con el estado de limpieza que se entrego, pero luego también en la fianza se nos efectuó un descuento por concepto de limpieza.

    ¿Quería saber si se puede reclamar por aquellos descuentos de los objetos que no se nos indicaron al momento de abandonar el piso, así como también por la limpieza que se nos descuenta?

    Saludos y muchas gracias de ante mano.

    Oscar M.

  64. Costa

    Mi caso: El pasado 28 de mayo de 2015 a través de una agencia inmobiliaria, firmé un contrato para alquilar una vivienda, pagando en ese momento la comisión a la inmobiliaria (1 mes de alquiler) y la misma cantidad a sus propietarios, a continuación di orden a mi banco que hiciesen una transferencia bancaria periódica mensualmente de la renta que acordamos. He pagado puntualmente, junio y julio, pero la cuestión es esta: el día 12 de julio a mi madre le dio un Ictus cerebral, y yo desde ese día he estado a su lado tanto en el hospital, como en su casa ya que es una persona dependiente totalmente desde ese problema.

    Cuando sucedió esto le comuniqué a los propietarios mi situación y que a final de julio, les entregaría las llaves de la casa, como así ha sido, les he explicado por activa y pasiva que estaba a gusto en la casa, pero por FUERZA MAYOR, he de cuidar a mi madre ineludiblemente, trasladándome definitivamente a su casa.

    Los propietarios no me quieren devolver la fianza, basándose en este artículo que existe en el contrato:

    «TERCERA.- La duración se establece por un año, no obstante transcurrido ese periodo, se considerará prorrogada por periodos anuales, hasta un máximo de tres años, si ninguna de las partes notifica a la otra su deseo de extinguir el contrato con un mes de antelación como mínimo, al vencimiento pactado inicialmente»

    CONSIDERACIONES: Todos los recibos de agua y electricidad, me los han cargado en mi cuenta y he pedido que cambien la titularidad e indique su cuenta. No he avisado con un mes de anticipación, ya que el Ictus a mi madre le dio el día 12 y hasta una semana después y hablando con mis hermanos, no llegamos al acuerdo de quien podía hacerse cargo de nuestra madre, en este caso me corresponde a mí por no tener cargas familiares y vivir sola.

    Tan pronto conocí esto, se lo comuniqué a las propietarios y mis hermanos, se encargaron de recoger mis pertenencias y limpiar el piso, las llaves se las entregué a la esposa del copropietario, sin que mediase documento alguno.

    Le pedí que me devolviesen la fianza y la esposa dijo que eso era cosa de su marido, el cual no asistió a la entrega de llaves y verificación del estado del piso.

    A las pocas horas recibo una llamada telefónica del propietario que dice que como no he avisado con anterioridad que yo he roto el contrato y que no me pertenece la fianza por lo que no piensa devolvérmela.

    Estoy perdida, ya que considero que antes que nada está por encima mi obligación de cuidar de mi madre que no puede hacer nada sin mi ayuda.

    Ruego encarecidamente, que me ayudéis y si existe alguna documentación en Internet me digáis donde ya que mi situación económica es bastante precaria.

    Muchas gracias por anticipado a las personas que ayudan altruistamente.

  65. Olmo

    Hola ! Te queria exponer nuestro problema. Nosotros hemos estado viviendo en alquiler durante 5 años, dimos 2 meses de fianza ( 950 euros). dijimos que nos ibamos con 1 mes de antelación, el dueño el dia que dejabamos el piso ( dia 31 de mayo) vino al piso, firmamos un documento como que el piso estaba en perfectas condiciones y que nos pagaría esa fianza de 950euros menos la parte de los recibos de agua y gas, pero sacamos un estimado y lo pusimos en el papel que firmamos y el estuvo de acuerdo. ha pasado mes y medio desde que dejamos el piso y el propietario nos está dando largas.. que ahora no tiene esos 860 euros.. que nos lo va a ingresar poco a poco.. no nos contesta los wassaps y no parece tener prisa.. pusimos en ese papel que firmamos un numero de cuenta donde el nos lo ingresaría.. y no tenemos nada aún. Que podriamos hacer? sabemos que el piso está alquilado ya con una inmobiliaria ( la misma con la que alquilamos nosotros hace 5 años), no sabemos que hacer para que el dueño nos pague y no tardemos 3 años en papeleos para despues nada. No sabemos la dirección actual del dueño para enviarle nada.. que podemos hacer? muchas gracias.

  66. Bárbara Sabugo Dávila

    Hola buenas tardes, mi pregunta es que puedo hacer legalmente para que mi antigua casera me devuelva la fianza?, le comento, soy estudiante y llegué a esa casa por un anuncio en internet, hablé con la casera y parecía todo perfecto, a pesar de algunas clausulas del contrato que no especificaban bien lo que significaban y básicamente fueron una estafa, ademas de alquilarlo en regimen de residencia sin tenerlo declarado como tal. Yo entré el 1 de septiembre en la casa junto a otros compañeros (dos chicas de erasmus de Mèxico y un chico de Galicia que también fueron estafados), al principio no hubo problema y la casera nos hizo entregar de fianza 360 euros que correspondían a dos meses de alquiler (fianza que no devolvió a ninguno de los inquilinos cuando nos fuimos), yo por problemas económicos tuve que irme del piso cuando pasó el primer mes con la condición de la casera que si yo encontraba alguien que ocupara mi habitación me devolvería la fianza íntegra, ya que no ocasioné ningún desperfecto y todo fue de mutuo acuerdo, cuando llegó la chica que me suplantaría y ocuparía mi habitación, la casera me dio largas, diciendo que hasta navidades, luego final de curso, no me la devolvería, y ahora que estamos a finales de junio, aún no me ha devuelto la fianza ni tiene ninguna intención, dice que yo incumplí el contrato al irme del piso a pesar de que yo me ocupé de encontrar a una persona que ocupase mi habitación para que la casera no tuviese el problema de que yo la dejase tirada con una habitación libre (habitación que cobró bastante mas cara a la otra chica) porque se inventaba los precios como quería, actualmente todos los compañeros estamos sin fianza, esta mujer nos ha estafado y no sabemos que hacer, porque es muchísimo dinero lo que nos ha quitado,además de que la estancia en esa casa para el resto de los compañeros que se quedaron alli fué horrorosa (cuento con un video que me envió una de las chicas de erasmus contando su mala experiencia en la casa con esta señora, para que lo presente como prueba si consigo hacer algo) por favor ayúdenme y dígame que puedo hacer.

    • Inmaculada Castillo

      Hola Barbara,

      Te recomiendo que te pongas en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004 para que pueda contestar tu consulta.

      un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  67. Guillermo

    Hola en primer lugar los felicito por la pagina y la valiosa informacion el motivo por el que escribo es por que hemos dado un dinero por reserva de alquiler y hemos firmado una propuesta de contrato de arrendamiento con tecnocasa el cual no se ha podido realizar por falta de aval nuestro, pero pasan los dias y nos dan largas y no nos devuelven el dinero tambien me he dado cuenta que solo hemos firmado el papel mi mujer y yo eso si esta escrito por el chico de la agencia, me gustaria saber donde puedo dirigirme para reclamar este dinero.muchas gracias

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Guillermo:
      1.- Al final, si no hay solución extrajudicial del tema, tendrás que acudir al Juzgado para reclamárselo.
      2.- Antes de eso, es recomendable que se le envíe mediante un burofax una reclamación para posteriomente acreditar ante el Juzgado que se ha intentado la solución amisotosa y que no ha sido posible, ( a veces ese burofax causa efecto y devuelven las cantidades).
      Un saludo

  68. María Ruz -e

    Buenas tardes,

    Estuve en un piso surante 6 meses el cual alquilé a través de una inmobiliaria y le entregé un mes de fianza y dos de garantía adicional por importe cada uno de 450€.

    Desocupé el piso a principios de septiembre 2014 delante de el dueño de la inmobiliaria, entregando las llaves y dejándo el piso en mejores cirscunstancias en las que estaba.

    En enero entregó a la inmobiliaria 200€, y dijo que estaba mal de dinero. Y que hasta que vendiese el piso no podría pagarme el resto.

    Lo llevé por procedicimiento ordinario y nada, no daban con ella. incluso la imbobilaria está encargada de vender el piso y no contesta al teléfono.
    Abrí nuevo procedicimento para que la buscasen, y me dicen ahora que no la encuentran!
    Qué hago?!
    Lo único que sé es que el yerno (no sé si está casado o no, pero han tenido la primera nieta hace poco) tiene una frutería en la zona y lo conozco de haberle comprado y haber venido a dejar un sofá cama con la dueña y la pareja de ésta.
    LLamo a la televisión?! porque otra opción no me queda….1150€ me debe.
    Un saludo!
    María

  69. jose

    Saludos tengo una pregunta…que me gustaría que me pudieran aclarar.
    La pregunta es la siguiente yo vivía en un piso de alquiler con 3 compañeros 1 de ellos un ladrón y un moroso…debido a que se fue del piso llevándose todo lo suyo de valor y que venia cuando sabia que no estábamos en el piso a robarnos…yo me fui del piso el casero no ponía solución al asunto por eso nos fuimos…yo le dije de firmar el fin de contrato para la fianza y entrega de llaves eso fue en diciembre…el me dijo que mejor me esperara a febrero que era cuando los demás compañeros se iban para firmar todos el fin de contrato y hacer la entrega de las fianzas a todos (salvo al moroso por impago) el problema viene ahora para entregar la fianza nos reclama el pago de los recibos del piso como luz gas agua etc…. la parte total a los 3 de los 4 inquilinos porque el moroso no va a pagar y ami concreta mente me quiere cobrar los recibos de el mes que yo no estuve…puede hacerlo??? o podemos exigir pagar solo nuestra parte de recibos proporcional y solo la que nos corresponde a los meses que estuvimos y que el nos devuelva la fianza?

    espero su respuesta gracias de antemano saludos 🙂

  70. Maya

    Hola. He ganado el juicio verbal contra mi arrendador que no me quieria devolver la fianza de 800€. Despues de dos años y un juicio verbal (sin abogaos), le han embargado la nomina y me ha devuelto la fianza. Ahora viene mi pregunta – he pedido los intereses legales por demora escribiendo el numero de los dias que han transcurrido desde la fecha de la interposicion de demanda, hasta la fecha de primer pago de cantidad principal, sin calcular la cantidad correspondiente a los dias transcurridos, porque no se cual es porcentaje. Despues de esta peticion he recibido una carta que dice – Para que sea admitido a tramite Recurso contra esta resolucion, debera construir un deposito que para el RECURSO DE REPOSICION es de 25€……..
    Lo que no entiendo es el RECURSO DE REPOSICION y cual es el porcentaje de los intereses legales por impago.
    Me puede ayudar Porfavor.
    Un saludo.

  71. j

    Muy buenas. He intentado formular una demanda de juicio verbal para recuperar €1986 de la fianza que me debe la propietaria de mi antiguo piso, pero en el juzgado me dicen que por el tipo de caso necesito un abogado y un procurador. Que puedo hacer?

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola hikizume976
      1.- en primer lugar, aunque no conozco el contenido de la resolución judicial, he de decirte que las demandas de reclamación de cantidad inferiores a 2.000 euros no requieren de la intervención de Abogado y Procurador conforme dispone el artículo 31 (y art. 23) de la Ley de enjuiciamiento Civil.
      2.- No obstante si al final te requieren para que intervenga un abogado y un procurador, o bien los solicitas por el turno de oficio o tendrás que contratarlos.
      Un saludo

  72. Sergio

    Hola Francisco,

    Primero quiero agradecerte por publicar un artículo tan informativo, yo tengo un problema relacionado con este tema y leer esto ha sido una gran ayuda.

    Me gustaría preguntarte algo relacionado con esto ya que ahora mi pareja esta pasando por esto con un casero. Te explico la situación:

    Mi pareja venezolana esta estudiando aquí hace ya unos meses, y ha estado buscando una habitación para alquilar. Encontró una en un portal de web que le pareció bien y que ponía que la estancia mínima es de un mes. Contacto con el casero para verla y acordaron un precio de alquiler como normalmente se suele hacer. Cuando le entregó las llaves ella pago el mes de alquiler más una fianza de 150€, el le dijo que el contrato de alquiler no lo hace individual pero que la pondría a ella en el contrato general del alquiler del piso y le daría una copia. Como ella sitio que podía confiar en el (grave error lo se) dijo que no había problema que se lo diera cuando pudiera y lo que si le dio fue unos recibos.

    Pasa el mes y ella esta viendo que no se siente segura en el piso (encuentra un candado roto de su habitación) que solía poner cuando ella no estaba, los gastos esta viendo que le van a salir más caros de lo que pensaba, y no se siente del todo a gusto en el sitio. Decide mirar algo más económico y lo encuentra al poco tiempo.

    Ella le notifica al casero el problema que ha tenido y que cuando termine el mes se marchará, la respuesta es un simple «Ok» por su parte así que ella asume que todo esta bien. Como te puedes imaginar cuando hace la entrega de las llaves el casero le dice que no devolverá el importe de la fianza por que no cumplió con la estancia mínima que el dice vería hasta mayo! Cosa a la que ella nunca acordó ya de de momento sus cursos termina en marzo. Dice el que tenía un contrato verbal pero yo estuve con ella cuando vio el piso y cuando se entregó la fianza y nunca hablamos de fechas de estadía mínima.

    Ahora el problema que tengo es que al nunca haber tenido contrato no tengo ni DNI ni los apellidos del casero. Sólo su nombre, móvil, y obviamente la dirección del piso. Me gustaría acudir al juzgado para denunciarle pero no se como proceder. Tengo copia de las conversaciones de whatsapp entre el y ella donde acordaron todo, tengo imágenes grabadas del portal del alquiler donde pone lo de la estadía mínima pero no se como proceder. Desafortunadamente disponemos de pocos recursos así que no podemos contratar a un abogado para una cantidad tan baja pero es que para una estudiante extranjera 150€ es como 6 nóminas y no es justo que tenga que perder ese dinero.

    Cualquier ayuda o consejo que puedas brindar sería muy valorado. Una ves más muchas gracias.

    Un saludo
    Sergio

  73. carlos fernandez zapata

    Hola buenas tardes mi pregunta es la siguiente el dia 25 de noviembre yo le entrege las llaves a mi casero y me dio el primer mes de fianza(700)euros y el segundo mes lo metio en el ivima supuestamente xk no vi ningun papel del ivima a dia de hoy estoy esperando a que me diga cual es la cuantia que le debo de recibos y me devuelva la otra parte cuanto tiempo tendria que esperar mas??que vias administrativas tendria que pasar para reclamarselo??tendria que acermecargo de los costes del juicio??y cuanto costaria mas o menos??gracias

  74. Matilde

    Hola . Hicimos un contrato privado de arrendamiento de una casa en Madrid. La casa nos la enseñaron los inquilinos anteriores. No conocemos físicamente a la propietaria, en el contrato todo esta muy clarito, fianza , mensualidades, etc….
    Se le comunico con tres meses de antelación que nos íbamos del piso, justo al finalizar el contrato ( lo hacíamos anual), se quedó que la fianza la devolvería al recibir las facturas de luz agua y gas pendientes, han pasado tres meses, ya nos envio las facturas y hemos restado de la fianza, nos tiene que devolver 600 €…
    Le hemos enviado un burofax con acuse de recibo y no sabemos nada de ella…el siguiente paso es llevarlo al juzgado, nosotros somos de oviedo y el dueño de Valladolid, el piso está en Madrid . Puedo presentar la reclamación en Oviedo.
    Al dia siguiente de marcharnos del piso entro un inquilino nuevo. Podrían orientarme. Gracias

  75. Sony

    Hola muy buenas,

    Mi problema es que estuve este verano en un piso durante 2 meses de alquiler, tenía que realizar unas prácticas relacionadas con mis estudios. La dueña no quiso hacerme contrato ni nada, porque decía que era poco tiempo.

    Ahora no me ha devuelto la fianza, son 180€ soy estudiante por lo que veo que me ha tomado el pelo. Me dijo que me la devolvería cuando llegasen las facturas, pues se que han llegado porque las niñas que están viviendo ahora son amigas mías y me cuentan todo. Deje el piso en septiembre ha pasado ya mes y medio y no se pone en contacto. La he llamado montones de veces, SMS, y desde distintos números de teléfono y nada… me ha bloqueado en wathssap, lo sé porque con otro número que no tenga grabado con antelación, si aparece que se conecta y la hora y sale su perfil… Y que casualidad que con mis números «bloqueados» no.
    ¿Qué puedo hacer? ¿Dónde tengo que denunciar? ¿se puede aún sin tener contrato? Me gustaría que me ayudaran, se que no es mucho dinero pero es que me da rabia que me engañara y me gustaría fastidiarla un poco por lista. Yo lo único que quiero es mi parte que me corresponda, con las facturas correspondientes descontadas. Gracias de antemano y un saludo!!

  76. Jesus

    Poseo un piso heredado con inquilino que lo abandona en breve y me reclama la fianza.
    En el contrato de alquiler se refleja la misma, sin embargo no encuentro el justificante de ingreso en la conselleria de hacienda.
    Como la puedo recuperar

  77. Jorge Darío

    Hola buenos días, mi caso. Estoy tratando de dar con los propietarios para que me devuelvan la fianza de 385 euros, desde el mes de mayo de 2014 que deje el piso en bastantes buenas condiciones y digo «bastantes» porque habrían desperfectos ocasionados por la humedad (una banda de la pared del dormitorio que trate de recuperar como pude) unas goteras (que ya estarían desde quien sabe cuando) el timbre no funcionaba (tanto el del interfono como el de la puerta del piso)bueno y algún que otro detalle, los propietarios son conscientes de todos estos desperfectos y quienes han pasado de mi estos dos últimos años los cuales he residido allí, mi abogada ha enviado burofaxes a los respectivos. Uno de ellos no se encontraba en su domicilio y el otro enviado recientemente al otro propietario éste no ha ido a buscarlo. No se que opción me queda mi abogada dice que tendré que acudir a la reclamación judicial, será costosa dicha reclamación?? que posibilidad tengo de recuperar el dinero?? Desde ya muchas gracias.

  78. Ali

    Buenos días,

    He alquilado un piso en Cerdanyola del vallès (Barcelona) durante 10 meses – el deposito era de 1200€, dos meses de alquiler.

    Hice el control de salida el 14 Agosto 2014 con el agente inmobiliario presente a la entrada y el hijo de la propietaria (la propietaria estaba de vacaciones) que han confirmado que todo estaba en buen estado.
    Ahora dos meses después de la entrega de las llaves, la proprietaria no quiere devolver la fianza porque dice que falta dos colchas y colchones de sillas (4) en la cocina y que la cortina del comedor está rota.
    Que tengo que hacer para hacer una valoración? (porque claro, no vale 1200€) Cuales son los pasos para seguir para recuperar mi fianza?

    Muchas gracias por su ayudo,
    Ali

  79. A. R.

    Hola, una consulta. Me deben una fianza de mas de 2000 euros. En su momento (noviembre 2008), envié burofax, correos, e incluso lo gestionó un amigo abogado hasta el cansancio (tengo todos los correos). La cosa es que finalmente lo dejamos porque no había respuesta y yo en ese momento no podía pagar un abogado. Lo que quisiera saber es si puedo volver a reclamar esa fianza, si no ha prescrito, ya que no lo he podido hacer antes porque estuve varios meses durante varios años fuera de España. Podría hacer algo o lo doy por perdido?
    Gracias!

  80. pepi

    Hola os expongo mi caso haber si me aconsejáis que hacer, en junio 2012 alquile un loff atreves de una inmobiliaria , estaba sucio con enseres del anterior inquilino y tenia algunos desperfectos , que hicimos saber a otra inmobiliaria que gestiona el inmueble , en julio 2013 lo dejamos vino una persona de la inmobiliaria y le entregamos las llaves dejándolo en perfecto estado. después de dos meses cuando vamos a cobrar la fianza resulta que nos descuenta el arreglo de los desperfectos y pintura, al no estar de acuerdo empezamos a informarnos que hacer y al final optamos por demandar por juicio oral , pues bien hemos recibido la resolución y resulta que la dueña solo es una representante legal del inmueble que ella no se beneficia del ese dinero cuando ella firmo el contrato y cobraba el alquiler , ahora no sabemos que hacer la única prueba que tenemos es el correo electrónico que mandamos con la lista de los desperfectos que podemos hacer?en el contrato pone que nos lo entrega limpio y que no se puede hacer agujeros la persona a la que nos lo enseño dice no acordase ya que la dueña es su clienta , a quien reclamo y como? muchas gracias

  81. Lis

    Hola, buenas tardes,tengo una pregunta!!
    un apartamento que se anunciaba en alquiler a un precio que me intereso mucho, me puse en contacto con el anunciante, llegamos a un acuerdo y firmamos contrato, me entrego las llaves después de haber pagado la fianza y su respectivo mes anticipadamente, luego uno de los dos (pareja) me llama por teléfono y dice que el es el dueño y no esta interesado en dar en alquiler el apartamento, y que si me interesa que tengo que pagar mas de lo estipulado en el contrato, lo pensé mucho y le dije que así no podría pagarle el alquiler y mejor no me lo quedaba le devolví las llaves y devolvió el dinero del mes, pero no la fianza, me dijo que la inmobiliaria me la tendría que devolver, que hago? no quiero perder mi dinero yo no incumplí la normativa del contrato, me tiene que devolver la fianza la inmobiliaria??? muchas gracias!!! un saludo..

  82. Yolanda

    Mi problema es el siguiente , alquilamos un local por 3 años , pero en una clausula pone que se podia rescindir avisando 2 meses antes, asi hemos hecho y nos vamos finalizado 15 meses, se niegana darnos la fianza de 3000 euros, es eso legal,? No podemos reclamar nada?

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Yolanda:
      1.- La negativa es por algún motivo o simplemente porque no quieren?
      2.- Si no existe motivo alguno (daños en el local o impago de alguna renta, etc., tienen la obligación si en el contrato no se dice nada de devolverla.
      Si tienes alguna duda sobre este asunto puedes llamarme al 807 502 004 y la intentamos despejar. Un saludo.

  83. Rosa

    Si el arrendador comunica al arrendatario la rescisión del contrato por vencimiento de plazo, y el inquilino no se va hasta un año y pico más tarde, y no paga la renta ni gastos desde la fecha de «finalización» comunicada por el arrendador. Tiene derecho el arrendador, que no emprendió ninguna acción, a reclamar alguna cantidad inquilino, si no se había pactado nada en contrato?

  84. ania

    Hola,alquile una habitacion a una chica por dos meses,y cuando llebava casi un mes se fue dejando una nota y llebandose las llaves,ahora me manda emails amenazandome que si no le doy la fianza me denuncia,pero ella se fue sin avisar,antes de tiempo y tuve que gastarme casi toda la fianza en una nueva cerradura,puede emprender acciones legales ella?
    gracias

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Ania:
      1.- No se si firmate algun contrato por el arrendamiento de la habitación y que estipulaciones contiene. Habrá que estar al contrato.
      2.- Te dejo uno de mis artículos sobre este asunto por si te puede ayudar en algo https://mundojuridico.info/duracion-del-arrendamiento-de-una-habitacion/
      3.- Si ha abonadonado la habitación y no ha cumplido con el contrato (duración) podrias demandarla para que lo cumpliera.
      4.- No obstante le contestaría a los emails.
      Si necesitas que hablemos sobre estas cuestiones u otras dudas que tengas puedes llamarme al 807 502 004. Un saludo

      • Ania

        No firmamos ningún contrato fue todo verbal y hablamos por email,ella sé a llevado las llaves y me a dejado una nota como que abandona el piso y ahora en los emails me dice que sino le ingreso su fianza está semana me va a denunciar,cuando yo me he gastado cien euros en cambiar la cerradura porque ella se llevo las llaves,que debería decirle en el email de respuesta porque eso queda constancia¿ yo le diría que a el ella irse antes de tiempo sin avisar se pierde la fianza automáticamente y que ella se llevo las llaves por lo tanto me gaste la fianza en una nueva cerradura …

        • Francisco Sevilla Cáceres

          Hola de nuevo Ania:
          1.- Evidentemente no hablaria en el emails de si has depositado o no la fianza. Sólo le diría que ha incumplido con el contrato, que ha desistido unilateralmente del mismo, que no procede la devolución de la fianza, que al llevarse las llaves has tenido que sustituir la cerradura con el consiguiente gastos y que te reservas el ejercicio de las acciones judiciales que amparen tus derechos. Un saludo

  85. Alicia

    Hola Francisco,

    Primero quiero darte las gracias por tus respuestas.

    Te escribo en nombre de mi chico, que es americano y no se desenvuelve bien con el vocabulario legal.

    Arrendó una habitación a una persona que a su vez era arrendataria de un tercero. Firmaron un documento escrito a mano donde se reconocía el compromiso de alquiler durante un plazo de seis meses y la entrega de una fianza de 300€. A la finalización de los seis meses mi chico dejó la vivienda (no habiendo vivido en ella los dos últimos meses aunque sí pagó la renta). Hubo una comunicación verbal sobre la finalización del contrato que la arrendadora aceptó, ésta se confirmó mediante whatsapp a primeros del mes de finalización. Dejó la vivienda y no pudo hacer entrega de las llaves porque ella no le contestaba ni las llamadas ni los mensajes. Cuando pudo contactar con ella dos meses después le dijo que no le devolvía la fianza porque le debía los gastos de los últimos dos meses (el no había vivido allí y puede demostrarlo porque ha vivido conmigo, únicamente se ha pasado por allí a coger y dejar cosas)
    He hablado con el propietario de la vivienda y desconocía que se estaba subarrendando, dice que si no nos devuelve la fianza la echa de la vivienda ya que tenían una clausula al respecto.
    Ya no sabemos qué hacer porque si la echa no va a ver el dinero…
    ¿qué acciones podemos emprender legalmente? ¿tiene ella derecho a reclamarle a él unos gastos que no ha realizado? (el agua ni siquiera la paga ella al propietario según me dice éste…)
    ¿qué pasa si ella deja la vivienda en caso de interponer un monitorio o ir a juicio?

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Alicia:
      1.- A la vista de lo que cuentas, solo cabe acudir al Juzgado y reclamarle. Ahora bien, antes de nada, le enviaría un burofax en términos expeditivos para ver si causa algun efecto y devuelve la fianza (ilegal parece ser), evitando el pleito.
      Si quieres puedes llamarme al 807 502 004 y te ayudo a redactarlo.
      2.- Otra manera (aunque necesitas contar con el dueño) sería que el propietario la presione por haber cometido una ilegalidad de subarrendar habitaciones, intentando que te devuelva la fianza.
      Un saludo

  86. Marta

    Buenas noches:

    Quería hacer una consulta: Hace dos meses que mi pareja y yo dejamos el piso donde vivíamos y acordamos en la entrega de llaves, que la casera se pondría en contacto con nosotros cuando recibiera la fianza del IVIMA.
    Al cabo de estos dos meses, al no saber nada, le mandamos un correo y nos dice que nos va a descontar de la fianza una serie de desperfectos tales como: una lámpara nueva porque la que había tenía quemado el casquillo (funcionaba bien), una alfombra nueva (compramos una nueva para reponer la que había pero la que hemos comprado dice que no es de igual tamaño), 6 bombillas ( alega que dos estaban fundidas), un interruptor que no funciona y unas cuantas cosas más. La cuestión está en que esto debería haberlo comunicado en ese mes y no dos meses después, por tanto no estamos conformes con todo esto. Me gustaría saber si en caso de proceder a un proceso monitorio para la recuperación de la fianza, ¿quién tendría las de perder? Gracias

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Marta:

      1.- La pregunta que me haces es dificil de responder, pues será en definitiva el Juez con todas las alegaciones que se le hagan el que tendrá que resolver si tienes tu razon o es el dueño.
      2.- Dicho lo anterior, considero que efectivamente el dueño tenia el plazo de un mes para hacerle saber al inquilino la existencia de desperfectos, y al no hacerlo, considero que juega en tu favor.
      3.- De otro lado, existe diversidad de opiniones respecto de qué ha de entenderse como desperfectos por el uso ordinario de la vivienda. Hoy mismo he escrito un artículo que te dejo por si te interesa https://mundojuridico.info/desperfectos-por-el-uso-ordinario-de-la-vivienda-arrendada/

      Si quieres que hablemos mas detenidamente sobre este asunto, puedes llmarme al 807 502 004. Un saludo

  87. ISABEL PADILLA PADILLA

    JOAN MARAGALL, 19-21
    ESCALERA A. 3º 6ª
    a mi inquilina se le cumple el contrato el 1 de julio pero ademas de bajarse el alquiler en 100 euros no me ha pagado el mes de mayo hace casi un año que me paga 100 euros menos ¿que puedo hacer ? no tengo dinero para abogados ha dia de hoy pues yo como con el alquiler de mi piso y vivo en el de mi madre .

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Isabel Padilla:
      1.- Si tu inquilino está haciendo lo que quiere con el contrato, se baja la renta, te adeuda un mes, etc. no te queda mas remedio que hablar seriamente con él y que cumpla con el contrato firmado o que acudas al Juzgado y le pongas un desahucio por falta de pago de la renta convenida.
      2.- De otro lado dices que el contrato vence el próximo 1 de julio. ¿vence porque en esa fecha el inquilino lleva 5 años? A ver si pinesas que el contrato finaliza, y el inquilino tiene derecho a seguir.
      Un saludo y si tienes alguna duda llámanos 807 502 004.

  88. Mariem Alonso

    Hola,

    Había alquilado un piso a través del programa de vivienda y suelo en Galicia y cuando acabó el contrato que duró 5 años vino un perito a comprobar el estado de la vivienda y redactó un informe en el cual comenta que el piso quedó en perfectas condiciones y que aparte de las facturas que hay que descontar de la fianza habrá que descontar un total de 50 € para arreglar algunas cosas (telefonillo de la ducha, bombilla,…), así que la propietaria nos tiene que devolver unos 200€, pero lo que pasa que la dueña dice que no está de acuerdo con el informe del perito y que el piso está en mal estado ( algo que es mentira..)y no nos quiere devolver nada,fuimos a la Junta de Galicia para que intermediaran entre nosotros para no acudir a juicios pero dicen que una vez firmada la resolución del contrato ya no tienen nada que ver con nosotros. mis preguntas son :
    ¿Qué puedo hacer para recuperar la fianza?
    y ¿si la denunciamos quien asume los gastos del juicio?
    ¿me puede ser de ayuda en la denuncia el informe del perito?

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Mariem:
      1.- Claro que puedes demandar a la arrendadora para que te devuelva la fianza. Como la cuantía del procedimiento es inferior a 2.000 euros no necesitas abogado. Puedes reclamársela mediante unos impresos que hay en el Juzgado (monitorio). El informe del perito es vital para acreditar que el piso se entregó en perfectas condiciones, por lo que tendrás que obtener una copia. Cuando los procedimientos son inferiores a 2.000 euros, la demandada (arrendadora) no paga las costas del procedimiento, al no se obligatoria como te he dicho la intervención de abogado. Gracias por visitarnos. Si tienes alguna duda mas puedes llamarnos al 807 502 004. Un saludo

  89. Montse

    Escribo para ver si me podéis ayudar. Avisé que me iba del piso un mes antes y el día que la inmobiliaria (el dueño vive fuera)se presentó para ver el piso me dijeron que todo estaba bien pero no firmamos la entrega de llaves ni la conformidad. A la semana siguiente empiezan a salir los «desperfectos» y con «fotos» por lo cuales me van a descontar de la fianza «no saben todavía cuanto» En la inmobiliaria pido un escrito de fin de contrato y me lo dan, sin yo darme cuenta, sin firmar. Es decir, un papel firmado solo por mi, y que dice que entregue llaves tal dia quedando pendiente la fianza. Mis dudas son:
    -Si quiero denunciar, necesito el papel firmado de la entrega de llaves o lo puedo probar de otra manera, por ejemplo acreditando que desde esa fecha vivo en otra parte?
    -Es justo que me reclamen por desgaste de un mueble, aunque no este roto y de ninguna manera inutilizable? Es decir no hace falta reemplazarlo, y sé que el piso lo van a alquilar con el mismo mueble en cuestión, porque según ellos «no es posible repararlo»
    En fin… Desde ya muchas gracias!!!!

  90. lore

    Hola,mi gustaría hacer una pregunta;estuve en un piso viviendo dos años de alquiler,y cuando mi marché deje todo tal como lo encontré,es de una constructora…hace quince días que mi marché, mi dices Q mi ingresaria la fianza hoy día 11,pero nada..dijeran Q tenia inperfectos nel piso,,siendo Q estás mejor de lo que he encontrado,,saque fotos pero antes d dejar el piso.
    Y supongo Q lo dicen pra no pagar la fianza.
    Que hago?..ahora estoy esperando que mi devuelvan,que Seria 600 euros,pero como mi vas a descontar..siendo que el inmueble estas en perfecto estado
    ..y también que es el burofax?muchas gracias…saludos

  91. Michelle Sanchez

    Hola Francisco, Primero muchisimas gracias por la información de tu pag ya que me ha sido de mucha ayuda en el problema en que me encuentro.

    Mi problema es que deje el piso en el que estaba viviendo en Barcelona el 31 de Enero en prefectas condiciones, pasaron los 30 días de prorroga para el pago de la fianza y la dueña del piso no ha pagado, ni tiene intenciones. Fuimos a el IncaSol y verificamos que la señora nunca deposito la fianza donde tenia que depositarla, y pusimos la denuncia para que le llegue la multa.

    Hoy enviamos un Burofax con otro documento dandole prorroga hasta el viernes de esta semana, pero el estado del burofax aun sale como avisado, por lo tanto no se si lo recibio o no.

    Y como el historial de la señora no es bueno y creemos que no va a pagar para el viernes, queremos demandar a la dueña del piso a ver si asi logramos conseguir que nos page la fianza, pero no estamos seguro a donde tenemos que ir a poner la demanada y cual es el proceso de la misma.

    Me podrias orientar en cual es el proceso?, en donde tengo que poner la denuncia?, cuanto tiempo se tarda? y si realmente es efectivo poner la denuncia o no?

    Gracias

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Michelle:
      1.- Puedes intrerponer un procedimiento judicial que se denomina «monitorio».
      2.- Es un proceso civil cuya competencia es el Juzgado de Primera Instancia donde tenga su domicilio el demandado.
      3.- Si la cuantía de la fianza que vas a reclamar es inferior a 2.000 euros, no necesita que intervenga un abogado, puedes iniciarlo tu sola.
      4.- Si es inferior, como te digo a 2.000 euros, el proceso monitorio no paga tasas judiciales.
      5.- Puedes pedir en el Juzgado que te den un impreso para poner el monitorio, debe de haber allí y si no que te digan donde lo recoges.
      Gracias por visitar nuestra web. Si necesitas mayor información llámanos al 807 502 004. Un saludo

  92. Vanessa

    Buenas noches,
    Por traslado de ciudad, contacte a traves de un portal inmobiliario con un particular para alquilar su piso. Se acordó que tenia que ingresar 450€ en concepto de señal y fianza, y a partir del dia 15 (que es cuando iba a entrar a vivir) la correspondiente mensualidad. Me enviaron el contrato por mail, lo firme y envié, a falta de la firma del fiador y de la dueña del piso. Hice el ingreso de los 450€. Y a tres dias de trasladarme a mi nueva ciudad mi empresa anula mi traslado con lo que debo quedarme donde resido. LA dueña se niega a devolverme los 450€ por los gastos ocasionados. El acuerdo fue que el dia 14 del mes en cuestion, el fiador en persona firmaria el contrato, pagaria la mensualidad y recogeria las llaves, puesto que, insisto, resido en otra ciudad. Desde que se contactó con la dueña para alquilar el piso, hasta que hemos avisado del cambio, han pasado 9 dias. No entiendo que gastos se ocasionan por valor de 450€ en un piso que se supone esta preparado para entrar a vivir, como bien decia el anuncio. Ella alega que ha perdido de alquilar el piso por guardarlo para mi, pero no por ello creo que deba quedarse con la cantidad integra, puesto que ella puede volver a alquilarlo si tantas propuestas como dice tenia.
    Puedo denunciarla? tengo derecho a que me devuelva mi dinero? REpito que ha sido causa de fuerza mayor el no poder llevar a fin todos los tramites, puesto que mi empresa al final no me traslada. De hecho, es que ha habido un problema y han habido despidos entre ellos el mio. Que puedo hacer?

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Vanessa:
      1.- Considero que la dueña para quedarse con la fianza debería acreditar esos «presuntos daños y perjuicios».
      2.- La fianza, en pura consideración jurídica, no tiene esa finalidad. Sólo puede ser compensada con el impago de rentas, cantidades asimiladas (luz, agua, etc.) o daños en la vivienda.
      3.- Es recomendable que le envíes un burofax reclamándole la fianza.
      4.- Podrías poner un procedimiento monitorio (cuando la cuantía es inferior a 2.000 euros , no necesita abogado ni procurador). Además tampoco paga tasas judiciales.
      5.- Solicitaría del Juez la devolución de la totalidad y en todo caso que sea el Juzgado quien se pronuncie sobre la cantidad que debes pagar por ese desistimiento del contrato.
      Gracias por visitarnos. Si tienes alguna duda más sobre este tema puedes llamarnos a nuestro teléfono de consultas 807 502 004.(Lunes a viernes de 9 a 8 de la tarde). Un saludo.

  93. Helena Martinez Lopez

    Hola,

    tengo una cuestión también relativa a la fianza. En un juicio donde se reclama la devolución de una fianza ¿quien tiene la carga de la prueba de demostrar la existencia de rentas impagadas? el arrendador o el arrendatario?Gracias de antemano.

    Saludos

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Helena Martínez López:
      1.- En un procedimiento donde el arrendador reclama el pago de la renta, siempre la carga de la prueba recae sobre el inquilino. El inquilino es quien debe probar que está al corriente en el pago de las cantidades que le reclama el arrendador. Gracias por visitarnos.
      Recomendamos a nuestros visitantes que usen el teléfono de consultas que tenemos a su disposición 807 502 004. Es un servicio que prestamos desde las 9 de la mañana hasta las 8 de la tarde de Lunes a viernes. El precio de la llamada es módico y el servicio personalizado que prestamos es muy satisfactorio. Si quieres que busquemos con más detalle soluciones a las dudas que nos has planteado, te recomiendo que lo uses. Un saludo y de nuevo gracias por seguirnos.

  94. JOSEP LOPEZ

    Buenas tardes Francisco.
    El pasado 15 de octubre de 2013 cancelé un contrato de arrendamiento que había sido suscrito el 15 de marzo del mismo año. Por cancelarlo antes del año me cargaron una penalización sobre parte de la fianza que había depositado. El resto de la fianza (300€) me dijeron que me sería devuelto en un plazo máximo de 65 días. Pues bien, ya ha pasado la fecha y todavía no he recibido el importe. La inmobiliaria me da largas argumentando que el la devolución la realiza la empresa que tiene sede en Madrid. Esta empresa dice que me harán el pago más adelante pero sin confirmar una fecha. (tiene toda la impresión que me están dando largas)
    ¿que puedo hacer? ¿necesito pagar un abogado o puedo hacer una demanda a traves del juzgado al tratarse de un importe pequeño?
    Muchas gracias por anticipado.

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Josep López:
      1.- Aunque existe una polémica doctrinal entre los que consideran que el procedimiento adecuado seria el juicio ordinario (procedimiento que obliga necesariamente a la intervención de un abogado y procurador) por razón de la materia (artículo 249.6º de la Ley de Enjuiciamiento Civil), otro sector considera que cabria la posibilidad de reclamar las cantidades de la fianza cuando son inferiores a 6.000 euros mediante el juicio verbal o incluso mediante un juicio monitorio.
      2.- Últimamente he visto resoluciones que vienen aceptando el juicio monitorio, que es rápido y si no se oponen es ejecutivo. Además no necesita la intervención de abogado ni de procurador. Me decantaría por este procedimiento judicial.
      3.- También es aconsejable aunque no obligatorio para acudir a la vía judicial, que le enviases previamente un burofax con acuse de recibo y certificación de texto donde le reclamaría el importe y si en el plazo de 7 días no lo efectúan le advertiría del ejercicio de acciones judiciales.
      Gracias por visitar nuestra web. A veces, por el número de consultas y motivos de nuestro trabajo como abogados no podemos atender con la prontitud que nos gustaría las preguntas que se nos hacen, por eso recomendamos a nuestros visitantes que usen el teléfono de consultas que tenemos a su disposición 807 502 004. Es un servicio que prestamos desde las 9 de la mañana hasta las 8 de la tarde de Lunes a viernes. El precio de la llamada es módico y el servicio personalizado que prestamos es muy satisfactorio. Si quieres que busquemos con más detalle soluciones a las dudas que nos has planteado, te recomiendo que lo uses. Un saludo y de nuevo gracias por seguirnos.

  95. Eva

    Hola, mi caso es parecido al de Mario. Entregué 1000€ en concepto de reserva y fianza de un local para abrir una cafetería. Tuve que desistir del proyecto porque no me concedían el credito. La entrega ha sido a la propietaria sin contrato ni nada sólo un papel de recibo concepto reserva y fianza. No me quiere devolver el dinero, ni me responde al teléfono ni mensajes. Ella alega que ha perdido clientes pero yo no he podido asumir el proyecto. Tengo algún derecho?

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Eva:
      1.- No es una cuestión fácil la que planteas. La interpretación que se le de a ese papel de entrega de cantidad en «concepto de reserva y fianza» por el futuro alquiler que pretendías llevar a cabo será fundamental a la hora del destino que un Juzgado le de a ese importe.
      2.- De todas formas y de manera general te comento que, y es mi opinión jurídica a voz de pronto, que ese dinero tenía una finalidad de garantía que comportaba la reserva de un local que ibas a alquilar. La cuestión, entonces, consiste en establecer la extensión y consecuencias de esa garantía, en caso de desistimiento unilateral por tu parte. Considero que, como no hay nada escrito al respecto sobre penalización de toda la cantidad en caso de desistimiento, el dueño del local sólo se podrá quedar con la totalidad del importe si acredita que los daños y perjuicios que se le han producido por no llevar a cabo el arrendamiento ascienden a dicha cantidad. En su defecto te tendría que devolver la totalidad o la diferencia, según el caso.
      Gracias por visitar nuestra web. A veces, por el número de consultas y motivos de nuestro trabajo como abogados no podemos atender con la prontitud que nos gustaría las preguntas que se nos hacen, por eso recomendamos a nuestros visitantes que usen el teléfono de consultas que tenemos a su disposición 807 502 004. Es un servicio que prestamos desde las 9 de la mañana hasta las 8 de la tarde de Lunes a viernes. El precio de la llamada es módico y el servicio personalizado que prestamos es muy satisfactorio. Si quieres que aclaremos alguna otra duda o que intentemos buscar con más detalle alguna otra solución a tu consulta te recomiendo que lo uses. Un saludo y de nuevo gracias por seguirnos.

  96. mario garcia prieto

    Hola, buenas noches, queria que me asesoraran sobre una fianza, dada para un local, 6000euros, el banco no me concedio el crédito y el propietario del local no me devuelve el dinero, que debo hacer, mil gracias

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Mario:
      1.- Cuando te refieres a la fianza es que ¿firmaste ya el contrato de arrendamiento y se la entregaste por ese motivo? o es que diste esa cantidad para reservar el alquiler?.
      2.- Si la entrega de esos 6.000 euros lo fue como reserva de alquiler habrá que leer el documento que se firmó y ver las obligaciones en caso de desistimiento que llevaban aparejado.
      3.- Si eres tan amable me especificas un poco más la situación. Gracias por visitarnos.

  97. monica

    Bunas Tardes,
    Mi duda es el siguiente:
    -DONDE puedo denunciar a mi casero sin pagar abogados? qué oficina o entidad trata estos casos?
    Me ha descontado de mi segunda fianza gastos que se inventó y no puede probar con facturas, aparte de unos supuestos 5 días que según él me quedé en la vivienda(que se los inventó), y me pagó mis dos fianzas varios días después de la fecha que debería de haberlas pagado…
    les agradezco si me pueden contestar lo antes posible!
    Saludos

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Monica:
      Si te ha descontado de la fianza unos gastos inexistentes y no estas de acuerdo con ello, la única manera es que reclames ese importe indebido y el único lugar donde pueden obligarlo a dicha deovulión es en el Juzgado. Cuando los procedimientos de reclamación de cantidad son inferiores a 2.000 euros, no es obligatoria la presencia de abogado ni de procurador. Hay unos impresos en los Juzgados que puedes rellenar (son una especie de demanda, donde aportas las pruebas en las que basas tu petición y se le da el trámite oportuno por el Juzgado. Igualmente estos procedimiento de reclamación inferiores a 2.000 euros no pagan tasas judiciales.
      Gracias por visitarnos. Como le digo a muchos de nuestros visitantes, a veces no podemos atender todas las consultas que diariamente recibimos, así que si queréis que intentemos resolver la tuya lo antes posible, o comentemos cualquier otra cosa al respecto, nos llaméis al teléfono de consultas que de Lunes a Viernes (horario desde las 9 a las 20 horas) tenemos a vuestra disposición. No es un servicio caro (el coste de la llamada por este servicio), y es muy efectivo. Un saludo.

      • monica

        muchas Gracias Francisco!

  98. nika

    hola buenas tardes mi pregunta. Es vivíamos en un piso de alquiler y le dijimos al propietario que nos queríamos ir y el propietario nos dijo que no hacia falta q le diéramos dos meses q con un mes era suficiente, y cuando pasó en mes llamemos a los suministros de la luz agua y gas nos fuimos del piso el día 19 de julio del año 2013. , y el día siguiente fuimos con una mobiliaria y el propietario para q vieran q dejamos el piso en,buen estado. Firmamos los papeles y entrege las llaves,y el propietario me tenía q devolver la fianza de dos meses el día 19 de agosto dl 2013 , y pasaron dos meses y no me devolvió mi fianza como no coja las llamadas contactavamos por wasap decía q como estaba de vacaciones y que estaba esperando que biniera la factura de la luz. y cuando llegara q nos ingresara la fianza pero no era nuestra culpa q no llegara la factura de la luz estaban todos los suministros en regla. y durante el mes de agosto alquiló el piso y llegaban cartas del agua. Y el gas a nuestro. nombre pero trataba mucho de venir la carta de la luz. Y la nueva inquilino canvio el nombre de la factura de la luz. Y el agua Y el gas y nos dijo qya tenía la carta de la luz Y q nos ingresara una parte porque la otra nos descontaban las facturas de la luz Y el gas y el agua Y ya no estaba a mi nombre sí no a la nueva inquilino eso lo puede hacer ?? y tardar tanto tiempo para devolverme la fianza ahh. Una cosita en el contrato ponía q debíamos de pagar las basuras y el alcantarillados. y durante el tiempo q estuvimos viviendo ahí no nos dijo nada y llevábamos dos años y yo le entregaba las cartas y el propietario no me decía lo de las basuras y cuando nos vamos me lo descuento de la fianza eso se puede hacer? muchas gracias. Me guastaria. Que me contestaran

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Nika:
      Te resumo un poco las obligaciones y derechos que tienes en el arrendamiento:
      1.- Tienes que abonar la renta y todas las cantidades que según el contrato hayas asumido hasta la finalización. Aunque las basuras y el alcantarillado no lo hayas pagado porque tu casero no te haya dicho nada, como quiera reclamártelos podría en virtud del contrato.
      2.- Tienes derecho a que te devuelva el importe de la fianza, salvo que debas alguna cantidad o haya daños en la vivienda. Si debes alguna cantidad, el dueño puede descontártela de la fianza.
      Gracias por visitarnos. Como le digo a muchos de nuestros visitantes, no podemos atender todas las consultas que diariamente recibimos, así que si queréis que intentemos resolver la tuya lo antes posible, nos llaméis al teléfono de consultas que de Lunes a Viernes (horario desde las 9 a las 20 horas) tenemos a vuestra disposición. No es un servicio caro y es bastante efectivo. Un saludo.

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