Penal

Sustitución de las penas de prisión

El Código Penal prevé la sustitución de las penas de prisión que no excedan de un año o de dos excepcionalmente por la pena de multa o trabajos.

El Código Penal tiene establecido un sistema de sustitución de las penas de prisión, siempre y cuando se den una serie de requisitos. El artículo 88 del Código Penal permite sustituir exclusivamente las penas de prisión que no excedan en su duración en UN AÑO, como regla general, o de DOS AÑOS excepcionalmente, cuando se trate de reos no habituales y de las circunstancias del hecho y del culpable se infiera que el cumplimiento de aquéllas habría de frustrar sus fines de prevención y reinserción social.

ADVERTENCIA: El Nuevo Código Pernal (en vigor desde el 1.07.2015) ha cambiado radicalmente la sustitución de las penas de prisión. VER NUESTRO ARTICULO SOBRE LOS CAMBIOS EN LA SUSTITUCION DE LA PENA DE PRISIÓN.

Cuadro de la sustitución de las penas de prisión :

PENA DE PRISIÓN QUE NO EXCEDA DE SEIS MESES:

  • multa (se sustituye cada dia de prisión por dos cuotas de multa por cada dia de prisión).

PENA DE PRISION QUE NO EXCEDA DE UN AÑO:

  • trabajos en beneficio de la comunidad (se sustituye cada dia de prisión por uno de trabajos).
  • multa (se sustituye cada dia de prisión por dos cuotas de multa por cada día de prisión).

PENA DE PRISION QUE NO EXCEDA DE DOS AÑOS (excepcionalmente):

  • trabajos en beneficio de la comunidad (se sustituye cada dia de prisión por uno de trabajos)
  • multa (se sustituye cada dia de prisión por dos cuotas de multa por cada dia de prisión)
  • localización permanente (se sustituye cada dia de prisión por uno de arresto domiciliario)

Exigencias para que el Juzgado proceda a la sustitución de las penas de prisión:

Una vez que la condena no ha superado los límites que hemos señalado anteriormente, el Juzgado que vaya a dictar la sentencia o el Juzgado que conozca de la ejecutoria ( habitualmente los Juzgados de lo Penal) serán los competentes para prodecer a la sustitución de las penas de prisión.

Estos jueces o tribunales tendrán en cuenta las circunstancias personales del reo, la naturaleza del hecho, su conducta y, en particular, el esfuerzo para reparar el daño causado así lo aconsejen, siempre que no se trate de reos habituales.

¿Procede la sustitución de las penas de prisión en los delitos de violencia de género?

Sí pueden sustituirse, pero sólo por trabajos en beneficio de la comunidad o por localización permanente, pero no por multa.

El artículo 88.1, párrafo 3º del Código Penal dispone: «En el caso de que el reo hubiera sido condenado por un delito relacionado con la violencia de género, la pena de prisión sólo podrá ser sustituida por la de trabajos en beneficio de la comunidad o localización permanente en lugar distinto y separado del domicilio de la víctima. En estos supuestos, el Juez o Tribunal impondrá adicionalmente, además de la sujeción a programas específicos de reeducación y tratamiento psicológico, la observancia de las obligaciones o deberes previstos en las reglas 1.ª y 2.ª, del apartado 1 del artículo 83 de este Código.»

¿Es obligatoria para el Juez la sustitución o es potestativa?

La sustitución de las penas de prisión es facultativa para el Juez después de analizar las circunstancias del reo, de los hechos, etc. que hemos visto.

Sólo en el supuesto de que la pena de prisión sea INFERIOR A TRES MESES es OBLIGATORIA la sustitución por las penas de trabajos, localización o multa (artículo 71.2 Código Penal).

¿Cabe solicitar la sustituión de la pena de prisión si se revoca la suspensión de condena?

Aunque existen opiniones contrarias en las resoluciones dictadas por las Audiencias Provinciales, mi opinión es que nada obsta a que el condenado a una pena de prisión (inferior a 1 año o 2 excepcionalmente), al que le hayan revocado la suspensión de la condena porque haya cometido otro delito, pueda solicitar la sustitución de la prisión impuesta por la de multa o trabajos en beneficio de la comunidad. Las razones serian las siguientes:

a) En el Código Penal no existe artículo alguno que impida sustituir la pena de prisión por el hecho de que se haya procedido en primer lugar a la suspensión de la condena, y posteriormente a la revocación de la misma.

b) La interpretación del primer párrafo del art. 88 C. Penal parece referir «antes de dar inicio a la ejecución» al inicio efectivo del cumplimiento de la pena de prisión, es decir antes de que el condenado ingrese en prisión.

c) Deben posibilitarse otras formas distintas de cumplimiento de penas privativas de libertad cuando se trate de penas cortas y teniendo las circunstancias personales del condenado.

Francisco Sevilla Cáceres

Abogado en ejercicio desde el año 1984. Colegiado Nº 2181 por el Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Entusiasta del Derecho en general y en especial del Derecho Civil, Arrendamientos, Herencias y Comunidades. Le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídicos.

Ver comentarios

  • Buenas tardes.en septiembre fui cndnada a pagar una multa d 200 euros a pagar en dos meses.q pasaria si en noviembre no pago la otra mitad y lo pago en diciembre?

    Un saludo.gracias

    • Hola Nadia,

      Una vez que está cumpliendo la condena no se puede solicitar la sustitución de la pena. Lo que si se podría ver, siempre que él hubiese sido condenado antes de la modificación del Código penal, es si en la actualidad ese delito ha sido modificado con la incorporación de otras posibles condenas además de la pena de prisión. Ponte en contacto con el abogado que le llevó el caso para comprobar si cabe esa posibilidad. De cualquier forma, aún existiendo sería el juez quien tendría la decisión de sustituir la pena.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  • Soy ciudadano italiano con residencia en España, Italia pidio mi extradición y el juez la ha denegado,tendría que cumplir tres años, seis meses y cinco días, pero tengo un indulto de tres años, y si voy a Italia tendrían que restarme cuatro meses y medio por un año y medio que cumplí allí, pero tengo aquí mi trabajo y estoy para pasar el tribunal médico mañana que seguramente me jubilarán,y tengo dos niños pequeños, esto fue hace catorce años y siempre he estado trabajando y cotizando aquí en España, meterme ahora en la cárcel sería destrozar mi vida y la de mi familia. Mi pregunta es si podría pagar aquí esos seis meses en tercer grado, firmando, trabajos sociales, yo ya estoy reinsertado y llevó una vida ejemplar aquí desde hace catorce años. Estoy enfermo y ya tengo cincuenta y ocho años, encerrarme ahora sería destrozarme la vida a mi y y a mis hijos que dependen económicamente de mi y se quedarían en la calle.

  • Hola buenas tardes mi pareja está condenada auna pena dé prisión de 4 meses por un supuesto delito de malos tratos hacia su ex x unas supuestas falsas amenazas.
    se podría pedir el a resto domiciliario

  • E sido condenado a 3,mese de prisión en España,por supuestamente saltarme un control policial ,y se junto con una pelea q tuve ,mi situación es la siguiente ,.
    No e recogido nada por que vivo en suiza pero la pena esta ahí y tengo trabajo fijo que debería hacer?
    Esa pena caduca?

    • Hola Mario:
      1.- Si careces de antecedentes penales podrias solicitar la suspensión de la pena de prision de 3 meses.
      2.- No obstante, tambien he de decirte que las penas prescriben. En tu caso la condena impuesta es una pena menos grave (3 meses de prisión) que prescribe a los 5 años desde que fuere impuesta y firme.
      Te dejo un reciente artículo en el que hemos hablado sobre este tema: https://www.mundojuridico.info/prescripcion-las-penas/

      Un saludo y gracias por visitarnos

  • Bueno quiero esplicar un pocoi caso.Este invierno nos peleamos yo y mi pareja pero por culpa de mi madre y yo ya me asusté y no sabía k hacer estaba too descontrolao y al final hize una cosa k nunca debí haber hecho aunke cuando llegue dije k no keria denunciarlo pero me dijeron k ya era demasiado tarde y ya lo tuve k denunciar con una orden..total me acojieron en una casa de acogida pero me volví oara el pueblo pk yo realmente no puedo estar sin el hemos estado quebrantando la orden..y le lego una carta diciendo k lo condenaban a seis meses de prisión y se lo llevaron el lunes este pasado.Llevo nada más k tes días!!!no como me cuatriplicao mi depresión me han matao al arrancar Melo de esas maneras el era cuanto todoo podía seguir hacia adelante era todas mis fuerzas...y estoy harta SA de decir k no kiero mas esa denuncia y k me kiten esa orden k lo kiero conmigo y esto k lo metan en la cárcel me han matado y a el...estoy realmente mal..no tengo ganas de na me tiro 24h metida en una habitación no tengo ganas de salir no tengo ganas de nada y solo él tiene la cura para mi...ya nose k hacer para k lo salen..n hay nadie k me lo esplike..estoy desespera..porfavor alludame😭😧 la pregunta mía si lo han condenado a 6meses yo he escuchado k su abogado lo puede dejar en dos meses libre con trabajos a la comunidad o suspensión de la prisión..o algo así...no entiendo mucho solo se k lo necesito no hay nadie KIEN me pueda recuperar solo el ...porfavor alludame nose k hacer YAAAA guiarme...😧😢😭

    • Hola Rosa, si sigues acercándote a el, aunque sea consentido por tu parte, incumplirá la orden de alejamiento y habrá quebrantamiento de condena lo que acabará llevándole a la cárcel. Te recomiendo por tanto que no lo hagas. Igualmente creo que deberías buscar apoyo psicológico que ta ayude a afrontar esta situación

    • Hay que atender al caso concreto y tus circunstancias personales, máxime cuando la pena es superior a dos años ( 4 años y 15 dias). De cualquier forma, debes de seguir las indicaciones al respecto de tu abogado.

      Un saludo

  • Mi marido entró en prision hace 10 días por aceptar un acuerdo en juicio estando dentro del tiempo de suspensión de otra sentencia. Mis preguntas son, q tiempo tiene q cumplir, los 6 meses del primer juicio, los 3 del segundo o ambos? Y, cuando podría solicitar permisos? Si tuviera un contrato de trabajo, podría salir durante el día? Gracias

  • Hola mi esposo le dieron prisión de 4 meses confirmada está en el penal brians 1 pero él tiene 4 sentencias con la misma modalidad de hurto pero están en apelación q debo de hacer en estos casos

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