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¿Qué es el Punto de Encuentro Familiar?

¿Qué es el Punto de Encuentro Familiar, qué objetivos persigue y quién decide la utilización de este servicio?

¿Qué es el Punto de Encuentro Familiar? Esta es la pregunta que muchas parejas se hacen cuando se encuentran en mitad de un proceso de ruptura contenciosa y se les plantea la posibilidad, para facilitar el cumplimiento del régimen de visitas, de utilizar el Punto de Encuentro Familiar. Si bien, se acude a estos centros cuando se dan otras muchas casuísticas.

¿Qué es el Punto de Encuentro Familiar?

El Punto de Encuentro Familiar es un servicio gratuito que sirve de espacio neutral para garantizar el régimen de visitas de los  menores, y que así puedan relacionarse con sus progenitores y familiares durante los procesos y situaciones de separación, divorcio u otros supuestos de ruptura familiar u otros casos en que el interés del menor así lo aconseje.

Este servicio  garantiza el derecho de los menores a llevar a cabo las relaciones con el progenitor no custodio y/o la familia biológica, de forma excepcional y temporal y sólo  hasta el momento en que se normalice las circunstancias que dieron lugar a que se acordase la utilización de este servicio.

¿Cuáles son lo principales objetivos del punto de encuentro familiar?

1.- Favorecer el cumplimiento del derecho fundamental del menor a mantener la relación con ambos progenitores, después de la separación, estableciendo los vínculos para su buen desarrollo psíquico, afectivo y emocional.

2.- Preparar a los padres para que consigan autonomía y puedan mantener las relaciones con sus hijos sin depender de este servicio.

3.- Garantizar el cumplimiento del régimen de visitas acordado en procesos de separación o divorcio o los derivados de uniones de hecho en relación con los menores.

4.- Facilitar el encuentro del menor con el progenitor que no tiene la custodia y con la familia extensa de éste.

5.- Permitir a los menores relacionarse y expresar sus sentimientos y necesidades en un clima de igualdad y libertad, sin temor a que sean contrarios a lo expresado por sus padres.

6.- Facilitar orientación profesional para mejorar las relaciones paterno-filiales y la educación parental por el progenitor no custodio.

7.- Obtener información sobre actitudes de los progenitores de cara a defender, en caso de necesidad, en otras Instancias Administrativas o Judiciales, los Derechos del Menor.

¿Quién decide el cumplimiento del régimen de visitas a través del Punto de Encuentro Familiar?

El cumplimiento del régimen de visitas a través del Punto de Encuentro Familiar se produce por decisión por:

1.- El Juez de Familia cuando se detecten situaciones de riesgo, y previo informe del Equipo Técnico adscrito al Juzgado.

2.- Por el Juez de Familia, previa petición del progenitor  o abuelos que tengan reconocido derecho de visitas a favor de sus nietos que, acreditan la imposibilidad de que se lleve a cabo el régimen de visitas de otro modo ( debido por ejemplo, a los incumplimientos del régimen de visitas por parte de unos de los progenitores). Al igual que la primera opción, el Juez antes de resolver suele pedir el Informe del Equipo Técnico adscrito al Juzgado.

3.- El Juez de Instrucción, que en aplicación de la Orden de Protección de las víctimas de la violencia doméstica adopta medidas civiles y, entre ellas, el régimen de visitas.

Funciones del punto de encuentro familiar

1.- Entrega y recogida de menores, para evitar  así la relación entre los progenitores en conflicto.

2.- Recogida y entrega con permanencia en el Punto de Encuentro. Es decir, el progenitor no custodio disfruta de la visita de su hijo en e mismo Punto de Encuentro, en atención a que no tiene un domicilio en esa ciudad por vivir fuera, su vivienda no tiene las condiciones para la estancia del menor, etc.

3.- Cuando las visitas entre el progenitor no custodio y el menor es tutelada o supervisada por terceras personas ya que las circunstancias aconsejan esa supervisión en los encuentros.

4.- Salida del centro para acompañamiento a menores a prisión o a hospitales, donde se encuentre el progenitor no custodio.

Para finalizar, indicar que suele haber un Punto de Encuentro, al menos, en cada capital de provincia, siendo un servicio eficaz y recomendable. Si bien, y como hemos comentado antes, su uso es excepcional y temporal hasta que las relaciones familiares se normalizan, fin al que ayudan a llegar los trabajadores del mismo Centro.

Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • Hola soy soraya soy devorciada estoy buscando donde esta el punto de encuentro familiar en sevilla yo vivo en Carmona (pef) el mas cercano de Carmona. Antes vivía en Zaragoza,

  • Hola llevo 4 meses sin poder ver a mi hijo porque su padre hace 4meses que incumple el régimen de visitas y no me lo da...la juez puso punto de encuentro urgente el día 22 de julio de 2021...me gustaría saber eso cuanto tarda en salir....y que consecuencias puede tener el padre del menor por no haber cumplido el régimen de visitas... un saludo

  • Hola buena noche,
    por casualidad he visto su página buscando que Órgano determina el punto de encuentro de un menor? y encontré su boletín. Escribo desde Madrid y supongo que si no se llama así será algo parecido.
    Me podrían responder a la pregunta. Mi hijo esta en la situación de que no puede ver a su bebe de 21 meses, donde debe dirigirse para que le informen. Gracias

    • Llamen a la Fundacion Filia de Amparo al Menor. O intenten que su abogado les envíe a Coordinación Parental en esa misma Fundación. Es gratuita , depende de la Comunidad de Madrid y solo puede atender a las personas que soliciten este Servicio al juez.

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