En esta entrada vamos a explicar en qué circunstancias y bajo qué requisitos se puede proceder a la recuperación de la titularidad de una autorización de residencia de larga duración.
En concreto, se va a proceder a la recuperación de la titularidad de esta residencia en los siguientes supuestos:
Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud
Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero no comunitario deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento y por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961.
Fuente: Secretaría general de Emigración e Inmigración
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