Extranjería

Sepa cuándo no se puede poner ni ejecutar una sanción de expulsión

Sepa cuándo no se puede poner ni ejecutar una sanción de expulsión

Es muy importante saber cuándo no se puede poner ni ejecutar una sanción de expulsión. En ocasiones los ciudadanos extranjeros o sus familiares se encuentran en unas circunstancias que hace del todo inviable el que aún cometiendo una infracción de las recogidas en la normativa de extranjería la sanción a imponer sea la de expulsión.

Estos supuestos están recogidos en  el artículo 57. 5 de la Ley de extranjería y viene a recoger que la sanción de expulsión no podrá ser impuesta en los supuestos que vamos a desarrollar a continuación, y siempre que no estemos ante alguna de estas situaciones:

¿Cuándo no se puede poner ni ejecutar una sanción de expulsión?

Así la sanción de expulsión no podrá ser impuesta a:

  • a) Aquellas personas nacidas en España que hayan residido legalmente en los últimos cinco años.
  • b) A los residentes de larga duración, y para el caso de que se decida adoptar la decisión de la expulsión de un residente de larga duración, deberá tomarse en consideración el tiempo de su residencia en España y los vínculos creados, su edad, las consecuencias para el interesado y para los miembros de su familia, y los vínculos con el país al que va a ser expulsado.
  • c) A los que hayan sido españoles de origen y hubieran perdido la nacionalidad española.
  • d) A aquellos ciudadanos que sean beneficiarios de una prestación por incapacidad permanente para el trabajo como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional  ocurridos en España, así como los que perciban una prestación contributiva por desempleo o sean beneficiarios de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción o reinserción social o laboral.

Tampoco se podrá imponer o, en su caso, ejecutar la sanción de expulsión al cónyuge de un ciudadano extranjero que se encuentre en alguna de las situaciones señaladas anteriormente y que además haya  residido legalmente en España durante más de dos años, ni a sus ascendientes e hijos menores, o mayores con discapacidad que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud, que estén a su cargo.

Es decir, que si un ciudadano extranjero se encuentra en alguna de las situaciones marcadas en el apartado d), no se podrá imponer ni ejecutar no sanción de expulsión a su cónyuge, ascendientes e hijos menores o mayores con discapacidad.

Sin embargo, si cabe poner la sanción de expulsión aún cuando se den los requisitos anteriores si el ciudadano extranjero ha participado en actividades contrarias a la seguridad nacional o que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países, o estar implicados en actividades contrarias al orden público previstas como muy graves en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

También te pueden interesar las siguientes entradas:

Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • Buenos dias, llevo viviendo en españa 14 años y ahora tengo 21 años el dia 28/04/2015 se me caduco la residencia larga duracion autoriza a trabajar y por tener una condena de 8 meses por hurto en media markt y otra de 3 meses por hurto en la fnac me abrieron expediente de expulsion teniendo mi nie en vigor todavia, y en el expediente de expulsion no me pusieron abogado por lo que escuche deberia ser nulo no? y la expulsion se llevo a cavo hace un mes, me encuentro tirado en marruecos ya que mi hermana vive en madrid, hay algo que pueda hacer para acabar con esta pesadilla y pueda volver?

  • Hola soy Brasileña y he traído a mi hijo menor de edad cuando tenía solo 7 años a vivir conmigo en España también tengo una niña Española.
    Lo caso es que mi hijo reside en España desde 2005 y no le pude hacer los papeles ya que me pedían mucha documentación como escritura de residencia propia y pruebas que yo podría mantenerlo pero no con un contrato de 6 ò 8hs y el quedo sin papeles estudio la Eso obligatoria
    Cuando fue de Canarias a Barcelona renovar su PASSAPORTE a la vuelta en el aeropuerto le dieron una carta de expulsión pero no le quitaron el passaporte. Como elle lleva aquí ya 12 años y yo y su hermana Española somos su única familia es posible quitarle la carta de expulsión? Que hay que hacer?

  • Buenas tardes, fui condenado a 4 años y un día por falsificación de moneda, sustituí la condena por expulsión, que es de 8 años, llevo así dos en mi país , Argentina, aquí estoy solo, tengo en España dos hijos y 4 nietos, deseo volver y lógicamente cumplir la condena impuesta,, quisiera me digan si es posible me otorguen ese pedido, digiriendo me al juzgado condenatorio, desde ya muchas gracias,

  • tengo un expulsion de diez anos de los juzgado es un sentencia Firme Solo por entrar en una casa vacia,me parece demasiado,bueno ahora quiero revocar este expulsion que ya lleva casi 6 anos

  • Buenas! estoy siendo procesado por un delito leve de estafa, es posible que se me de como pena la expulsión?? No tengo antecedentes penales

  • Hola, mi hija ha sido condenada a 9 años de prisión, extorsión y robo con otras dos personas. Lleva dos años en prisión. No es ciudadana española. para decirle la sentencia. mi pregunta es que se puede hacer en este caso? Ella está en prisión en Palma de Mallorca y su país es Bulgaria, no es que teniendo en cuenta que ella no tiene raíces allí, familiares, no tengo la oportunidad de ir a visitarla, ¿qué puedo hacer para exponerla? en su país y después de cuánto tiempo si puedo agradecerle de antemano la respuesta.

    • Hola Marieta,

      Siento la situación. Mi recomendación ante el supuesto que comentas es la de contactar con el abogado que lleva la defensa de tu hija, en tanto será el profesional que mejor conoce las circunstancias concretas para poder valorar las posibles opciones respecto al cumplimiento de la pena.

      Si lo que quieres es que cumpla la pena en Bulgaria, deberá solicitar el traslado a dicho país. Te dejo los requisitos a cumplir, si bien, mi recomendación nuevamente es que contactes con el abogado de tu hija para que valore el caso concreto de ella.

      Los requisitos necesarios para que la autoridad judicial española competente pueda transmitir una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad a la autoridad competente de otro Estado miembro de la Unión Europea para que proceda a su ejecución son los siguientes:

      1.-La parte de condena por cumplir debe ser superior a 6 meses.
      2.-No deben existir juicios en tramitación o sentencias pendientes de firmeza.
      3.-Que el condenado se encuentre en España o en el Estado de ejecución.
      4.-Que la Autoridad judicial española considere que la ejecución de la condena por el Estado de ejecución contribuirá a alcanzar el objetivo de facilitar la reinserción social del condenado, después de haber consultado al Estado de ejecución, cuando corresponda.
      5.-Que medie el consentimiento del condenado, salvo que aquellos casos en que el consentimiento no es necesario. En todo caso, la autoridad judicial competente dará la oportunidad al condenado que se encuentre en España de formular verbalmente o por escrito su opinión

  • Hace 2 semanas fui a madrid españa de vacaciones, al llegar al aeropuerto de barajas fui inadmitida, por según ellos no tener la cantidad de ingresos y no tener la reserva completa por el tiempo que iba estar, eran 20 días y tenía reserva de diez días pagos. Quiero saber si era suficiente motivo para inadmitirme y también saber si puedo volver a españa. Gracias.

    • Hola megustaria se alguien puede ayudarme me nombre es abdel hamid tengo 34años llevo en España desde el 98 regularwzw me situación en el 2009 estoy casado con una española tengo dos niñas de 6 años y 1 ano me han abierto una orden de expolcion en el años 2016 porque me.wncontraba en precios desde el año 2011 acabado de aprobar me el 3 grado me gustaría que alguien me ayude para saber en que estado se encuentra la orden de expulsión que me abriron el el año 2016

Artículos recientes

Indemnización por extinción del arrendamiento

Cuándo tiene derecho el arrendatario de local de negocio a percibir del arrendador una indemnización…

15 octubre, 2024

Embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo

El embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo de pleno derecho por lo que carece…

9 octubre, 2024

La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios

¿La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios se computa a favor de…

2 octubre, 2024

Usucapión en España: Tipos, Plazos y Requisitos para Adquirir una Propiedad

¿Qué es la Usucapión y cómo funciona en España? La usucapión, también conocida como prescripción…

1 octubre, 2024

El régimen de visitas en hijos de corta edad

¿Cómo se determina el régimen de visitas en hijos de corta edad tras la separación…

24 septiembre, 2024

Grooming: Qué es, cómo detectarlo y prevenirlo

En el año 2010 apareció  en el Código Penal el artículo 183 bis. Este artículo …

24 septiembre, 2024