Es una autorización de residencia temporal y trabajo en el marco de prestación transnacional de servicios, que permite que un trabajador extranjero que se desplace a un centro de trabajo en España y dependa, mediante expresa relación laboral, de una empresa establecida en un Estado no perteneciente a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo en los siguientes supuestos:
Normativa básica
Requisitos básicos
Exclusiones
Quedan expresamente excluidos de este tipo de autorización:
Documentación exigible
Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961.
Procedimiento
También se podrá presentar ante la Misión diplomática u Oficina consular española correspondiente al lugar de residencia del empleador que pretenda desplazar.
Prórroga
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