Hace poco tiempo se ha dictado una sentencia que ha tratado este asunto. El tema era el siguiente:
Se hace un contrato de traspaso de un Bar entre la arrendataria (cedente) y una tercera persona (cesionaria) que estaba interesada en seguir con el negocio, pagando esta última por el traspaso la cantidad de 30.000 euros. Formalizado el traspaso, acudió al Ayuntamiento a cambiar la titularidad del negocio y le comunicaron que carecía de los permisos necesarios para el ejercicio de la actividad ya que no había cumplido con la normativa de insonorización. A la vista de eso, la adquirente del negocio interpone un procedimiento de resolución del traspaso de local de negocio con solicitud de devolución de la cantidad entregada.
La Audiencia Provincial de Barcelona (Sección13ª) dictó sentencia con fecha 3 abril 2013 resolviendo este asunto, del que destacamos los siguientes razonamientos:
Cuando se vaya a formalizar un contrato de traspaso de local de negocio es aconsejable que se ponga en el documento que el local cuenta con todas las licencias y permisos necesarios para ejercer la actividad que se viene desarrollando, amén de que la persona que vaya a quedarse con el negocio pregunte en el Ayuntamiento si existe algún expediente administrativo desfavorable o impedimento para el ejercicio de la actividad cuya titularidad habrá de cambiar. No obstante si se da un caso similar al que hemos visto, habrá que acudir al Juzgado e interponer una demanda de resolución del traspaso de local con petición de las cantidades abonadas e incluso sopesar la posibilidad de solicitar la indemnización de daños y perjuicios, siempre que podamos acreditarlos.
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