Sucesiones

¿Qué es un testamento?

¿Qué es un testamento?. Esta pregunta es una cuestión recurrente cuando nos planteamos  el hacer uno.

¿Qué es un testamento?

En cualquier caso, lo mejor para responder a esta pregunta, ¿Qué es un testamento?, es conocer en qué consiste ese acto tan importante y sus peculiaridades, de ahí la importancia de tener claros algunos conceptos que pasamos brevemente a exponer.

Definición de testamento

Es un acto por el que cual una persona que se denomina testador dispone para después de su muerte de todos sus bienes, o de parte de ellos.

Regulación de testamento

En materia de sucesiones debemos de estar a la normativa aplicable por nuestro lugar de residencia o nuestra vecindad civil.

Esto es así porque en España existe coexiste el Derecho civil Común, materializado en la normativa contenida en el código civil y legislación general y por otro lado encontramos la legislación formal, que sólo rige en algunas Comunidades Autónomas.

Navarra, Cataluña, Galicia, Baleares, Aragón y parte del País Vasco, son las únicas Comunidades donde rige el llamado derecho foral, que además, no se aplica de manera uniforme, sino que cada zona tiene sus peculiaridades.

¿Quién puede hacer un testamento?

Puede testar cualquier persona, salvo los menores de 14 años y aquellos otros que no se hallen en su cabal juicio.

¿Cuál es el contenido de un testamento?

Aunque la mayoría del contenido de los testamentos es patrimonial, también es posible que contenga otro tipo de manifestaciones de la voluntad del testador, como por ejemplo reconocimiento de hijos, la forma del funeral, destino de documentos, etcétera.

Validez del testamento

Para sea válido es necesario también que haya sido otorgado en ausencia de vicios jurídicos, de manera que será nulo si ha existido violencia, dolo o fraude.

Revocación del testamento

Son revocables hasta el momento de la muerte. El testamento válido posterior revoca al anterior salvo que el testador diga lo contrario, incluso en los casos en los que el testador manifieste su voluntad de no revocarlo o de que sus testamentos posteriores no serán válidos si no contienen determinadas palabras o señales.

Siempre el último otorgado es que el que tiene plena eficacia.

Requisito de la voluntad

Debe de existir una auténtica voluntad de testar y que tenga sentido imperativo para que se considere como tal y produzca plenos efectos.

No son testamento, por tanto, los meros borradores o las declaraciones de intenciones aconsejando o rogando un determinado destino para los propios bienes.

Impugnación del testamento

El testador no puede prohibir que se impugne el testamento en los casos en que haya nulidad declarada por la Ley.

Tipos de testamento

Nos encontramos con tres tipos de testamento: testamento ológrafo, testamento cerrado y testamento abierto.

¿Qué es un testamento ológrafo?

  • Debe ser escrito en su totalidad por el testador, contener su firma y la fecha en que se otorga.
  • Sólo pueden otorgar este tipo de testamento los mayores de edad.
  • Debe presentarse ante el Juez de Primera Instancia del domicilio del testador para su convalidación en el plazo de 5 años contados desde el día en el que se produce su fallecimiento. Si no se presenta en este plazo, el testamento no será válido.
  • Es obligación de la persona que lo conserva en su poder, presentarlo al Juzgado en el plazo de 10 días desde que tenga conocimiento de la muerte del testador. Si no lo hace, será responsable de los daños y perjuicios que este retraso ocasione.
  • El juez abrirá el testamento y citará a testigos para que declaren si la letra del testamento coincide con la del fallecido.
  • En principio, estos testigos serán el cónyuge, los descendientes y los ascendientes y, en su defecto, los hermanos.

¿Qué es un testamento abierto?

  • El testamento abierto es el otorgado ante Notario.
  • Es necesaria la intervención de dos testigos cuando el testador no sabe firmar, es ciego, no sabe leer por sí mismo el testamento, o cuando así lo solicite el Notario.
  • El Notario hará constar que, a su juicio, se halla el testador con la capacidad legal necesaria para otorgar testamento.

¿Qué es un testamento cerrado?

El testamento cerrado se encuentra por tanto a medio camino entre el testamento abierto y el testamento ológrafo, así es un documento privado en cuanto al fondo porque sólo el testador y los testigos conocen su contenido, en esto se asemeja al testamento ológrafo, pero es documento público en cuanto a la forma y en esto se asemeja al testamento abierto porque se otorga y se conserva en la notaria.

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Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

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