Civil

¿Qué hacer si un vehículo de segunda mano tiene defectos?

¿Qué hacer si un vehículo de segunda mano tiene defectos? Analizamos juridicamente las acciones que se pueden emprender.

Te explicamos en este artículo qué hacer si un vehículo de segunda mano tiene defectos.

Lo primero es distinguir si la venta de ese vehículo ha tenido lugar entre particulares o se ha comprado a un profesional (taller, concesionario, etc.) de venta de vehículos.

Si la compraventa del vehículo se ha celebrado entre particulares

La compraventa de vehículos celebrada entre particulares viene regulada por el Código Civil, que ofrece dos sistemas de protección al comprador cuando el bien adquirido presenta averías que impiden su normal funcionamiento:

a) Cuando el vehículo es inhábil para su uso («aliud por alio«).

b) Cuando el vehículo tiene vicios ocultos que pueden ser arreglados y poder seguir utilizando el vehículo.

A.-Defectos que hacen que el vehículo adquirido resulte completamente inhábil para el uso al que iba destinado

En estos casos estaríamos ante un pleno incumplimiento por inhabilidad del objeto y consiguiente insatisfacción del comprador, que puede solicitar la resolución de la compraventa y acudir a la protección dispensada por el artículo 1124 del Código Civil.

Para ello es necesario probar la existencia graves deficiencias que hacen al vehículo inhábil para su destino, que es el de circular.

B.-Cuando el vehículo presenta vicios ocultos en el momento de la venta

También viene recogido en el Código Civil.

La protección al comprador por defectos ocultos se regula en los artículos 1484 y iguientes.

El artículo 1484 del Código Civil dispone:

«El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos.»

La acción por vicios ocultos tiene un plazo para su ejercicio de 6 meses (artículo 1490 Código Civil).

En la regulación que hace el Código Civil, artículo 1486, hay que distinguir:

– Si el vendedor no conocía los vicios o defectos ocultos, el comprador podrá optar entre:

Desistir del contrato, abonándosele los gastos que pagó

Rebajar una cantidad proporcional el precio, a juicio de peritos

– Si el vendedor los conocía y no los manifestó al comprador, éste tendrá la misma opción y además se le indemnizará de los daños y perjuicios, si opta por la rescisión.

El vehículo fue adquirido en un taller o concesionario abierto al público

Si el vehículo de segunda mano ha sido comprado a un profesional que se dedica a dicha actividad (taller, compraventa, concesionario, etc.) le será de aplicación la normativa de protección de consumidores prevista en el Texto Refundió de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) donde figuran algunos preceptos, como los siguientes:

artículo 114:

«El vendedor está obligado a entregar al consumidor y usuario productos que sean conformes con el contrato, respondiendo frente a él de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del producto.»

artículo 118:

«El consumidor y usuario tiene derecho a la reparación del producto, a su sustitución, a la rebaja del precio o a la resolución del contrato, de acuerdo con lo previsto en este título.»

artículo 119:

» 1. Si el producto no fuera conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del producto, salvo que una de estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor y usuario comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella. Esta decisión del consumidor y usuario se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente para los supuestos en que la reparación o la sustitución no logren poner el producto en conformidad con el contrato.

2. Se considerará desproporcionada la forma de saneamiento que en comparación con la otra, imponga al vendedor costes que no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el producto si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor y usuario.

Para determinar si los costes no son razonables, los gastos correspondientes a una forma de saneamiento deben ser, además, considerablemente más elevados que los gastos correspondientes a la otra forma de saneamiento.»

artículo 121:

«Artículo 121. Rebaja del precio y resolución del contrato.
La rebaja del precio y la resolución del contrato procederán, a elección del consumidor y usuario, cuando éste no pudiera exigir la reparación o la sustitución y en los casos en que éstas no se hubieran llevado a cabo en plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario. La resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.»

artículo 123:

«Artículo 123. Plazos.
1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.»

Maria Jose Arcas Sariot

Abogada. Colegiada ICAGR N.º 4440. Especializada en Sucesiones y Herencias.

Ver comentarios

  • Buenos dias me llamo Dani y mi pareja y yo adquirimos una motocicleta de 2 mano por el valor de 2600 euros del año 2019, la moto en frio hace un ruido evidente procedente de la caja de cambios que en caliente desaparece, el mecanico no es capaz de detectar el fallo pero no descarta que un dia "pete" ante esto nos emcontramos en que la moto no se puede revender y la reparación seria muy costosa, el cambio d nombre se hixo hace 2 semanas y el vendedor se hace el sueco tendrianos alguna opción si vamos a juicio?
    Muchas gracias!

  • Buenas tardes, compre un coche en flexycar, mi sorpresa es cuando voy a poner en marcha en navegador y me doy cuenta que me faltaba la tarjeta del navegador. El vendedor muy amable me dijo que no me preocupase que la buscaría y me la remitiría a casa. Posteriormente me dijo que no aparecía y que pidiese un presupuesto para ver que costaba, asi llevo 3 meses sin solucionarlo. Que puedo hacer? Gracias por anticipado.

  • Buenas tardes, compre un coche en flexycar, mi sorpresa es cuando voy a poner en marcha en navegador y me doy cuenta que me faltaba la tarjeta del navegador. El vendedor muy amable me dijo que no me preocupase que la buscaría y me la remitiría a casa. Posteriormente me dijo que no aparecía y que pidiese un presupuesto para ver que costaba, asi llevo 3 meses sin solucionarlo. Que puedo hacer? Gracias por anticipado

  • Hola compre un coche de una compraventa en febrero 2020 como esta con confinamiento no lo use pero en julio 2020 le cambié el aceite del motor en mi taller de confianza y a los 1000 km me gasto 1.5 litro de aceite que no lo pierde por ningún sitio el coche tiene garancia y ahora está en el taller la garancia cubre hasta 1500 euro pero el taller me comenta que sube mucho más que tengo que aser pagar yo la diferencia o la compraventa Gracias

  • Hola buenas noches.Compre un coche de segunda mano en un compra venta hace 4 meses,ahora el coche no funciona por el cigoñal y el mecanico me dijo que la reparacion no merece la pena.LLme el sitio que compre el coche y me dijeran no no me arreglan y que puedo denunciar,Que hago? cuales son mis derechos.donde puedo reclamar?Gracias un saludo.monica

  • Compro un coche a un compraventa,me pide 500 euros por la garantía(no se si esto es legal)no acepto,pero al llegar a mi domicilio noto un olor a anticongelante.En un principio pensé en un derrame a la hora de hacerle la revisión,pasado una semana y viendo que persiste el olor me percato que esta roto el radiador y con trazas de haber intentado repararlo.Consultado al compraventa obtengo la callada por respuesta...¿que puedo hacer? a que tengo derecho? estoy dispuesto a devolver el vehículo por la tomadura de pelo¿puedo hacerlo?

  • Compramos un coche en Flexicar en julio a las pocas semanas comorobamos que pierde aceite y anticongelante lo ponemos en conocimiento del concesionsrio. Nos dicen que es normal del uso, cosa totalmente incierta porque no llevabs dos meses en uso. En su publicidad pone coches totalmente revisados pero al preguntar en el taller nos, dicen que lo de las reviones es el cambio de aceite...
    Por supuesto nos ofrecen la garantía Premium por 500€ lo que nosotros rechazamos. En el servicio post venta nos dicen que es la bomba del agua y que no entra en garantía, hoy mismo nos han comunicado que el coche tiene una avería grave yque tardarsn un mes en el arreglo y que ya que abren el coche podrian hacerle unas "mejoras" pero que eso seria con la Garantía premium.
    Totalmente engañados nos sentimos

  • Compre un coche de segunda mano en julio y después de llevarlo 4 veces al mismo taller que me lo vendió y tener claro que ninlo revisaba ninguna de las 4 veces, me dice en vendedor que hay que cambiar una pieza, pero que no se hace cargo, voy a denunciar, pero no tengo claro si en juzgados directamente o en comisaría, gracias de antemano, un saludo.

  • Hola, me llamo Maria, hace poco mas de un mes compré una Nissan Vannete del 2000 a un particular, el me aseguro que estaba perfecto de mecanica, que su amigo el mecanico la tenía revisada. el dia 21 de este mes en medio de un trayecto se me paró por completo, se ve que por alguna razón, por estar deteriorado o lo que fuese (no soy mecanica) me había perdido toda el agua y se me recalentó, según el mecanico como minimo rompiendo la junta de culata, me la revisara en profundidad y hara un informe el lunes, me gustaría que me informarais de mis derechos, como debo proceder si quiero la devolución de lo que invertí en ella, ya que la reparación me saldra mas cara, y tampoco quiero pedirle al que me la vendió me la repare, no le quiero mal, puede ser que el no fuese consiente, pero esta claro que mintió al decirme que la furgoneta la tenia revisada por su amigo el mecánico y estaba en perfecto estado de mecanica si de repente le ha pasado esto, y yo no la hubiera comprado conociendo estas condiciones

  • Buenas tardes:
    He adquirido una moto de segunda mano, en el mes de marzo, el día que me la entregaron a los 10 kilómetros tuve que llamar al concesionario porque se paró, resulta que era defecto porque no hacía bien la mezcla de aceite y gasolina, se la llevaron y tardaron tres semanas en volver a entregármela,
    A los dos días de entregármela, se va el cambio de marchas, la vuelven a llevar a la casa y tardan otras tres semanas en volver a entregarla.
    Tengo la moto en mi poder una semana, de la cual, la uso dos días, y se parte el cable del acelerador, recogen la moto y ha estado dos semanas en el taller y, resulta que voy a recogerla y me cobran la mano de obra y la recogida de la moto de mi domicilio al concesionario, y encima me dicen que la pieza no me la cobran.
    La moto ha estado en mi poder 10 días de 60. ¿Que puedo hacer?

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