Penal

Retirada del permiso de conducir y antecedentes penales

La pena de retirada del permiso de conducir y cancelación de antecedentes penales en los delitos relacionados contra la seguridad del tráfico.

La retirada del permiso de conducir es una de las penas más habituales que el Juez impone cuando se comete un delito contra la seguridad del tráfico.

Con el título de nuestra publicación «retirada del permiso de conducir», vamos a explicar brevemente los plazos establecidos para la cancelación de los antecedentes penales cuando se ha dictado por el Juez una sentencia penal y se condena al autor con la pena de retirada del permiso de conducir.

Retirada del carnet de conducir por sentencia judicial

La comisión de algunos delitos lleva aparejada, entre otras penas, la de retirada del carnet de conducir.

Uno de los ejemplos más habituales es la comisión de un delito de conducción bajo el efecto de bebidas alcohólicas. En este caso el Juez impondrá una pena de multa, prisión o trabajos en beneficio de la comunidad (cualquiera de esas tres penas puede imponerle el Juez), pero además siempre impondrá la pena de retirada del permiso de conducir.

Para la retirada del carnet debe dictarse previamente una sentencia penal que sea firme. En estos casos se le retirará el carnet por parte del Juzgado quien se convertirá en el depositario del mismo durante todo el tiempo de cumplimiento de la condena.

Cuestiones generales sobre la pena de retirada del permiso de conducir:

1ª.-  La pena de retirada del permiso de conducir, o más técnicamente la de «privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores» es una pena privativa de derechos, que viene recogida en el artículo 39 letra d) del Código Penal. (Se mantiene el mismo precepto en el actual Código Penal cuya entrada en vigor se produjo el 1 de julio de 2015).

2ª.-  La pena de retirada del permiso de conducir inhabilitará al penado para el ejercicio de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante el tiempo fijado en la sentencia, teniendo una duración que puede ir desde los tres meses a los diez años (artículo 40 C. Penal)

3ª.-  Cuando la pena impuesta lo fuere por un tiempo superior a dos años comportará la pérdida de vigencia del permiso que habilite para la conducción (artículo 47 Código Penal).

Cuando estamos frente a una pena de retirada del permiso de conducir, lo primero que hay que hacer es encuadrar dicha pena dentro de las tres clases que existen en función de su duración, ya que de esto dependerá el Plazo de cancelación de los antecedentes penales.

¿Qué clase de penas existen según el tiempo de retirada del permiso de conducir?

a) Pena grave

Cuando la pena de retirada del permiso de conducir impuesta en la sentencia es Superior a ocho años  (una pena de 8 años y un día la convierte en pena grave).

b) Pena menos grave

Cuando la pena de retirada del permiso de conducir va de un año y un día  hasta ocho años.

c) Pena leve

Cuando la pena impuesta va de tres meses hasta un año. (Una pena de 1 año exacto de retirada del permiso de conducir es una pena leve).

Ejemplo:

a)  Una persona es condenada en sentencia a la privación del permiso de conducir por tiempo de Ocho meses En este caso estaremos frente a una pena leve.

b) Se condena a la pena de privación del permiso de conducir por tiempo de un año y seis mese. En este caso estaremos frente a un pena menos grave.

Retirada del permiso de conducir y cancelación de antecedentes

A) Si el delito se cometió antes del 1 de Julio de 2015 (Antes de la reforma última del código penal)

El artículo 136 del Código Penal, dedicado a la cancelación de antecedentes penales en general, establece lo siguiente:

1.- Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales, previo informe del juez o tribunal sentenciador.

2.- Para el reconocimiento de este derecho serán requisitos indispensables:

  • 1.º Tener satisfechas las responsabilidades civiles provenientes de la infracción, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el juez o tribunal sentenciador, salvo que hubiera mejorado la situación económica del reo.
  • 2º Haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, los siguientes plazos: seis meses para las penas leves; dos años  para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves; y cinco años para las penas graves.

B)  Si el delito se cometió después del 1 de Julio de 2015 ( Después de la reforma última del código penal)

SI el delito del que se deriva la retirada del permiso de conducir se ha cometido con posterioridad al 1 de julio de 2015, es decir, una vez haya entrado en vigor el actual Código Penal, los plazos de cancelación serán los siguientes:

  • a)  Seis meses para las penas leves.
  • b)  Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
  • c)  Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
  • d)  Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
  • e)  Diez años para las penas graves.

En cualquiera de los casos, el plazo de cancelación de los antecedentes penales empezará a contarse desde el día siguiente a que se haya extinguido o cumplido la pena.

Ejemplo de retirada del permiso de conducir y cancelación antecedentes:

Una persona es condenada en sentencia de fecha 23-10-2019 por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas (artículo 379-2 C. Penal) a la pena de:

– 6 meses de multa a razón de 6 euros diarios = 1.080 euros

– 8 meses de retirada del permiso de conducir.

El condenado paga la multa a los dos meses, en concreto paga el día 1-02-2020. El carnet le fue retirado por el Juzgado el mismo día de la sentencia, es decir, el día 23-10-2019.

Tendiendo en cuenta que este delito lleva la imposición de dos penas, el plazo de cancelación de antecedentes penales (siempre y cuando el condenado no haya vuelto a delinquir)  será:

  • El plazo de cancelación de la pena de multa (6 meses) será de DOS años.
  • El plazo de cancelación de la pena de retirada del permiso de conducir (8 meses de condena), al ser una pena leve que no supera el año será de SEIS meses.

El plazo para la cancelación de los antecedentes penales del delito cometido se efectuará desde el día siguiente a aquel en que se haya extinguido la última de las penas impuestas, sumando el plazo mayor de cancelación de antecedentes de cualquiera de las dos penas impuestas, por lo que en este ejemplo sería de la siguiente forma:

a) De las dos penas impuestas (multa y retirada del carnet), la última que se ha extinguido ha sido la del carnet que se cumplió después de los 8 meses de retirada el día 23-06-2020. La multa se había pagado antes de esa fecha.

b) A partir del día siguiente de la última pena cumplida (retirada del carnet) habrá de contarse DOS años que es el plazo de cancelación de los antecedentes penales mayor (previsto para la pena de multa), por los que los antecedentes penales del delito se cancelarán el 24-06-2022.

Devolución del carnet de conducir por el Juzgado

Cuando se retira el carnet de conducir, quedará depositado en el Juzgado de lo Penal que esté conociendo de la ejecución de la sentencia.

En este Juzgado se llevará a cabo el cumplimiento del plazo de retirada del permiso de conducir, por lo que cumplida la pena impuesta se pondrá en contacto con el condenado para que pase a recogerlo de nuevo.

No obstante es aconsejable que el condenado anote la fecha de entrega y se ponga en contacto en esa fecha con el Juzgado para retirarlo.

Es importante saber que cuando la pena de retirada del carnet de conducir impuesta por el Juzgado ha sido superior a 2 años comportará la pérdida de vigencia del carnet (artículo 47 del Código Penal), por lo que tendrá que hacer cursillos en tráfico o incluso volver a sacarse el permiso de conducir. Para mayor información puede preguntar en una autoescuela o en la Jefatura Provincial de Tráfico. 

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Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • Buenas noches. Necesito vuestra ayuda porque cuando pedí el informe de antecedentes me dieron un papel, sin darme ninguna explicación a la cancelación de tales. Os cuento:

    El 16/03/2014 me condenaron a 140 días de multa y 12 meses de retirada de carnet.
    En octubre de 2014 líquido el último plazo de la multa; y el día 10/03/2015 recupere el carnet de conducir.

    Mi pregunta es cuando me libro de los antecedentes penales? Estoy a la espera de una oposición y estoy confuso con las fechas.

    Gracias de antemano por la ayuda. Saludos

    • Buenas tardes.hola
      Quiero información sobre mi caso.le explico..
      A mi me condenaron a 2 años y 4 meses por liquidación de condena del permiso de conducir,por un delito contra la seguridad vial.el día de inicio 06/09/216 Y fecha de termino es 03/01/2019.
      Ok.despues me pusieron una multa de 2880 euros.pero me declare insolvente porque no tengo trabajo por ahora.
      Después me llegó una carta en el juzgado que fui sentenciado a una pena privativa de libertad de 4 meses de privación de libertad por impago de la multa. En pocas palabras me sentenciaron a 2 años de privación de libertad;por impago.
      Ahora quiero saber porfavor que me lo explique alguien,ahora cuando se me cumplan los 2 años y 4 meses el día 03/01/219.Que próximo paso tengo que hacer para conseguir MI CARNET DE CONDUCIR? CUANDO SE ME CUMPLA EL TIEMPO? Tengo que hacer un curso de RECUPERACIÓN DEL PERMISO?
      QUIERO QUE ALGUIEN ME AYUDE PORFAVOR Y PERDONA LA MOLESTIA.
      MUCHA GRACIAS. Y BUENAS TARDES.

    • Buenas me han quitado el carnet durante 4 años y 8 meses por 2y8 meses por alcoholemia sople una vez y la segunda me quede inconsciente y me lo quitaron otros dos años por no soplar la segunda tengo sentencia firme ya como puedo hacer para recuperarlo pedir suspensión indulto a ver si me pueden aconsejar algo ya que mi trabajo es de agricultor muchas gracias

      • Hola Alberto,

        Hemos leído tu consulta, y la respuesta a la misma pueda ser algo extensa y variable según las circunstancias propias del caso que comentas. Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.
        https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/
        Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  • Buenos dias
    Me han retirado el carnet de conducir por dos años ya que se llego a un acuerdo con el fiscal , mi pregunta es que dicen que si reconoces los hechos y aceptas la condena esta se rebaja un 1/3 , entoces mi pregunta es cuanto debo de cumplir para poder conducir ya que en sentencia son dos años y acepto comformodidad y reconozco hechos
    Gracias
    saludos

  • Buenos días, me gustaría saber si existen beneficios a cambio de servicios sociales, o cualquier otra cosa, para disminuir el tiempo de retirada del carnet de conducir. La pena impuesta es de dos años.

  • He sido sancionado en Noviembre del 2017 a la retirada del carnet por 10 meses y 22 dias de trabajos para la comunidad. La DGT, me informa por escrito que debo realizar el curso de sensibilizacion y reeducacion vial. Todo logico y de acuerdo, mi pregunta es, despues de cumplir la sancion y realizado dicho curso, ¿sigo manteniendo los 15 puntos que tenia en el carnet?.

  • Me van a retirar el carnet por 2 años, y en el transcurso del cumplimiento de la sentencia me cumple el tiempo de la renovación; que tengo que hacer? He visto que no se puede renovar con mas de 3 meses de antelación, me tocaria renovarlo en junio del 2018, y en ese mes ya estoy cumpliendo la sentencia.
    Si no lo renuevo, cuando me lo devuelvan dentro de 2 años, se puede renovar o que pasaria?
    Espero me pudieseis contestar a mis consultas lo antes posible, ya que la proxima semana tengo que entregar el carnet en el juzgado.
    Muchas gracias.

  • Hola buenas necesito ayuda porfa mi marido esta la auto sacado el carne y aora k seiva a examinar ledicen k no puede subir por k tiene vigencia retirada el ace años tenia mucha muktas y vino una carta k entregara el permiso d moto y tanpoco lo entrego como se puede areglar esto aora k pasa ? Usfffffff

  • Me retiraron por perdida de putos el permiso de conducir en el año 2.014, tuve conocimiento de este hecho en el año 2.017, en trafico en el resguardo de entrega de la resolución de la perdida de puntos se hace en un taller de mecánico y el resguardo esta firmado por un tal ANGEL FERMAN, del recurso que realizo no le hacen ni caso, solicito la cancelación de antecedentes y me icen que los puntos no me los devuelven, cuando hay sentencia del Tribunal Contencioso administrativo que se deben de devolver los puntos.
    Me mandan una carta que me dice que me dirija al contencioso administrativo, sabiendo tráfico que el CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO no esta al alcance de todas las personas motivado al coste del mismo.
    había pensado dirigirme a un Juzgado de los penal y denunciar a tráfico por prevaricación.

  • Estoy minusvalido con una valoracion de 36% y la policia de Retuerto, Vizkaya me multa por estacionar en vado de minusvalidos sin matricula de vado. La multa no la pague, que me pasara?

  • Hola mi nombre es Jonathan I tengo el carnet retirado desde hace un año i me queda otro año más el delito fue z alcoholemia i fue 2 años i 6 meses i un día i la multa en trabajos sociales ahora estoy trabajando media jornada i mi pregunta seria si puedo hacer algo de curso o algún programa para recuperar el carnet antes del año 2019 el mes 12 gracias

  • hola buenos días, me han condenado ha la retirada de carnet por conducción bajo los efectos del alcohol, por 1 año y un día y multa de 6 meses, la cual, por conformidad me la han rebajado a un tercio, es decir, 8 meses de retirada y 4 meses de multa, mi pregunta es ¿Cuanto tiempo tengo que esperar para la cancelación de los antecedentes penales? gracias

    • Hola Jesús,

      Tendrás que esperar tres años desde el cumplimiento de la pena de retirada de carné, ya que es una pena menos grave que supera los 12 meses.

      • gracias, otra pregunta ¿cuanto tardan desde que yo solicito la cancelación hasta que se hace efectiva?

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