Lo primero que debemos de saber es que los antecedentes penales surgen como consecuencia de haber sido condenados por la comisión de un delito, y no cuando hemos sido condenados por una falta.
El Código Penal articula para los particulares condenados por sentencia firme que hayan extinguido su responsabilidad penal, el derecho de obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes penales, previo informe del Juez o Tribunal sentenciador.
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Cancelar antecedentes policiales
Solicitar un certificado de antecedentes penales
1. El primero se encuentra recogido en el artículo 136.1 del Código Penal, donde se nos indica que es preciso la existencia de un informe favorable del juez o tribunal sentenciador. Si no constara, el Registro le remitirá a aquel el expediente en el plazo de quince días, a fin de que informe en el plazo de dos meses, sobre la cancelación solicitada.
2. El artículo 136.2 CP dispone que deberán estar satisfechas las responsabilidades civiles derivadas de la infracción penal ¡OJO!: La Reforma del Código Penal ha suprimido dicho requisito). No obstante, se contemplan excepciones, tales como, que el sujeto se hubiera declarado insolvente, o que, aun no habiendo terminado de abonarla (en el caso de haberla fraccionado), cumpla con los otros dos requisitos.
3. Artículo 136.2.2º CP recoge que tiene que haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, determinados plazos que variarán según la gravedad y, por lo tanto, clase de la pena.
El tiempo en que no se puede volver a delinquir se contará a partir del día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena, es decir, al día siguiente de cumplirse la pena.
Los plazos de cancelación de antecedentes penales son de:
a) Seis meses para las penas leves.
b) Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
c) Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
d) Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
e) Diez años para las penas graves.
La cancelación de antecedente penales no se realizará de forma automática y el interesado deberá solicitar expresamente su cancelación a través de una solicitud que tendrá que cumplimentar. Dicha solicitud deberá contener los siguientes datos:
Con la Reforma del Código Penal cuya entrada en vigor se produjo el día 1 de julio de 2015, los plazos de cancelación han aumentado en algunos casos, quedando de la siguiente manera:.
a) Para penas leves seis meses.
b) Para penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes será de dos años.
c) Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
d) Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
e) Diez años para las penas graves.
Como vemos, los plazos de cancelación dependen de la clase de pena (leve, menos grave hasta 12 meses, menos grave y grave); lo primero sería saber en qué clase de pena estaría incluida nuestra condena, por lo que de nuevo tendremos que leer el fallo de nuestra sentencia y ver si la pena que nos han impuesto, es considerada una pena leve, menos grave, grave, etc.
El artículo 33 del Código Penal establece qué penas están incluidas en cada uno de los grupos, así se determina que son:
Una vez encajemos nuestra condena en el tipo de pena al que corresponde, sabremos si en la sentencia nos han condenado a un delito considerado como pena grave, menos grave o leve.
No olvidemos que algunos delitos llevan aparejada la imposición de distintas penas, como por ejemplo la conducción de un vehículo bajo el efectos de bebidas alcohólicas, donde por un mismo hecho se nos condena a la pena de multa y a la de retirada del permiso de conducir, que son dos penas distintas y que cada una de ellas tiene un plazo de cancelación de los antecedentes penales.
El cómputo del plazo de cancelación de antecedentes penales se interrumpirá si el culpable comete otro hecho delictivo dentro del plazo fijado en el artículo 136 del Código Penal.
Se entiende que es la fecha de comisión de ese segundo hecho delictivo el que da lugar a la interrupción del plazo de cancelación de antecedentes penales.
Una vez cometido ese segundo delito e interrumpido el plazo de cancelación del primero, el tiempo transcurrido se pierde y habrá de nuevo de volver a computarse el plazo previsto una vez se cumpla la segunda condena impuesta por el segundo delito.
Cuando se han impuesto en la misma sentencia varias penas, el plazo de cancelación de antecedentes es el que corresponde a la pena más grave de las impuestas, sin que sumen las penas impuestas. En este caso, el plazo de cancelación comenzará a computarse cuando se haya extinguido la pena más larga impuesta aun cuando no sea la más grave.
La condena impuesta sería considerada una pena grave, y por tanto el condenado tendría que esperar diez años desde que se extinga la pena, siempre y cuando durante este plazo el reo no haya delinquido.
Cuando una sentencia condena a pena de prisión de un año, supone una extensión de doce meses y cinco días (365 días se computan como doce meses más 5 días), lo que supone en la práctica que el plazo de cancelación será de tres años al exceder de 12 meses.
En este caso hay dos penas distintas. La pena de cuatro meses de multa es una pena menos grave que al ser inferior a doce meses tiene un plazo de cancelación de dos años desde que se pague la multa.
Vayamos a la segunda pena recogida en la sentencia, «condenó a la retirada del carné de conducir por 18 meses«; pues bien sería una pena menos grave, pero al superar los 12 meses impuestos y ser inferior a 3 años, el plazo de cancelación sería de tres años a contar desde que se extinga dicha pena.
Ojo: Para cancelar los antecedentes penales de este delito (dos penas), se contarán los plazos de cada una de ellas desde el día siguiente a aquel en que hubiese quedado extinguida la última de las penas.
La condena impuesta es considerada una pena leve, y, por tanto, el plazo de cancelación de los antecedentes penales será de seis meses desde la extinción de la pena (cumplimiento de los trabajos).
Por último decir que en los casos en que, a pesar de cumplirse los requisitos para la cancelación de antecedentes penales, bien por solicitud del interesado, bien de oficio por el Ministerio de Justicia, esta no se haya producido, el juez o tribunal, acreditadas tales circunstancias, ordenará la cancelación y no tendrá en cuenta dichos antecedentes.
Observación: Si quieres saber cómo y dónde se puede pedir un certificado de antecedentes penales haz clic aquí.
Procedimiento para cancelar los antecedentes policiales. Los antecedentes policiales constan en sus archivos cuando una persona ha sido detenida, incluso aunque no haya sido condenada o el procedimiento penal haya terminado declarándolo absuelto. La cancelación de los datos de esa persona que consten en las dependencias policiales tienen un procedimiento especial para su cancelación.
Conoce con más detalle los plazos y requisitos para la cancelación de antecedentes penales si la pena impuesta ha sido alguna de las siguientes.
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En el año 2010 apareció en el Código Penal el artículo 183 bis. Este artículo …
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HOLA QUERP PRUGUNTAR CON CANCELAR ANTESEDENTES PENALE EL PLASO DE MI CAUSA PARA CANCELAR MI CONDENA Y 6MESESE DE PRECION CON 180 JORNADAS DE TRABAJO EN LACUMUNIDAD Y 6500EROS DE MULTA CON 100 JURNADAS DE TRABAJO EN LA CUMUNIDAD TAMBEIN YO HA SIDO COMPLE LA PENA EL 10 DE OCTOUBRE DE 2013 POR FAVOR HASTA CWANTO TINGO DERECHO PARA CANCELAR EL PLASO DE 2 ANIOS O 3 ANIOS O 6 MESESE PORFAVOR DEME TINGO QUE RENOVAR MI PIRMICIO DE RESEDENCIA EN 2015 PARA LARGA DURACCION Y GRASIAS
QUERO SABER EL PLASO PARA CANCELAR MI ANTESEDENTES PENAL DE 280 DIAS DE TRABAJO EN LACUMINIDAD CON DELETO DE TRAFICO DE DROGA SIN GRAVE DANIO A LASALUD
Buenos dias tuve una centencia de 6años 4meses sali el 12 d enero d 2012 ya puedo solicitar mi carta de no antecedentes penales?o tengo que hacer alguntramite para que seya no aparezcafichado
Tengo un fallo de un juicio con dos delitos que sumaban
18 meses. La fecha en vigor firme fue en 30/10/2010
Y en la misma hoja en la que solicite los antecedentes
Pone que es hasta el 20/10/2012 añadiendo esta
Fecha como de remisión, presupongo de la condena.
No ha habido ningún acto delinquibo por mi parte
Desde entonces . Y en su momento ya se declaró
Mi insolvencia en el tema civil. Al solicitar la cancelación
De antecedentes me la han denegado atendiendo
Al artículo 132/2 2•. Y diciendo que no había transcurrido el plazo .
Me lo pueden aclarar.
Un saludo
Hola Monika:
1.- En primer lugar el artículo que citas no es correcto, debe ser el artículo 136.2 Código Penal
2.- Para conocer el plazo de cancelación tienes que tener en cuenta:
a) fecha de la firmeza de la sentencia.
b) Saber si por alguno de los delitos cometidos te han condenado a mas de 12 meses, ya que el plazo de cancelación es de 3 años, si por ninguno de ellos se ha superado esa condena el plazo es de 2 años.
c) Cuando sepas cuando quedó firme la sentencia, tienes que sumarle a esa fecha 18 meses y a la fecha resultante si el delito cometido no ha superado los 12 meses, 2 años más, si lo hubiesen superado 3 años.
d) Dependiendo de lo anterior, desde la firmeza de la sentencia el plazo de cancelación puede ser de 3 años y 6 meses ( si ninguno de los delitos ha superado los 12 meses) o de 4 años y 6 meses si alguno de los delitos por los que te condenaron superó los 12 meses.
Un saludo
Hola buenos días,tengo una duda sobre los trabajos sociales en beneficio de la comunidad.
Me han condenado por una multa a 209 días ,el caso es que trabajo y tengo un bebe y he avisado en el lugar donde estoy haciendo los trabajos que hasta septiembre tengo unos horarios mas extensos por ser verano y menos personal en mi trabajo y estaban de acuerdo,pero hoy me han llamado a ver porque no hiba y les explique que ya había avisado ,pero me he quedado un poco con miedo de que me puede pasar,yo he avisado y en ningún momento quiero dejar de ir de echo estoy deseando quitármelo de encima pero entre el trabajo y el bebe hasta septiembre no puedo ir de seguido.
Tengo una duda si hay una condena con dos delitos (del mismo tipo delictivo como por ejemplo dos delitos de tres años por de falsedad documental) de tres años de condena por delito, que se consideran seis años (por la suma de los dos delitos de tres) o son considerados tres años. Es para la cancelación de antecedentes. Gracias.
Hola hace dos años q cumpli mi pena total de 6 años por robo con violencia y con fuerza cuanto tiempo tengo q estar para q se me pueda cancelar mis antecedentes penales ?
hola, el 22 de marzo de 2010, fui condenado a la pena de tres años de prision de ejecucion condicional y al pago de las cosatas del juicio , por ser hallado co-autor penalmente responsable del delito de robo calificado ; esos tres años se me fijo las siguientes reglas; la obligacion de fijar residencia y someterme al cuidado del patronato de liberados que por domicilio me corresponde.
El hecho ocurrio el 29 de diciembre de 2008. Cumpli los requisitos pedidos en esos tres años, mis deseos de entrar a alguna fuerza de seguridad no pueden concreetarse, quisiera contactar con usted para encontrarle una solucion lo antes posible a este problema,quizas algun trabajo comunitario.
Muchas gracias , saludos atte. Castillo Cesar
Hola Cesar:
Le recuerdo que hay consultas que podemos contestar rápidamente pero otras es necesario la realización de un informe jurídico que requiere examinar documentación (Fallo de la sentencia), aplicación de la ley y hacerle algunas preguntas si fuere necesario para poder dar una respuesta lo más exacta posible. Los informes que preparamos tienen un precio muy razonable de solo 40 euros (incluido IVA). Le dejo nuestro enlace de cómo seguir los pasos para contratar dicho servicio en el caso de que esté interesado: https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/presupuesto-para-informe-juridico/
Un saludo.
hola quero saber el plazo de cancelar mi antesedentes penale yo complimente la condena el 10 octoubre 2013 la pena de sese mesese de precion y molta 6500erus en trabajo en lacomunidad todos 280 jornadas de trabajo en la cumonidad asta queunto cancelare mi antesedentese penale el plazo y grasias
Hola. En primer lugar, gracias y felicidades por la página. Viene muy bien tener información jurídica y más, con la posibilidad de ser respondido.
En 2010, era menor y se me impuso la medida de 11 meses de libertad vigilada. Mientras la cumplía, la quebré con otro delito por el que fui procesado con una medida de 12 meses y otros 6 de libertad vigilada, que terminé de cumplir en su totalidad el 11/07/2012. Ahora soy mayor de edad y quisiera saber si existe alguna diferencia en la prescripción de antecedentes de menores para poder opositar. Muchas gracias de antemano.
Hola Joel:
1.- Cuando eres menor de edad y cometes un delito no quedan antecedentes penales, así que no se le aplican los plazos de cancelación dispuestos en el Código Penal.
Un saludo y si tienes alguna cuestión más puedes llamarnos al 807 502 004.
Muchas gracias de nuevo y tendré el número a mano.
Buenas, tengo unas dudas, hace años tube problemas , delinqui…
logicamente esto a sido hace ya mas de 5 años, tengo ganas de asentar todo en el aspecto laboral, tengo familia que trabaja de vigilante y e trabajado mucho de auxiliar, me comentaron que piden los antecedentes penales para poder optar al curso de VS, ( vigilante de seguridad ), es por si un casual supieran si podria llegar a trabajar en ese ambito laboral , o por lo contrario tengo las puertas cerradas para siempre, si tubiera oportunidad como deberia solicitar los antecedentes penales o dicha cancelacion a poder ser sin coste, ya que soy desempleado y no cobro ni paro ni ninguna ayuda, un saludo y muchas gracias de ante mano.
Hola Manuel:
1.- Por el tiempo que comentas ya deben estar cancelados los antecedentes penales.
2.- Para saberlo con seguridad debes acudir a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de la ciudad donde te encuentresy solicitar un certificado de penales, a los efectos de comprobar si ya están cancelados.
3.- Estando cancelados yo no le veo ningún problema a que puedas realizar el curso, pues a los efectos legales, careces de antecedentes.
Un saludo y si tienes alguna duda más, puedes llamarme al 807 502 004 (marcar la extensión nº 15) y la hablamos. Un saludo de nuevo.
Hola,
desearía por favor me informara del tiempo para cancelar los antecedentes penales por una condena de cuatro años y diez meses,
a sabiendas que en ese tiempo me declare insolvente para para pagar la multa.
un saludo
Hola Dilone:
1.- Al no superar la condena de prisión los 5 años, se consdera una pena MENOS GRAVE y por lo tanto el plazo de cancelación de antecedentes penales sería de TRES AÑOS contados desde que finalizara el cumplimiento de la condena.
Un saludo
TENGO ANTECEDENTES PENALES CANCELADOS YA ARCHIVADOS DIFINITIVAMENTE NO SUPERAN LOS 5 AÑOS Y HACE MAS DE 3 AÑOS QUE ESTÉN ARCHIVADOS PERO E COMETIDO NUEVOS DELITOS EN EL AÑO 2012 Y ESTOY EN PRISIÓN PAGANDO OTRO DELITO. LA PREGUNTA ES PUEDO CANCELAR LOS QUE YA TENGO ARCHIVADOS DE HACE AÑOS O ASTA QUE NO SE ARCHIVE TODAS LAS CAUSAS Y PASEN LOS 3 AÑOS NO PUEDO SOLICITAR LA CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES Y NI LOS POLICIALES
Hola Antonio,
Claro, puedes ir solicitando la cancelación de los antecedentes si cumples los requisitos para ellos, aún cuando tengas otros pendientes.
Un saludo y espero que sigas visitando Mundojuridico.info
Buenas a todos, me gustaría haceros una consulta que me preocupa mucho y que llevo esperando ya bastantes años y teniendo problemas laborales por la necesidad de poder cancelar los antecedentes. Cometí un delito de robo con intimidación el cual me condenaron a 3 años de prisión, seis meses y un día, pero me indultaron y se me quedo en dos años para que no entrara en prisión. Este delito (el gran error de mi vida) lo cometí en el año 2007, pero me indultaron en Julio de 2012. Mi pregunta, entiendo que en Julio de 2015 podría ir a intentar cancelar los antecedentes (que me traen muchos problemas a la hora de encontrar empleo privado y tambien en las oposiciones públicas), pero cuando fuí a solicitar los antecedentes penales y a preguntar por las fechas de sentencias y demas, me dijeron que tenia que esperar 3 años (Julio de 2015) para pedirlo, pero luego tenia que esperar dos años más, plantandome ya en el 2017. No se el porque de estos dos años más, esos dos años me fastidian y me condicionan totalmente el presentarme mi vida, ademas de presentarme a unas oposiciones que llevo años detras, pues superaría la edad máxima que solicitan de presentación (cosa que ya he perdido en otras). Me hariais un gran favor si me aclarais el porque de los dos años estos que se suman a los tres años obligatorios por mi delito, si son obligatorios, o cualquier detalle que me ayude a entenderlo.
Un cordial saludo, gracias, y disculpen por las molestias.
Q devo hacer silla pague 8años d con dena por infurias y calunnias srgun ellos ppr des plazamiento y ahora cumplo el tiempo de vencimiento d terminos por omicidio q no he cometido igual calumnias e injurias,cual es el de talle para yo estar veneficiado,Q devo hacer gracias