Registrar el certificado energético de viviendas en la Comunidad de Madrid

Los trámites para registrar el certificado energético de viviendas en la Comunidad de Madrid se harán por vía telemática

Como ya hemos explicado en anteriores artículos, a partir del 1 de junio de 2013 es obligatorio cuando se alquile unva vivienda o local de negocio por un plazo superior a 4 meses, o también cuando se vayan a vender, tener previamente expedido un certificado energético del inmueble que acredite la eficiencia energética del mismo. Este certificado ha de ser confeccionado por un arquitecto o ingeniero, que son los técnicos competentes según la ley.

Es importante saber que dicho certificado energético ha de ser registrado en la Comunidad Autónoma donde se encuentre el piso o local.

Trámites para registrar el certificado energético de viviendas en la Comunidad de Madrid:

  • Documentación a presentar
    Comunicación por vía telemática, a través de Internet, adjuntando:1. Solicitud, ver apartado Gestión / Solicitud / Internet en la columna derecha de esta ficha.

2. PDF del original del Certificado de eficiencia energética del edificio existente o de parte del mismo, denominando al archivo insertado con el nombre CERTIFICADO (IMPORTANTE, NO OLVIDE ADJUNTARLO)

La fidelidad con los originales de las copias digitalizadas de los documentos anexados, se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

  • Tramitación
    1º Presentación telemática de la documentación requerida en este procedimiento ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, conforme a lo indicado en el apartado anterior IMPORTANTE, NO OLVIDE ADJUNTAR EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.2º Revisión de la documentación y, en su caso, requerimiento de subsanación de defectos.

 

Si en el plazo de un mes a partir de la comunicación de certificado de eficiencia energética o de la subsanación de las deficiencias no se recibe comunicación en contrario, se entenderá que la comunicación o subsanación ha sido correcta y se dará por terminado el procedimiento y cumplimentada la obligación establecida en el artículo 5.6 del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril.

4º Transcurridos dos días hábiles desde la presentación telemática de la solicitud se podrá descargar la Etiqueta de eficiencia energética en la web: www.madrid.org/reee_consulta.
Para proceder a la descarga de la etiqueta se deberá introducir el Número y la fecha de Registro de Entrada, información obtenida en el momento del envío de la solicitud, y que también puede consultarse en el apartado “Mis Trámites“/ “Situación de mis expedientes”, en la columna derecha de esta ficha.

* Consulta de expediente

Se podrá realizar la consulta de la situación del expediente en el apartado “Mis Trámites”/ “Situación de mis expedientes”, en la columna derecha de esta ficha.

  • Presentación de solicitudes
    La presentación de la solicitud y documentación adjunta se hará por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, para lo que es necesario disponer de uno  de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid así como tener en cuenta las especificaciones de configuración y software.Tras realizar esas comprobaciones, se seguirán los siguientes pasos:

1.  Acceder a la opción “Impresos” en el apartado “Gestión” de esta página, desde la que  se puede descargar en el PC el PDF con el formulario de la solicitud.

2. Cumplimentar el formulario de solicitud en local, SIN FIRMAR.

3. Acceder a la opción “Internet” en el apartado “Gestión” de esta página para el envío telemático del formulario de solicitud. Recuerde que en este momento debe además adjuntar el  certificado de eficiencia energética debidamente firmado por el técnico competente (IMPORTANTE, NO OLVIDE ADJUNTARLO).

En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de aportación telemática de documentos, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la consulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica.

Se podrá hacer la presentación de forma presencial únicamente en aquellos casos en que se justifique debidamente ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas la imposibilidad de su presentación telemática. En estos casos, la presentación, junto con la justificación indicada en el párrafo anterior, se hará de preferencia en el Registro de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, en la calle Cardenal Marcelo Spínola, nº 14, de Madrid. También podrá presentarse en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, 3, y Plaza de Chamberí, 8), en cualquiera otra de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, en cualquiera de los Registros de la Administración General del Estado, en los Registros de los Ayuntamientos que han suscrito a tal efecto el correspondiente Convenio y por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  • Información complementaria
    Resolución de incidencias (ver apartado Información Relacionada en la columna derecha de esta ficha):- Forma de resolver incidencias con el Navegador Chrome
    – Forma de resolver incidencias con el Navegador Firefox

 

A continuacion les dejamos el enlace de la página web de LA COMUNIDAD DE MADRID,  PINCHE AQUÍ
Órgano responsable : LA CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA (DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA Y MINAS)
Francisco Sevilla Cáceres

Abogado en ejercicio desde el año 1984. Colegiado Nº 2181 por el Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Entusiasta del Derecho en general y en especial del Derecho Civil, Arrendamientos, Herencias y Comunidades. Le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídicos.

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    Saludos.

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